16 ago 2010

La Marina

Como el Ejército: los abusos de la Marina
Jorge Carrasco Araizaga, reportero.
Revista Proceso # 1763, 15 de agosto de 2010;
La infantería de Marina fue desplegada en todo el territorio para integrarse a la lucha contra el narcotráfico, ante el desgaste de imagen del Ejército. Pero la Armada va por el mismo camino, al cometer cada año más abusos contra ciudadanos ajenos al narco, en situaciones que no entrañan peligro alguno para sus efectivos. Esto se refleja en el incremento de las quejas ante la CNDH contra la dependencia en el sexenio de Felipe Calderón y particularmente en lo que va de 2010.
La Marina-Armada de México sigue los pasos del Ejército: su participación en el combate a grupos de narcotraficantes la ha involucrado cada vez más en violaciones a los derechos humanos, incluidos asesinato de civiles, tortura, amenazas y detenciones ilegales.
La muerte de dos civiles en Morelos durante la persecución de la Armada y que culminó en la ejecución del narcotraficante Arturo Beltrán Leyva, el asesinato en Tabasco de la familia de uno de los marinos que participó en ese operativo, el homicidio de un campesino en Sinaloa y la tortura de un civil en Tamaulipas son algunos de los expedientes que el último año abrió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la Secretaría de Marina (Semar).
En ningún caso, sin embargo, el organismo impugna que esos hechos sean investigados por la justicia militar, contrario a lo establecido en el fallo dado a conocer por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano en diciembre de 2009, para que las violaciones a derechos humanos cometidas por militares sean investigadas sólo por la justicia civil.
En lo que va del sexenio, la CNDH ha recibido 174 quejas referentes a la Semar, y 2010 ya es el de mayor número de agresiones denunciadas por la ciudadanía contra marinos.
En el último año del mandato de Vicente Fox hubo 24 quejas contra elementos de la Marina, una de ellas por su actuación durante el conflicto de los gobiernos federal y estatal con la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO).
Ahora, la decisión de su comandante en jefe, Felipe Calderón, de meter de lleno a las Fuerzas Armadas en lo que inicialmente llamó “guerra contra el narcotráfico” tiene a la Marina en el mismo camino que el Ejército: un marcado crecimiento de acusaciones contra sus elementos por violación a los derechos humanos, algunas de ellas graves.
En el primer año del gobierno de Calderón aumentaron a 31 las quejas contra la Marina; en 2008, a 45; en el siguiente fueron 42, y hasta el 15 de julio de este año ya iban 56. Entre éstas, 21 son por detención arbitraria, 17 por trato cruel, 16 por retención ilegal, dos por privación de la vida y una por tortura.
Las quejas han derivado en seis recomendaciones de la CNDH. Las dos más recientes son por la actuación de infantes de Marina en hechos relacionados con el combate al narcotráfico. Una de ellas fue rechazada por la dependencia que encabeza el almirante Mariano Francisco Saynez Mendoza.
Confusiones, negligencia…
El incremento de las violaciones a los derechos humanos por parte de la Armada de México coincide con la mayor presencia de esa fuerza en todo el país para enfrentar a grupos de narcotraficantes, lo que ocurre en particular con la Infantería de Marina, el componente terrestre de la Armada.
Sin autorización del Congreso, en los dos primeros años del gobierno de Calderón la Armada se reorganizó para tener presencia en territorio continental y ahora dispone de más de 15 mil infantes de Marina que, al igual que los marines en Estados Unidos, operan en aire, tierra y mar (Proceso, Edición Especial 29).
De acuerdo con la Semar, los infantes de Marina “son la primera línea de defensa de los litorales” pero también operan como el componente terrestre de la Armada, lo que ha llevado sus acciones a zonas continentales del país, como la sierra de Sinaloa; Cuernavaca, Morelos; Monterrey, Nuevo León, e incluso el Distrito Federal.
En Cuernavaca, en diciembre pasado, 210 integrantes de las Fuerzas Especiales de la Infantería de Marina realizaron la Operación Cuerno III, en la que ejecutaron al cabecilla del narco Arturo Beltrán Leyva, El Barbas. En esa cacería, que se realizó entre el 11 y el 16 de diciembre, murieron dos civiles a manos de efectivos de la Marina: Patricia Terroba Garza e Ignacio Aguilar Rodríguez. Ambos recibieron decenas de descargas.
Terroba murió el día 11, en el primer intento de los infantes de Marina por cercar a Beltrán Leyva en el fraccionamiento Los Limoneros, donde el capo estaba en una fiesta. Terroba fue acribillada “por pasarse un retén”, explicaron los marinos a su viudo, Gabriel Pintado.
El otro civil, Ignacio Aguilar, murió durante el operativo del día 16 porque los marinos “lo confundieron”, pues según le dijeron a la viuda, Andrea Martínez, iba en una camioneta igual a otra en la que un sospechoso se dio a la fuga (Proceso 1734).
El segundo visitador de la CNDH, Marat Paredes, asegura que al terminar la investigación de esas muertes se podrán abrir dos denuncias penales. Una en la Procuraduría General de la República (PGR) y otra en la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM).
El operativo de los infantes de Marina contra El Barbas tuvo otras consecuencias que son investigadas por la CNDH: el asesinato de la familia del tercer maestre de Fuerza Especial Melquisedet Angulo Córdova, quien murió en el asalto al departamento donde se ocultaba el narcotraficante, a unas cuadras de la 24 Zona Militar.
En represalia por la ejecución de El Barbas, sus aliados del cártel de origen militar Los Zetas asesinaron el 22 de diciembre de 2009, en Paraíso, Tabasco, a cuatro familiares del marino, incluida su madre. La matanza ocurrió horas después de que sepultaran a Angulo Córdova en la tierra de su familia.
La CNDH investigó este caso y el pasado 28 de abril determinó que la ejecución de la familia se debió a la negligencia de la Semar, no sólo al hacer publicidad de los datos personales de la víctima, sino porque la Armada “tomó bajo su control, mediante fuerte dispositivo de seguridad, la atención de las víctimas, así como de los familiares directos” del marino.
Explica que, al informar sobre el operativo, la Semar mencionó el nombre completo de la víctima, propiciando que varios medios periodísticos entrevistaran a su madre. Esto “generó que tanto ella como tres familiares más se constituyeran en flanco visible de la venganza del crimen organizado”.
Directo, el organismo señala que al divulgar los datos del infante de Marina, elementos de la Semar violaron “los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la privacidad, como consecuencia de una omisión contraria a la intimidad y seguridad personales”, en perjuicio del infante de Marina, “lo que, a su vez, conllevó a la violación al derecho a la vida en agravio de su familia”.
La CNDH no sólo pide a la Marina que repare el daño a los familiares de Angulo, sino que colabore en la averiguación previa que el organismo promovió ante la PGR y la PGJM, y proceda también administrativamente contra su personal que intervino en los hechos.
Para la comisión, en esos hechos se violaron las fracciones IV y VI del Código Penal Federal, referido al ejercicio indebido del servicio público. La fracción IV se refiere a la utilización ilícita de información o documentación que está bajo su custodia; la VI, a quien tenga la obligación de vigilar, proteger o dar seguridad a personas y propicie daño a las personas, lugares, instalaciones u objetos que están bajo su cuidado.
En sus alegatos, la Semar negó que el nombre del marino fuera información reservada y que los datos sobre sus familiares los obtuvieron los periodistas. Emitida esta recomendación (la 17/2010), la Marina sencillamente no respondió, lo que en la práctica constituye un rechazo.
“No sólo no se aceptó la recomendación, sino que la autoridad ni siquiera contestó respecto a la aceptación o no. La autoridad tenía 15 días hábiles siguientes a la notificación para informar sobre su aceptación. El término feneció el 19 de mayo sin que la Secretaría de Marina se haya pronunciado. Es una conducta muy grave, pues lejos de contribuir a la plena vigencia de los derechos humanos en nuestro país, resta”, dice Fernando Bautista, quinto visitador de la CNDH y responsable de la investigación.
Violencia injustificada
La recomendación más reciente de la CNDH a la Semar se emitió el 10 de junio pasado por el asesinato del campesino Gregorio Bojórquez Martínez, el 7 de noviembre de 2009.
El homicidio ocurrió en la comunidad serrana de Milpa Alta, en el municipio de Mocorito, Sinaloa, a manos de elementos del grupo de tarea terrestre Refuerzo Sinaloa, pertenecientes al Batallón de Infantería de Marina, Fusileros Paracaidistas, de la Cuarta Zona Naval de la Armada, con sede en Mazatlán.
En los hechos están implicados cuatro marinos que, uniformados con camuflaje, pasamontañas y armas largas, sin violencia o resistencia de por medio agredieron a dos campesinos que reparaban una antena repetidora de radio en el cerro La Mollera, en los límites de Mocorito con el municipio Sinaloa de Leyva, donde en 2007 el Ejército asesinó a una familia en un retén.
Al notar la presencia de los infantes de Marina, Bojórquez Martínez se asustó y corrió, pero fue alcanzado por un disparo. Según la autopsia, murió por la ruptura de la arteria iliaca común izquierda, debido a que una bala calibre .223 le entró por la región superior central del glúteo izquierdo y salió por el flanco abdominal lateral izquierdo. La bala le dejó un orificio de entrada de forma oval de cinco por seis centímetros.
El otro labriego fue sometido contra el suelo, con un rifle en la espalda. Uno de los marinos le puso el pie en la nuca y le dijo: “Ojalá te muevas cabrón, nomás hubieras corrido y te barreno”.
Los marinos lo llevaron a su comunidad para que mostrara el registro de la pistola calibre .22 que le encontraron y además “trajera algo”. No lo acompañaron hasta su casa. El campesino regresó, les mostró el registro y les dio mil pesos. “Por esta vez te salvaste, hoy no fue tu día ni tu hora”, le dijeron.
Los hechos fueron denunciados ante la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa, pero ésta declinó su competencia investigadora a favor del Ministerio Público Especializado en Asuntos Navales de la PGJM.
La CNDH emitió la recomendación 34/2010 por privación de la vida, pues en la investigación de los hechos confirmó que los efectivos de la Marina “llevaron a cabo prácticas de uso excesivo de la fuerza pública y de las armas de fuego”.
Consultada sobre este caso, la comisión aseguró que la Semar sí aceptó la recomendación correspondiente, pero no dio más detalles “porque la investigación está abierta y la información es reservada”. Sin embargo, aclaró que está en espera de que la Marina-Armada de México compruebe el cumplimiento de las recomendaciones.
La CNDH le pidió a la Marina proceder administrativamente contra los elementos responsables de las violaciones mencionadas, pero también que “colabore ampliamente” en la denuncia de hechos que el organismo presente ante la PGR y la PGJM.
Uno de los señalamientos de la CNDH es que los infantes de Marina implicados en el asesinato incumplieron los numerales 4 y 9 de los Principios Básicos sobre Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley. El instrumento fue adoptado en 1990, durante el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente.
Esos principios señalan que la fuerza y las armas de fuego pueden utilizarse sólo cuando otros medios resultan ineficaces, lo que en no ocurrió en ese caso, pues de acuerdo con la CNDH no hay ninguna constancia de que los efectivos navales hubiesen sido agredidos o amenazados de forma que motivara su ataque a los campesinos sinaloenses.
Menciona también las recomendaciones surgidas de la investigación realizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas por la Policía Federal y la Agencia de Seguridad Estatal del Estado de México en San Salvador Atenco, en mayo de 2006.
Ambos hechos –la cacería del Barbas y el homicidio de Bojórquez Martínez– ocurrieron después de que la Semar, con la firma de Saynez, emitiera la directiva 003/2009, del 30 de septiembre de 2009, sobre la regulación del uso de la fuerza por el personal naval. La directiva, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre del año pasado, indica en su artículo noveno que sólo se emplearán armas letales contra las personas en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves.
Prevé también el uso de la fuerza con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida, o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia violenta y armada a su autoridad.
Más aún, su artículo décimo tercero prohíbe el uso de armas letales en contra de vehículos o personas que huyan o traten de huir de una inspección de carácter administrativo, a pesar de que existan sospechas fundadas. Si ésta fuera la circunstancia, el personal naval debe limitarse a perseguir físicamente al evasor.
La directiva, en vigor desde el 1 de octubre, se refiere también a la tortura, que se define como todo acto que ejecute personal naval con la intención de causar en la persona sufrimientos graves, sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, o bien con el objeto de intimidar a las personas.
Otra de las investigaciones de la CNDH contra efectivos de la Armada es, precisamente, por la tortura de una persona en Rey­nosa, Tamaulipas, el 4 de marzo pasado. Aunque el organismo mantiene la información reservada, el segundo visitador de la CNDH, Marat Paredes, indicó que esa violación se cometió con una bolsa de plástico, toques y golpes, por lo que ya se lleva a cabo una averiguación previa en la PGR.
El organismo ha emitido otras cuatro recomendaciones a la Marina: la 15/2007, por los disturbios en Oaxaca, en 2006; la 45/2008, rechazada por la Semar, por una baja por VIH; la 62/2008, por negligencia médica, y la 29/2009, por agresión a inmigrantes centroamericanos. l

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