Pues resulta que de acuerdo con el Magistrado del III Tribunal Unitario, Jesús Guadalupe Luna Altamirano, el 2 de octubre de 1968 en Tlatelolco sí hubo genocidio,.. pero no hay pruebas de que Luis Echeverría Álvarez haya sido responsable.
"No hay una, una sola prueba, que acredite directa o indirectamente -como se habla en el argot jurídico, prueba refractaria o circunstancial- que justifique, siquiera indiciariamente, al señor Luis Echeverría Álvarez como aquel que haya preparado, concedido, concertado o ejecutado el genocidio", dijo en conferencia el Magistrado Luna.
Aunque señaló que las acciones del Gobierno en 1968 sí constituyen este delito (genocidio), pues tuvo el propósito de acabar con un grupo opositor que había generado un movimiento social desbordado. "Fue una obra, a mi juicio, concertada, hubo muchos muertos, en la resolución se manejan 38 ó 40 aproximadamente, aunque después se dice que es indeterminado, (pero) el propósito era acabar (con ellos)", dijo.
Con esta sentencia, ante la cual la PGR puede inconformarse en los próximos 10 días hábiles, a Echeverría se le levanta la prisión domiciliaria a la que estaba sujeto desde el 29 de noviembre pasado y no tendrá ninguna restricción a su libertad.
Luna Altamirano -dice una nota de Reforma- afirmó que revisó detenida y acuciosamente las 58 mil 725 fojas que integran los 42 tomos del expediente para poder emitir su resolución apegado a Derecho. "Quiero destacar que esta resolución se encuentra completamente exenta de todo tipo de cuestiones sentimentalistas, humanitarias, ideológicas, sociales o políticas. "La sentencia está basada única y exclusivamente en razones estrictamente jurídicas y apegadas a las constancias de autos", explicó.
En el caso del expediente de la matanza del 10 de junio de 1971, por los que la PGR también acusó a Echeverría, el 26 de julio del 2005 el Quinto Tribunal Unitario resolvió en su favor al considerar que en esos hechos no se configuró el genocidio.
Reacciones:
El Comité 68 - en voz de Raúl Alvarez Garín-, exigió que la PGR interponga un recurso de revisión en contra de la sentencia: "esta resolución debe de ser de inmediato recurrida por la Procuraduría General de la República, nosotros estamos demandando que se nos considere como terceros perjudicados, como coadyuvantes, como partícipes de esta situación".
"Lo que nosotros le responderíamos de inmediato es que no se necesitan pruebas documentales ni actas firmadas ni confesiones para los que son actos públicos y notorios, y es un hecho público y notorio que Luis Echeverría era el Secretario de Gobernación en ese momento.
"En consecuencia, sus funciones eran conocer lo que estaba pasando, y tomar decisiones de cómo iba a proceder o cómo estaba procediendo la Dirección Federal de Seguridad, que era un instrumento activo en este delito", argumentó.
Por esta resolución, dijo, el Comité 68 entregará un informe a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Esto, debido a que a pesar de que hay tres resoluciones judiciales de que sí hubo genocidio, no se ha castigado a nadie, incumpliendo con un acuerdo internacional que tiene México desde 1966 para no dejar impunes delitos de lesa humanidad.
Para Doña Rosario Ibarra de Piedra, el amparo concedido al ex Presidente Echeverría es producto de un acuerdo entre el PRI y el PAN para sacar adelante la reforma fiscal. "Es un acuerdo entre el PRI y el PAN para aprobar la reforma fiscal.
La Senadora descartó que tribunales internacionales puedan revertir la decisión del Poder Judicial mexicano.
Al preguntarle -por La Jornada-, si después del amparo para que el ex mandatario no sea juzgado es necesario acudir a instancias internacionales, la senadora manifestó: "hay unos brazos tan largos de la injusticia tendidos hacia otros lugares, y por experiencias pasadas ante reclamos en esos organismos, donde no pasó nada, que no creo que vaya a suceder nada. No sé qué vayan a hacer los compañeros del Comité 68. Ahora los organismos internacionales van a aducir la vejez de Echeverría. Fallaron contra los compañeros del 68, y no sé cuál será su decisión".
En relación con los expedientes, Doña Rosario afirmó que "no le pediré cuentas a la Procuraduría General de la República sobre esas investigaciones, porque nunca le di crédito a la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado de que iba a hacer algo debido. Los del 68 fueron ahí, pero no sé si ellos vayan a pedirle cuentas. Nosotros, como familiares de desaparecidos que conformamos el Comité Eureka, no le pediremos cuentas, nunca pensamos que iban a actuar bien y el tiempo nos dio la razón".
Advirtió que continuará en la lucha, por simple y elemental justicia. "Queremos y vamos a tratar de echar atrás el artículo que aprobó el Congreso para que los viejos de más de 70 años puedan irse a sus casas a pagar sus condenas; queremos que se agregue la parte que le sustrajeron, que quedan exentos de ese beneficio aquellos que hayan cometido crímenes de lesa humanidad".
La senadora - agrega La Jornada-, dijo que la comisión que preside podría llamar a cuentas al ombudsman nacional, José Luis Soberanes Fernández, para que explique en qué situación quedó la recomendación 26/2001 sobre desaparecidos, aunque a veces es contraproducente llamar a cuentas a una persona que sistemáticamente hace recomendaciones contra los intereses populares.
Pide la Permanente esclarecer masacre del 71
El miércoles 11 de julio, la Comisión Permanente aprobó hacer un exhorto al gobierno federal para que agote todas las investigaciones para que se esclarezcan los hechos sangrientos del 10 de junio de 1971.
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Gobierno Federal a que agote todas las investigaciones y medidas necesarias para que se esclarezcan los hechos sangrientos del 10 de junio de 1971.
Dictamen completo.
DICTAMEN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO FEDERAL A ESCLARECER LA MATANZA DEL 10 DE JUNIO DE 1971 Y CASTIGAR A LOS CULPABLES.
HONORABLE ASAMBLEA
A la Primera Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, en el Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LX Legislatura, fue turnada para su análisis y dictamen la propuesta con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Gobierno Federal a esclarecer la Matanza del 10 de junio de 1971 y castigar a los culpables, presentada por el Diputado Carlos Ernesto Navarro López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122, párrafo primero, y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87, 88, 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1.- Con fecha 13 de junio de 2007, el Diputado Carlos Ernesto Navarro López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la proposición de mérito.
2.- En esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con Punto de Acuerdo se turnara para su estudio y dictamen a la Primera Comisión, de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, por lo que se emite en este acto el Dictamen correspondiente.
3.- La proposición en estudio refiere el aniversario número 36 años de la matanza de estudiantes el 10 de junio de 1971, conocida como "jueves de Corpus", a cargo de un grupo paramilitar denominado Los Halcones, liderado, según su dicho, por un funcionario gubernamental, en represión de una manifestación social con demandas justas en busca de la apertura democrática, entre ellas la de destinar el doce por ciento del producto nacional bruto a la educación. Considera el proponente que aquel movimiento social de 1971 imprimió una contribución libertaria a la construcción de la sociedad civil que consolido la alternancia y que sigue ejerciendo presión para lograr una nación democrática, por lo que esos hechos no deben quedar en la impunidad. Agrega el proponente diversas inferencias respecto de las consecuencias que podría traer la creación de un cuerpo de élite militar sin las reformas suficientes a las leyes, sin que esas reflexiones impacten en el contenido del punto de acuerdo que se propone.
Ante ello, el proponente solicita que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorte al Ejecutivo Federal a realizar todas las acciones pertinentes para efecto de esclarecer aquellos hechos históricos y para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos conozca del caso y resuelve como corresponda.
CONSIDERACIONES
1.- Esta Comisión tiene conocimiento de las diversas acciones que se han ejercido para el seguimiento del caso relativo los lamentables acontecimientos del 10 de junio de 1971, así como de los resultados que se han obtenido en cuanto a la revelación de la verdad histórica y al castigo de los responsables.
Particularmente, respecto de la persecución de los delitos de lesa humanidad, son hechos públicos notorios las indagatorias y denuncias que han sido realizadas por el Ministerio Público Federal y revisados por la Corte, sin que los resultados hayan sido alentadores para atacar al halo de impunidad que da cubierta a los responsables de la matanza.
2.- De la misma forma, esta Comisión dictaminadora es prudente al no señalar probables responsables de los hechos bajo referencia, pero es muy clara al expresar su convicción en cuanto a que el conocimiento preciso y completo de los sucesos históricos que enmarcaron la represión paramilitar del 10 de junio de 1971, en la Ciudad de México, es todavía un adeudo de las instituciones del Estado mexicano para con la sociedad civil y que la sanción de quienes sean considerados responsables por las autoridades judiciales competentes es un elemento indispensable para dar cabal cumplimiento a esa deuda y proveer a la conciliación de un daño social aún de largo aliento en la movilización civil democrática.
Mayor razón asiste a la posición expuesta en la consideración anterior, si se tienen en cuenta las circunstancias que han cubierto de descrédito a la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, instancia de la representación social a la que se encargó la averiguación de los hechos y persecución de los implicados. Además, la supresión de dicha Fiscalía ha dejado a la deriva las documentales acumuladas durante las averiguaciones, las cuales bien pueden dar sustento a investigaciones posteriores.
3.- Por ello, esta dictaminadora considera viable que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, emita un pronunciamiento en relación al tema, en el marco del 36 aniversario de los lamentables hechos, por vía de un exhorto que llame al Poder Ejecutivo Federal, instancia facultada para la procuración de justicia, en términos de lo dispuesto en el artículo 21 y 89, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de que en el marco de sus atribuciones, agote todas las investigaciones y medidas necesarias para que se esclarezcan los hechos sangrientos del 10 de junio de 1971.
4.- Por otro lado, en lo relativo a la solicitud del proponente en relación a que el Ejecutivo Federal gire instrucciones para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos conozca sobre el caso y dicte lo que sea correspondiente, esta Comisión considera que no es atendible dicha petición en virtud de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 48, 61, 62 y demás relativos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, así como 1º y 2º, del Estatuto de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, no es facultad del Ejecutivo Federal decidir que sea remitido un asunto a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, sino que corresponde a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos decidir turnar a la Corte un asunto, una vez que ha conocido una petición de alguna persona o grupo de personas y agotado el procedimiento respectivo, conforme a las disposiciones antes citadas. De hecho, esta Comisión tiene conocimiento que a la fecha existe una denuncia presentada ante la citada Comisión, por lo que, en todo caso, el Poder Legislativo Federal permanecerá atento al resultado de dicho procedimiento.
En consecuencia, esta Comisión aprueba el punto de acuerdo solicitado por el legislador autor, únicamente en lo que se refiere al exhorto al Ejecutivo Federal para agotar las investigaciones en torno al esclarecimiento de los hechos del 10 de junio de 1971; desechándose el resolutivo segundo de la proposición relativo al conocimiento del asunto ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, por los motivos antes referidos.
Por tanto, los legisladores integrantes de la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, someten a esa Honorable Asamblea el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Gobierno Federal a que agote todas las investigaciones y medidas necesarias para que se esclarezcan los hechos sangrientos del 10 de junio de 1971.
Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión.- Ciudad de México, a 11 de julio de 2007.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
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