12 abr 2007

Se despenalizan los delitos de calumnia

Discurso del Presidente Calderón ante legisladores y miembros de los medios de comunicación, en la Firma del Decreto por el que se Derogan Diversas Disposiciones del Código Penal Federal; Residencia Oficial de Los Pinos, jueves, 12 de Abril.(el decreto abajo).
Es un honor para mí recibir a tan distinguidos representantes de los medios de comunicación de todo el país, recibir a quienes día con día difunden con profesionalismo, con amor a México las ideas, las noticias, las opiniones sobre el acontecer nacional.
Sean todos ustedes bienvenidos a esta casa que es casa de todos los mexicanos.
Hace más de siglo y medio en el Monitor Republicano se publicó en la editorial: “Que nos quiten las demás libertades con tal de que nos dejen la libertad de prensa, pues con ella reconquistaremos en breve todas las demás”.
Estas palabras nos recuerdan que la libertad de expresión es una conquista histórica de nuestro pueblo y del ser humano, nos recuerdan que una prensa libre es indispensable para la consolidación del México democrático que anhelamos.
Hoy, con la firma y publicación de este Decreto, se derogan del Código Penal Federal los delitos de calumnia, difamación e injuria. Con ello damos un paso histórico en esta lucha por consolidar y fortalecer la labor de los medios de comunicación.
Gracias a esta reforma los periodistas podrán ejercer su oficio sin temor de ser encarcelados por denuncias de quienes se consideren afectados por su labor informativa.
La despenalización de estas conductas era una demanda de todos los comunicadores y un requisito para consolidar nuestra democracia; sin duda, es una conquista de los mexicanos en favor de la libertad de expresión.
Ello no significa, como bien se ha dicho aquí, que el ejercicio del periodismo sea sinónimo de impunidad.
El honor, la reputación, el buen nombre de las personas o de las sociedades es un derecho que debe ser tutelado por el Estado.
Es por ello, y como sucede en las democracias más avanzadas, que la protección a la privacidad, al honor y a la reputación de las personas está y debe estar garantizada a través de sanciones civiles y económicas, y no a través de sanciones privativas de libertad.
Por ello, en el Código Civil Federal se establece la reparación del daño moral como sanción a quien haga uso indebido de su derecho de opinión, crítica o información.
Con este nuevo marco normativo se garantizan los principios fundamentales consignados en nuestra Carta Magna en materia de libertad de expresión y de opinión.
México se pone también a la vanguardia en el concierto de naciones democráticas en la tutela efectiva de la libre expresión de las ideas; éste, sin duda alguna, es un gran logro surgido en el seno de nuestro Congreso.
Pero más allá de la legislación, sabemos que lo que ampara a la sociedad son los principios y valores de apego a la verdad que deben acompañar la labor de los comunicadores.
Con mucho, estoy convencido de que la verdad nos hará libres y una sociedad requiere para fortalecer su libertad y democracia estar verazmente informada, además de la ley, podemos decir que el honor de las personas queda confiado también al honor de los medios y al honor de los comunicadores.
Sabemos, sin embargo, que aún existen grandes retos para garantizar efectivamente la libertad de prensa; una de las mayores amenazas que hoy enfrentan los informadores es la intimidación y la violencia.
En todo el mundo esta profesión conlleva riesgos, sobre todo cuando la labor informativa trastoca o amenaza intereses creados, particularmente los de quienes operan en la ilegalidad, y por desgracia estos riesgos existen en nuestro México.
En una auténtica democracia, esta situación es inadmisible; casos tan lamentables como el cobarde asesinato de Amado Ramírez y otros periodistas, muchos de diferentes medios de comunicación no pueden quedar impunes.
La muerte de periodistas deja un vacío profundo y doloroso en la sociedad entera; qué bueno que la Policía Federal Preventiva logró capturar a los asesinos materiales de este periodista.
Sé, sin embargo, que esta es una en muchas, muchas acciones criminales contra periodistas que en su gran mayoría por desgracia siguen impunes.
Sin embargo, esta detención de los presuntos asesinos del señor Amado Ramírez constituye un primer paso para el castigo de este crimen en particular y debe encaminarnos a evitar la impunidad de estos terribles actos.
Hoy quiero reiterarles, amigas y amigos, que tengo un compromiso personal con la labor de los medios de comunicación, que creo en la libertad y en la responsabilidad, que el Gobierno que encabezo está comprometido no sólo a respetar la libertad de prensa, sino a defender el libre y el seguro desempeño de la profesión, esta es una prioridad.
Y no escatimaremos esfuerzos para lograr el esclarecimiento y el castigo de los crímenes cometidos contra periodistas.
Salvaguardar la seguridad y el orden en todo el país es fundamental para que los ciudadanos ejerzan plenamente sus libertades y sus derechos.
Este es un gran reto nacional que requiere la acción del Gobierno, por supuesto, pero también la acción corresponsable de todos: los Tres Órdenes de Gobierno, los Poderes de la Unión, los diferentes partidos políticos, la sociedad entera, los medios de comunicación, desde luego; todos estamos obligados a formar un frente común contra quienes son enemigos de México.
Nuestra lucha por un país seguro, por una Nación con calles y con escuelas libres de criminales, exige la acción conjunta de sociedad y Gobierno.
Debemos dar pasos firmes y pasos decididos y permanentes en estos frentes.
El objetivo es muy claro: debemos defender a nuestros niños y a nuestros jóvenes de las garras de quienes tratan de envenenar su cuerpo y su alma a través de las drogas y a través de la cultura de la violencia.
México ni puede ni va a quedar en manos de criminales.
Por ello debemos emplear toda la fuerza del Estado para rescatar nuestras calles, nuestros parques, nuestras ciudades, nuestras escuelas.
A pesar de los costos y de los riesgos que implica en términos de dinero, de tiempo o por desgracia de vidas humanas, esta batalla vale bien la pena librarla, porque nos augura el México mejor al que aspiramos heredar a las futuras generaciones.
En la gran batalla que los mexicanos libramos contra la delincuencia, los medios de comunicación tienen un papel de mayor relevancia.
La delincuencia busca beneficiarse del temor y la zozobra para inmovilizar a la sociedad y al Gobierno.
Los medios de comunicación pueden brindar un invaluable servicio a la Patria, fomentando con su labor la unidad nacional en torno a este grave problema.
Los mexicanos no nos vamos a vencer ante este reto que pone a prueba nuestra entereza y nuestro carácter y fuerza como sociedad.
Señoras y señores:
El gran liberal mexicano Francisco Zarco, quien dirigiera, entre otros, el periódico El Siglo XXI, escribió alguna vez: “Cuando se establece una democracia perfecta, cuando el pueblo se gobierna por sí mismo, la consecuencia precisa es la libertad más completa para poder expresar el pensamiento”.
Toda amenaza a la prensa libre, decimos nosotros, es una amenaza a la democracia.
Las libertades de prensa e información, no sólo deben ser reconocidas, sino también garantizadas eficazmente por el Estado. No son una concesión graciosa, sino una condición de toda democracia.
Sin ellas, los ciudadanos libres no podrían acceder a diferentes fuentes de información y de pensamiento, ni formarse una opinión sobre los sucesos de índole económica, política o social que acontece en la vida diaria del país.
Los medios de comunicación son indispensables para que los ideales y valores democráticos se difundan y se arraiguen por todos los rincones del país.
Son también indispensables para tener diferentes formas de interpretar una realidad, diferentes fuentes para conocer una información cierta y en suma información valiosa para que cada ciudadano tome decisiones en lo social, en lo económico o en lo político.
Por ello, debemos seguir trabajando juntos los Tres Poderes de la Unión, juntos la sociedad y el Gobierno, juntos los partidos políticos para consolidar al periodismo nacional como una verdadera tribuna de las libertades de expresión, de prensa y de información.
Sé que todos ustedes, desde su trinchera, en los rotativos, en las cabinas de radio, en los estudios de televisión, los comunicadores seguirán contribuyendo al fortalecimiento del México democrático y plural, del México de libertades, de leyes e instituciones que día a día luchamos por consolidar. Muchas gracias y enhorabuena.
DECRETO por el que se derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y se adicionan diversas disposiciones al Código Civil Federal, DIARIO OFICIAL Viernes 13 de abril de 2007
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL Y SE ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES AL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se derogan los artículos 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 360, 361, 362 y 363 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 350.- (Se deroga).
Artículo 351.- (Se deroga).
Artículo 352.- (Se deroga).
Artículo 353.- (Se deroga).
Artículo 354.- (Se deroga).
Artículo 355.- (Se deroga).
Artículo 356.- (Se deroga).
Artículo 357.- (Se deroga).
Artículo 358.- (Se deroga).
Artículo 359.- (Se deroga).
Artículo 360.- (Se deroga).
Artículo 361.- (Se deroga).
Artículo 362.- (Se deroga).
Artículo 363.- (Se deroga).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adicionan los párrafos, sexto con cuatro fracciones, séptimo y octavo al artículo 1916 y el párrafo tercero, al artículo 1916 Bis del Código Civil Federal, para quedar como sigue:
Artículo 1916. ...
...
...
...
...
Estarán sujetos a la reparación del daño moral de acuerdo a lo establecido por este ordenamiento y, por lo tanto, las conductas descritas se considerarán como hechos ilícitos:
I. El que comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien;
II. El que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa;
III. El que presente denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito a persona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido, y
IV. Al que ofenda el honor, ataque la vida privada o la imagen propia de una persona.
La reparación del daño moral con relación al párrafo e incisos anteriores deberá contener la obligación de la rectificación o respuesta de la información difundida en el mismo medio donde fue publicada y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia a que fue dirigida la información original, esto sin menoscabo de lo establecido en el párrafo quinto del presente artículo.
La reproducción fiel de información no da lugar al daño moral, aun en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona, pues no constituye una responsabilidad para el que difunde dicha información, siempre y cuando se cite la fuente de donde se obtuvo.
Artículo 1916 Bis.-......
........
En ningún caso se considerarán ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria, artística, histórica, científica o profesional. Tampoco se considerarán ofensivas las opiniones desfavorables realizadas en cumplimiento de un deber o ejerciendo un derecho cuando el modo de proceder o la falta de reserva no tenga un propósito ofensivo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 6 de marzo de 2007.- Dip. Jorge Zermeño Infante, Presidente.- Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente.- Dip. Ma. Mercedes Maciel Ortiz, Secretaria.- Sen. Ludivina Menchaca Castellanos, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de abril de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Francisco Javier Ramírez Acuña.- Rúbrica.
DIARIO OFICIAL Viernes 13 de abril de 2007
Viernes 13 de abril de 2007 DIARIO OFICIAL

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