7 abr 2011

Columna Templo Mayor

Leo la Columna TEMPLO MAYOR de Reforma por F. Bartolomé, 7 de aberil de 2011, y dice:
“PESE A las recomendaciones en sentido opuesto, la magistrada María del Carmen Alanís está llevando el caso de Enrique Peña al extremo.
MÁS DE UNO creía que para evitarse acusaciones innecesarias de parcialidad y favoritismo, la presidenta del Tribunal Electoral federal se excusaría -como exige el PAN- de participar en el proceso para decidir si se castiga o no al gobernador mexiquense por haber violado la ley con sus spots.
HABÍA QUIENES daban por un hecho que Alanís no entraría en una situación de tal desgaste, sobre todo ahora que viene el momento de decidir si busca la reelección al frente del tribunal.
SIN EMBARGO, hay otros que dicen que, precisamente, a la magistrada le conviene no ceder a las presiones y demostrar su inocencia, como una manera de apalancar su propia candidatura.
POR LO PRONTO en estos días sus compañeros del pleno del Trife deberán decidir si la obligan a excusarse o le permiten seguir participando en las deliberaciones sobre Peña. ¡Hagan sus apuestas!..."
Mmm, los amigos que hacen Templo Mayor se les pasó, no leyeron el comunicado emitido el día de ayer del TEPJF, la Mgda Alanis está impedidad desde ayer, tal y como lo solicitó e Partido Acción Nacional, leamos:
México, D. F., a   6 de abril de 2011
TEPJF DA CURSO A LA TRAMITACIÓN DE IMPEDIMENTO PRESENTADO POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 
El Partido Acción Nacional (PAN) planteó el pasado 30 de marzo al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la existencia de un impedimento para que la magistrada presidenta, María del Carmen Alanis Figueroa, conociera de la sustanciación y resolución de los recursos de apelación SUP-RAP-24/2011, SUP-RAP-26/2011, SUP-RAP-27/2011 y SUP-RAP-32/2011. 
Dichos recursos fueron interpuestos contra la resolución CG11/2011, dictada por el aludido Consejo, dentro del procedimiento especial sancionador presentado por el partido recurrente, contra Enrique Peña Nieto, Gobernador del Estado de México, su Coordinador General de Comunicación Social, el Partido Revolucionario Institucional, así como de diversas televisoras y radiodifusoras, concesionarias de diferentes frecuencias de radio y televisión en Baja California Sur y Guerrero, por la transmisión de dos promocionales relacionados con el Quinto Informe de Gobierno del aludido funcionario, en dichos estados, en los que actualmente se desarrolla proceso electoral local.
Una vez presentada formalmente la solicitud del impedimento en la Oficialía de Partes de la Sala Superior, en conformidad con el artículo 44 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se formó el expediente SUP-IMP-1/2011 y se turnó al magistrado Constancio Carrasco Daza.
El 31 de marzo, el magistrado Carrasco Daza radicó el expediente y ordenó que, mediante notificación por oficio, se le diera vista a la Magistrada Presidenta con el escrito presentado por el PAN, a fin de que rindiera el informe respectivo, en el cual realizara las manifestaciones que estimara pertinentes respecto de la solicitud formulada por el PAN. La notificación por oficio se practicó a las 15:04 horas de ese día.
El martes 5 de abril, por la noche, la Magistrada Presidenta rindió el informe que le fue solicitado por el magistrado Constancio Carrasco, quien formulará un proyecto de resolución, mismo que será sometido a consideración del Pleno de la Sala Superior, a fin de que se emita la determinación que en derecho corresponda. En la discusión y votación del proyecto que al respecto se presente, no participará la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa.
La resolución que en su momento se emita será notificada al PAN, quien promovió la solicitud del impedimento, al resto de las partes de los medios de impugnación involucrados, así como a la ciudadanía en general, a través de los estrados electrónicos del TEPJF, consultables en la página de Internet.

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