16 mar 2011

La Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ


La Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ)/FA
Es una asociación civil que agrupa a todos integrantes del sistema nacional de impartidores de justicia, compuesto por los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Consejo de la Judicatura Federal, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Conferencia Nacional de Tribunales Superiores de Justicia (Conatrib), el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, los Tribunales Electorales de las Entidades Federativas, el Tribunal Superior Agrario, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje y los Tribunales Federal y locales de Conciliación y Arbitraje.
Sus antecedentes
Derivan del Sistema Nacional de Impartidores de Justicia, concretamente de la declaración de Jurica, documento suscrito justamente en la Ex Hacienda Jurica en Querétaro -el 2 de diciembre de 2005. 
En aquel texto, los impartidores de justicia convinieron en:
1. Establecer un mecanismo para la consulta y el diálogo permanentes entre los impartidores de justicia del país, para lo cual realizaron las acciones para consensar el establecimiento de una Asociación Nacional de Impartidores de Justicia (AMIJ)

2 Establecer un mecanismo que permita dar seguimiento a los acuerdos específicos a que se llegaron en aquel Primer Encuentro Nacional de Impartidores de Justicia.;
3 Se comprometieron en establecer un Código de Ética Nacional para los impartidores de Justicia; adoptar las mejores prácticas existentes en materia de transparencia judicial, con miras a fortalecer la rendición de cuentas; adoptar todas las medidas para lograr y preservar la autonomía e independencia de los órganos jurisdiccionales y sus miembros; levantar un censo de todos los impartidores de justicia del país.; establecer un Sistema Nacional de Capacitación Judicial; levantar un inventario de infraestructura y necesidades tecnológicas que abarque todos los órganos de impartición de justicia del país; proponer la creación de nuevos fondos para el fortalecimiento de los órganos impartidores de justicia destinados a financiar gasto de inversión, entre otros compromisos.
Dos años después -20 de abril de 2007- se conforma como Asociación Civil en la sede principal de la SCJN, con la finalidad de fomentar el sistema de impartición de justicia que requiere el país, a través de la unificación de esfuerzos para la elaboración de una agenda judicial que incluya políticas, programas y acciones de diversa naturaleza encaminadas a lograr una reforma judicial exitosa, y su objetivo general es la consolidación de las capacidades institucionales de los órganos de impartición de justicia en México.
El fondo Jurica
En la conformación de la AMIJ fue la creación de un  Nacional para el Fortalecimiento y Modernización de la Impartición de Justicia en México, conocido como Fondo Jurica. Dicho fondo (fideicomiso 2125 de Banobras) se formalizó el 11 de diciembre de 2007; ahí jugó y juega un papel clave la SCJN quién participa como Fideicomitente.
El Fondo constituye un proyecto que canaliza y otorga recursos y apoyos técnicos y económicos, a las personas, instituciones e instancias que determine su Comité Técnico, para diseñar, elaborar y realizar los proyectos, estudios o programas de alcance nacional o regional que prevean actividades estratégicas para el fortalecimiento y modernización de los órganos de impartición de justicia en el país en los tres niveles de gobierno.
 La  aportación inicial para el fondo fue de $300,000,000.00 (Trescientos millones de pesos 00/100 M.N.) proporcionados por la SCJN, y de una cantidad igual proporcionada por el Ejecutivo Federal, dos meses después. Por lo que los recursos del fideicomiso ascendieron entonces a $600,000, 000.00.
Fue el 31 de enero de 2008 cuando se constituye oficialmente el Comité Técnico del Fondo. Participan en él, Ministros de la SCJN, el secretario de Hacienda y Crédito Público, un representante de la Cámara de Diputados, y un representante del Senado de la República.
El comité quedó integrado entonces por los ministros Guillermo I. Ortiz Mayagoitia –como presidente-, Fernando Franco González Salas y José Ramón Cossío Díaz; los legisladores Ruth Zavaleta y Santiago Creel Miranda.  Por parte de Transparencia Mexicana se nombró a Francisco Suárez Dávila; fue designado como secretario técnico el maestro José de Jesús Orozco Enríquez, quien se encargó de elaborar las reglas de operación del comité técnico; tomó la estafeta tiempo después y  hasta diciembre de 2010 Alfredo Orellana Moyao.
Meses después se integraron el licenciado Felipe Borrego Estrada, secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, e integrantes de Conatrib, además del Secretario Ejecutivo de la AMIJ, entre otros.
El 28 de febrero de 2008 el comité técnico aprobó las  Reglas de Operación del Fondo; en su Regla 12, entre otros aspectos, señala que el Comité Técnico podrá identificar algunas de las áreas estratégicas para el fortalecimiento y modernización de la impartición de justicia en el país, en los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal), cuya atención estime prioritaria, e instruirá al Secretario Técnico para que las relacione, actualice y les de la difusión correspondiente.
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La AMIJ ha sido desde entonces el brazo operativo del Fondo Jurica
Entre otros proyectos que ha impulsado la AMIJ  están:
1.-Desarrollo legislativo en materia procesal penal Código Procesal Penal Modelo (Código Tipo)
2.- Sistema de Planeación Institucional y Gestión por Resultados e Implementación en Órganos de Impartición de Justicia
3.- Diseño, elaboración y publicación del Anuario Judicial para los años 2006,2007 y 2008
4.- Diseño de los Perfiles de los Impartidores de Justicia en México
5.- Estudio de opinión sobre la satisfacción de los usuarios de los servicios de justicia ofrecido por los OIJ en México.
6.- Diseño e Implementación de un Sistema de Indicadores para el Seguimiento y Evaluación de la Reforma Penal en los Estados de Chihuahua y Baja California.
7.- Diseño de un Modelo de Planeación de la Reforma Penal Mexicana mediante la Elaboración del Plan de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en el estado de Baja California y extensión en los estados de la Región Noreste México.
8.- Diagnóstico de la Justicia Electoral en las Entidades Federativas.
Las líneas de trabajo de la AMIJ se integran en cinco estrategias a saber;
1.- Gobierno judicial.- está orientada al fortalecimiento de la función de gobierno y administración;
2.- Procesos jurisdiccionales.- establecida para lograr la eficiencia y eficacia de los procesos jurisdiccionales para resolver de manera oportuna los conflictos;
3.- Capacitación, cultura judicial y transferencia de información.- su propósito es la mejora de la calidad en la prestación de servicios de impartición de justicia;
4.- Acceso a la justicia.- su objetivo es procurar que más sectores de la población tengan acceso a la impartición de justicia, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad; y
5.- Independencia y rendición de cuentas.- su finalidad es robustecer los mecanismos ya existentes en los órganos de impartición de justicia.
Dice en su página web que la AMIJ está enfocada a:
1.- Diseñar y coordinar las actividades que desarrollan los órganos jurisdiccionales, para asegurar su independencia y autonomía;
2.- Establecer mecanismos de cooperación y complementación permanentes entre los órganos de impartición de justicia del estado mexicano;
3.- Analizar, proponer y debatir proyectos de reforma y adiciones constitucionales y legales, así como instrumentos jurídicos internacionales que incidan en una reforma judicial integral;
4.-  Estrechar la unidad entre los integrantes del sistema nacional de impartición de justicia, con miras a fortalecer la comunicación y colaboración reciproca;
5.- Reunir y procesar la información relacionada con el ámbito judicial y difundirla a través de un anuario y otros medios de información eficiente; y principalmente,
6.- Mejorar su eficiencia y aumentar el acceso a la justicia.
Asamblea General
La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación, el cual se constituye por aquellos órganos que tienen la calidad de asociados y por aquellos que se reúnan en respuesta a la convocatoria respectiva. Sus resoluciones legalmente adoptadas obligan a todos los miembros asociados, aun a los ausentes y a los disidentes.
Dicho órgano puede tener el carácter de Ordinario o Extraordinario.
Comité Directivo.
El Comité Directivo es el órgano ejecutivo responsable de velar por el cabal cumplimiento de los Estatutos, reglamentos y demás acuerdos y resoluciones tomados adoptados por la Asamblea General, por el propio órgano y, en su caso, por el Secretario Ejecutivo. Estará a su cargo la planeación, promoción y coordinación de las actividades de la Asociación, así como la vigilancia de la administración de sus bienes y servicios.
Integración
El Comité Directivo se conformará por 23 integrantes: dos representantes por cada uno de los once apartados a que hace referencia el artículo Décimo de los Estatutos, más el Secretario Ejecutivo, quienes tendrán derecho de voz y voto. Asimismo, contarán con el apoyo de los Coordinadores de las Comisiones de Trabajo que establezca el propio Comité Directivo, de los miembros del Consejo Consultivo y del Coordinador General, quienes asistirán a las sesiones del Comité Directivo y tendrán voz, mas no podrán votar.
Secretaría Ejecutiva de la AMIJ
El titular de la Secretaría Ejecutiva, es quien ejerce la facultad de representación legal que tiene el Comité Directivo, de conformidad con el artículo Trigésimo de los Estatutos.
El secretario Ejecutivo es desde abril de 2009  Rolando Maximiliano de Lassé Cañas.
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La AMIJ encuentro con el Presidente de la República, 20 de Enero de 2010,
La mañana del 20 de enero de 2010 el Presidente Felipe Calderón Hinojosa se reunió con los integrantes de la AMIJ, encabezados por el Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, Presidente de la SCJN
En un comunicado oficial se informó que "El Titular del Ejecutivo reiteró el compromiso y colaboración del Gobierno Federal con dicha Asociación para garantizar, juntos, el acceso a una justicia pronta y expedita. Destacó que es a través del diálogo, de la unidad de propósito y de acción, como se lograrán los resultados que los mexicanos exigen de quienes imparten justicia en nuestro país.
Por su parte, la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia presentó al Mandatario mexicano su agenda de actividades y, al mismo tiempo, reconocieron el diálogo e intercambio de ideas que hay con la Administración del Presidente Felipe Calderón con el objetivo de encontrar mejores alternativas de justicia.
Durante el encuentro, acompañaron al Primer Mandatario: el Secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont; el Procurador General de la República, Arturo Chávez Chávez, y el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Miguel Alessio Robles.
En la reunión estuvieron presentes también la Magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, Presidenta del Tribunal del Poder Judicial de la Federación; Magistrado Francisco Cuevas Godínez, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; y el Magistrado Rodolfo Campos Montejo, Presidente de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, entre otros."
La AMIJ emitió también su propio comunicado, y manifestó que
"El evento tuvo como propósito mantener la cercanía de la AMIJ con el titular del Ejecutivo, en el ánimo de comunicarle los esfuerzos que se hacen en los Tribunales del país; en el marco del compromiso que han asumido por reformar y modernizar la impartición de justicia de nuestro país, se habló del resultado en los avances y logros de los últimos dos años en los proyectos que opera la AMIJ, así como en los beneficios que se han percibido por parte de los diversos apartados en participar de manera activa de los trabajos que en la AMIJ se desarrollan.
Se destacaron los diversos proyectos de modernización y fortalecimiento en los cuales se está participando, destacando de entre ellos, como uno de gran relevancia la “Carta de los Derechos y Obligaciones de los Usuarios de los Servicios de Justicia en México”, la cual constituye uno de los instrumentos más importantes para un efectivo acceso a la justicia de los mexicanos que se ven en la necesidad de acudir en busca de justicia en nuestro país....
La AMIJ es una asociación civil en donde participan todos los Órganos Impartidores de Justicia en México representados por Ministros, Magistrados y Jueces de la República Mexicana. Su misión es articular e implementar la agenda de reformas del poder judicial a través de proyectos de innovación y mejora enmarcados dentro de la reforma judicial.
La fuente de financiamiento de los proyectos proviene de la aportación económica que realizaron el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo Federal en un fideicomiso denominado Fondo Nacional para el Fortalecimiento y Modernización de la Impartición de Justicia en México, conocido como Fondo Jurica."
Conferencia de prensa.
Después del encuentro con el Presidente Calderón los miembros de la AMIJ, ente ellos el Presidente de Conatrib Rodolfo Campos Montejo, los magistrados Xóchitl Raquel Pérez Cruz y Jaime del Río Sauceda, quienes integran las asociaciones de tribunales de lo Contencioso y Administrativo, y tribunales, salas superiores y regionales, además del doctor de la AMIJ, Rolando de Lassé Cañas,  expresaron  no haber recibido un solo peso, para tratar los juicios orales, por lo que demandaron al presidente Felipe Calderón a que aporte los recursos económicos que se comprometió para echar a andar la reforma constitucional en materia penal, o de lo contrario se traducirá en el mayor fracaso de su administración y de la justicia en los últimos 100 años. Pusieron como ejemplo que para poner en marcha esta reforma, en una entidad con dos millones de personas, sería necesario contar con al menos 300 millones de pesos.
El Magistrado Campos Montejo se convirtió en el vocero oficial y ahí ante pregunta expresa dijo:
“En cuanto al tema presupuestario, sobre ello giró la plática, de que es necesario que no puede quedar en una reforma jurídica, exclusivamente, la reforma constitucional penal; no basta con que en la Constitución en su artículo 20 ya se establezca los juicios orales, sino que junto, derivado de ello, se requiere serios y muy importantes recursos económicos para poder echar a andar esta reforma, si no está condenada a ser el fracaso más importante de esta administración.
“Si no se le invierte a los juicios orales, la administración que preside el presidente Calderón, y en donde vamos inmersos todos los que estamos en este periodo al frente de nuestros órganos de impartición de justicia, nos quedaremos señalados como el fracaso más importante que ha tenido la justicia en los últimos 100 años. De ese tamaño es el problema y es un problema de recursos económicos que al día de hoy, aprovecho para decirlo, no nos han asignado un solo peso…”
Campos Montejo explicó que el dinero se necesita para la contratación de nuevos jueces. Se requiere una plantilla nueva de personal y capacitación, en la que se deben involucrar las universidades, las procuradurías, peritos, abogados y el Poder Judicial Federal y del fuero común.
Esta es la Carta que se entregó al presidente:
Carta de derechos y obligaciones de los usuarios de la justicia en México
Preámbulo
En el contexto de un Estado Constitucional y Democrático de Derecho y en el ejercicio de la función jurisdiccional, los juzgadores tienen el deber de procurar que la justicia se imparta de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, y con respeto a la dignidad de las personas que requieran acceder a la justicia.
La sociedad mexicana demanda una justicia más abierta, moderna y previsible, que sea capaz de dar servicio a las personas, con mayor agilidad, calidad, eficiencia y transparencia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y avanzados. En este contexto, la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ) propone, como una de las vías de solución a esta problemática, la adopción de la presente Carta de los Derechos y Obligaciones de los Usuarios de Justicia.
Esta Carta constituye un instrumento a través del cual los órganos encargados de impartir justicia en México informan a los usuarios sobre las funciones que tienen encomendadas y los compromisos de calidad en su prestación, así como los derechos y obligaciones de los usuarios en relación con estos servicios y, finalmente, sobre el compromiso que adquieren los órganos impartidores de justicia para hacer efectivos los derechos que en ella se consignan.
La Carta forma parte de un Plan permanente de la AMIJ, conformado por acciones encaminadas a la mejora en la calidad del servicio que prestan los órganos jurisdiccionales y se centra en dar respuesta, optimizando los medios disponibles, a las necesidades y expectativas de los usuarios; sin embargo, es necesario establecer un compromiso mutuo entre los órganos del Sistema de Justicia en México y sus usuarios; compromiso que se recoge en este documento.
La AMIJ asume que mejorar la calidad de los servicios que prestan los órganos que imparten justicia en México, implica tener una filosofía de trabajo orientada a la superación de las tareas y labores cotidianas; por esta razón, adquiere el compromiso de revisar esta Carta cada dos años, tomando en consideración los comentarios de los usuarios de la justicia como parte de un proceso de mejoramiento y evolución.
Con el propósito de conseguir una justicia moderna y abierta para las personas, esta Carta establece, en el primer capítulo, su finalidad y destinatarios y, en el segundo, desarrolla los derechos y obligaciones de los usuarios de la actividad jurisdiccional.
El tercer capítulo se centra en la necesidad de destacar la responsabilidad de los órganos impartidores de justicia en relación con el cumplimiento de los derechos consignados en ella, concluyendo con una previsión relativa a las condiciones necesarias para su eficacia; de este modo, se procura la consecución de los derechos reconocidos y su vinculación con los titulares de los órganos que imparten justicia y, en general, con aquellos servidores públicos involucrados en el proceso de impartición de justicia en México.
Finalmente, en el último capítulo se contempla el mínimo de información particular que corresponda a cada órgano jurisdiccional.
Es importante destacar, que ni los derechos ni las obligaciones consignados en esta Carta, ni su exigibilidad, interfieren o se relacionan con las resoluciones que toman los órganos que imparten justicia en los casos sometidos a su conocimiento.
CAPÍTULO I
Generalidades
A. Finalidad
La presente Carta tiene como objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia, la cual debe ser moderna, abierta y capaz de servir a los usuarios con prontitud, calidad, eficiencia y transparencia.
Los órganos encargados de impartir justicia en México deberán informar a los usuarios sobre las funciones que tienen encomendadas y los compromisos de calidad en su prestación, los derechos y obligaciones de los usuarios en relación con estos servicios, así como los medios para hacer exigibles los derechos consignados en esta Carta y lograr que sea un instrumento para la defensa activa de los derechos de las personas.
B. Destinatarios
Serán destinatarios de la presente Carta:
a) Los usuarios de la justicia en México, entendidos como los que requieran acceder a la impartición de justicia a fin de hacer uso de sus servicios, entre otros, los que tengan el carácter de partes en un juicio de cualquier naturaleza, las víctimas de un delito, los testigos, los acusados en un proceso penal, quienes soliciten información relacionada con la administración de justicia, los medios de comunicación, los abogados litigantes, debidamente acreditados y autorizados conforme a la legislación mexicana, y los terceros que tengan un interés legítimo.
b) Todos los servidores públicos adscritos a los diversos órganos impartidores de justicia en nuestro país y quienes, con cualquier carácter, actúen en auxilio de la función jurisdiccional.
CAPÍTULO II
Derechos y obligaciones de los usuarios de la justicia
A) Son derechos de los usuarios de la justicia:
1. Acceder y recibir un servicio gratuito, imparcial y sin ningún tipo de discriminación por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Se tratará por igual a todos los usuarios.
2. Recibir información pública general y actualizada sobre el funcionamiento de los órganos que imparten justicia en México, de acuerdo con los procedimientos y las normas que se prevean para tal efecto, sin que pueda aducirse la falta de estos procedimientos como sustento de la negativa para el acceso a la información.
3. Conocer el contenido y estado de los procesos en los que se acredite un interés legal. En este caso, los usuarios tendrán acceso a documentos, libros, archivos y registros judiciales que no tengan carácter de reservados por disposición legal; así mismo podrán utilizar los medios electrónicos que permitan el acceso al contenido de los procesos; la autoridad determinará la procedencia de la solicitud de conformidad con las normas aplicables en cada caso.
4. Que en los actos de comunicación, como son, notificaciones, citaciones, emplazamientos y, en general, aquellos requerimientos que le formule cualquier órgano jurisdiccional, así como en las visitas y comparecencias, se utilice un lenguaje claro que, respetando las exigencias técnicas del caso, resulte comprensible para las personas, evitando el uso de elementos intimidatorios innecesarios. En igual sentido, los usuarios tienen derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de forma que, sin perder el rigor técnico, sean accesibles para los usuarios de los órganos que imparten justicia, especialmente tratándose de procedimientos en los que no sea obligatoria la intervención de abogado.
De igual forma tienen derecho a que se les informe sobre el contenido de la legislación local, federal e internacional, relacionada con la materia del órgano jurisdiccional que corresponda.
5. Ser atendidos de forma respetuosa. La autoridad deberá procurar que las actuaciones judiciales en las que comparezcan se lleven a cabo con el máximo respeto y puntualidad posibles; de no ser así el funcionario judicial deberá informar las razones del retraso o suspensión de cualquier actuación procesal.
6. Formular las reclamaciones, quejas y sugerencias que considere procedentes, relativas al funcionamiento de los órganos impartidores de justicia, y recibir respuesta oportuna a sus solicitudes.
7. Conocer el tipo de conductas de los servidores públicos que puedan actualizar responsabilidad penal o administrativa y las vías posibles para presentar las denuncias respectivas.
8. Cuando se trate de las víctimas de un delito tienen derecho a ser informadas con claridad sobre su intervención en el proceso penal, las posibilidades de obtener la reparación del daño sufrido, así como sobre el curso del proceso. Se asegurará que la víctima tenga un conocimiento efectivo de aquellas resoluciones que afecten su seguridad, sobre todo en casos de violencia familiar; en su comparecencia personal ante un Juzgado o Tribunal, tendrán derecho a que se respete y preserve su dignidad e intimidad y se garantice su seguridad.
9. El testigo o el que colabore con el órgano jurisdiccional tiene derecho a ser adecuadamente protegido en las instalaciones del órgano jurisdiccional de que se trate.
10. El menor de edad que tenga necesidad de ocurrir ante los órganos impartidores de justicia con motivo de la consecución de un proceso, tendrá derecho a que su comparecencia se desahogue en forma adecuada a su condición particular, para lo cual se podrán utilizar los elementos técnicos que se consideren adecuados; el juzgador deberá privilegiar, en todo momento, el interés superior del menor, así como evitar su comparecencia reiterada.
Se deberá asegurar que las actuaciones judiciales en las que intervenga el menor se realicen de manera que se garantice la comprensión de su contenido, así como la secrecía de las mismas.
11. Los edificios que alberguen órganos jurisdiccionales deberán estar provistos de aquellas medidas y servicios que faciliten tanto el acceso, como la estancia de las personas que acudan, especialmente de las que sufran de alguna discapacidad.
Las personas con discapacidad deberán comparecer ante la autoridad jurisdiccional sólo en los casos en que así lo exija la ley y tendrán el derecho a la utilización de un intérprete o de aquellos medios que permitan obtener, de manera comprensible, las actuaciones procesales y cualquier otra información pública que requieran.
12. Se garantizará el uso de un intérprete traductor cuando el usuario de la justicia sea un indígena y se asegurará, además, que comprenda el significado y trascendencia jurídica de las actuaciones procesales en las que intervenga, respetando sus tradiciones culturales; así mismo se establecerán los mecanismos de resolución de conflictos acorde con el Derecho Consuetudinario de las poblaciones indígenas; los juzgadores velarán, en todo momento, por el cumplimiento de este derecho.
En el caso de los procesos penales, se garantizará además, la actuación de un defensor de oficio bilingüe y que conozca los usos y costumbres del pueblo indígena al que pertenezca el inculpado.
13. Exigir a los servidores públicos adscritos a los órganos jurisdiccionales, el cumplimiento de los derechos reconocidos en esta Carta.
14. Los órganos jurisdiccionales adoptarán las disposiciones oportunas y proveerán los medios necesarios para garantizar la efectividad y el pleno respeto de los derechos consignados en esta Carta.
B) Son obligaciones de los usuarios de la justicia:
1. Otorgar un trato respetuoso al servidor público que les atiende y comportarse de manera adecuada.
2. Contar con un medio adecuado de identificación, tanto para ingresar a las instalaciones que albergan los órganos jurisdiccionales como para, en su caso, exigir sus derechos.
3. Llegar con la puntualidad debida en el caso de que se tenga previsto el desahogo de una actuación judicial.
4. Cooperar con las medidas de seguridad que, en su caso, estén previstas en las oficinas de los órganos jurisdiccionales.
5. No dañar las instalaciones, el equipo y mobiliario afectos al órgano jurisdiccional.
6. Abstenerse de ofrecer gratificaciones a los servidores públicos y denunciar a quien o quienes las soliciten.
7. No utilizar los medios legales previstos para retardar, injustificadamente, los procesos.
8. Utilizar, en la medida de lo posible, una redacción concisa y comprensible, procurando expresar con claridad su pretensión.
9. Conducirse con verdad en toda diligencia practicada por los órganos jurisdiccionales.
10. Asumir, frente a las sentencias definitivas, desde que se presenta la demanda, una actitud de respeto, hacia la contraparte en juicio, el órgano impartidor de justicia en cuestión, así como los juzgadores y los servidores públicos que intervinieron en el juicio.
CAPÍTULO III
Eficacia de la Carta: compromiso de los órganos que imparten justicia
A. Compromiso de los órganos que imparten justicia: buzón del usuario.
Los órganos que imparten justicia en México, aglutinados en la AMIJ, se comprometen a respetar y a que se hagan respetar los derechos y obligaciones contenidos en esta Carta. Con tal fin y en aras de asegurar el cabal cumplimiento de los derechos consignados en ella, los órganos que imparten justicia deberán establecer un buzón de quejas o sugerencias en un lugar visible, para que el usuario manifieste su inconformidad o si lo prefiere, la haga llegar vía correo ordinario o vía electrónica, a las direcciones establecidas para ello.
B. Eficacia.
Para lograr la eficacia de los derechos que se consagran en la presente Carta, cada órgano jurisdiccional asignará a un servidor público el seguimiento y evaluación de las quejas y sugerencias del usuario, para dar respuesta a las mismas.
CAPÍTULO IV
Información particular de cada órgano
Finalmente, como información complementaria, cada órgano de impartición de justicia deberá señalar claramente en el documento que adopte de manera particular como su Carta, lo siguiente:
a) Lugares y horarios de atención, expresando con claridad aquellos otros lugares en los que se puede efectuar la recepción de promociones en días u horas hábiles.
b) Teléfono de la institución y, en su caso, correo electrónico oficial y qué tipo de consultas pueden hacerse a través de estos medios.
c) En su caso, si cuenta con página de Internet, expresando con claridad si ofrece algún servicio a través de este medio.
d) Nombre del servidor público responsable de la atención a los usuarios.
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Al margen:
Opiniones del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la AMIJ:
i) El 28 de noviembre de 2008 con motivo de la inauguración de la tercera etapa temática del Congreso nacional de Juzgadores del Poder Judicial de la federación sobre la Reforma Constitucional en materia Penal, en Monterrey, Nuevo León.
“la AMIJ está analizando la viabilidad de proyectos de informática judicial a nivel nacional. El Consejo de la Judicatura Federal ha firmado convenios con la Procuraduría General de la República y con el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para avanzar en materia estadística e informática. Este es el estado que guardan nuestros compromisos, a los 100 días de haberlos hecho públicos, y de haberlos incluido en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Legalidad y la Justicia.
Ahí señaló el Presidente de la Corte: “Próximamente, se integrará la instancia de coordinación para desarrollar la reforma penal. El Poder Judicial de la Federación participará en ella, como lo indica la constitución, y lo hacemos con entusiasmo y seriedad.”
ii) El 7 de marzo de 2010, dijo en Ario de Rosales, Michoacán ante los poderes de la Unión encabezado por el Presidente Felipe Calderón, dijo:
 “La AMIJ ha declarado el 7 de marzo como el Día Nacional del Juez Mexicano. El Poder Judicial de la Federación, había declarado ya este mismo día, como el Día del Servidor del Poder Judicial Federal. Todas las jurisdicciones de todo el país, concurren en esta Asociación y acordaron, unánimemente, reconocer en esta fecha el origen de su mandato, de su linaje y de su gran vocación por el país.
Desde Ario, un mandato similar une a la Suprema Corte y al Poder Judicial de la Federación, con la justicia electoral, con todos los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados de la República, con la justicia administrativa y fiscal, con la justicia laboral y con la justicia agraria. Todos esos órganos y todos los jueces del país que los integran, son los apartados de la AMIJ, y son descendencia directa de aquél que fue el verídico primer órgano impartidor de justicia netamente mexicano….”
Se refirió al Supremo Tribunal que se estableció  en Ario, hoy de Rosales, Michoacán, que es “el origen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de toda jurisdicción que se instituye por y para el pueblo soberano, que hace 200 años quiso hacerse cargo de sí mismo y de su descendencia; y nos encomendó a los juzgadores velar por la supremacía de la legalidad, de la libertad y de la igualdad, que se ha inscrito desde siempre en la Constitución Mexicana.”
La Constitución de Apatzingán señalaba que la soberanía residía originalmente en el pueblo, y su ejercicio en el Congreso Mexicano, y además se creó el Supremo Tribunal de Justicia para la América Mexicana, antecesor directo e inmediato de la actual Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual fue instalado el martes 7 de marzo de 1815 en Ario. (hoy Ario de Rosales, Michoacán) Aquel Primer Tribunal estuvo integrado por los magistrados José María Sánchez de Arriola, como Presidente; José María Ponce de León, Mariano Tercero y Antonio de Castro; además de Pedro José Bermeo, como Secretario de lo Civil, y el arience Juan Nepomuceno Marroquín, como Oficial Mayor.
iii) En agosto de 2010 en los diálogos del Campo Marte y ante el Presidente de la república, dijo:
“Al constituirnos en una Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia, hemos detonado proyectos muy importantes que llevan a estandarizar la calidad en la administración de la justicia, y a fortalecer la integración y el buen desempeño de los Poderes Judiciales del orden común. "En el tema de consolidación de la carrera judicial, hemos tenido avances importantes a través del Fondo Jurica, que se constituyó con una aportación de 300 millones por parte de Presidencia de la República, y 300 más derivados de un fideicomiso de venta de libros que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se han detonado muy importantes proyectos que tienden a elevar la calidad profesional de todos los jueces de nuestra República....
iv El 11 de noviembre de 2010 en la reunión en Ixtapan de la Sal, Edo. De México, al inaugurar  la 5ª Asamblea General Ordinaria de la AMIJ (donde por cierto participó el Secretario de Gobernación ), informó que durante 2010 se han culminado dos proyectos que fueron parte de los objetivos planteados en la Cuarta Asamblea General de la AMIJ, celebrada en 2009. Explicó que se concluyó un Diagnóstico del Funcionamiento del Sistema de Impartición de Justicia en Materia Administrativa a Nivel Nacional, que permitirá proponer una reforma al artículo 116, fracción V, de la Constitución.
Asimismo, indicó, se realizó el Diagnóstico de la Justicia Electoral en las Entidades Federativas, en donde se aportan datos presupuestales, cifras sobre confirmación o revocación de sentencias; análisis de cuestiones orgánicas de los tribunales electorales, pero lo más importante, recalcó, es que propone alternativas de solución y de mejora en materia de justicia electoral.

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