El pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) determinó hoy que puede solicitar directamente a las instituciones financieras información sobre las cuentas de los jueces, magistrados, consejeros y demás servidores públicos del Poder Judicial. Lo anterior se estableció en el Acuerdo General 10/2011 del Pleno del CJF, que aún no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación, pero fue difundido hoy mediante un comunicado de prensa.
El CJF administra más de 600 juzgados y tribunales federales en todo el País, con alrededor de 30 mil empleados, de los que unos mil 100 son jueces de distrito y magistrados de circuito. "El Consejo de la Judicatura considera que la información bancaria constituye un indicador objetivo, certero y seguro de la actuación de los servidores públicos y un medio de verificación para preservar el desempeño honesto de los magistrados, jueces, y del personal en general adscrito a órganos jurisdiccionales y administrativos del propio Consejo", señala el comunicado.
El Acuerdo General también menciona que lo requerimientos de información financiera se establecen sin perjuicio de que se puedan generar otros mecanismos para verificación de situación patrimonial y recursos económicos.
Dice una nota de Victtor Fuentes en Reforma on line, que "Fuentes judiciales señalaron que el monitoreo será particularmente cercano sobre la situación patrimonial de los secretarios de los juzgados y tribunales, que son clave para su funcionamiento, pues son los encargados de estudiar en primera instancia los casos y redactar los proyectos originales de acuerdos y sentencias.
"Las fuentes agregaron que desde el año pasado se investiga el caso de un secretario de un juzgado de distrito en la Ciudad de México, que registró un aumento excepcional en los recursos de una cuenta bancaria a su nombre..."
Los seis integrantes del CJF y su Presidente, el Ministro Juan Silva Meza, también suscribieron el acuerdo y aceptaron que el Contralor General del consejo indague sus finanzas sin tener que someter el asunto a votación del Pleno de dicho órgano.
México, Distrito Federal, a 11 de Abril de 2011
Comunicado No.12
ESTABLECE CJF MEDIDAS MÁS RIGUROSAS PARA FISCALIZAR PATRIMONIO DE FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
• Emite el Pleno Acuerdo General que permite revisar, incluso, la situación bancaria de los consejeros de la Judicatura Federal y del ministro presidente.
• Con estas acciones se busca prevenir la corrupción y detectar a tiempo casos de enriquecimiento ilícito.
• La medida, en respuesta a las demandas de la sociedad para garantizar la honestidad de sus juzgadores.
El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) aprobó la implementación de medidas más rigurosas para investigar y dar seguimiento puntual a la situación financiera de todos los servidores públicos que forman parte de la institución, así como de los juzgados y tribunales federales del país, a fin de prevenir y detectar casos de enriquecimiento ilícito.
Las medidas, adoptadas en el Acuerdo General 10/2011, contemplan incluso –en caso de ser necesario- la revisión del patrimonio y situación bancaria de los consejeros y del ministro presidente del Consejo de la Judicatura Federal y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La finalidad de esta decisión es garantizar que los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación cuenten con una situación financiera que corresponda al nivel de sus ingresos; además de detectar cualquier evidencia o indicio de un enriquecimiento ilícito o de ingresos cuyo origen no puedan comprobar.
El Consejo de la Judicatura considera que la información bancaria constituye un indicador objetivo, certero y seguro de la actuación de los servidores públicos y un medio de verificación para preservar el desempeño honesto de los magistrados, jueces, y del personal en general adscrito a órganos jurisdiccionales y administrativos del propio Consejo.
Por tal motivo determinó establecer las bases para solicitar información sobre registros bancarios y situación financiera, cuando así se requiera, sin perjuicio de que el Pleno del Consejo, en el ámbito de su competencia, instituya algún otro mecanismo mediante el cual pueda verificar los recursos económicos y situación financiera de los servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación, como garantía de su recta actuación.
Para los consejeros y el ministro presidente el procedimiento establecido es una muestra de su adhesión y solidaridad al programa de acciones tendentes a lograr la seguridad nacional que se requiere en el país.
Además de que implica una medida de transparencia, necesaria para brindar a la ciudadanía confianza en el actuar de los juzgadores federales dada la alta responsabilidad que implica la función de impartición de justicia que les ha sido encomendada y los riesgos que conlleva.
Para refrendar el compromiso de cumplir de forma estricta con la atribución de que se verifiquen los registros bancarios de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, el ministro presidente y los consejeros de la Judicatura Federal suscribieron el Acuerdo General 10/2011 como muestra de su conformidad en que se revise su situación bancaria, en caso de que se estime necesario, sin que se requiera para ello autorización expresa.
Para ello bastará que el Contralor dé aviso al Pleno del Consejo, sin que se requiera someter ese punto a votación.
Las dependencias y entidades públicas, así como las instituciones financieras, están obligadas a proporcionar la información y datos que el Consejo de la Judicatura Federal les solicite, relacionada con los registros, operaciones y datos bancarios de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.
La documentación, información y datos que proporcionen las dependencias y entidades financieras, a solicitud del Pleno del Consejo o del Contralor, sólo podrán ser utilizados para los fines que correspondan al ejercicio de su facultad para verificar la situación financiera de sus servidores. Por tanto, debe observarse la más estricta confidencialidad y cumplir con las medidas de protección de datos y las aplicables a la información calificada como confidencial o reservada.
Cuando de los datos, documentación e información bancaria proporcionada en relación con algún servidor público, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal o el Contralor adviertan la existencia de una probable causa de responsabilidad administrativa o de tipo penal, instruirán al área administrativa que corresponda, para que proceda en el ámbito de su competencia.
En su caso, el Pleno del Consejo ordenará dar vista al Ministerio Público de la Federación, por conducto de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, así como para que se informe a la autoridad fiscal, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y a la Secretaría de la Función Pública, según corresponda.
Las medidas antes señaladas entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Acuerdo General 10/2011 en el Diario Oficial de la Federación.
El Consejo de la Judicatura Federal refrenda su compromiso en el sentido de garantizar la honestidad que la ciudadanía espera de sus impartidores de justicia
El Consejo de la Judicatura Federal determinó que puede solicitar directamente a las instituciones financieras información sobre las cuentas de los jueces, magistrados, consejeros y demás servidores públicos del Poder Judicial.
Lo anterior se estableció en el Acuerdo General 10/2011 del Pleno del CJF, que aún no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación, pero fue difundido hoy mediante un comunicado de prensa.
"Las dependencias y entidades públicas, así como las instituciones financieras, están obligadas a proporcionar la información y datos que el Consejo de la Judicatura Federal les solicite, relacionada con los registros, operaciones y datos bancarios de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación", establece el acuerdo.
El CJF administra más de 600 juzgados y tribunales federales en todo el País, con alrededor de 30 mil empleados, de los que unos mil 100 son jueces de distrito y magistrados de circuito.
"El Consejo de la Judicatura considera que la información bancaria constituye un indicador objetivo, certero y seguro de la actuación de los servidores públicos y un medio de verificación para preservar el desempeño honesto de los magistrados, jueces, y del personal en general adscrito a órganos jurisdiccionales y administrativos del propio Consejo", señala el comunicado.
El Acuerdo General también menciona que lo requerimientos de información financiera se establecen sin perjuicio de que se puedan generar otros mecanismos para verificación de situación patrimonial y recursos económicos.
Fuentes judiciales señalaron que el monitoreo será particularmente cercano sobre la situación patrimonial de los secretarios de los juzgados y tribunales, que son clave para su funcionamiento, pues son los encargados de estudiar en primera instancia los casos y redactar los proyectos originales de acuerdos y sentencias.
Las fuentes agregaron que desde el año pasado se investiga el caso de un secretario de un juzgado de distrito en la Ciudad de México, que registró un aumento excepcional en los recursos de una cuenta bancaria a su nombre, aunque hasta hace unas semanas el asunto no había sido resuelto por el CJF.
Los seis integrantes del CJF y su Presidente, el Ministro Juan Silva Meza, también suscribieron el acuerdo y aceptaron que el Contralor General del consejo indague sus finanzas sin tener que someter el asunto a votación del Pleno de dicho órgano.
"Cuando de los datos, documentación e información bancaria proporcionada en relación con algún servidor público, el Pleno del CJF o el Contralor adviertan la existencia de una probable causa de responsabilidad administrativa o de tipo penal, instruirán al área administrativa que corresponda, para que proceda en el ámbito de su competencia", dice el acuerdo.
"En su caso, el Pleno del Consejo ordenará dar vista al Ministerio Público de la Federación, por conducto de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, así como para que se informe a la autoridad fiscal, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y a la Secretaría de la Función Pública, según corresponda".
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