17 ene 2005

El caso de Monseñor Romero; 25 años después ¿Justicia?

Escrito el 13 de septiembre del 2004
A las 18 horas del 24 de marzo de 1980 mientras celebraba la Comunión en la capilla de la Divina Providencia en San Salvador, un francotirador disparó una bala expansiva que destrozó el corazón y mató casi al instante a Monseñor Arnulfo Romero y Galdámez.
¡La repercusión internacional de este crimen fue enorme!
Sobretodo debido a que en su última homilía había exigido a las tropas del Ejército de ese país a desobedecer las órdenes de reprimir.
El asesinato de Monseñor Romero marcó el inicio de un río de sangre en El Salvador y el crimen permaneció impune 25 años...,
¡Insólito!
Un juez de Distrito de EU condenó recientemente como crimen de lesa humanidad el homicidio de Monseñor Romero.
El magnicidio fue cometido por Álvaro Rafael Saravia, excapitán de las fuerzas áreas salvadoreñas por orden de los Escuadrones de la Muerte, la tarde del 24 de marzo de 1980.
La bala expansiva que le destrozó el pecho no sólo ensució de sangre la sotana blanca del prelado sino que deshonró también el gobierno de ese país centroamericano, que nunca se atrevió a siquiera sentar en el banquillo de los acusados a los asesinos materiales e intelectuales del arzobispo.
A decir verdad, hubo un Juez de nombre Atilio Ramírez que se atrevió a abrir la investigación pero fue obligado a renunciar tras un atentado a su vida, lo que lo obligó a solicitar asilo a Costa Rica.
Y en 1993 el caso fue cerrado.

 Desde entonces el crimen había permanecido durante casi 25 años en total impunidad.
Pero gracias a una demanda presentada hace un año por una ONG vinculada a Amnistía Internacional, el caso fue abierto; pero no en El Salvador, sino en los Estados Unidos; ello se pudo hacer debido a una ley muy particular que data del siglo XVIII – por cierto poco conocida- que permite que quienes cometieron crímenes y otros delitos y se encuentran físicamente en ese país ya sea viviendo o simplemente de paso, pueden ser acusados contra daños y perjuicios, no así por la vía penal. Se pudo comprobar que el acusado reside desde hace 15 años en San Francisco, California.
El pasado 3 de septiembre el Juez Oliver Wangler después de analizar las pruebas calificó al crimen de lesa humanidad, al tiempo que aplicó una condena- en ausencia del acusado- de 10 millones de dólares. Para los abogados que iniciaron la demanda, la resolución del Juez tiene no sólo un valor simbólico, sino que la sentencia brinda a la oficina de inmigración de ese país los argumentos legales para expulsar al acusado, y sobretodo sienta un precedente para que EU deje de ser refugio seguro para los responsables de estos horrendos crímenes.
Pero sobretodo el mensaje que manda el Tribunal californiano es clave: los crímenes de lesa humanidad no prescriben aun cuando exista una amnistía de por medio. Cualquier violador de los derechos humanos puede ser juzgado por reparación del daño, siempre y cuando resida o este físicamente en los EU.
¡Las reacciones después de la resolución judicial no se hicieron esperar!; la Iglesia católica salvadoreña de entrada, calificó como una vergüenza el hecho de que se haya hecho justicia en otro país y no en tribunales locales; exigió al gobierno del presidente Antonio Saca a considerar la reapertura del caso y que los asesinos sean juzgados penalmente.
En efecto, lo deseable es que el crimen de Monseñor Romero sea juzgado en donde se cometió, pero existe una limitante: la ley de Amnistía. Esta fue decretada en 1993, un año después de la firma de los acuerdos de paz que pusieron fin a 12 años de guerra interna y horas antes de que un informe de la Comisión de la Verdad de Naciones Unidas señalara a altos mandos militares como principales responsables de asesinatos de líderes políticos y masacres de campesinos.
Sin embargo, el presidente ha declarado categóricamente que no es su intención abrir heridas del pasado.
¡El caso para él esta cerrado! así de simple.
El Salvador no se suma a lo que esta ocurriendo en España, Chile, Argentina y México.
De ninguna manera puede cerrase el pasado sin la aplicación de la justicia; después de la justicia (quizás) el perdón.
El Juez español Baltasar Garzón recomienda que en estos casos hay que seguir adelante, dice que el pretexto de garantizar la estabilidad política de un país lo que consigue únicamente es garantizar la impunidad; “las voces que postulan el olvido y el silencio pueden estar justificadas políticamente, pero nunca lo estarán moralmente...,¡El olvido y la memoria constituyen derechos inalienables de las víctimas, y a ellos corresponde administrarlos!, ya que los olvidos impuestos no duran.” Por lo que “se impone..., la exigencia y la necesidad del conocimiento profundo de los hechos, y se hace precisa una catarsis colectiva que enfrente al Estado y a los ciudadanos a ese pasado, y que obligue a limpiar la herida y a la correcta sutura de la misma mediante la aplicación de la ley. Si no se hace así, jamás será posible la reconciliación. Antes o después, el fenómeno volverá a producirse.”!. (Conferencia magistral pronunciada en diciembre del 2001 en la Universidad Nacional de La Plata en Argentina).
Charles Villavicencio, Director del Instituto Para la Justicia y la Reconciliación de Sudáfrica en una entrevista para el periódico español La Vanguardia (18 de julio 2004) recomienda al igual que el juez Garzón se concrete una auténtica catarsis colectiva, la catarsis de la verdad! que se sepa todo lo que pasó con el objetivo de que el país y el mundo conozcan los hechos. El conocimiento de los hechos será la vacuna y “solamente así se puede reconstruir el país, como sucedió en Sudáfrica donde algunos altos responsables –ministros, generales– sí fueron juzgados y condenados a prisión, ya que se negaron a pedir amnistía y siguen en la cárcel.”
Además, la experiencia Argentina puede ser ilustrativa para el caso salvadoreño.
Hace unos meses el gobierno argentino por petición general tuvo que anular las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, dictadas en 1986 y 1987 que impedían procesar a más de 2000 mil miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad acusados de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura que padeció ese país entre 1976 y 1983. Y no sólo es el caso argentino, como dice el profesor Reyes Mate (EL País, 27-09-2003), la memoria sigue ganando batallas en la lucha contra el olvido “el gobierno chileno quiere revisar el punto muerto que se encuentra la valoración del pasado adoptando medidas tales como indemnizar a los torturados por la dictadura de Pinochet o revisar la responsabilidad penal de los militares que planificaron, dirigieron o ejecutaron los crímenes en aquellos tiempos oscuros, el PSOE se plantea exigir ...,una ley que reconozca que los tribunales de la dictadura franquista eran ilegales”.
¡El derecho internacional es claro! ¡Los crímenes de lesa humanidad no prescriben!
Además, no pueden quedar impunes las torturas, vejaciones y asesinatos que hicieron regímenes sanguinarios, en contra de la población civil. La resolución de un jurado en Fresno, California, además de emblemática es sin lugar a dudas un paso muy importante para el ejercicio de la justicia, no sólo en el Salvador sino en países de América Latina en donde se vivieron similares acontecimientos.
También, es necesario conocer la verdad de lo que pasó y juzgar a los culpables, no con un afán de venganza, sino con un estricto y elemental sentido justicia. Sino lo hacemos así, estaremos expuestos a dejar esos crímenes en la impunidad.
Tenemos que rescatar la memoria, es el mejor homenaje que podemos hacer a quienes ofrendaron su vida por la paz.
El actual arzobispo de San Salvador sucesor de Monseñor Romero – por cierto el primer obispo del Opus Dei en el Subcontinente-, lo único que pide es que los asesinos pidan perdón.
Tan simple como eso.
Pero además el Vaticano tiene un compromiso con los fieles de El Salvador: la beatificación de Monseñor Romero.
Fred Álvarez

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