3 dic 2009

Punto de Acuerdo

PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LOS TITULARES DE LA SSP, DE LOS GOBIERNOS LOCALES Y DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS DEL PAÍS A REVISAR LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE READAPTACIÓN SOCIAL, A FIN DE QUE PROPONGAN REFORMAS QUE PERMITAN RESTRINGIR LAS LLAMADAS TELEFÓNICAS QUE SE REALIZAN DESDE DICHOS CENTROS E IMPLANTAR UN SISTEMA DE BLOQUEO DE ÉSTAS, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ LUIS MURILLO TORRES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
El suscrito diputado, con las facultades que se me confiere lo dispuesto en los artículos 58 y 60, primer párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, a fin de que esta soberanía exhorte, en forma respetuosa, en el ámbito de colaboración de los Poderes, al secretario de Seguridad Pública federal, así como a los titulares de las entidades federativas a través de los titulares de los centros penitenciarios (Ceresos y centros preventivos de reclusión) del país, a efecto de que lleven a cabo una revisión exhaustiva de la normatividad en materia de readaptación social y en su caso propongan las reformas conducentes con la finalidad de que sean restringidas las llamadas a teléfonos celulares desde los centros de detención, o bien que se implante un sistema de bloqueo de este medio de comunicación desde el interior de los mencionados centros:
Exposición de Motivos
En la actualidad, los sistemas de seguridad de los centros de reclusión resultan obsoletos, basta mencionar un ejemplo de lo anterior para darnos cuenta de la ineficiencia de éstos en los centros de readaptación social, ya sea del fuero común o federal; al efecto mencionaré lo siguiente:



Los internos usan los teléfonos públicos y celulares para planear y realizar desde el interior de los penales delitos como el robo, extorsión, motines, evasiones; y en forma reciente, la delincuencia ha encontrado una nueva forma de hacerse allegar recursos, lastimando a la sociedad desde su confinamiento y violentando la ley por medio del llamado "secuestro virtual".



La realidad es que las alarmas, sensores, cámaras de circuito cerrado y detectores de metales quedaron rebasados por la tecnología, aunado a la fuerte corrupción imperante, funcionarios deshonestos en colusión con familiares y con los mismos internos, es que logran introducir todo tipo de aparatos de intercomunicación (teléfonos celulares, radiotransmisores o cualquier otro aparato o sistema de comunicación electrónica).



Resulta que el uso de teléfonos celulares es una práctica común dentro de los centros de readaptación social, desde donde los delincuentes operan con la mayor tranquilidad, algunos los usan para llamar a sus familias, pero muchos otros coordina sus fechorías desde la Cárcel, a tal grado que muchos secuestros y extorsiones son planeados desde un penal.



Sabemos que éste tipo de aparatos están prohibidos al interior de los centros de reclusión, pero a los internos les resulta relativamente sencillo tener acceso a ellos, al coludirse con personal corrupto y pagar tarifas a custodios y personal administrativo por permitir el acceso de éstos aparatos de comunicación.



Es una situación preocupante que nuestro sistema penitenciario mexicano no ofrezca las condiciones mínimas de seguridad, ni para sus internos y más preocupante y hasta vergonzoso resulta que no pueda ofrecer seguridad para el ciudadano honesto y que se piensa liberado y protegido, al saber que el delincuente se encuentra a buen recaudo de la autoridad.



Por lo que, con la finalidad de combatir la delincuencia al interior de todos los centros de reclusión en el país, es necesario instaurar diversas acciones encaminadas a evitar que los delincuentes sigan operando y manejando sus organizaciones desde su confinamiento.



Tales medidas pudieran ir desde la realización de limpias entre el personal de custodia, hasta la rotación constante de éste personal entre un penal y otro; la realización constante de operativos y revisiones de éstos centros a nivel nacional, incluso la revisión del personal de custodia y administrativo que ingresa con fines laborales a éstos centros preventivos de readaptación; incluyendo entre éstas el bloqueo de la señal telefónica de los celulares (que pudieran existir de forma indebida) en poder de los internos.



Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de la honorable asamblea el siguiente



Punto de Acuerdo



Único. Se exhorta en forma respetuosa, en el ámbito de colaboración de los Poderes al secretario de Seguridad Pública Federal, así como a los titulares de las entidades federativas a través de los titulares de los centros penitenciarios (Ceresos y centros preventivos de reclusión) del país, a efecto de que lleven a cabo una revisión exhaustiva de la normatividad en materia de readaptación social y, en su caso, propongan las reformas conducentes con la finalidad de que sean restringidas las llamadas a teléfonos celulares desde los centros federales de detención, o bien se implante un sistema de bloqueo de éste medio de comunicación desde el interior de éstos centros de reclusión.



Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de febrero de 2008.



Diputado José Luis Murillo Torres (rúbrica)









Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos locales, de los centros penitenciarios del país y de prevención y readaptación social, órgano administrativo desconcentrado de la secretaría de seguridad pública federal, a llevar a cabo revisiones minuciosas y periódicas en los centros federales de readaptación social para controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidos, a cargo del diputado José Luis Murillo Torres, del Grupo Parlamentario del PAN



El suscrito diputado, con las facultades que se le confieren en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 (primer párrafo), del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, a fin de que se exhorte respetuosamente a los titulares de las entidades federativas para que, a su vez, instruyan a los titulares de los centros penitenciarios (Ceresos y centros preventivos de reclusión) del país, para que lleven a cabo revisiones profundas y periódicas al interior de estos centros, a efecto de controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidas, detectar deficiencias y así garantizar las condiciones de seguridad de la población penitenciaria en general, así mismo se exhorte al titular del órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, para que lleve a cabo revisiones profundas y periódicas al interior de los centros federales de readaptación, con la misma finalidad, al tenor de la siguiente:



Exposición de Motivos



Solamente en la Ciudad de México, existen ocho centros penitenciarios: tres centros preventivos varoniles, norte, oriente y sur; dos centros preventivos femeniles, norte y oriente; una penitenciaría para varones, Santa Martha Acatitla y una destinada para las mujeres que se encuentra al sur de la ciudad.



En total en nuestro país existen un total de 455 reclusorios, entre municipales, estatales y federales, la mayoría de estas prisiones carecen de instalaciones, equipo y personal necesario para brindar atención y seguridad a la población penitenciaria, la vida al interior de las cárceles es extremadamente precaria, debido al hacinamiento, malos tratos y por consecuencia la excesiva violencia que se ejerce al interior de estos centros de reclusión.



En fin la problemática carcelaria en México, parece estar fuera de control y la principal causa de esto es que las autoridades del sistema penitenciario parecen estar involucradas en los problemas más graves, tales como el ingreso de substancias prohibidas, armas, aparatos de comunicación, en fin una serie de elementos que ponen en peligro la integridad y salud de los internos y más grave aún la tranquilidad del ciudadano común y con un modo honesto de vida.



Pero que si se encuentra a merced de estos individuos al hacerlos víctimas de chantajes por medio de aparatos de comunicación (celulares), que coludidos con personal de los centros pueden ingresar a las prisiones. Otro de los problemas, como ya se mencionó, y que ha sido señalado con mucha insistencia en los centros penitenciarios, es el consumo y distribución de diversos tipos de droga, por lo que el porcentaje de internos que consumen alguna substancia prohibida es elevado, sin embargo los programas para atacar el consumo de drogas al interior de los reclusorios son poco efectivos, ya que el tratamiento en la mayoría de los internos sólo consiste en pláticas hacia la población que acepte participar en reuniones y, por lo tanto, los resultados son poco efectivos ya que no puede haber algún tipo de exactitud en cuanto a la efectividad de este tipo de tratamiento.



La falta de tratamiento especializado y concretamente la ausencia de clínicas contra adicciones al interior de las prisiones, ha dado como resultado que los programas que se llevan a cabo se conciban conforme a las circunstancias y limitaciones que hay en las prisiones. La postura sobre el tráfico de drogas al interior de las prisiones, insiste en negar esta situación, con la finalidad de evitar la imagen de las prisiones como centros que fomentan el consumo de drogas, postura que no ayuda en mucho para llevar a cabo programas que logren, no erradicar totalmente el consumo de drogas, pero si una disminución gradual que involucre no sólo a autoridades e internos adictos, sino también al grupo familiar, indispensable para alcanzar una rehabilitación completa.



Por otra parte es necesario poner el mayor esfuerzo del personal de custodia y seguridad en zonas estratégicas, tales como los módulos de máxima seguridad, los dormitorios conflictivos, zonas de correcciones disciplinarias, áreas de trabajo, torres de vigilancia y los espacios de acceso a las penitenciarías, como la aduana de personas y vehículos; lo anterior con la finalidad de ir cerrando los espacios y momentos en los que el interno se ve tentado a infringir la reglamentación de los centros penitenciarios.



Con esto, compañeros, sólo he pretendido establecer algunos de los puntos fundamentales para entender la dinámica real de los centros penitenciarios, independientemente de las disposiciones jurídicas y reglamentaciones que pretenden dar un sustento legal a la institución penitenciaria. Sin duda el tema de las prisiones y su objetivo de readaptación al medio social, así como sus limitaciones en cuestiones de seguridad interna, aunado a la corrupción que impera en estos centros, nos hace necesario hacer el esfuerzo de forma conjunta, a fin de que a quien se encuentre privado de su libertad no le sean transgredidos sus derechos fundamentales, salvo los explícitamente afectados por la ley, por su condición de internos. Al mismo tiempo y al verse impedidos de utilizar substancias prohibidas, harán más fácil su readaptación al medio social, al no tener consigo armas o material con el que pudieran elaborarlas, habría más seguridad al interior de los centros y al no contar en su poder con aparatos de comunicación se verían impedidos y tentados a llevar a cabo los chantajes telefónicos, acción que pone en riesgo la integridad de la población en general.



Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente



Punto de Acuerdo



Primero. Se exhorte al titular del órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, para que lleve a cabo revisiones profundas y periódicas al interior de los centros federales de readaptación, a efecto de controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidas, detectar deficiencias y así garantizar las condiciones de seguridad de la población penitenciaria en general.



Segundo. Se exhorta respetuosamente a los titulares de las entidades federativas para que a su vez instruyan a los titulares de los centros penitenciarios (Ceresos y centros preventivos de reclusión) del país, para que lleven a cabo revisiones profundas y periódicas al interior de estos centros, a efecto de controlar el ingreso de artículos y sustancias prohibidas, detectar deficiencias y así garantizar las condiciones de seguridad de la población penitenciaria en general.



Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 11 de diciembre de 2007.



Diputado José Luis Murillo Torres (rúbrica)


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