2 jun 2007

Derechos de propiedad

Los derechos de propiedad son derechos humanos/Mary Robinson, ex presidenta de Irlanda y antigua alta comisionada de la ONU para los derechos humanos.
Traducción de Jesús Cuéllar Menezo
Tomado de EL PAÍS, 01/06/2007;
Cuando hablamos de derechos humanos no tardan en venirnos a la mente las atrocidades que tienen lugar en Darfur, los señores de la guerra congoleños que reclutan a niños mediante el secuestro o las mujeres y niños emigrantes que son vendidos como esclavos sexuales. Los titulares de esas noticias nos recuerdan que millones de personas viven bajo la amenaza diaria de la persecución y la muerte, y en todo el mundo se lanzan campañas para enfrentarse activamente a esas tragedias: hoy, los autobuses de la ciudad de Nueva York llevan carteles pidiendo a los ciudadanos que se unan a la campaña Un millón de voces por Darfur.
Sin embargo, aunque esas crisis llaman la atención del mundo sobre algunos de los ejemplos más visibles y dramáticos de injusticia humana, la ausencia de derechos humanos fundamentales que sufren millones de personas sumidas en la más absoluta pobreza surge de las estructuras profundas de muchas sociedades, que sistemáticamente dividen a ricos y pobres, poderosos e impotentes. De hecho, más de la mitad de la población mundial vive en entornos carentes de leyes reconocidas y aplicables, sin medios jurídicos eficaces para proteger a sus familias, viviendas u otras posesiones.
Hace unos días abordé este problema crucial en Madrid durante una reunión organizada por la Comisión Internacional de Juristas y el Ministerio de Asuntos Exteriores español. Altos cargos estatales de más de 30 países se han reunido para hablar de derechos humanos y política exterior, con un programa especial dedicado a los “derechos de propiedad como derechos humanos”. He sido invitada a hablar por mi condición de ex alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos y también en calidad de integrante de una nueva iniciativa mundial, la Comisión para el Empoderamiento Legal de los Pobres, cuya presidencia comparten la ex secretaria de Estado de EE UU Madeleine Albright y el economista peruano Hernando de Soto. Además, el organismo lo forman ex presidentes y ministros, que en algunos casos son paladines del cambio en sus propios países. España se encuentra entre las naciones que financian el trabajo de la Comisión.
En muchos países en vías de desarrollo, la mayoría de la gente carece de derechos jurídicos reconocidos para ocupar sus casas, que van desde granjas de subsistencia en zonas rurales a chabolas en barriadas urbanas. Al carecer de domicilio legal y de la escritura de propiedad de sus chozas, las familias viven bajo la amenaza constante del desahucio por parte de funcionarios públicos o de la invasión de bandas violentas, que se aprovechan de su vulnerabilidad. Muchas carecen de identidad legal y de medios para documentar su existencia. En los países menos desarrollados del mundo, más del 70% de los niños no se registran al nacer, lo cual puede socavar su capacidad para acceder a servicios como asistencia sanitaria o educación.
Con frecuencia son las mujeres pobres las que sufren las peores formas de discriminación en las leyes de propiedad. Según Habitat, el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos, en torno a uno de cada cuatro países en vías de desarrollo tiene leyes que impiden a las mujeres poseer tierras y solicitar hipotecas con su nombre. En África y otros lugares las leyes les prohíben heredar tierras: en el contexto de la crisis producida en el continente africano por el sida, esto ha hecho que miles de viudas carezcan de tierras y de hogar.
Existen enormes fundamentos institucionales para exigir a los Gobiernos que proporcionen a todos los hombres y mujeres un acceso amplio y seguro a los derechos de propiedad: el artículo 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos declara que “toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente”. Este derecho se vio reforzado en el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 de la ONU, que cita la importancia de “hacer valer los contratos de propiedad, y el respeto a los derechos de propiedad y el imperio de la ley”, y también la necesidad de “garantizar el derecho libre e igualitario de las mujeres a poseer y heredar bienes, así como el de contar con una tenencia segura de sus propiedades y de su vivienda”.
Como los derechos de propiedad están estrechamente ligados a otros derechos humanos, existe la oportunidad de que unos y otros se vean reforzados mediante los esfuerzos e iniciativas actuales. Tal como estipula el artículo 16 del Convenio sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el derecho de ésta a poseer tierras es inherente a los derechos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares. El derecho a la identidad es un derecho humano fundamental y es clave para la protección de otros derechos fundamentales. El artículo 7 de la Convención sobre los Derechos del Niño declara que “el niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y desde ese momento tendrá derecho a un nombre”.
No existen panaceas en la lucha contra la pobreza, y quienes trabajan con comunidades empobrecidas saben de los desafíos que conlleva hacer que los derechos de propiedad funcionen para los más pobres. En muchas comunidades tradicionales, la propiedad se ostenta y utiliza colectivamente. Junto a las oportunidades, la posesión presenta riesgos: las escrituras podrían utilizarse para vender los bienes a cambio de dinero, dejando a familias sin hogar.
Finalmente, para que el empoderamiento legal pueda funcionar, documentos escritos como las escrituras y los contratos deben estar avalados por garantías reales de que se van a respetar y hacer valer los derechos de los pobres, sin que funcionarios locales corruptos los vulneren y sin que se diluyan dentro de sistemas burocráticos clientelares. Para lograr este objetivo, la Comisión para el Empoderamiento Legal de los Pobres trabaja con organizaciones locales e internacionales que vigilan e informan sobre la vulneración de los derechos. Lo que se pretende es convertir las buenas intenciones reflejadas en la redacción de las leyes en auténticas salvaguardas y oportunidades para los pobres

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