16 nov 2011

Retrospectiva

Parte de la conferencia presentada en el Tercer Coloquio Internacional Religión y Sociedad, realizado en Buenos Aires Argentina en julio del 2005, convocado por la Secretaría de Culto de la Nación Argentina; la la Universidad del Salvador de Buenos Aires, y la Asociación Latinoamericana para el Estudio de las Religiones.

 
UN INTENTO DE BALANCE HISTÓRICO, A 13 años del Registro de las Asociaciones Religiosas en México.
Por: Fred Álvarez/[1]

Nunca me consideré un escritor preocupado por la religión, hasta que una religión empezó a perseguirme…,Ahora, 16 años después, la religión nos persigue a todos y, aunque seguramente son mayoría los que piensan, como pensaba yo, que tenemos otras preocupaciones más importantes, no vamos a tener más remedio que afrontar el reto. Si fracasamos, este asunto acabará por devorarnos a todos; Salman Rushdie, escritor británico, autor de Los versos satánicos.

Es un gran honor estar aquí en Argentina, en el país sede del Tercer Coloquio Internacional Religión y Sociedad, agradezco la invitación a la  Secretaría de Culto de la Nación, a la Universidad del Salvador y, la  Asociación Latinoamericana para el Estudio de las Religiones.

Las relaciones Estado-Iglesia en México, tienen apenas 14 años de haberse reconocido legalmente. Intentare hacer un breve recuento histórico del desarrollo de estas relaciones, fundamentalmente como se pudo concretar la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Publico, compartir con ustedes, un asunto no resuelto, el proceso de registro número uno, que no tiene razón de existir, cuales han sido los principales hechos en la relación y los pendientes por resolver.

Antes una breve semblanza histórica.
Las relaciones entre el Estado y la Iglesia Católica[2] a lo largo de la historia de nuestro país oscilaron entre la provocación y la colaboración. Sin embargo, la institución eclesiástica jugó en varias ocasiones un papel determinante en la conformación del Estado-nación

Y es que el catolicismo, junto con los principios místico-religioso de las distintas culturas prehispánicas, forma parte de los más profundos estratos de nuestro ser nacional. Esta religión, y el abuso que se ejerció en su nombre, unificó los sentimientos y las ideas dentro de nuestro territorio antes de que lo hiciera cualquier concepto de nación.

En el México prehispánico, la vida pública y privada estaba regida por los ritos y creencias religiosas. La religión era parte de la vida cotidiana.
En el cumplimiento de sus tareas evangelizadoras los sacerdotes misioneros  principalmente los del clero regular, entraron en contacto con las culturas indígenas, no sólo divulgando el cristianismo, sino en el desarrollo cultural, social, económico y artístico del nuevo pueblo.

La participación de los franciscanos, dominicos y jesuitas en la educación fue determinante para la formación de la nueva población mestiza. Aunque el catolicismo fue la religión única y autorizada, la religión indígena persistió, lo que dio como resultado un sincretismo que perdura hoy día en varias regiones del país.

La simbiosis original entre religión y poder político en México proviene de la participación conjunta de la Iglesia y la Corona durante la conquista, pues con el objetivo de asegurar la evangelización fue firmado un concordato en el cual se estableció el Patronato sobre los bienes, lo que significó mayor control y derechos del gobierno de España sobre los asuntos de la Iglesia dentro de su territorio, tales como el cobro de diezmos, el nombramiento de obispos y la construcción de edificios. Y ello permitió que las propiedades de dicha institución se incrementaran ostensiblemente, y consecuentemente su poder.

Además, la Iglesia fue protagonista destacada en nuestra historia; durante la guerra de independencia participó dentro de ambos bandos en pugna. Por una parte el clero secular, que apoyó al gobierno virreinal y asumió una actitud condenatoria contra los rebeldes, y por la otra, el clero regular que actuó como un activo promotor del movimiento insurgente. No es casual que el pensamiento de éstos con respecto a sus creencias quedó plasmado en Los Sentimientos de la Nación, elaborados durante la celebración del Primer Congreso de Anahuac, en donde se estableció a la religión católica como única, sin tolerancia de ninguna otra.

La misma Constitución de 1824, que dio inicio a la primera etapa federalista de México, establecía claramente que la religión  e la nación sería católica, Apostólica y Romana, es decir se establecía una religión del Estado.

Los primeros intentos liberales de establecer la separación entre el Estado y la Iglesia fueron hechos en 1833, y no fue sino hasta 1836, quince años después de consumada la independencia, cuando el Vaticano reconoció oficialmente la Independencia de México,

Pero es la Constitución Política de 1857 la que consagra, junto con el agregado posterior de las reformas juaristas de 1959, la tolerancia en materia religiosa, y la abolición definitiva de los fueros eclesiásticos; además de la libertad de enseñanza y la desautorización de los votos religiosos, entre otros. También se consagró el principio de la intervención del Estado en determinados ámbitos religiosos.
Es con esta reforma que como arriban a nuestro país los primeros cristianos protestantes, fundamentalmente metodistas, y presbiterianos.[3]

Empero, el gobierno de Porfirio Díaz se planteó una política de conciliación con las diversas fuerzas sociales del país, entre las que se encontraba la Iglesia católica, misma que aunque ya no contara con el marco legal en su favor, seguía ejerciendo un enorme poder. El porfiriato se distinguió por guardar prudente y profundo silencio ante las infracciones cometidas contra la Ley de Cultos, emanada de la Constitución de 1857.

Pero en 1917 al entrar en vigor la nueva Constitución política que limitó las actividades del clero, nuevamente la pugna; la jerarquía percibió un ataque a la libertad religiosa y muchos de católicos se organizaron para desplegar una acción defensiva que desembocó en el conflicto religioso de 1926-1929, la llamada guerra cristera; con un alto costó de vidas y un profundo resentimiento hacia los gobiernos de la revolución

El gobierno puso fin a la rebelión, devolviéndose templos y reanudándose los cultos prohibidos, al establecer un Modus Vivendi[4], entre el Estado y la Iglesia que consistió básicamente en la aceptación eclesial de que el terreno social era monopolio exclusivo del Estado, en la práctica se tradujo como una aceptación del rompimiento de la integralidad católica, en aras de una tolerancia y libertad en el terreno educativo.

Y por muchos años y hasta las reformas de 1991-1992, podemos decir, que las relaciones Estado-Iglesia, nunca existieron, hubo solamente una especie de tolerancia; en los asuntos políticos se hacia gala de un anticlerícalismo fundamentalista[5] y dentro de la Iglesia un extremado conservadurismo.

Las nuevas relaciones entre el Estado y las Iglesias.

El nueve de febrero de 1978, Jerónimo Prigione es designado Delegado Apostólico en México, once meses después, el  26 de enero de 1979, Juan Pablo II llegaba a México y era recibido por el presidente mexicano sin una recepción oficial. Dijo el presidente José López Portillo: "Señor, sea usted bienvenido a México, que su misión de paz y concordia y los esfuerzos de justicia que realiza, tengan éxito en sus próximas jornadas. Lo dejo en manos de la jerarquía y fieles de su iglesia y que todo sea para el bien de la humanidad".

Pero, ante la visita Papal el presidente había expresado que el Estado mexicano no estaba dispuesto a hacer ninguna concesión a la Iglesia católica pues según él: "Históricamente el proceso de secularización está muy vinculado al proceso de gestación de nuestra misma nacionalidad y que ello se manifiesta en que tenemos una estructura constitucional muy sui generis que tiene resuelto este problema y me parece que bien resuelto". Y respecto a la posibilidad del establecimiento de relaciones con el Vaticano ni pensarlo, dijo categóricamente: "¡no están dadas las condiciones para este propósito!”.

Once años después, mayo de 1990-, las cosas cambiaban, Juan Pablo II regresaba a México en su viaje número 47 en una gira que duraría 8 días. Esta vez la visita fue por invitación expresa del presidente Carlos Salinas de Gortari. El Nuncio y otros factores habían hecho el milagro. La crítica no se hizo esperar. El primer motivo de controversia fue el recibimiento personal que daría el presidente El mensaje de bienvenida fue además de largo, caluroso y conciliador, si se compara con el López Portillo: “Reciba el calor del pueblo que tanto lo aprecia. Sea Usted bienvenido a estas tierras que, con generosidad, lo llaman amigo de México y peregrino de la paz.

En esta ocasión el Papa sostuvo una entrevista privada con el presidente de la  cual se emitió un comunicado oficial. Los temas abordados en dicha entrevista fueron: los cambios ocurridos en Europa del Este, la situación de América Latina, y el indigenismo, entre otros. Según el comunicado no se abordaron temas como la situación jurídica de la Iglesia ni la reanudación de las relaciones diplomáticas. Eso vendría después.

Por eso es importante mencionar que ya en 1988, en su toma de posesión el  presidente Salinas había hecho el llamado para que se formalizaran legalmente las relaciones del Estado con la Iglesia. Uno de las primeras señales, de que las cosas iban en serio, y quizás uno de los más significativos, fue la invitación de la alta jerarquía católica a su toma de posesión. Por supuesto la primera plana de casi todos los periódicos de circulación nacional, se la llevo el vuelo de las sotanas circulando en los pasillos de la sede del Congreso Mexicano.
A partir de ese momento se hicieron varios análisis políticos, jurídicos e históricos de la relación Estado-iglesias en México, originándose al interior de gobierno intensos debates sobre la necesidad de crear una legislación acorde con los tiempos. Nótese que ya no se hablaba de Iglesia, sino de Iglesias en plural

Sin embargo, tuvieron que pasar tres años de su toma de posesión, y un año después de la visita papal; y no fue sino en su tercer in forme de gobierno – 1 septiembre de 1991-, cuando  el presidente Salinas sentó las bases sobre las que el gobierno de la república estaría dispuesto a realizar una reforma a fondo en la materia, bajo los siguientes principios básicos:

i)          separación entre el Estado y las Iglesias.
ii)         Respeto a la libertad de creencias,
iii)        Personalidad jurídica de las asociaciones religiosas.
iv)        Culto externo.
v)         Sistema patrimonial de las asociaciones religiosas.y
vi)        Educación Laica en las escuelas públicas.

Con esto se daban los elementos rectores para la reformas. La pelota estaba ahora en la cancha de los partidos políticos. El llamado fue atendido por legisladores del PRI, quienes el 10 de diciembre de 1991, presentaron en la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a los artículos 3, 5, 24, 27 y 130 Constitucionales; dividida en seis grandes rubros que iban desde el reconocimiento de personalidad jurídica a las iglesias hasta disposiciones de carácter civil, pasando por cuestiones de propiedad y educación, entre otros temas

Después de intensas discusiones en comisiones, fue presentado al pleno, un dictamen aparentemente consensado, empero, el tema no era cualquier cosa: fueron necesarias 25 horas de debate y 105 oradores de todos los partidos políticos par ser aprobados,

El 28 de enero de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto relativo a las reformas aprobadas por el Constituyente Permanente, a los artículos, 3, 5. 24. 27y 130 de la Constitución en materia de situación jurídica de las Iglesias, Asociaciones Religiosas, Ministros de Culto, entre otras.

Sin embargo faltaba hacer la Ley reglamentaria. Y durante varias semanas, los legisladores se dieron a la tarea de recoger las opiniones de varios grupos, entre ellas, la oficina del delegado apostólico, la CEM, el Arzobispado Primado de México, el Fondo Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicos, La Iglesia Metodista de México, la Iglesia la Luz del Mundo, y varias denominaciones pentecostales.

Y el 25 de junio de 1992, el PRI concreto un proyecto de Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Publico. Pero los demás partidos no se quedaron atrás; el PAN presentó la Ley de Libertades y asociaciones religiosas; el PRD hizo lo propio y presentó una iniciativa de ley en Materia de Libertades Religiosas, y el extinto PARM, presentó la Ley federal de Cultos. Solamente dos grupos parlamentarios se abstuvieron de presentar iniciativas, a saber. El PPS y el PFCRN.

Las cuatro iniciativas fueron turnadas a la Comisión Dictaminadora, y el mismo día se conforma una subcomisión Plural, para recoger las diferentes inquietudes de varios grupos de la sociedad civil así como de diferentes iglesias.

Dos semanas después, el 7 de julio de 1992 se presentó al pleno el dictamen, y se discutió en lo general; hubo un intenso debate de 17 horas que vale la pena revisar para los estudiosos del tema. Fue aprobada en lo general por 328 votos, favor, 36 en contra y dos abstenciones. Fueron reservados para voto particular 19 de los 36 artículos.

El 8 de Julio se inicio el análisis del dictamen, en lo particular aceptándose 14 modificaciones de las cuales 7 eran del PAN; 2 del PRD, dos del PFCRN; dos del PARM; y una del PRI. El único partido que  no presentó propuestas fue el PPS, no obstante formulo varias consideraciones al pleno. Algunos fueron recogidos, fundamentalmente el asunto de Religión y Política; El PPS Insistió y logró establecer como infracción aquello que señale el artículo 29 de “convertir un acto religiosos en acto político”.

En lo particular fueron aprobados los artículos 4, 6, 7, 8, 9, 11, 12, y 22 por 408 votos en pro y 10 en contra; los artículos 1, 2, 16, 17, y 25 por 353 votos y pro y 65 en contra; por ultimo, los artículos 12, 21, 23, 25, 29 y 32 se aprobaron por 408 votos y 10 en contra.

La minuta fue enviada al la colegisladora, quien la turno para su análisis a la primera comisión de Gobernación. Esta, hizo un examen riguroso, coincidió en todo con la Cámara de Diputados y aprobó el dictamen por 47 a favor y uno en contra.

La Ley fue publicada en el Diario Oficial de la federación el 15 de julio de 1992.

Dos meses después, el 20 de septiembre de 1992 se formalizan las relaciones diplomáticas de México con la Santa Sede, luego de casi 150 años interrumpidos. Karol Joseph Wojtyla, nombró a Jerónimo Prigione como Nuncio mientras que México enviaba a Enrique Olivares Santana como embajador a la Santa Sede.

Semanas después, se creaba la oficina encargada de aplicar la Ley y de entregar los registros constitutivos, por esos días un funcionario del Gobierno comentaba en una charla privada que cuando mucho la oficina daría alrededor de 20 registros, uno a la Iglesia católica y los otros “a los demás”. Esos comentarios expresaban la falta de conocimiento de nuestras autoridades en el tema. Y para muestra un botón, hoy el gobierno de México tiene registradas 6 mil 373 Asociaciones religiosas, de todo tipo.

El registro número uno.
El 22 de diciembre de 1992 el gobierno entregaba el registro constitutivo número uno; Pero no lo recibía cualquier persona, lo obtenía nada menos que el “responsable de restablecimiento de las relaciones” Jerónimo Prigione.

Pero, lo que resultó fue que el cardenal Corripio, a través de sus abogados, habían sido el primero en cumplir los requisitos y solicitar el registro correspondiente, y de acuerdo a derecho debía de haber recibido el registro número uno, pero no fue así. De hecho ese asunto genero un conflicto interno; es más, se obligó a todos los obispos de la CEM a que se adhirieran a la solicitud del Nuncio.

Y es que la petición del Nuncio no es cualquier cosa, pretendía meter a todos en un mismo registro dar registros derivados para todos los demás integrantes de la CEM.

El antecedente fue 25 de noviembre de 1992, cuando Prigione entrega la solicitud con la anuencia de casi todos, la excepción fue la Arquidiócesis Primada de México, y designa como sus representantes legales a Los licenciados Ramón Sánchez Medal y Alberto Pacheco Escobedo.[6]

De hecho lo que retrasó el registro fue la no adhesión inmediata de la Arquidiócesis Primada. Eso paro en seco la entrega de registros a otras denominaciones religiosas; y no fue sino hasta que el día 21 de diciembre – un día antes de otorgar el registro -  cuando el Primado de México envía al gobierno una escueta comunicación, que refleja la presión de la Santa Sede señala: “”Señor Secretario de Gobernación. Por medio de estas letras deseo manifestar mi adhesión a la solicitud presentada por el Sr. Arzobispo Jerónimo Prigione, Nuncio Apostólico en México, por Indicaciones de la Santa Sede, el 25 de noviembre del presente año.” Firmado: Ernesto Card. Corripio Ahumada.[7]

¡Por indicaciones de la Santa Sede, así dice! Lo curioso y grave era que el poderoso Nuncio quería tener bajo su control a toda la CEM, y gracias a la habilidad y persistencia de los abogados de Corripio, pudo salvarse la situación, para beneficios de todas las iglesias católicas particulares; hoy todas tienen registro principal.

En una entrevista que el Padre Roqueñí nos concedió en 1997 a Sara Setfovich, a Carlos Martínez Assad y a mí, nos dijo[8]: “-Yo creo que más que un error del gobierno (fue) un error de Prigione.”

-Pero el gobierno también lo aceptó, le preguntamos.

-No. Yo creo que el gobierno la vio venir…,nuestra tesis era que según el Derecho Canónico serían sujetos de registro constitutivo las iglesias particulares,..y la expusimos en la Conferencia del Episcopado entonces Prigione dice: No, no, espérense, espérense. El que ustedes se registren va en contra de la unidad de la iglesia. Yo tengo que encabezar los registros, registrando (primero) a la iglesia católica, y una vez registrada ustedes ya podrán registrarse como derivados de la iglesia católica que yo represento en este país, porque soy el representante del Papa y tengo indicaciones de la Santa Sede de hacer el registro constitutivo de la iglesia y una vez que lo haga ustedes desparraman todos los registros...y entonces nosotros dijimos no, y nos adelantamos a solicitar el registro de la Arquidiócesis de México. ...,

- Aunque solicitaron primero ustedes el registro, inquirimos

- (Si y) Aunque nosotros fuimos los primeros que solicitamos, y ahí se saltó la ley don Fernando (Gutiérrez Barrios). No fuimos los primeros en derecho como éramos los primeros en tiempo…¿Qué consecuencias tiene esto para la iglesia?: Dimos la impresión al Estado, dimos la impresión de ser monolíticamente dirigidos por un individuo, cosa que no nos convenía, a nadie. Pusimos en bandera de plata, en un solo registro, a todo el episcopado mexicano. Obviamente don Fernando, que era contrario a la reforma legal, vio venir este registro y dijo “vénganos”, aquí los controlo a todos, y le dio entrada a Prigione. Le hizo un gran daño a las iglesias particulares católicas, que nos agrupa un cuerpo de creencias religiosas, no una persona moral, que no existe en Derecho Canónico, esta persona no existe, entonces registraron a un ente inexistente canónicamente, lo crearon artificialmente, le dieron personalidad jurídica como si fuera la cúpula de la iglesia nacional, que va en contra del Derecho canónico....,Entonces, ante la antijuridicidad canónica de esto, y ante la antijuridicidad de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público nosotros protestamos. Nunca zanjó ese problema la Secretaría de Gobernación....,

Y en efecto, como nos lo dijo el Dr. Antonio Roqueñí, el asunto quedó ahí, y el problema no ha sido zanjado.

En enero de 1993, hubo cambios en el gobierno, sale de la Secretaría de Gobernación Fernando Gutiérrez Barrios, y lo sustituye Patrocinio González Garrido; llega con él, Nicéforo Guerrero Reynoso, segundo director de Asuntos Religiosos, pero que en los hechos a él se le debe el fuerte impulsó a la relación.

Eventos que marcaron las nuevas relaciones entre le Iglesia católica y el Estado.

El segundo director fue clave para la apertura, abre las puertas y otorga un buen número de registros; es cuando los grupos no católicos, como los evangélicos empezaron a salir del ostracismo, y se hicieron los primeros encuentros masivos con el presidente de la República; además le tocó  coadyuvar en la organización de la tercera visita a México de Juan Pablo II. También vivir en ese año, acontecimientos muy graves en la política nacional y que incidían también en los asuntos religiosos, la muerte del cardenal Posadas Ocampo, un conflicto fuerte entre la Conferencia del Episcopado Mexicano con el ejercito mexicano en un Municipio de Chiapas; el conflicto entre el Nuncio Prigione y el Cardenal  Corripio –que incluyó el caso Samuel Ruiz-Prigione-,  y el inicio del conflicto en Chiapas, con el surgimiento del denominado Ejercito Zapatista de Reconciliación Nacional (EZLN)..

Hay dos eventos, que por su importancia, marcaron el desarrollo de las nuevas relaciones Iglesia-Estado, a saber la muerte del cardenal Posadas Ocampo y el surgimiento del conflicto armado en la diócesis de San Cristóbal de las Casas en enero de 1994.

La tarde del 24 de mayo de 1993 fue abatido a balazos el cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo, y eso motivo a que por primera vez en muchos años un presidente asistiera a un recinto religioso a dar el pésame; el cardenal de Guadalajara oficialmente fue víctima de una confusión, pero hay expresiones, como la de Juan Sandoval que se trató de un crimen de Estado.[9]
Debido al conflicto de Chiapas, el 10 de enero de 1994 deja el cargo de Secretario de Gobernación Patrocinio González y llega en su lugar Jorge Carpizo. Ese mismo día el Gobierno nombró a Manuel Camacho comisionado para lograr la pacificación del área. Entre las primeras acciones, fue reunirse con el cardenal Corripio y con el obispo Samuel Ruiz.  

Claro que se dieron muchas cosas más, el 23 de marzo un hombre solitario asesinaba al candidato a la presidencia de la República por el PRI, Luís Donaldo Colosio Murrieta; éste fue sustituido por Ernesto Zedillo Ponce de León.

Además, con el surgimiento del EZLN se inició una campaña contra un sector de la Iglesia católica, concretamente con algunos obispos, pero sobre todo contra los jesuitas y dominicos., ambos grupos con fuerte presencia en Chiapas.

Y es que la participación activa de algunos los jesuitas en las guerrillas centroamericanas sirvió de  argumento para quienes concebían el levantamiento armado como parte de un plan de desestabilización nacional, dirigido por un sector de la Iglesia, y en particular por los jesuitas. [10]

El 21 de abril fue promovido como arzobispo de Guadalajara a Juan Sandoval Iñiguez, obispo de Ciudad Juárez, quién meses después en el consistorio de octubre de 1994 fue nombrado cardenal presbítero.

En julio de 1994 deja el cargo como Arzobispo Primado de México Ernesto Corripio Ahumada, un hombre clave en las reformas. La arquidiócesis queda vacante durante un año, en junio de 1995 llega como primado de México Norberto Rivera Carrera, obispo de Tehuacan...

En mero proceso electoral de 1994 la CEM establece su postura frente a las elecciones y al sistema político mediante el comunicado "Valores para la Democracia" y al documento “La Realidad Mexicana y sus Desafíos.

Hubo varios hechos en 1994-1995 casi todo era relacionado con el conflicto en Chiapas.

El 15 de enero de 1994, Antonio Roqueñí, apoderado legal y Enrique González Torres SJ le "sugirieron" al representante papal presentar su renuncia, apelando a una cuestión de "dignidad".

28 y 29 de enero se realiza un foro de Libertad Religiosa en México (organizado por la UIA, Imdosoc y otras 14 organizaciones católicas y civiles); un grupo de laicos, piden la renuncia del Nuncio.

Como respuesta grupos de "laicos conservadores" ofrecieron su apoyo al representante papal, José Barroso Chávez, presidente de la Asociación Mexicana de Malta; Arnulfo Hernández, representante de Caritas de México; Gabriel Rosales Hueso de la Orden Pontificia de San Gregorio y Octavio Martínez, de la Orden de Caballeros de Colón,  calificaron como una falta de respeto que un grupo de religiosos y laicos del país exija la renuncia del nuncio apostólico.

El 24 de enero el Consejo Permanente de la CEM a través de una carta abierta ratifica su apoyo y solidaridad al nuncio.

En junio de 1995 las autoridades migratorias detuvieron y expulsaron a  sacerdotes de la Diócesis de San Cristóbal de las Casas.[11]

En Julio de 1995 el obispo de Tehuantepec, Arturo Lona Reyes, sufre un atentado del que sale ileso. La CEM consideró que la agresión se debió a que ha el obispo había afectado intereses particulares en su labor a favor de los pobres. 

En agosto Juan Pablo II nombra a Raúl Vera López O.P, como obispo coadjutor de San Cristóbal de las Casas.

Ese mismo mes se realiza en México el XVII Congreso Internacional de Historia de las Religiones en donde 800 especialistas de 56 países, disertaron sobre el pasado y vigencia de las religiones en todo el mundo.

Hay un hecho relevante que se da del 6 al 8 de julio de 1996“eclesiásticos y políticos de México y de América Latina” sostienen por primera vez en nuestro país un encuentro encaminado a discutir acciones para la “defensa de la vida y la familia”. Son invitados a asistir los gobernadores del país, senadores, diputados y asambleístas del PRI, PAN y de la PRD. El evento fue presidido por Alfonso López Trujillo, presidente del Consejo Pontificio para la Familia. También se contó con la presencia de Oscar Rodríguez, Arzobispo de Tegucigalpa y presidente del Celam.

En Septiembre de 1996, se inaugura en el Zócalo de la ciudad de México la Semana por la Paz y la Justicia, promovida por el Comité Pro Nobel en favor de la candidatura de Mons. Samuel Ruiz. En un gesto simbólico, el obispo echó a volar en el Zócalo diez palomas blancas como señal de “la libertad que todos anhelamos”.El acto es digno de rescatarse debido a que era la primera vez que un sacerdote mexicano dirigía un mensaje desde el zócalo capitalino.

Pero el hecho más duro de ese tiempo junto con Chiapas fue la IV Conferencia de Beijín en los temas sobre el aborto y la familia. La posición de la jerarquía católica ¡fue contundente! El primado de México, condenó la actitud pasiva de la delegación mexicana “por no defender los principios, valores y costumbres de la mujer mexicana”. Dijo que “para conformar la delegación no se tomo en cuenta al pueblo mexicano (Sic), a la cultura ni a la mujer, sino a una élite”.

Y se dio un fenómeno que merece la pena ser comentado, después de la reunión de Beijín, Norberto Rivera pasó, de ser una figura con un bajo perfil – como era en Tehuacan, Puebla-, a ocupar excelentes espacios, tanto en los medios impresos como electrónicos. Un hecho relevante fue el la famosa homilía del domingo 20 de octubre de 1996 cuando el primado de México dijo en catedral que  “siendo la iglesia continuadora de Jesús en la historia, podemos concluir que puede y debe meterse en política como lo hizo Jesús”. Para muchos fue una provocación, y con ello se tocó el tema de los límites de acción de la Iglesia, y generó la primera polémica sobre religión y política.

De entrada, lo dicho por el prelado a fue considerado como el primer punto de quiebre entre la Iglesia católica y el gobierno luego del reconocimiento jurídico. En respuesta, Gobernación le envió un extrañamiento en la que advirtió que si reincidía se haría merecedor de una sanción, incluso el cierre de la catedral.

Las Reacciones no se hicieron esperar;  En las Cámaras de Diputados y de Senadores se suscitaron debates, pros y contras: críticas y apoyos al prelado; discusión sobre si violó o no el artículo 130 constitucional y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

La mayoría de Diputados y Asambleístas de los  partidos: PRI, PRD y PT  coincidieron, al hacer un llamado a los ministros de la Iglesia Católica a sujetarse a la ley y no violar el principio de separación Estado-iglesia al intervenir en política. El único partido que defendió lo dicho por el Arzobispo Primado de México fue el PAN y algunos  miembros del PRD.[12]

Tuvo que salir al quite el presidente de la República, el 24 de octubre en una entrevista concedida a la cadena televisiva Univisión, Y aunque él había ordenado al Secretario de Gobernación la sanciones correspondientes, negó que existiera un conflicto entre ambos instituciones. Minimizó el hecho y dijo que “lo que está ocurriendo, es que hace unos años hubo una reforma constitucional (1992) que le dio identidad jurídica y reconocimiento a las iglesias”. De ahí que “hay un nuevo entorno para la propia acción y actuación de la iglesia y estamos viendo un período de cambio y adaptación a las nuevas circunstancias”.

Años después, el 11 de septiembre de 1999 con un estandarte de la Virgen de Guadalupe en la mano, Vicente Fox iniciaba su campaña por la Presidencia. La jerarquía católica avaló su actitud con el argumento de que se trataba del ejercicio de la libertad de expresión. El gobierno nuevamente condenaba la "insólita falta de respeto" del candidato y condenaba el uso del símbolo guadalupano en política. La dirigencia del PRI interpuso una denuncia ante las autoridades electorales, y el PAN -el partido del candidato y no éste- fue sancionado con 17 mil pesos por la utilización de símbolos religiosos con fines proselitistas.

El 1 de noviembre de 1999 Cuauhtémoc Cárdenas se manifestó a favor de reformar la ley para permitir la participación política de los ministros de culto.

3 de noviembre de 1999 Samuel Ruiz cumple 75 años y presenta su renuncia, tal como lo establece el derecho canónico.

EL PAPEL DE LOS NUNCIOS APOSTÓLICOS.

En junio de 1977 es enviado por Juan pablo II como nuevo Nuncio, sustituye a Jerónimo quien estuvo en el país 20 años.

Al nuevo Nuncio Apostólico lee toca enfrentar los escándalos provocados por el ex abad de la basílica de Guadalupe, Guillermo Schulenburg, a quien le solicita se retracte y pida perdón al pueblo mexicano y enfrenta los escándalos derivados por los supuestos abusos sexuales del padre Marcial Maciel; el tema de las narcolimosnas y por si fuera poco tiene que atemperar frente a un molesto Presidente de la República los embates de sus agresiones verbales ante los obispos de Chiapas.

El 18 de enero del 2000 Raúl Vera y Samuel Ruiz ordenaron diáconos casados. Por un reportaje periodístico – sobretodo la foto- en exclusiva para La Jornada se interpretó como una ordenación de diaconisas. Esa ordenación le costó al Nuncio su traslado a Roma, y aunque se iba como presidente de la Pontificia Academia Eclesiástica, perdía la batalla ante el denominado Club de Roma.

Sobre este particular, emití una opinión ante una pregunta expresa de un reportero del periódico El Universal, ello provocó una dura e inusual respuesta del obispo Samuel Ruiz; es más el texto esta y puede consultarse en el Internet. Personalmente y por petición de un amigo común evite dar mi replica, semanas después tuve un encuentro personal con el obispo con quién aclaramos las cosas.

El error había sido del reportaje del periódico, no de mi interpretación como analista. Año y medio después una declaración del sustituto de Monseñor Samuel Ruiz, ponen las cosas en su lugar. El 29 de agosto del 2001 Reforma publica una entrevista exclusiva al obispo de San Cristóbal de las Casas; donde se a señala:

Entrevistado en exclusiva, el prelado reconoció que a finales de julio del año pasado recibió una carta de El Vaticano, donde se le solicitaba, entre otras cosas, precisar el contenido de "Iglesia Autóctona" y aclarar públicamente que no se había realizado una ordenación de mujeres diaconisas en la diócesis y que los diáconos indígenas casados no podrían ser presbíteros.

Al respecto, explicó que el documento fue resultado de la confusión generada por un medio de comunicación (que publicó una nota sobre la supuesta ordenación de diaconisas), y no del deseo o la intención de la Santa Sede de dar marcha atrás con el trabajo que durante 40 años desarrolló el obispo Samuel Ruiz en esta diócesis.

Y es que resultó significativo recordar que contrariamente a la tradición vaticana, que mantiene a sus nuncios al menos cinco años en sus sedes, Mullor fue removido a poco más de dos años de su llegada. El reportaje de La Jornada obligo a la salida de Don Justo.

El 1 de marzo del 2000 Leonardo Sandri es nombrado Tercer Nuncio en México, dura en el cargo muy poco tiempo, justo lo que duro el proceso electoral. Y el 16 de septiembre del 2000 es ascendido como encargado de la Secretaría de Estado. En el poco tiempo que tuvo como Nuncio se reunió únicamente con los  candidatos del PRI y del PRD, no hubo acercamientos con el ahora presidente Vicente Fox.

LAS RELACIONES IGLESIA-ESTADO EN LA ALTERNANCIA POLÍTICA EN MÉXICO

El 7 de mayo del 2000 Vicente Fox, candidato del PAN a la Presidencia, envía una carta a los líderes religiosos de México donde establece 10 compromisos. Ofrece apertura y apoyo total a las Iglesias como parte de su "Proyecto para la Nación" en materia de Libertad Religiosa y Relaciones Iglesia-Estado. Ofrece abrirles los medios masivos de comunicación.

En junio del 2001 se celebra por primera vez en la Basílica de Guadalupe una misa en honor de santo Tomas Moro, había más reporteros cubriendo el acto que políticos convencidos de su religiosidad.

2 de julio del 2001, Vicente Fox y su ex vocera Marta Sahagún contraen matrimonio civil. Ambos divorciados y con sus juicios de anulación religiosa pendientes se casan en una ceremonia que se consuma poco antes de las 8 horas. La Iglesia católica, a través del cardenal Norberto Rivera, observa que pese a que el enlace civil no representa "un pecado", sí lo califica como "irregularidad".

El 8 de enero del 2002 Se anuncia la quinta visita del Papa a México con motivo de la canonización de Juan Diego.

El 27 de abril del 2003, el obispo de Querétaro Mario de Gasperín emite un documento: UN CATÓLICO VOTA ASÍ”: Instrucción Pastoral sobre las elecciones;. En él se invitaba a la feligresía a no votar por un partido o por un candidato que esté en contra del respeto absoluto que se debe a la vida humana desde la concepción hasta su desenlace natural, como serían los que propician el aborto, la eutanasia o la manipulación de los embriones.

¡El hecho causó un enorme revuelo!, y un partido político presentó una denuncia ante la Fiscalía de Delitos Electorales, el asunto no prosperó.

El 13 de noviembre del 2003 más de 100 obispos eligen a José Guadalupe Martín Rábago, obispo de León, como nuevo presidente de la CEM. [13] Desde ese momento el caso Posadas vuelve a estar en la agenda, por lo que, tan pronto asumió la presidencia del Episcopado, dijo tajante: “queremos que siga la investigación y que se alcance un conocimiento pleno, objetivo, veraz, porque no hay justicia sin verdad.”

En abril de 2004, y a once años del asesinato del cardenal Posadas, la Cámara de Diputados crea una Comisión Especial, una especie de Comisión de la Verdad, que escudriñará todas las investigaciones realizadas por las autoridades competentes en el caso, concretamente las realizadas por Procuraduría General de la República.[14]

En el 2004, después de 12 años después se emite el reglamento de la Ley reglamentaria.

COMENTARIOS FINALES

Desde diciembre de 1992 cuando se emite el primer registro a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana en México, a junio del 2005 se han emitido 6 mil 373 Asociaciones religiosas en el País.

Saldos de la nueva relación: positivos. El sólo hecho de darles personalidad jurídica a las diferentes Iglesias fue un paso importante en la vida de México. De hecho, confieso que no se tenía idea de nuestro mapa religioso, incluso todavía hoy no lo tenemos claro; no están todas las que son, y tampoco son todas las que están; urge una revisión, una especie de refrendo de las más de 6000 mil registros. Empezando por la desaparición del número uno;  no tiene razón de ser.

También, estoy convencido que es necesaria una revisión a fondo de la Ley para ampliar los derechos y obligaciones de las diversas Iglesias. Ampliar los derechos en el sentido de permitir que los ministros de culto además de votar tengan el derecho de acceder a ser votados.

Afortunadamente, hace cuatro años, se reformó artículo primero Constitucional por lo que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el genero, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas”.

Sin embargo, a los Ministros de Culto se les sigue considerando ciudadanos de segunda, ya que no pueden ser votados, aunque un articulo de la Constitución los proteja; es necesario se promueva ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una controversia Constitucional, entre el 1 y el 130 para resolver futuros conflictos. Este es un tema candente en mi país: Es, dice muchos, un asunto histórico. Creo que es tarde que temprano tendremos que abordar.

Falta por hacer un inventario del arte sacro, así como una actualización de los Bienes que están en manos de las Iglesias pero que pertenecen al patrimonio nacional.

El tema de la educación pública sigue pendiente, la jerarquía católico sigue presionando para que la instrucción religiosa se imparta en un principio como materia optativa.

Además, esta latente el problema de la pederastía; es urgente crear una Comisión que analice y le dé salida a las cientos de denuncias contra sacerdotes católicos acusados de pederastia. A la Conferencia del Episcopado norteamericano le costó un alto nivel de credibilidad y poco más de 80 millones de dólares el problema de los abusos sexuales. Ninguna Asociación Religiosa soportaría una denuncia de reparación del daño como las que se han dado en los EE UU.

Para concluir comparto algunos datos.[15]

Un artículo del escritor peruano-español, Mario Vargas Llosa quien comenta --citando a David Gergen- “los cambios que ha experimentado la sociedad de EE UU en los últimos años debido al resurgimiento de la religión en la vida pública y la manera como las iglesias, sobre todo las de línea más conservadora, influyen en el ámbito político.”

Señala que “cada fin de semana, 120 millones de ciudadanos estadounidenses asisten a oficios religiosos”

Jeremy Rifkin dice que: los estadounidenses son los cristianos más devotos de todos los países industrializados del mundo. Seis de cada diez…, dicen que la fe participa en todos los aspectos de su vida. Un 58%..., reza al menos una vez al día y casi la mitad asiste a oficios religiosos una vez por semana.”

“Más de una tercera parte… creen que cada frase de la Biblia es la verdadera palabra de Dios y no simplemente una interpretación inspirada o historias inventadas.”

El 93%..., tiene una Biblia; El 45% …, cree que Dios creó al ser humano hace 10.000 años. Un 56% considera que creacionismo y evolución deberían ser impartidos en las escuelas. Un 65% cree en el demonio; un 82%, en el paraíso, y un 40% piensa que el mundo acabará en una batalla apocalíptica entre Jesús y el Anticristo.

6 de cada 10…, afirman que la religión es muy importante en su vida, (en tanto) en los países europeos, la religión apenas es un hecho en la vida cotidiana de la gente. En Alemania, sólo un 21% dice que la religión es muy importante para ellos,  mientras que el porcentaje en Gran Bretaña cae a un 16%; en Francia, a un 14%, y en la República Checa, a un 11%. En Suecia y Dinamarca, las cifras son incluso inferiores, por debajo del 10%.

Un cable de la agencia católica ACI, del 27 de junio, señala que -Según informa NewsMax.com, en la encuesta realizada entre mil 44 doctores en todo el país, el 76%  de galenos afirmó creer en Dios, el 59 por ciento dijo creer en algún tipo de vida después de la muerte y el 55 por ciento indicó que sus creencias religiosas influyen en la práctica de su profesión.

"Nos sorprendió saber que los médicos son personas religiosas”, declaró el Dr. Farr Curlin, investigador del Centro de Ética Médica Mac Lean de la University of Chicago.

El estudio esta basado en un cuestionario de preguntas y respuestas de 2003, aparecerá en la siguiente edición del Journal of General Internal Medicine.

En nuestro país, no tenemos datos duros sobre la religiosidad, los datos oficiales no son tan certeros como quisiéramos, un sólo ejemplo, una investigación académica señala que los miembros de la iglesia La Luz de Mundo son un millón y medio de fieles y el INEGI afirma tener registradas a sólo 75 mil.



[1] Analista político.  
[2] Al hablar de Iglesia se da como un hecho que nos referimos a la católica, hasta la Reforma juarista que fue cuando se abre la puerta a la llegada de otras creencias.
[3] Rubén Ruiz Guerra en Hombres Nuevos; Metodismo y Modernización en México (1873-1930),  1992, ED Cupsa, señala citando a William Butler, quien sostenía en 1889 que gracias a la Reforma juarista se había “establecido una constitución liberal que incluye todas las garantías de libertad que nosotros los anglosajones contemplamos como fundamentales…” El mismo Rubén en otro texto – Secuencia N0 3, Septiembre-Diciembre de 1985, del Instituto Mora, señala que “con el inicio de la vida independiente, los mexicanos conocieron el trabajo de representantes de las sociedades bíblicas inglesa y norteamericana. Durante la guerra del cuarenta y siete, los soldados y capellanes del ejército invasor repartieron biblias y porciones de las Escrituras. En la década de los cincuenta decimonónico, misioneros norteamericanos independientes cruzaron la frontera y llegaron tan lejos como Zacatecas, predicando su particular forma de creencia religiosa”.

[4] El Modus Vivendi es un arreglo que se da en partes en conflicto. En el caso mexicano el 21 de junio de 1929 se concretaron los acuerdos que oficialmente daban fin al conflicto religioso. Dice Roberto Blancarte en La Historia de la Iglesia Católica en México; Ed FCE- El colegio Mexiquense, 1992, que el término ha sido empleado de forma discriminada para designar la relación entre Iglesia y Estado en México desde 1929, o desde 1940. Fue quizá utilizado por vez primera, para el caso mexicano, por Pio XI, en su carta pastoral Acerva animi , donde se quejaba del incumplimiento por parte del gobierno mexicano de los “arreglos” de 1929.

[5] Con la excepción quizás del presidente Manual Ávila Camacho, quien se declaro creyente, todos los demás presidentes se declaraban No Creyentes; el caso reciente fue del presidente Vicente Fox, quien rompió la regla al acudir abiertamente a un servicio religioso. De hecho este gobierno publica la reglamentación de la ley reglamentaria para que los funcionarios pudieran acudir a un servicio religioso sin violar la ley
[6] El escrito llevaba la adhesión de todos los miembros de la CEM, incluyendo la Eparquía Greco-Melquita, Nuestra Señora del Paraíso en México, las prelaturas territoriales de Chetumal, El Salto, Huautla, Jesús María (El Nayar), Madera, Mixes, Nuevo casas Grande, el Vicariato Apostólica de la Tarahumara, La Prelatura  de la Santa Cruz y Opus Dei, y la Conferencia de Superiores Mayores de Religiones en México.

[7] El texto no tiene desperdicio..
[8] Parte de la entrevista esta en el número especial de la revista Eslabones: Diversidad Religiosa, publicado por la Sociedad de Estudios Regionales, Instituto de Investigaciones Sociales-UNAM, 1997.

[9]   Los primeros años la mayoría de los obispos del país que conforman la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) aceptaban sin ningún problema la tesis de la confusión, sin embargo, con el paso del tiempo, el sucesor de Posadas, monseñor Sandoval Iñiguez, logró poner en duda las conclusiones oficiales, y poco a poco, una minoría de obispos primero, y otros después comenzaron a creer en las supuestas pruebas del complot. Fue cuando en la PGR se formó el famoso “grupo interinstitucional” para la investigación del caso, por cierto,  bajo una dudosa figura jurídica en la que la propia institución ministerial aceptaba involucrar a la CEM en el caso.

[10] Con acusaciones directas de ese tipo dio principio la campaña contra la Compañía de Jesús. La primera acción correspondió a los periódicos Summa y Ovaciones que aseguraban haber descubierto la identidad del subcomandante Marcos en la persona de el sacerdote jesuita, Jerónimo Hernández y posteriormente de Eugenio Maurer.).

[11] Los sacerdotes Alberto Barón Gultein, Rodolfo Izal Elorz y Loren Riebe Estrella, de nacionalidad argentina, española, y estadunidense, respectivamente fueron expulsados del país por diversos actos como la promoción de invasiones de tierra, hostigamiento físico y amenazas de despojo a vecinos de la zona.

[12] LLamó la atención el tono crítico, inusual entonces en  la jerarquía católica, que se hizo al modelo económico neoliberal, al subrayar sus consecuencias y pedir directamente un cambio de rumbo. En lo político el prelado también con la misma energía demanda modificaciones.

Considerado en un primer momento, como perteneciente a una corriente ortodoxa de la iglesia, el arzobispo sorprendió y adoptó un discurso ya utilizado por el ala más progresista de la Conferencia Episcopal Latinoamericana (Celam)  y de la misma CEM.. Con este discurso el primado pretendió asumir el papel de dirigente real de la Iglesia Católica  quitándole el espacio a Mons. Sergio Obeso, presidente de la CEM.

[13] La relación de la dirigencia de la CEM con el gobierno siempre ha sido cordial y jamás de subordinación. Ese ha sido el papel que han tenido Don Adolfo Suárez Rivera, arzobispo de Monterrey, (1988-1994); Don Sergio Obeso Rivera, arzobispo de Xalapa, (1994-1997); y Don Luis Morales Reyes ––al ser elegido en 1997 era obispo de Torreón, después se le nombró arzobispo de San Luis Potosí- (1997-2003).

[14] Lo curioso, es que la comisión esta presidida por el controvertido legislador Fernando Guzmán Pérez Peláez del Partido Acción Nacional; hasta hoy no hay ningún resultado fuera de los conocidos. Un integrante de la Comisión me comentó que la Comisión se formó con motivo de la posible quinta visita papal a Guadalajara en octubre del 2004

[15] El País, 1 de junio del 2005, A Dios rogando /MARIO VARGAS LLOSA, y EL PAÍS 3 de junio 2005; Dónde encaja Jesús?/JEREMY RIFKIN, autor de El sueño europeo: cómo la visión europea del futuro está eclipsando el sueño americano (Ediciones Paidós, septiembre de 2004).  

Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos
Titulo Primero
Capítulo 1 de las garantías individuales.
ARTICULO 1o....,
QUEDA PROHIBIDA TODA DISCRIMINACION MOTIVADA POR ORIGEN ETNICO O NACIONAL, EL GENERO, LA EDAD, LAS DISCAPACIDADES, LA CONDICION SOCIAL, LAS CONDICIONES DE SALUD, LA RELIGION, LAS OPINIONES, LAS PREFERENCIAS, EL ESTADO CIVIL O CUALQUIER OTRA QUE ATENTE CONTRA LA DIGNIDAD HUMANA Y TENGA POR OBJETO ANULAR O MENOSCABAR LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LAS PERSONAS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 04 DE DICIEMBRE DEL 2006)
TITULO SEPTIMO PREVENCIONES GENERALES

ARTICULO 130. EL PRINCIPIO HISTORICO DE LA SEPARACION DEL ESTADO Y LAS IGLESIAS ORIENTA LAS NORMAS CONTENIDAS EN EL PRESENTE ARTICULO. LAS IGLESIAS Y DEMAS AGRUPACIONES RELIGIOSAS SE SUJETARAN A LA LEY. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
CORRESPONDE EXCLUSIVAMENTE AL CONGRESO DE LA UNION LEGISLAR EN MATERIA DE CULTO PUBLICO Y DE IGLESIAS Y AGRUPACIONES RELIGIOSAS. LA LEY REGLAMENTARIA RESPECTIVA, QUE SERA DE ORDEN PUBLICO, DESARROLLARA Y CONCRETARA LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES: (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
A) LAS IGLESIAS Y LAS AGRUPACIONES RELIGIOSAS TENDRAN PERSONALIDAD JURIDICA COMO ASOCIACIONES RELIGIOSAS UNA VEZ QUE OBTENGAN SU CORRESPONDIENTE REGISTRO. LA LEY REGULARA DICHAS ASOCIACIONES Y DETERMINARA LAS CONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL REGISTRO CONSTITUTIVO DE LAS MISMAS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
B) LAS AUTORIDADES NO INTERVENDRAN EN LA VIDA INTERNA DE LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS; (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
C) LOS MEXICANOS PODRAN EJERCER EL MINISTERIO DE CUALQUIER CULTO. LOS MEXICANOS ASI COMO LOS EXTRANJEROS DEBERAN, PARA ELLO, SATISFACER LOS REQUISITOS QUE SEÑALE LA LEY; (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
D) EN LOS TERMINOS DE LA LEY REGLAMENTARIA, LOS MINISTROS DE CULTOS NO PODRAN DESEMPEÑAR CARGOS PUBLICOS. COMO CIUDADANOS TENDRAN DERECHO A VOTAR, PERO NO A SER VOTADOS. QUIENES HUBIEREN DEJADO DE SER MINISTROS DE CULTOS CON LA ANTICIPACION Y EN LA FORMA QUE ESTABLEZCA LA LEY, PODRAN SER VOTADOS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
E) LOS MINISTROS NO PODRAN ASOCIARSE CON FINES POLITICOS NI REALIZAR PROSELITISMO A FAVOR O EN CONTRA DE CANDIDATO, PARTIDO O ASOCIACION POLITICA ALGUNA. TAMPOCO PODRAN EN REUNION PUBLICA, EN ACTOS DEL CULTO O DE PROPAGANDA RELIGIOSA, NI EN PUBLICACIONES DE CARACTER RELIGIOSO, OPONERSE A LAS LEYES DEL PAIS O A SUS INSTITUCIONES, NI AGRAVIAR, DE CUALQUIER FORMA, LOS SIMBOLOS PATRIOS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDA LA FORMACION DE TODA CLASE DE AGRUPACIONES POLITICAS CUYO TITULO TENGA ALGUNA PALABRA O INDICACION CUALQUIERA QUE LA RELACIONE CON ALGUNA CONFESION RELIGIOSA. NO PODRAN CELEBRARSE EN LOS TEMPLOS REUNIONES DE CARACTER POLITICO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
LA SIMPLE PROMESA DE DECIR VERDAD Y DE CUMPLIR LAS OBLIGACIONES QUE SE CONTRAEN, SUJETA AL QUE LA HACE, EN CASO DE QUE FALTARE A ELLA, A LAS PENAS QUE CON TAL MOTIVO ESTABLECE LA LEY. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
LOS MINISTROS DE CULTOS, SUS ASCENDIENTES, DESCENDIENTES, HERMANOS Y CONYUGES, ASI COMO LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS A QUE AQUELLOS PERTENEZCAN, SERAN INCAPACES PARA HEREDAR POR TESTAMENTO, DE LAS PERSONAS A QUIENES LOS PROPIOS MINISTROS HAYAN DIRIGIDO O AUXILIADO ESPIRITUALMENTE Y NO TENGAN PARENTESCO DENTRO DEL CUARTO GRADO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
LOS ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS SON DE LA EXCLUSIVA COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS LEYES, Y TENDRAN LA FUERZA Y VALIDEZ QUE LAS MISMAS LES ATRIBUYAN. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
LAS AUTORIDADES FEDERALES, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS TENDRAN EN ESTA MATERIA LAS FACULTADES Y RESPONSABILIDADES QUE DETERMINE LA LEY. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)

LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICOTITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1o.- La presente ley, fundada en el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, así como en la libertad de creencias religiosas, es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público. Sus normas son de orden público y de observancia general en el territorio nacional.
Las convicciones religiosas no eximen en ningún caso del cumplimiento de las leyes del país.
Nadie podrá alegar motivos religiosos para evadir las responsabilidades y obligaciones prescritas en las leyes.ARTICULO 2o.- El Estado Mexicano garantiza en favor del individuo, los siguientes derechos y libertades en materia religiosa:
a) Tener o adoptar la creencia religiosa que más le agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos de su preferencia.
b) No profesar creencias religiosas, abstenerse de practicar actos y ritos religiosos y no pertenecer a una asociación religiosa.
c) No ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas, ni ser obligado a declarar sobre las mismas.No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad, salvo en los casos previstos en éste y los demás ordenamientos aplicables.
d) No ser obligado a prestar servicios personales ni a contribuir con dinero o en especie al sostenimiento de una asociación, iglesia o cualquier otra agrupación religiosa, ni a participar o contribuir de la misma manera en ritos, ceremonias, festividades, servicios o actos de culto religioso.
e) No ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa por la manifestación de ideas religiosas; y,
f) Asociarse o reunirse pacíficamente con fines religiosos.
ARTICULO 3o.- El Estado mexicano es laico. El mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, conservación del orden y la moral públicos y la tutela de derechos de terceros.
El Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa.
Los documentos oficiales de identificación no contendrán mención sobre las creencias religiosas del individuo.
De las infracciones y sancionesARTICULO 29.- Constituyen infracciones a la presente ley, por parte de los sujetos a que la misma se refiere:
I. Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos;
II. Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo;
III. Adquirir, poseer o administrar las asociaciones religiosas, por sí o por interpósita persona, bienes y derechos que no sean, exclusivamente, los indispensables para su objeto, así como concesiones de la naturaleza que fuesen;
IV. Promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos;
V. Ejercer violencia física o presión moral, mediante agresiones o amenazas, para el logro o realización de sus objetivos;
VI. Ostentarse como asociación religiosa cuando se carezca del registro constitutivo otorgado por la Secretaría de Gobernación;
VII. Destinar los bienes que las asociaciones adquieran por cualquier título, a un fin distinto del previsto en la declaratoria de procedencia correspondiente;
VIII. Desviar de tal manera los fines de las asociaciones que éstas pierdan o menoscaben gravemente su naturaleza religiosa;
IX. Convertir un acto religioso en reunión de carácter político;X. Oponerse a las Leyes del País o a sus instituciones en reuniones públicas;
XI. Realizar actos o permitir aquellos que atenten contra la integridad, salvaguarda y preservación de los bienes que componen el patrimonio cultural del país, y que están en uso de las iglesias, agrupaciones o asociaciones religiosas, así como omitir las acciones que sean necesarias para lograr que dichos bienes sean preservados en su integridad y valor; y,
XII. Las demás que se establecen en la presente ley y otros ordenamientos aplicables.

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