23 ene 2024

Posiciones encontradas de la FGR, Segob y CJF ¿Quién tiene la razón? Ud juzgue..

Tres comunicados..., y la carta enviada a Norma Piña

CJF confirma que la # FGR no impugnó resolución en caso Ayotzinapa, o sea..

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) confirmó en una nota informativa que la Fiscalía General de la República (FGR) no impugnó una resolución judicial, lo que derivó en que ocho militares señalados como probables responsables en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa obtuvieran su libertad provisional.


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NOTA INFORMATIVA: CASO AYOTZINAPA

Ciudad de México a 22 de enero de 2024. DGCSV/NI: 05/2024.

El Consejo de la Judicatura Federal, comprometido con la transparencia de las resoluciones jurisdiccionales, señala:

A través de diversas notas periodísticas se dio a conocer la liberación de 8 elementos del Ejército Mexicano, relacionados con el caso “Ayotzinapa”.

Dichos elementos castrenses se encuentran sujetos a un procedimiento penal seguido ante el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, por el delito de desaparición forzada.

En dicho expediente, previo debate entre las partes (defensa de los imputados y fiscalía), en donde se expusieron los argumentos que consideraron pertinentes para justificar sus pretensiones, se les mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, tomando como sustento la naturaleza del delito referido y lo preceptuado al respecto, por el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los elementos castrenses, inconformes con tal determinación promovieron juicio de amparo indirecto, del que correspondió conocer al Juzgado Decimoquinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, el que, al pronunciarse sobre la suspensión del acto reclamado, consistente en la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta, resolvió concederla.

El efecto de esa suspensión fue para que el juzgado de procesos penales fijara una audiencia de revisión de medida cautelar, prescindiendo de las consideraciones que adoptó al imponer la prisión preventiva oficiosa, y con libertad estableciera la misma, pero de manera justificada, o cualquier otra.

Lo anterior, al ponderar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya había condenado al Estado Mexicano por la inconvencionalidad del artículo 19 Constitucional que prevé la figura de la prisión preventiva oficiosa.

En desacuerdo con dicha decisión, únicamente los militares interpusieron recurso de revisión, no así la fiscalía, del cual conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, cuyas personas integrantes en sesión de 30 de noviembre de 2023, resolvieron modificar la resolución del juzgado de amparo sólo en cuanto a que era innecesario volver a citar a las partes  para debatir la medida impuesta, pues, en audiencia de 22 de junio de 2023, ya se habían esgrimidos los argumentos correspondientes.

En acatamiento a tal ejecutoria de amparo, el pasado 20 de enero, la persona juzgadora que conoce de la causa resolvió que no era procedente imponer a los inculpados la prisión preventiva justificada y determinó diversas medidas cautelares, no privativas de libertad, al considerar que la fiscalía no había aportado datos de prueba que justificara su idoneidad y pertinencia.

En lugar de la prisión preventiva oficiosa, la persona juzgadora impuso las siguientes medidas cautelares no privativas de libertad:

1. La presentación periódica quincenal los días uno y dieciséis de cada mes de los encausados, ante el juzgado de distrito.

2. La exhibición de una garantía económica por la cantidad de 50,000 (cincuenta mil pesos, Moneda Nacional).

3. La prohibición de salir del país entregando al juzgado, en su caso, el original de su pasaporte.

4. La prohibición de acercarse al lugar de los hechos, específicamente el estado de Guerrero; y

5. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con víctimas o testigos protegidos, siempre que no afecte el derecho de defensa.

Medidas que aseguran la continuidad del proceso penal que se instruye a los inculpados, y que de incumplirse dejan abierta posibilidad de la fiscalía se solicitar nuevamente su modificación.

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Comunicado FGR 030/24

21 de enero, 2024 CDMX, Ciudad de México

FGR INFORMA

La Fiscalía General de la República (FGR), rechaza de manera tajante la determinación de la Jueza del Segundo Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo y de los Magistrados del tribunal colegiado correspondiente, Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio que, en una secuela procesal absolutamente cuestionable para los derechos y para la protección de las víctimas, le fueron concediendo ventajas indebidas a quienes no lo merecen, y desconocieron las resoluciones de jueces que determinaron prisión preventiva justificada para ocho miembros de las Fuerzas Armadas quienes fueron acusados de delitos graves en el caso Ayotzinapa.

Por lo anterior, aplicando procedimientos de amparo y de ampliación de amparo con el propósito de generar una evidente situación de injusticia, que está afectando a 43 desaparecidos, a sus familias, a su seguridad y a la nación misma, dada la brutalidad de los abusos cometidos y del peligro de una libertad procesal para quienes cometieron el delito de desaparición forzada de personas sobre las cuales ahora se determina una libertad procesal de alta peligrosidad.

Ante dicha cerrazón, absolutamente injusta para las víctimas y para el Estado Mexicano dada la gravedad de los delitos que se cometieron en el caso Ayotzinapa, esta representación social federal presentará de inmediato los recursos correspondientes para garantizar los derechos y la seguridad de las víctimas e iniciará las acciones que señala el artículo 225, fracciones VI, VII y VIII del Código Penal Federal, que castigan como delito los hechos cometidos en contra de la administración de justicia, entorpeciendo la misma y concediendo ventajas indebidas a quienes no lo merecen. 

Esta conducta procesal notoriamente injusta, que se repite constantemente en asuntos de trascendencia nacional o de importancia política, se utiliza por algunos medios de manera parcial y engañosa, como se acaba de evidenciar también en la primera plana de un diario de circulación nacional, que señala que una orden de aprehensión QUE HABÍA SIDO EMITIDA POR UN JUEZ FEDERAL, AHORA ES RECHAZADA POR OTRO JUEZ FEDERAL, TODO LO CUAL ES RESPONSABILIDAD ÚNICA DE LOS MISMOS; pero, en cambio, dicho diario se la atribuye al Ministerio Público Federal, lo cual evidencia la parcialidad y la falta de objetividad de dicho medio.

Esta distorsión mediática se ha venido repitiendo de manera constante y progresiva durante los últimos años, lo que ha demostrado la persecución y la descalificación injustas de los medios que así han actuado, destacando de manera dolosa un corto número de casos de trascendencia en los cuales la representación social ha actuado de manera inmediata , logrando vinculaciones a proceso que habían estado abandonadas por años, y que ahora se tienen que litigar frente a determinaciones judiciales que han sido notoriamente parciales e injustas.

Para acreditar debidamente esta permanente distorsión mediática y esta manipulación de cifras, es necesario señalar que solamente durante 2023 el Ministerio Público de la Federación obtuvo nueve mil 150 sentencias favorables para las víctimas; lo cual demuestra que una parte muy importante de los jueces federales sí actúan con imparcialidad y con apego a derecho, mientras los medios ya aludidos buscan que esta representación social se confronte con todo el poder judicial, lo cual no puede aceptarse en modo alguno.

Es necesario señalar también, que en los “mecanismos alternativos de solución de controversias” que es una función única y exclusiva de la FGR, se lograron determinar durante 2023, otros dos mil 427 acuerdos con efectos de sentencia firme, en favor de las víctimas que acudieron a dicho método de procuración de justicia inmediata y eficiente.

De todos esos resultados, la FGR difundió diariamente a nivel nacional, durante el 2023, más de 700 comunicados, y a nivel local cerca de cuatro mil comunicados más. Toda esta obligación de información se ha cumplido rigurosamente, sin que la FGR haya pagado ni un solo centavo en los últimos cinco años para comprar publicidad mediática que la favorezca o que genere una imagen que debe de ganarse con información permanente, veraz y objetiva, tanto de la Institución como de los medios.

En este entorno, casos como el que analizamos al principio de este informe vinculan con toda claridad a despachos de abogados, a relaciones personales o familiares, a autoridades judiciales de la más alta jerarquía y a extorsionadores mediáticos que han sido exhibidos públicamente, y que se dedican a distorsionar la justicia, a traficar influencias y a descalificar las tareas del Estado y de sus instituciones; todo ello por razones aviesas y de voracidad patrimonial.

Frente a esta situación que es pública y notoria, la Fiscalía General de la República continuará informando con puntualidad y respeto, mientras que cada uno de los tres mil 439 Agentes del Ministerio Público de la Federación realizan las tareas que tienen la obligación y la autoridad de cumplir, y en las que siempre se les apoyará y se les exigirá sin excepción, la honestidad y la eficiencia en sus conductas. 

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Postura respecto a la decisión del PJF de modificar medidas cautelares y dejar en libertad a ocho militares vinculados al caso Ayotzinapa

Secretaría de Gobernación | 22 de enero de 2024 | Nacional

El Gobierno de México coincide y suscribe la postura y manifestaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) respecto a la decisión de la jueza segundo de distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo, así como de los magistrados del tribunal colegiado correspondiente, Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio, quienes ordenaron que ocho militares vinculados al caso Ayotzinapa llevaran su proceso en libertad.

No nos extraña la posición del Poder Judicial de la Federación (PJF) en el caso Ayotzinapa. Dentro de sus prioridades nunca ha estado hacer justicia, ni encontrar la verdad. Por el contrario, se ha dedicado a obstaculizar y entorpecer el desarrollo del proceso.

Una vez más el Poder Judicial se vale de pretextos procedimentales para dejar de lado la justicia. Encubiertos en tecnicismos, no ponderan los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la no repetición. No puede pasar desapercibido que fue el mismo Poder Judicial el que liberó a 62 implicados en los hechos al argumentar que habían sido torturados, pero no han actuado en contra de torturadores, como es el caso de Tomás “N”, actualmente prófugo en Israel.

También intentaron dejar en libertad al exprocurador general de la República, Jesús Murillo Karam, a través del cambio de sus medidas cautelares, lo cual se impidió gracias al trabajo coordinado entre la fiscalía y otras dependencias del Gobierno de México.

Ahora, sin ningún fundamento legal, ellos mismos ordenan poner en libertad a ocho militares señalados de haber participado en el caso Ayotzinapa con la deliberada intención de favorecer la hipótesis de que el Gobierno de México protege al Ejército y, de esta manera, seguir socavando el prestigio de una de las instituciones más importantes del Estado mexicano y perjudicar el compromiso del presidente de conocer la verdad y llegar al fondo de los hechos. Todo ello, por razones estrictamente políticas.

El daño que se ha hecho es inconmensurable. Con estas decisiones el Poder Judicial mina los cimientos de la verdadera procuración de justicia.

Para el Gobierno de México el caso Ayotzinapa es un asunto de Estado. Vamos a pedir a la fiscalía solicite la revisión de las medidas cautelares tomando en cuenta los factores de riesgo y los elementos probatorios que llevaron a la misma jueza a otorgar la prisión preventiva justificada desde el 15 de agosto del año pasado, pero que el mismo tribunal colegiado ignoró y dejó sin efectos.

De igual modo, se va a solicitar a la FGR que, de ser procedente, se otorguen nuevas órdenes de aprehensión y se agoten todas las líneas de investigación.

El Gobierno de México refrenda su compromiso con la legalidad y, lo más importante, con el derecho a la verdad y la justicia de los familiares de los estudiantes desaparecidos. La búsqueda continuará hasta encontrarlos.

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Luisa María Alcalde revela carta de AMLO a ministra Norma Piña que advertía liberación de militares..

López Obrador instruyó a la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, dar a conocer la carta que se envió en diciembre a la ministra presidenta de la SCJN Norma Lucía Piña.

“Le voy a pedir a la secretaria de Gobernación que dé a conocer esa carta,..

En el texto, la secretaria de Gobernación menciona la resolución del adoptada en la sesión del jueves 30 de noviembre de 2023 del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en la Ciudad de México, integrado por los magistrados Francisco Javier Sarabia Ascencio, Juan José Olvera López, y Horacio Armando Hernández Orozco como ponente.

Apuntó que en la sesión estimaron “fundado” el agravio aducido por los ocho militares inculpados dentro de la causa penal 1/2023 del índice del Juzgado Segundo de Procesos penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca”.

“Cabe señalar que la ejecutoría no ha sido formalmente notificada. En consecuencia determinó modificar y conceder la suspensión para el efecto de celebrar una nueva audiencia a fin de que se emita una medida cautelar diferente a la prisión preventiva oficiosa decretada a los siguientes inculpados relacionados con el caso Ayotzinapa:

1.- Subtte. Omar Torres Marquillo,

2.- Sgto 2º Roberto de los Santos Eduviges,

3.- Sgto 2º Ramiro Manzanares Sanabria,

4.- Sgto 2º Juan Andrés Flores Lagunas,

5.- Sgto 1º Gustavo Rodríguez de la Cruz,

6.- Cabo Uri Yashiel reyes Lasos,

7.- Cabo Eloy Estrada Díaz,

8.- Cabo Juan Sotelo Díaz”.

“Lo anterior resulta relevante porque al modificar la prisión preventiva oficiosa existe un alto riesgo de sustracción de la justicia, por ejemplo que se vuelvan ilocalizables o huyan del país. Además, debo señalar que este es un asunto de la mayor importancia y trascendencia para el Estado por las graves violaciones a derechos humanos que se cometieron en contra de los jóvenes desaparecidos, así como de las madres y padres que los buscan”, señala la carta.

El texto del 12 de diciembre, firmado por la secretaria de Gobernación Ver menos



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