5 mar 2017

A actualizar la Ley de Culto público...! Desde la fe

"...Sólo se dialoga con gente racional y capaz de aceptar el reconocimiento más amplio del derecho fundamental de libertad religiosa y sus implicaciones. Sentarse con laicistas energúmenos y fanáticos sería inútil y estéril...."
Libertad religiosa en moderna laicidad/ Editorial, Desde la fe...., Organo oficial de la Arquidiócesis Primada de México AR..
Domingo, 05 de marzo de 2017
El 28 de enero de 1992; es decir, hace 25 años, los artículos 3, 5, 24, 27 y 130 de la Constitución fueron reformados con el objetivo de “modernizar” las relaciones con las iglesias. Un nuevo ordenamiento legal entró en vigor para regular el culto público, además de otorgar personalidad jurídica a las asociaciones religiosas, en reconocimiento de su existencia negada desde 1917.
Cinco lustros después, México concibe una realidad plural y distinta, que obliga a una revaloración de las relaciones Estado-Iglesias y la legislación correspondiente para que sean afines al nuevo marco legal del respeto a los derechos humanos como condición necesaria de la democracia. Y es que nuestro país parece quedar a la saga en materia de libertad religiosa, no obstante las recientes reformas a los artículos 24 sobre el derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y 40 sobre la condición laica del Estado mexicano.

En junio de 2011, la Constitución Política sufrió reformas de gran calado que modificaron el régimen de garantías individuales para reconocer los derechos humanos. A la luz de lo anterior, se requiere de una revisión al derecho de libertad religiosa y la actualización de la Ley de Asociaciones Religiosas que parece anquilosada. A nivel constitucional, subsisten preceptos atentatorios de derechos humanos incompatibles con la moderna laicidad. Así, el artículo 130, inciso e) de la Constitución, somete a los ministros de culto para ponerlos en una condición infame y lesiva al prohibir su legítimo derecho de asociación. Los absurdos preceptos, fruto podrido de laicismo, consideran “justo” privar, a ciudadanos mexicanos que han optado por un ministerio, del derecho de opinión, arrinconándolos y etiquetándolos más abajo que ciudadanos de segunda. A pesar de que se nos ha vendido la idea de gozar de un régimen de libertades y respeto de la pluralidad, la verdad es otra. En México se vulneran los derechos humanos de los ministros de culto.
Otro elemento nocivo del apolillado laicismo es la negación de la objeción de conciencia. La legislación internacional de derechos humanos reconoce, como condición indispensable de la libertad religiosa, que cualquier persona pueda argumentar razones de conciencia y de religión contra cualquier ley injusta e inmoral lesivas de sus convicciones más íntimas. La legislación mexicana está asida al irracional argumento que dice que nadie puede oponerse a las leyes del país, incluso si éstas arremeten contra la vida y la dignidad de las personas.
En este laicismo, México vive una condición hipócrita al atentar contra el justo derecho de los padres para que sus hijos reciban educación religiosa en las escuelas. Y es hipócrita porque la ideología de género y lobby gay pretenden introducir en las aulas ideas nocivas y contrarias a las convicciones de millones en desacuerdo con esta imposición ideológica. Efectivamente, en este país no existen garantías para lograr la educación integral y libre conforme al derecho de los padres de familia.
La legislación internacional ha reconocido a la cultura como parte del desarrollo individual y colectivo, y nuestro patrimonio religioso es de los más ricos del mundo; sin embargo, en México hay gran peligro de destrucción de templos y lugares históricos arrasados por el paso del tiempo y la mezquindad de funcionarios incapaces de aplicar los recursos necesarios para salvar esta riqueza cultural. Mientras el presupuesto se dilapida en fiestas y gastos burocráticos inútiles, las iglesias deben mendigar lo que justamente les corresponde para sostener los inmuebles propiedad de todos los mexicanos.
Finalmente, las asociaciones religiosas son privadas del derecho de adquirir medios de comunicación cayendo en la misma simulación que se pretendió acabar en 1992, además de subsistir la concesión de ridículos permisos municipales y federales para celebrar actos de culto público en las calles. Todo esto limita el derecho de libre difusión de las ideas.
A 25 años de aquellas reformas, el panorama está listo para debatir en los temas pendientes de libertad religiosa; sin embargo, la condición necesaria es el diálogo con legisladores y políticos convencidos del auténtico Estado laico. Sólo se dialoga con gente racional y capaz de aceptar el reconocimiento más amplio del derecho fundamental de libertad religiosa y sus implicaciones. Sentarse con laicistas energúmenos y fanáticos sería inútil y estéril.

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