27 jun 2013

¿Cuántos desaparecidos hay exactamente en México?


 Fiscales en busca de personas desaparecidas/Fred Alvarez
Publicado en La Silla Rota.com, 27 de junio de 2013;
  •  “Ojalá que esto funcione”: Jesús Murillo Karam


El lunes 27 de mayo de 2013 el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, anunció la creación de la Unidad Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas –UEBPD- como parte del compromiso que asumieron con familiares de personas desaparecidas, mismas que mantuvieron un plantón y una huelga de hambre a las afueras de la Procuraduría General de la República (PGR),  en la lateral de avenida Paseo de la Reforma.
  Las autoridades –PGR y la Secretaría de Gobernación-  en sólo nueves días –del 17 al 26 de mayo-, dieron respuesta a la petición ciudadana; la  nueva Unidad Especializada entró en funciones de inmediato.
 Ese día informaron, en una ceremonia pública, que la Unidad contaría con agentes del Ministerio Público Federal (MPF), altamente especializados, capacitados en criminalística y tendrían bajo su mando con un equipo especial de elementos de la Policía Federal para indagar el paradero de los miles de desaparecidos. Fueron contratados 12 personas, egresadas de la Universidad de Nuevo León, y tuvieron el visto bueno de las organizaciones sociales que busca a miles de desaparecidos.
 En el acto formal de presentación y ante familiares de los desaparecidos, autoridades de la Cruz Roja, del Ombudsman Nacional, así como el representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,  Miguel Ángel Osorio Chong, secretario de Gobernación, reconoció –en ese momento- no tener “todavía muy claro cual será el diseño preciso de la Unidad” y tampoco de donde se obtendrán los recursos para que funcione correctamente; lo que si es un hecho –precisó- es que habrán suficientes; “queremos volcar todos los instrumentos y recursos que se puedan para este tema que queremos que sepan que para nosotros no será un tema más y no será un tema al olvido.”
 La Unidad subrayó está concebida para realizar indagatorias por medio de agentes investigadores y peritos forenses, bien capacitados; y que “cuenten con la técnica profesional y la convicción, sobre todo esto, la convicción inquebrantable para realizar una eficaz tarea en la búsqueda de las personas desaparecidas.
 Concluyó diciendo que el equipo de expertos  “diseñará, implementará y evaluará la ejecución de protocolos relativos a la búsqueda e identificación, garantizando en todo momento la participación de los familiares de las víctimas, y sobre todo, informándoles a ustedes (los medios) permanentemente de los avances.”
 Para ello, se cuenta incluso – a través de un convenio- con el apoyo del Comité Internacional de la Cruz Roja para contar con asesoría técnica;
 Por su parte Jesús Murillo Karam dijo –en aquel momento, que la clave para encontrar personas desparecidas es la coordinación.
 En su mensaje dijo: “A las víctimas decirles, lo que les he dicho muchas veces en privado, creo que de las caras que veo prácticamente me he reunido casi con todas y varias veces, conozco perfectamente bien sus asuntos y el denominador común de sus quejas, era casi siempre el abandono de la investigación; a veces, por razones atribuibles a alguien y a veces, por razones atribuibles a un sistema que no estaba coordinado.  Dijo en tono firme que “coordinarse no es reunirse entre cuates para tomarse un café, coordinarse es tener un plan, un objetivo, una acción precisa, enseñar qué le toca hacer a cada quien, es definir quién es responsable de qué, es tener forma de vivir y de evaluar lo que se está haciendo. Y es sin duda alguna, el primer instrumento de cualquier otra acción. Y eso es lo que vamos a hacer hoy aquí, coordinarnos.”
 Y con respecto a las doce personas que harán el trabajo de fiscales, les dijo:  “los hemos escogido porque son limpios, porque tienen emoción, porque tienen verdadero deseo de ser útiles, no lo pierdan. Sientan la satisfacción de cumplir, hagan enorgullecerse a todos por haber cumplido, pero fundamentalmente la responsabilidad enorme de poder devolverle a una familia la paz que significa saber qué pasó con su ser querido.”
 Concluyó diciendo que se va a llegar hasta donde se pueda llegar: “vamos a agotar todas las opciones y hablar con absoluta verdad sobre las posibilidades de los resultados (...) Muchas gracias y ojalá que esto funcione.”
 Ojalá significa quiera Alá, o quiera Dios.
 Un mes después se publica el decreto de creación en el DOF
 Casi un mes después la Unidad tomó forma, y empezó a funcionar formalmente.
 El 21 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo A/066/13 del Procurador –fechado el 27 de mayo-. por el que se crea la Unidad Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas (UEBPD), la cual se adscribe a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad  la cual “será competente para dirigir, coordinar y supervisar las investigaciones para la búsqueda y localización de personas desaparecidas y, en su caso, su identificación forense, así como para perseguir los delitos relacionados con la desaparición de personas.”
 El Titular de la UEBPD tendrá la calidad de agente de Ministerio Público de la Federación, y  tendrá las facultades siguientes (vale la pena transcribirlo textual):
I. Ejercer las atribuciones y cumplir con las obligaciones que le confieren al Ministerio Público de la Federación, los artículos 21 y 102 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los instrumentos internacionales en la materia, el artículo 4, fracciones I, IV, V, VII y IX de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; la Ley General de Víctimas; y demás disposiciones jurídicas aplicables, respecto a la investigación, búsqueda y localización de personas desaparecidas, persecución de delitos y, en su caso, identificación forense;
II. Recibir las denuncias relacionadas con la desaparición de personas, así como realizar de manera eficaz y urgente todas las diligencias necesarias para la búsqueda y localización de las personas desaparecidas. Si de la información relativa a la desaparición de una persona se desprende la existencia de un delito cuya investigación sea competencia del fuero común, la (UEBPD) lo hará del conocimiento de la autoridad competente en forma inmediata y, cuando ésta lo solicite, coadyuvará en las investigaciones respectivas;
III.    Coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones que en materia de localización y búsqueda de desaparecidos así como de atención y protección a víctimas establezcan las leyes;
IV.   Diseñar, instrumentar, supervisar y evaluar la ejecución de los protocolos relativos a la búsqueda y localización de personas desaparecidas e identificación forense, los cuales deberán ajustarse a los estándares científicos reconocidos internacionalmente;
V. Conformar grupos de trabajo para el impulso de la investigación en casos específicos de desaparición de personas;
VI.   Solicitar a las autoridades competentes la autorización para la realización de las exhumaciones de cementerios, fosas clandestinas o de otros sitios en los que se encuentren o se tengan razones fundadas para creer que se encuentran cuerpos u osamentas de víctimas;
VII.   Requerir con carácter urgente de las áreas de investigación policial, tecnológica, científica y pericial de la Procuraduría o de otras instancias, toda la información que sea necesaria para la búsqueda y localización de las personas desaparecidas;
VIII.  Coordinar a los agentes del Ministerio Público de la Federación de la (UEBPD) o de otras unidades administrativas u órganos desconcentrados de esta Procuraduría, en las investigaciones que se inicien para la búsqueda y localización de personas desaparecidas, pudiendo concentrar las investigaciones iniciadas por estos cuando así se requiera;
 IX.   Autorizar las determinaciones de incompetencia, acumulación y separación de las averiguaciones previas y, previo dictamen del agente del Ministerio Público de la Federación Auxiliar del Procurador, la reserva y en definitiva el no ejercicio de la acción penal. Tratándose del no ejercicio de la acción penal, ésta deberá notificarse de conformidad con las disposiciones aplicables;
X.    Solicitar de las instancias penitenciarias, federales o locales, el traslado de los internos a otros centros de reclusión salvaguardando sus derechos humanos, siempre que esta medida favorezca la localización de las víctimas;
XI.   Ejercer la facultad de atracción de los delitos del orden común relacionados con su ámbito de competencia, en los términos que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables;
XII.   Coordinarse con las instituciones de procuración de justicia de las entidades federativas y el Distrito Federal, en términos de los Convenios de Colaboración celebrados en el seno de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, a fin de colaborar, auxiliar y en su caso, asistir a las autoridades locales en la búsqueda y localización de personas desaparecidas;
XIII.  Atender e informar a los familiares de las personas desaparecidas de las líneas de investigación orientadas a la localización de las personas desaparecidas e incorporarlos en los procesos destinados a la búsqueda y localización de sus familiares;
XIV. Coordinarse con las unidades administrativas u órganos desconcentrados de esta Procuraduría, para brindar a los familiares de las personas desaparecidas, en los asuntos de su competencia, la protección de los derechos humanos que en su favor reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los instrumentos internacionales suscritos por el Estado Mexicano, la Ley General de Víctimas y demás disposiciones aplicables;
XV.  Establecer mecanismos de coordinación y de colaboración con otras áreas de la Procuraduría, con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las Comisiones de Derechos Humanos Estatales, y las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa de los derechos humanos y la defensa de los derechos de las víctimas, así como otras instancias y dependencias de los tres órdenes de gobierno en estos temas, de conformidad con las políticas y lineamientos que en materia internacional tenga establecidos la Institución, para el óptimo cumplimiento de las funciones que le corresponden;
XVI. Consultar la información que sobre personas desaparecidas contengan las bases o registros de datos previstas en las disposiciones aplicables en la materia y, en su caso, cualquiera otro que se genere con la información contenida en los expedientes que abra la (UEBPD;
XVII. Dar vista a la unidad administrativa correspondiente sobre la negligencia o falta de atención a los casos asignados;
XVIII. Informar al Subprocurador de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, sobre los asuntos de su competencia;
XIX. Disponer del presupuesto autorizado y de los recursos materiales asignados para investigación, búsqueda y localización de personas desaparecidas, y demás funciones que se establezcan en el presente Acuerdo, y
XX.  Las demás que le encomiende el Procurador General de la República.”
Las funciones son claras, preguntamos
¿Con cuanto presupuesto contará?
Dice el Acuerdo que la Unidad “contará con los recursos humanos, materiales y financieros suficientes de acuerdo a las normas presupuestales aplicables.” El artículo segundo transitorio del decreto “Se instruye a los C.C. Subprocurador de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad y al Oficial Mayor, a fin de que realicen los ajustes necesarios en el ámbito de su competencia para que a la Unidad (...) le sean transferidos los recursos humanos, materiales y financieros necesarios y suficientes, en términos de la disponibilidad presupuestaria de la Institución.”
¿Dónde estará físicamente la oficina y cuáles son los teléfonos?
Hasta hace un mes no se sabía donde iban a estar instalados. Ricardo García Cervantes, subprocurador de Derechos Humanos y Jefe del titula de la Unidad,  dijo que para evitar que actos burocráticos impidan la correcta localización de desaparecidos, habrá una ventanilla única de atención para los familiares..
¿Y dónde estarán?
¿En calle de López en el Centro histórico; en el mismo lugar donde funcionaron por décadas los temibles separos de la Policía Judicial Federal y se cometieron gravísimas violaciones a los derechos humanos, sobre todo torturas y homicidios?
Bienvenida la nueva Unidad, tiene el beneficio de la duda.
Y lo primero que debe de hacer es, coordinarse con todas las dependencias y que nos digan exactamente cuantas personas desaparecidas hay hasta hoy en México, incluyendo los doce del bar Heaven, ubicado en la Zona Rosa; de la que por cierto ya hay una organización social - Consejo Ciudadano de la Ciudad de México- que ofrece una recompensa de hasta 10 millones de pesos por información de los jóvenes desaparecidos de la Zona Rosa.
¿Cuántos desaparecidos hay exactamente en México?
 Hay una Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, publicada el martes 17 de abril de 2012, y un responsable de proporcionar información.
 El periodismo de investigación hace su trabajo y ha encontrado a través de varias solicitudes de transparencia presentadas ante servicios médicos forenses estatales, gobiernos municipales y la administración de pequeños cementerios locales, que hay miles de cuerpos han sido enterrados en el anonimato; en su mayoría eran migrantes, indigentes, personas sin familia, víctimas de homicidio y criminales.
 La CNDH tiene registradas 24 mil 800 personas, de las cuales se investigan del sexenio pasado 2 mil 126 casos de desapariciones forzadas.  En Gobernación dijeron en febrero pasado que son 26,121 las personas registradas como desaparecidas durante el periodo de diciembre de 2006 a noviembre de 2012; de éstas, 20,915 estarían relacionadas con averiguaciones previas y actas ministeriales y 5,206 siguen pendientes de validación.
 Rubén Mosso, reportero de Milenio Diario le preguntó hace un mes al procurador Murillo Karam, por el número de desaparecidos, y la respuesta fue que estaban en el periodo de depuración, dijo textual: “Se acuerda de aquella cita (de la subsecretaria de Gobernación, Lía Limón) que decía 26 mil (Lía habló de más de 27 mil personas); estamos ahorita con todos los gobernadores, porque ese es el registro que nos mandaban las procuradurías de los desaparecidos, pero nunca nos mandaron los que habían encontrado. “Entonces, ahorita estamos en el proceso de ir descontando los que aparecieron o que tenían otro tipo de… que no era precisamente una desaparición, todavía no terminamos, no es fácil depurar”. Eso fue hace un mes ¿Tendrán ya una cifra aproximada de personas desaparecidas?
 Otras preguntas:
 ¿Quién es el titular de la Unidad y quienes son los 12 fiscales?
 ¿Quienes son ellos, como se llaman, que experiencia tienen?
 Entendemos que la unidad se creo para encontrar a las personas desaparecidas en los últimos años
 ¿Y los desaparecidos de la guerra sucia?

Por último, quizá ya sea tiempo de que está Unidad especializada atraiga el caso de las 12 personas desaparecidas del Heavens After. Sus familiares acudieron ayer a un servicio religioso en la Basílica de Guadalupe.
Twitter: @fredalvarez

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