4 feb 2011

Procedimiento para nombrar a Ministro

La Cámara de Senadores dio entrada el día de ayer a un oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que se remite la terna de candidatos a Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para cubrir la vacante generada por el fallecimiento del Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.
Fue turnado  a las comisiones unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictamen, y de inmediato se definió el procedimiento para la elección de ministro; el vicepresidente de la Mesa Directiva, Francisco Arroyo Vieyra, mencionó que el acuerdo “es semejante al que aprobó el Pleno el pasado 2 de diciembre”.
En dicho documento se establece que una vez turnada la terna a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera,  éstas verificarán que los aspirantes cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 95 de la Constitución.
Asimismo, se dispone que las comisiones unidas convoquen a los candidatos para que comparezcan y los legisladores les puedan plantear las preguntas que brinden mayores elementos de información.
Los comparecientes deberán contestar de manera inmediata y el formato de las comparecencias será aprobado por la mayoría de los integrantes de ambas comisiones.
Acto seguido, se presentará el dictamen del análisis sobre los requisitos de elegibilidad y la resolución que propongan las comisiones unidas respecto a la idoneidad de las candidaturas para que sea sancionado por el Pleno del Senado.
“Si la resolución fuese en rechazo a los integrantes de la terna, se comunicará al Ejecutivo federal. En caso contrario, la Mesa Directiva citará a los candidatos para que ofrezcan una exposición desde la tribuna del Pleno” por un tiempo máximo de 15 minutos.
El orden de las exposiciones será conforme fue presentada la terna y las exposiciones en tribuna no motivarán debates ni interpelaciones. Después se realizará la votación por cédula para la elección de uno de los candidatos.
Si alguno reúne la mayoría constitucional requerida, se agrega en el acuerdo, inmediatamente después la Mesa Directiva le tomará protesta.
De requerir una segunda votación para elegir a alguna de las propuestas del Ejecutivo, ésta se realizará inmediatamente después de conocido el resultado de la primera y si tampoco se alcanzara la mayoría calificada a favor de alguno de los candidatos, la terna se tendrá por rechazada y el resultado se comunicará al Ejecutivo federal.
-EL C. PRESIDENTE ARROYO VIEYRA: Las proposiciones se tienen por recibidas y se publicarán sus turnos a comisiones en la Gaceta Parlamentaria. Con fundamento en lo que dispone el artículo 275, párrafo primero, del Reglamento del Senado de la República, esta Mesa Directiva suscribió un acuerdo en relación al procedimiento para la elección de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 
Este acuerdo es semejante al que aprobó este pleno el pasado 2 de diciembre. Se ruega a la secretaría preguntar a la asamblea, en virtud de que está distribuido, si es de aprobarse.

-EL C. PRESIDENTE ARROYO VIEYRA: Aprobado el acuerdo en relación al procedimiento para la elección de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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