13 jul 2011

ACUERDO General 24/2011 del Pleno del CJF

DOF: 13/07/2011 
Acuerdo General del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma los artículos 7 y 17 del diverso Acuerdo General 16/2009, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusiónAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO.- En sesión ordinaria de quince de abril de dos mil nueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 16/2009, que Regula las Sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y Establece los Lineamientos para su Videograbación y Difusión;
CUARTO.- De la revisión al Capítulo 1 de dicho Acuerdo, relativo a las Sesiones, se advierte la necesidad de modificar los artículos 7 y 17, con el objeto de que, en la videograbación de las sesiones se haga constar la hora de su apertura y conclusión, ya que tales actuaciones deben ser acordes con la realidad y en las actas que al efecto se levanten debe quedar asentado todo lo que aconteció durante la sesión magistral.
En razón de lo anterior, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se reforman los artículos 7 y 17 del Acuerdo General 16/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión, para quedar como sigue:
"Artículo 7.- El Presidente del tribunal, previo al inicio de la sesión, ordenará al Secretario de Acuerdos o a la persona designada que active el sistema de grabación de audio y video; hecho lo anterior, hará la declaración de inicio, haciendo mención de la fecha y la hora correspondientes.
Artículo 17.- Finalizado el debate de los asuntos de todas las ponencias y sin otro tema que tratar, el Presidente declarará concluida la sesión, señalando la hora de su terminación y ordenará al secretario que levante el acta correspondiente."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General 16/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 24/2011, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma los artículos 7 y 17 del diverso Acuerdo General 16/2009, que regula las sesiones de los tribunales colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintidós de junio de dos mil once, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a cuatro de julio de dos mil once.- Conste.- Rúbrica.

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