1 dic 2011

Unidad de Implementación de las Reformas Penal,, de Juicio de Amparo..

A propuesta de don Juan Silva Meza, presidente de la SCJN y del CJF se creó -más bien se transformó la Coordinación General de Asesores de la Presidencia-, una Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos del Poder Judicial de la Federación, que se encargará de coordinar todos los esfuerzos y proyectos encaminados a la implementación de dichas reformas.
Este viernes 1 de diciembre de 2011 se publicó el Acuerdo en el DOF:
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE MODIFICA LA DENOMINACION DEL CAPITULO VIII Y REFORMA LOS ARTICULOS 143 BIS Y 143 TER DEL ACUERDO GENERAL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, POR EL QUE SE TRANSFORMA LA COORDINACION GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA, EN LA UNIDAD DE IMPLEMENTACION DE LAS REFORMAS PENAL, DE JUICIO DE AMPARO Y DERECHOS HUMANOS EN EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo y sexto; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina, carrera judicial, transparencia y creación de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica y de gestión, para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El inicio de la Décima Epoca en el Semanario Judicial de la Federación, tiene como antecedente la aprobación por el Poder Reformador de la Constitución de tres grandes reformas: 1. La Reforma Penal, publicada el 18 de junio de 2008; 2. La Reforma del Juicio de Amparo, publicada el 6 de Junio de 2011; y, 3. La Reforma de Derechos Humanos, publicada el 10 de junio de 2011.
Como todos los grandes cambios en los sistemas jurídicos, la aprobación de estas tres reformas constitucionales representa, por un lado, la oportunidad de mejorar la impartición de justicia en México, y a la vez, implica un gran reto institucional, por el cúmulo de cambios culturales, organizacionales y normativos que es necesario instrumentar, para garantizar su adecuado cumplimiento, en los plazos constitucionalmente previstos;
TERCERO. Atento a la transcendencia de estas tres grandes reformas constitucionales y al impacto que tienen en la organización y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó en sesión de 31 de agosto de 2011, conformar un grupo de trabajo interdisciplinario integrado por los titulares de la Secretaría General de la Presidencia; de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos; del Instituto de la Judicatura Federal, de la Dirección General de Estadística Judicial; y de la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, a efecto de que elaboren un plan estratégico de implementación de la Reforma Penal en el Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. Posteriormente, este propio Pleno del Consejo, en sesiones de 26 de octubre y 9 de noviembre de 2011, aprobó la propuesta de programas y acciones para la Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, con base en los siguientes 8 ejes: 1. Planeación y Prospectiva; 2. Capacitación; 3. Difusión; 4. Estudios y Proyectos Normativos; 5. Reorganización Institucional; 6. Infraestructura y Equipamiento Tecnológico; 7. Programación y Presupuesto; y, 8. Evaluación y Seguimiento; asimismo, respecto a la integración del grupo de trabajo para administrar este proceso de cambio, acordó que además de los titulares de la Secretaría General de la Presidencia; de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos; del Instituto de la Judicatura Federal, de la Dirección General de Estadística Judicial; y de la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, estuviera conformado por un secretario de cada una de las ponencias de los señores Consejeros de la Judicatura.
La aprobación de esta propuesta de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos, por parte del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por la que se adopta una
metodología de implementación con base en 8 ejes y se constituye un grupo de trabajo interdisciplinario, representa un avance significativo en la administración del proceso de cambio en el Poder Judicial de la Federación, toda vez que ello, permitirá que la instrumentación de la reformas constitucionales, se realice de una manera integral, interdisciplinaria y técnica;
QUINTO. No obstante los avances anteriores, en los inicios de la Décima Epoca, en los que convergen tres grandes cambios constitucionales que impactan considerablemente en la organización y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación, se vuelve necesario que el Consejo de la Judicatura Federal, como órgano constitucional encargado de la administración, vigilancia, disciplina, carrera judicial, transparencia y creación de nuevos juzgados de Distrito y tribunales de Circuito, cuente con una unidad administrativa encargada del estudio, análisis y propuesta del diseño, planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, en coordinación con los diversos órganos auxiliares y áreas administrativas del propio Consejo de la Judicatura involucradas en estos procesos de cambio; así como facilite la relación interinstitucional con las instancias relacionadas del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo Federal, y con las entidades federativas y el Distrito Federal;
SEXTO. Por tanto se considera que una manera de administrar de forma más eficiente y estratégica el proceso de cambio que implican estas reformas para el Consejo de la Judicatura Federal, sin necesidad de requerir recursos humanos o presupuestales adicionales, es mediante la transformación de la Coordinación General de Asesores de la Presidencia, en la Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos del Poder Judicial de la Federación, tomando en cuenta los diversos programas y acciones que es necesario instrumentar para lograr el debido cumplimiento de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación.
Así, la creación de la Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, se ajustará a los criterios de racionalidad del gasto y austeridad presupuestal, toda vez que su instauración no implicará la creación de plazas o impacto en el Presupuesto de Egresos autorizado a este Consejo de la Judicatura Federal, ya que su funcionamiento se realizará con la estructura orgánica y plantilla de personal previamente autorizada a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia, conservando los niveles tabulares del titular y los demás servidores públicos que la integran.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos constitucionales y legales antes invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO. Se modifica la denominación del Capítulo VIII y reforman los artículos 143 Bis y 143 Ter del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, por los que se transforma la Coordinación General de Asesores de la Presidencia, en la Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:
"Capítulo VIII
De la Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el
Poder Judicial de la Federación
Artículo 143 Bis.- La Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, es el área administrativa dependiente de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, encargada del estudio, análisis y propuesta del diseño, planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación; así como de la coordinación de los diversos órganos auxiliares y áreas administrativas del propio Consejo de la Judicatura involucradas en estos procesos de cambio; la relación interinstitucional con las instancias de coordinación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo Federal, y con las entidades federativas y el Distrito Federal.


Artículo 143 Ter.- El titular de la Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, tendrá las siguientes atribuciones:
I.     Brindar el apoyo y asesoría técnica que requiera el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, el Ministro Presidente y los Consejeros, con motivo de la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación;
II.     Coordinar, elaborar y presentar de manera conjunta, con los órganos auxiliares y áreas administrativas responsables, los estudios, análisis y propuestas de diseño, planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación;
III.    Coadyuvar y apoyar a los órganos auxiliares y áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, para el debido cumplimiento de los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación;
IV.   Evaluar y dar seguimiento a los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación;
V.    Solicitar a los órganos auxiliares y diversas áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, la información institucional que requiera con motivo de la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación;
VI.   Coordinar acciones en materia de implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, con la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
VII.   Coordinar acciones en materia de implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, con las diversas instancias relacionadas del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo Federal, y con las entidades federativas y el Distrito Federal; y
VIII.  Las demás que le confieran el Pleno, el Ministro Presidente y los Consejeros."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor al momento de su aprobación.
La Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, iniciará funciones el uno de diciembre de dos mil once.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en las páginas de Internet e Intranet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica la denominación del capítulo VIII y reforma los artículos 142 Bis y 143 Ter del Acuerdo General que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, por el que se transforma la Coordinación General de Asesores de la Presidencia, en la Unidad de implementación de las reformas penal, de juicio de amparo y derechos humanos en el Poder Judicial de la Federación, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintitrés de noviembre de dos mil once, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito
Federal, a veintitrés de noviembre de dos mil once.- Conste.- Rúbrica.

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