7 ago 2012

La lista negra de OFAC ¿qué significa?

La lista negra de OFAC, ahora familiares de El Azul en "la mira"/FA
¿Qué significa?
¡Solo balconeo mediático!
Publicado en Código Topo de Excélsior, 6 de agosto de 2012

Bienes de nueve empresas y de 10 personas vinculados a Juan José Esparragoza Moreno alias “El Azul”, incluyendo seis familiares, fueron prácticamente congelados en EU, el martes 24 de julio por la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro norteamericano .
Adam J. Szubin, director OFAC anticipo una fuerte ofensiva contra la estructura financiera de “El Azul”, por cuya captura Washington ofrece una recompensa de cinco millones de dólares; “mientras otros narcotraficantes mexicanos han obtenido, y en algunos casos buscado, más atención, Esparragoza Moreno ha deliberadamente mantenido un perfil bajo con la esperanza de evitar el escrutinio mientras aumenta su influencia y sus ganancias ilícitas,” dijo Szubin. Agregó que dicha acción “pone en enfoque al padrino del narcotráfico mexicano le guste o no. Toda su red empresarial creada a base de ganancias ilícitas por la venta de drogas está en nuestra mira”, dijo.
De acuerdo con la información difundida por OFAC, entre los 10 individuos señalados, seis son familiares de“El Azul”; María Guadalupe Gastélum Payán, es “una de las esposas” y propietaria de bienes raíces en Tlajomulco de Zúñiga, un pueblo cerca de Guadalajara, Jalisco; sus cuatro hijos, Brenda Guadalupe, Cristián Iván, Juan Ignacio, y Nadia Patricia Esparragoza Gastélum- son propietarios y operadores de las empresas Grupo Cinjab, S.A. de C.V., y Grupo Impergoza, S.A. de C.V., que administran los mencionados bienes raíces, donde desarrollaron una comunidad residencial llamada Provenza Residencial y un centro comercial llamado Provenza Center. Adicionalmente, Grupo Impergoza, S.A. de C.V., el cual también administra el parque industrial La Tijera.
http://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/Documents/20120724_esparragoza_moreno_co.pdf
http://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/Documents/20120724_esparragoza_moreno_org.pdf
Otro de los designados es Juvencio Ignacio González Parada, quien desempeña una función clave en Grupo Cinjab, S.A. de C.V., y Grupo Impergoza, S.A. de C.V. Mientras Ofelia Monzón Araujo, otra esposa de Esparragoza Moreno quien, junto con otros tres personas designados– Elvira Araujo Monzón, Ulises Guzmán Ochoa, y Martín Humberto Ponce Félix – son propietarios y/o controlan siete gasolineras ubicadas en Culiacán, Sinaloa. Propiedad de El Azul a saber: Buenos Aires Servicios, S.A. de C.V., Estaciones de Servicios Canarias, S.A. de C.V., Gasodiesel y Servicios Ancona, S.A. de C.V., Gasolinera Alamos Country, S.A. de C.V., Gasolinera y Servicios Villabonita, S.A. de C.V., Petrobarrancos, S.A. de C.V., and Servicios Chulavista, S.A. de C.V.
Esparragoza y el Cártel de Sinaloa son considerados narcotraficantes extranjeros significativos conforme a la Ley Kingpin desde 2003 y 2009, respectivamente. “El Azul” está acusado desde 2003 por cargos de narcotráfico por un tribunal de Distrito en el Oeste de Texas, por lo que es buscado en los EU y en México: incluso el programa de recompensas del Departamento de Estado norteamericano ofrece una recompensa de 5 millones de dólares por información que conduzca su arresto; las autoridades mexicanas ofrecen 30 millones de pesos.
Consecuencias de la lista negra:
La lista dada a conocer por Adam J. Szubin, el martes 24 de julio está fundada en la Kingpin Act. también denominada Ley de Designación de Cabecillas de Narcóticos Extranjeros (Foreign Narcotics Kingpin Designation Act) misma que fue signada, por el Presidente Bill Clinton el 3 de diciembre de 1999, conocida también como HR. 3164. Fue redactada con el objetivo de negar a los principales narcotraficantes extranjeros el acceso al sistema financiero estadounidense y a los beneficios de comercializar y realizar transacciones con empresas y personas estadounidenses. La ley se aplica desde el año 2000,
Cuando la OFAC determina-como es el caso de El Azul y su entorno- los nombres de empresas o ciudadanos vinculados a actividades delictiva inmediato le son congelados todas sus propiedades bajo jurisdicción estadounidense; además que se prohíbe a todo ciudadano norteamericano, bajo sanciones severas a efectuar cualquier transacción comercial con ellos.
Y aunque en la designación en la lista no implica necesariamente un proceso judicial contra los afectados, debido a que la disposición norteamericana no tiene efectos vinculantes con México, sin embargo, las empresas e individuos que entran en la lista están prácticamente aniquilados, y es que, a partir de la publicación oficial, los bancos ( y mas con los hechos recientes encontrados en HSBC) dificultan el acceso al crédito e incluso los ciudadanos señalados pierden su visa - si la tuvieran- a EU.
Y claro, para estar en la lista negra no es una simple ocurrencia de la OFAC, sino que supone un intenso trabajo de inteligencia, aunque no se descarta que pudieran equivocarse y castigar a inocentes. Dice un texto que se encontraba hace años en la página de Internet de la Embajada de los EU en México –preguntas más frecuentes- que la OFAC:“Hasta la fecha, no se ha incluido en las designaciones a ninguna compañía inocente, y no tenemos razón para esperar que nos equivoquemos al respecto.”Pero si se han equivocado.
Para incluir a empresas y ciudadanos extranjeros se requiere que se cruce información con las 16 agencias de inteligencia norteamericanas (CIA, NSA,FBI, DEA, etcétera).
Para que la Ley funcione se requiere que el presidente de EU envíe un informe al Congreso incluyendo la lista de ciudadanos extranjeros que ha identificado como principales narcotraficantes, aunque en todo momento la Casa Blanca puede añadir a la lista en cualquier momento los nombres que considere apropiados.
Ahora bien, basada en esa lista, la OFAC, elabora una lista amplia, la cual incluye a compañías que pertenecen o son controladas por narcotraficantes; a personas o empresas que actúan por o en nombre de un narcotraficante; que prestan asistencia, proveen apoyo financiero o tecnológico, o que proporcionan bienes o servicios apoyando actividades de narcotráfico de una persona designada.
La propiedad o el control de las compañías pueden determinarse en parte por factores tales como accionistas que tienen control, miembros de consejo, socios comerciales y funcionarios de las compañías, pero no se limita únicamente a estos factores.
Y en caso de que se viole la Ley se pueden aplicar sanciones penales de hasta 10 años de prisión a los individuos, y multas de hasta 10 millones de dólares a las entidades, al igual que un máximo de 30 años de prisión y /o una multa de 5 millones de dólares a los oficiales, directores o agentes de entidades que, a sabiendas, participan en las violaciones.
La Ley provee también sanciones civiles de hasta 1 millón de dólares.
En la lista OFAC están desde hace años muchas organizaciones delictivas, incluyéndolas los carteles mexicanos - El cártel de Sinaloa, Los Zetas y la Familia Michoacana, y un largo etetera- pero por algún motivo- quizá la falta de una sólida legislación- la lista OFAC no tienen efecto vinculante como si lo tienen en otros países, por ejemplo, en Colombia.
El que alguien, como es el caso de los familiares de El Azul, estén en la lista negra de OFAC no dice mucho, más allá del balconeo mediático, normalmente todos los medios impresos y electrónicos difundieron la noticia.
Insisto hay muchas personas y empresas que están ahí desde hace años y no ha pasado nada.
Siempre hemos dicho que al crimen organizado se le debe pegar donde más le duele: en el bolsillo. Si no se ataca por ahí, todas las acciones que se hagan -serán bienvenidas- pero no tendrán mucho éxito.
¡Hay que decirlo como es!
Nos falta una ley contra el lavado de activos. La pelota la tiene en su cancha desde hace casi dos años el Poder Legislativo. El proyecto de Ley quedó simplemente atorado en el pasado periodo ordinario de sesiones.
El Presidente de la República envió al Senado la iniciativa para expedir la ley federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el 26 de agosto de 2010. Ocho meses después —el 28 de abril de 2011—, el Senado aprobó un dictamen, que turnó a La colegisladora, o sea la Cámara de Diputados; ésta lo aprobó en lo general, el 30 de abril de 2012, pero la minuta fue enviada al Senado con cambios, que ya no pudieron ser procesados por falta de tiempo o de ganas quizás.
Tendría que haber un periodo extraordinario de sesiones para aprobarla, la cual se mira difícil. Pero eso sí, podría salir durante las primeras sesiones de la LXII Legislatura.
El proyecto de ley crea la Unidad Especializada de Análisis Financiero contra la delincuencia organizada como órgano especializado en análisis contable de la PG y obliga a notarios públicos, corredores, fedatarios públicos y abogados, así como grupos de profesionales de reportar a la autoridad correspondiente operaciones sospechosas de lavado de dinero ante un colegio, siempre que no vulnere su derecho al secreto profesional.
Asimismo está pendiente de aprobarse las reformas a la Ley de Extinción de Dominio. La lógica apuntaba que la Ley saldría sin problemas en el pasado periodo ordinario de sesiones, pero algo paso en las comisiones legislativas de Justicia y De Estudios Legislativos, Primera del Senado de la República; Simplemente no presentaron dictamen y no fue por falta de tiempo. Nos deben la respuesta.
(Véase La Ley de Extinción de Dominio, pendiente/Fred Álvarez
Publicado en “Código Topo”,lunes 7 de mayo de 2012, págs.- 38-42.)
La primera Ley de Extinción de Dominio, aprobada después de un largo proceso legislativo y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009 simplemente no funciono.
Se esperaban grandes resultados. Y éstos ¡nunca llegaron! En todo ese tiempo la Ley sólo sirvió para ganar 8 procedimientos de extinción de dominio. Nada significativo. Mientras que en Colombia y Guatemala se efectuaron en ese tiempo más de 2,700 procesos de extinción de dominio (nota del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados del 24 de junio de 2012).
Las enormes ganancias del crimen organizado obligan a diseñar distintos mecanismos, algunos de ellos son leyes anti lavado de dinero y de extinción de dominio que debiliten su poderío económico,
El crimen organizado es poderoso por los recursos que controla. No hay una cifra precisa de los que se maneja, PERO según datos proporcionados por la Casa Blanca, la delincuencia organizada obtiene ganancias anuales de entre 1.3 y 3.3 billones de dólares (entre dos y cinco por ciento del PIB mundial) sólo por lavado de dinero, entre 750 mil y 1 billón de dólares por narcotráfico y 500 mil millones por productos falsificados.
No hay que tenerlos sólo “en la mira” como dice Adam J. Szubin sino realmente pegarles donde más les duela. y eso puede hacerse con una buena legislación y con instituciones sólidas e incorruptibles; no la veo de otra forma.
http://www.excelsior.com.mx/PlugIn/flipbook/index.php?suplemento=Codigo_topo


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