Eran las 14:20 horas del miércoles 18 de marzo de 2015 cuando por mayoría de votos -cuatro a uno- el pleno de la primera sala de la Corte concedió un amparo liso y ordenó la inmediata libertad de Alfonso Martín del Campo Dodd, recluido en un penal de Pachuca, Hidalgo, y sentenciado a 50 años de prisión por el asesinato de su hermana y su cuñado, ocurrido en 1992.
La resolución del alto tribunal es irrevocable y lo declaró inocente de todo cargo y por tanto, tiene derecho a solicitar la reparación del daño.
El único voto en contra fue del ministro ponente Jorge Pardo Rebolledo, la mayoría integrada por Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, consideraron que el acusado fue torturado y que la única prueba en su contra fue la confesión arrancada por este medio, lo cual fue violatorio de sus derechos humanos.
Horas más tarde, Alfonso recobraba su libertad después de 23 años de permanecer preso.
El Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal indica que el reconocimiento de inocencia debe otorgarse “cuando la sentencia se base de manera fundamental en una confesión obtenida mediante tortura”.
La SCJN emitió un escueto comunicado que dice que para la decisión se tomaron en consideración los siguientes elementos: “La resolución en el procedimiento administrativo de responsabilidad QC/0011/FEB-94 del 14 de octubre de 1994 donde se determinó que un agente de policía era responsable por la detención arbitraria, incomunicación y tortura de Alfonso Martín del Campo Dodd, el dictamen médico psicológico conforme al Protocolo de Estambul del 27 de septiembre de 2002, los Informes No. 63/02, 33/09 y 117/09 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 22 de octubre de 2002, 20 de marzo de 2009 y 12 de noviembre de 2009, la recomendación 13/2002 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de 26 de diciembre de 2002, la opinión No. 9/2005 del grupo de trabajo sobre la detención arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas del 25 de mayo de 2005, el punto de acuerdo del 9 de marzo de 2006 del Senado de la República y el punto de acuerdo del 28 de abril de 2006 emitido por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”.
La reacción inmediata en la sala de Corte fue de una amiga de María Fernanda que se levantó con una pancarta y empezó a gritar que la hija vio cuando mataron a sus padres.
María Fernanda reconoció que la votación de los ministros fue muy dura y triste: “Estamos muy conmocionados de darnos cuenta de que la justicia en México no existe y los funcionarios hacen lo que quieren y que con un claro conflicto de intereses suelten a un asesino”.
Un día después la organización Alto al Secuestro, presidida por Isabel Miranda de Wallace convocó a conferencia de prensa. De inmediato repudió la liberación de Alfonso. El doctor Samuel González Ruiz, abogado de las “otras víctimas” –de Brenda, María Fernanda y Tamara Zamudio Martín del Campo víctimas supervivientes del homicidio de sus padres, afirmó que según el expediente, el detenido es responsable del delito y el Estado mexicano identificó que no existió tortura. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la primera sala, algunos de sus ministros el día de ayer dieron una resolución que desde nuestro punto de vista es aberrante”, expuso. (Nota de Arcelia Maya de Reforma, 19 de marzo)
Y agregó que “pese a que les probamos, con todos los elementos que ustedes van a ver aquí, pruebas, pruebas y pruebas que no fue torturado y es el responsable del delito, ayer, para nosotros de manera increíble, le dieron un amparo liso y llano que lo liberó”, expuso.
Samuel mostró fotografías en las que no se ven señas físicas de tortura, pero en el expediente está la declaración del detenido que afirma haber sido torturado.
Para la organización Alto al Secuestro, la liberación de Alfonso es similar al de Florence Cassez, donde la acusada argumentó fallas al debido proceso, pero se le comprobó que estuvo en el lugar y el tiempo donde se cometió el delito.
Miranda de Wallace reiteró que la tortura no fue comprobada. "Este es el documento al que se refiere el doctor (Samuel González) que está en la Corte Interamericana y en la Comisión en los que claramente todos los peritos concluyeron que no hubo tortura".
Sin embargo, Martín del Campo manifestó una y otra vez que era inocente. “…Se me acusa falsamente de haber matado a mi hermana y mi cuñado. La única prueba que existe en mi contra es una confesión arrancada bajo tortura. La CIDH, la ONU y la CDHDF han demostrado que se me torturó para que confesara la comisión de dichos homicidios….” , se podía leer en una página web.
Le he dado seguimiento a este tema en La Silla Rota, por considerarlo paradigmático.
La verdad es que coincidimos con la Sra. Wallace que hay cosas muy similares al caso de Florence Cazzez Crepin. Los grandes árbitros no entraron a fondo en el tema.
Por lo que no sabemos bien a bien si e Alfonso Martin del Campo es inocente o no. Lo que los ministros determinaron que la prueba con la que fue culpado por el Ministerio y los jueces es nula, ya que hubo tortura. Punto.
De hecho hubo un largo proceso penal para llegar a esas conclusiones.
Antes de llegar a la Corte el asunto recorrió un largo trecho a saber; policías, ministerios públicos, jueces, magistrados, tribunales de circuito, Comisionados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos –con sede en Costa Rica- hasta llegar el caso el 6 de noviembre de 2013 a la Primera Sala de la SCJN.
Un comunicado oficial señala:
“La Primera Sala de la SCJN resolvió, bajo la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, que el Máximo Tribunal debía ejercer su facultad de atracción para conocer del caso de Alfonso Martín del Campo Dodd. Por considerarlo de “una especial relevancia en el ámbito nacional, en razón de que se trata de un asunto paradigmático que ha sido utilizado en repetidas ocasiones, tanto a nivel nacional como internacional, para ejemplificar las nocivas prácticas de detención arbitraria y tortura que continúan realizando en nuestro país algunos servidores públicos encargados de la procuración de justicia”.
Subraya el comunicado que “el asunto permitirá a la Suprema Corte determinar si las resoluciones de la CIDH son obligatorias en sus términos para las autoridades del Distrito Federal, de acuerdo con la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, y determinar la forma en que se deberán acreditar los actos de tortura ante los tribunales de nuestro país".
Meses después -el miércoles 2 de julio de 2014-, la Primera Sala discutió el primer proyecto de sentencia- amparo en revisión 631/2013-, a cargo ministro José Ramón Cossío Díazdonde se proponía otorgar un amparo liso y llano, a favor de Alfonso argumentando como acreditada la tortura con el informe de la CIDH; sin embargo, el proyecto fue desechado por 3 votos en contra de los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Y como lo prevé la ley del Poder Judicial el caso fue returnado a otro ministro- en este caso Pardo Rebolledo-, para que elaborara una nueva propuesta de resolución en la que se valoraran y estudiaran a fondo las pruebas a partir de las cuales Martín del Campo pretende acreditar que fue torturado por autoridades capitalinas para aceptar el doble homicidio y, en consecuencia obtener el reconocimiento de inocencia.
El tema estuvo varios meses en espera, en tanto, hubo expresiones mediáticas de un lado y otro.
Algunas organizaciones sociales obtuvieron firmas a través de la red social change.org dirigidas a los ministros de la SCJN donde les piden a los ministros de la Sala que “su fallo sea un sentido garantista y acorde a los compromisos del Estado mexicano en materia de derechos humanos...” .
Asimismo, subieron videos, en uno de ellos de 37 segundos se denominó “Mensaje de Alejandro Solalinde a Alfonso Martín del Campo”, donde se pudo observar al sacerdote católico -desde la cárcel de Pachuca, Hidalgo-, abrazado de Alfonso y haciendo un llamamiento a la comunidad nacional e internacional para firmar la petición en change.org con el fin de liberar a Alfonso.
La grabación fue realizada el sábado 9 de agosto al interior del Centro de Reinserción de Pachuca Hidalgo, y podía verse en la red Youtube.
Ello motivó a que María Fernanda Zamudio Martin del Campo –hija del matrimonio asesinado en 1992-, le escribiera una carta abierta al sacerdote católico (véase La Silla Rota Solalinde aboga por Martín del Campo), donde le pide que conozca el caso. “Estoy segura Padre (Solalinde) que usted no conoce los detalles del caso y lamentablemente le cree a las organizaciones que lo apoyan”.
“Las víctimas sobrevivientes del ataque a nuestros padres que murieron de 29 y 36 puñaladas respectivamente no queremos venganza queremos justicia. No nos oponemos a que el sentenciado gestione los beneficios preliberacionales a que tiene derecho; sin embargo que declaren inocente al asesino de mis padres a quien yo vi apuñalar a mi madre es contra la justicia que Dios y usted predican. Quedo a sus órdenes para cualquier aclaración”.
A decir, de María Fernanda el sacerdote nunca les respondió.
Debemos precisar que las hijas del matrimonio asesinado a madrugada del 30 de mayo de 1992 en el domicilio de Amores 1523, fueron acompañadas desde 2011 por las organizaciones sociales, encabezadas por la Sra. Isabel Miranda de Wallace –Asociación Alto al Secuestros- y Alejandro Martí- México SOS-; luego de que el sentenciado promovió un incidente de reconocimiento de inocencia. De hechos esas organizaciones presentaron un “amicus curiae” para evitar la liberación de Alfonso, y de alguna manera lo consiguieron . El jueves 27 de octubre de 2011 el pleno de los magistrados de la Séptima Sala del TSJDF declararon por unanimidad infundado el incidente de reconocimiento de inocencia de Martín del Campo, y por tanto se resolvió negar la libertad.
Después, el 6 de noviembre de 2013 el caso llegó a la Corte, y ahí las cosas cambiaron... Por cierto no sabemos el por qué dos ministros cambiaron en meses el sentido de su voto.
Desde nuestra opinión no sabemos si Alfonso Martín del Campos es culpable o no, pero... en lo personal sí podemos creer que hubo tortura. Desgraciadamente esa ha sido una práctica común un nuestro sistema de justicia penal.
Sin embargo, las imágenes que mostró el abogado Samuel González Ruiz, dicen que no lo hubo.
Pero bueno nuestros grandes árbitros -como en el caso de la francesa Florence Cassez- no entraron a fondo del asunto, no se pronunciaron sobre su culpabilidad o inocencia, sólo se atendieron las fallas en el debido proceso, tampoco se tomaron en consideración los testimonios delas otras víctimas, las hijas del matrimonio asesinado en 1992.
Están muy dolidas con nuestro sistema de justicia. Ellas aseguran que su tío es culpable y temen por su vida, dicen que lo vieron como asesinó a sus padres.
Así las cosas. Hubo otras situaciones más, como la de un supuesto defensor de oficio que habría sido inventado y después encontrado (siempre estuvo ahí) Además de posible conflicto de intereses en el caso..
¡Ah! y presiones internacionales. Y es que dicen que Alfonso es sobrino del ex senador demócrata Christopher John Dodd, quien hoy es el presidente y director Ejecutivo de la Motion Picture Association of America. O sea un hombre muy poderoso.
El caso terminó en la Corte pero algo bueno nos habrá de traer. Hay una propuesta de Ley que podría presentarse los próximos días en el Senado de la Republica, le están impulsando las “otras Victimas” y las organizaciones Alto al Secuestro y México SOS.
De eso hablaremos después, con todo respeto.
Termino con un fragmento del poeta brítánico
“La Ley, dice el juez con su mirada de menosprecio,
hablando con claridad y suma dureza,
la Ley es como ya os dije,
la Ley es como, supongo, sabéis es
la Ley, pero dejadme que os lo explique otra vez,
la Ley es La Ley.
Sin embargo, los eruditos cumplidores de la ley escriben:
la Ley no acierta ni se equivoca…”: Auden.
@fredalvarez
Recomiendo:
¿A debate público el caso Martín del Campo?
El padre Alejandro Solalinde aboga por Alfonso Martín del Campo
El caso de Alfonso Martín del Campo Dodd en la etapa final
¿Y dónde estaba el defensor de oficio de Martín del Campo?
La resolución del alto tribunal es irrevocable y lo declaró inocente de todo cargo y por tanto, tiene derecho a solicitar la reparación del daño.
El único voto en contra fue del ministro ponente Jorge Pardo Rebolledo, la mayoría integrada por Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, consideraron que el acusado fue torturado y que la única prueba en su contra fue la confesión arrancada por este medio, lo cual fue violatorio de sus derechos humanos.
Horas más tarde, Alfonso recobraba su libertad después de 23 años de permanecer preso.
El Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal indica que el reconocimiento de inocencia debe otorgarse “cuando la sentencia se base de manera fundamental en una confesión obtenida mediante tortura”.
La SCJN emitió un escueto comunicado que dice que para la decisión se tomaron en consideración los siguientes elementos: “La resolución en el procedimiento administrativo de responsabilidad QC/0011/FEB-94 del 14 de octubre de 1994 donde se determinó que un agente de policía era responsable por la detención arbitraria, incomunicación y tortura de Alfonso Martín del Campo Dodd, el dictamen médico psicológico conforme al Protocolo de Estambul del 27 de septiembre de 2002, los Informes No. 63/02, 33/09 y 117/09 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 22 de octubre de 2002, 20 de marzo de 2009 y 12 de noviembre de 2009, la recomendación 13/2002 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal de 26 de diciembre de 2002, la opinión No. 9/2005 del grupo de trabajo sobre la detención arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas del 25 de mayo de 2005, el punto de acuerdo del 9 de marzo de 2006 del Senado de la República y el punto de acuerdo del 28 de abril de 2006 emitido por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”.
La reacción inmediata en la sala de Corte fue de una amiga de María Fernanda que se levantó con una pancarta y empezó a gritar que la hija vio cuando mataron a sus padres.
María Fernanda reconoció que la votación de los ministros fue muy dura y triste: “Estamos muy conmocionados de darnos cuenta de que la justicia en México no existe y los funcionarios hacen lo que quieren y que con un claro conflicto de intereses suelten a un asesino”.
Un día después la organización Alto al Secuestro, presidida por Isabel Miranda de Wallace convocó a conferencia de prensa. De inmediato repudió la liberación de Alfonso. El doctor Samuel González Ruiz, abogado de las “otras víctimas” –de Brenda, María Fernanda y Tamara Zamudio Martín del Campo víctimas supervivientes del homicidio de sus padres, afirmó que según el expediente, el detenido es responsable del delito y el Estado mexicano identificó que no existió tortura. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la primera sala, algunos de sus ministros el día de ayer dieron una resolución que desde nuestro punto de vista es aberrante”, expuso. (Nota de Arcelia Maya de Reforma, 19 de marzo)
Y agregó que “pese a que les probamos, con todos los elementos que ustedes van a ver aquí, pruebas, pruebas y pruebas que no fue torturado y es el responsable del delito, ayer, para nosotros de manera increíble, le dieron un amparo liso y llano que lo liberó”, expuso.
Samuel mostró fotografías en las que no se ven señas físicas de tortura, pero en el expediente está la declaración del detenido que afirma haber sido torturado.
Para la organización Alto al Secuestro, la liberación de Alfonso es similar al de Florence Cassez, donde la acusada argumentó fallas al debido proceso, pero se le comprobó que estuvo en el lugar y el tiempo donde se cometió el delito.
Miranda de Wallace reiteró que la tortura no fue comprobada. "Este es el documento al que se refiere el doctor (Samuel González) que está en la Corte Interamericana y en la Comisión en los que claramente todos los peritos concluyeron que no hubo tortura".
Sin embargo, Martín del Campo manifestó una y otra vez que era inocente. “…Se me acusa falsamente de haber matado a mi hermana y mi cuñado. La única prueba que existe en mi contra es una confesión arrancada bajo tortura. La CIDH, la ONU y la CDHDF han demostrado que se me torturó para que confesara la comisión de dichos homicidios….” , se podía leer en una página web.
Le he dado seguimiento a este tema en La Silla Rota, por considerarlo paradigmático.
La verdad es que coincidimos con la Sra. Wallace que hay cosas muy similares al caso de Florence Cazzez Crepin. Los grandes árbitros no entraron a fondo en el tema.
Por lo que no sabemos bien a bien si e Alfonso Martin del Campo es inocente o no. Lo que los ministros determinaron que la prueba con la que fue culpado por el Ministerio y los jueces es nula, ya que hubo tortura. Punto.
De hecho hubo un largo proceso penal para llegar a esas conclusiones.
Antes de llegar a la Corte el asunto recorrió un largo trecho a saber; policías, ministerios públicos, jueces, magistrados, tribunales de circuito, Comisionados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos –con sede en Costa Rica- hasta llegar el caso el 6 de noviembre de 2013 a la Primera Sala de la SCJN.
Un comunicado oficial señala:
“La Primera Sala de la SCJN resolvió, bajo la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, que el Máximo Tribunal debía ejercer su facultad de atracción para conocer del caso de Alfonso Martín del Campo Dodd. Por considerarlo de “una especial relevancia en el ámbito nacional, en razón de que se trata de un asunto paradigmático que ha sido utilizado en repetidas ocasiones, tanto a nivel nacional como internacional, para ejemplificar las nocivas prácticas de detención arbitraria y tortura que continúan realizando en nuestro país algunos servidores públicos encargados de la procuración de justicia”.
Subraya el comunicado que “el asunto permitirá a la Suprema Corte determinar si las resoluciones de la CIDH son obligatorias en sus términos para las autoridades del Distrito Federal, de acuerdo con la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, y determinar la forma en que se deberán acreditar los actos de tortura ante los tribunales de nuestro país".
Meses después -el miércoles 2 de julio de 2014-, la Primera Sala discutió el primer proyecto de sentencia- amparo en revisión 631/2013-, a cargo ministro José Ramón Cossío Díazdonde se proponía otorgar un amparo liso y llano, a favor de Alfonso argumentando como acreditada la tortura con el informe de la CIDH; sin embargo, el proyecto fue desechado por 3 votos en contra de los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Y como lo prevé la ley del Poder Judicial el caso fue returnado a otro ministro- en este caso Pardo Rebolledo-, para que elaborara una nueva propuesta de resolución en la que se valoraran y estudiaran a fondo las pruebas a partir de las cuales Martín del Campo pretende acreditar que fue torturado por autoridades capitalinas para aceptar el doble homicidio y, en consecuencia obtener el reconocimiento de inocencia.
El tema estuvo varios meses en espera, en tanto, hubo expresiones mediáticas de un lado y otro.
Algunas organizaciones sociales obtuvieron firmas a través de la red social change.org dirigidas a los ministros de la SCJN donde les piden a los ministros de la Sala que “su fallo sea un sentido garantista y acorde a los compromisos del Estado mexicano en materia de derechos humanos...” .
Asimismo, subieron videos, en uno de ellos de 37 segundos se denominó “Mensaje de Alejandro Solalinde a Alfonso Martín del Campo”, donde se pudo observar al sacerdote católico -desde la cárcel de Pachuca, Hidalgo-, abrazado de Alfonso y haciendo un llamamiento a la comunidad nacional e internacional para firmar la petición en change.org con el fin de liberar a Alfonso.
La grabación fue realizada el sábado 9 de agosto al interior del Centro de Reinserción de Pachuca Hidalgo, y podía verse en la red Youtube.
Ello motivó a que María Fernanda Zamudio Martin del Campo –hija del matrimonio asesinado en 1992-, le escribiera una carta abierta al sacerdote católico (véase La Silla Rota Solalinde aboga por Martín del Campo), donde le pide que conozca el caso. “Estoy segura Padre (Solalinde) que usted no conoce los detalles del caso y lamentablemente le cree a las organizaciones que lo apoyan”.
“Las víctimas sobrevivientes del ataque a nuestros padres que murieron de 29 y 36 puñaladas respectivamente no queremos venganza queremos justicia. No nos oponemos a que el sentenciado gestione los beneficios preliberacionales a que tiene derecho; sin embargo que declaren inocente al asesino de mis padres a quien yo vi apuñalar a mi madre es contra la justicia que Dios y usted predican. Quedo a sus órdenes para cualquier aclaración”.
A decir, de María Fernanda el sacerdote nunca les respondió.
Debemos precisar que las hijas del matrimonio asesinado a madrugada del 30 de mayo de 1992 en el domicilio de Amores 1523, fueron acompañadas desde 2011 por las organizaciones sociales, encabezadas por la Sra. Isabel Miranda de Wallace –Asociación Alto al Secuestros- y Alejandro Martí- México SOS-; luego de que el sentenciado promovió un incidente de reconocimiento de inocencia. De hechos esas organizaciones presentaron un “amicus curiae” para evitar la liberación de Alfonso, y de alguna manera lo consiguieron . El jueves 27 de octubre de 2011 el pleno de los magistrados de la Séptima Sala del TSJDF declararon por unanimidad infundado el incidente de reconocimiento de inocencia de Martín del Campo, y por tanto se resolvió negar la libertad.
Después, el 6 de noviembre de 2013 el caso llegó a la Corte, y ahí las cosas cambiaron... Por cierto no sabemos el por qué dos ministros cambiaron en meses el sentido de su voto.
Desde nuestra opinión no sabemos si Alfonso Martín del Campos es culpable o no, pero... en lo personal sí podemos creer que hubo tortura. Desgraciadamente esa ha sido una práctica común un nuestro sistema de justicia penal.
Sin embargo, las imágenes que mostró el abogado Samuel González Ruiz, dicen que no lo hubo.
Pero bueno nuestros grandes árbitros -como en el caso de la francesa Florence Cassez- no entraron a fondo del asunto, no se pronunciaron sobre su culpabilidad o inocencia, sólo se atendieron las fallas en el debido proceso, tampoco se tomaron en consideración los testimonios delas otras víctimas, las hijas del matrimonio asesinado en 1992.
Están muy dolidas con nuestro sistema de justicia. Ellas aseguran que su tío es culpable y temen por su vida, dicen que lo vieron como asesinó a sus padres.
Así las cosas. Hubo otras situaciones más, como la de un supuesto defensor de oficio que habría sido inventado y después encontrado (siempre estuvo ahí) Además de posible conflicto de intereses en el caso..
¡Ah! y presiones internacionales. Y es que dicen que Alfonso es sobrino del ex senador demócrata Christopher John Dodd, quien hoy es el presidente y director Ejecutivo de la Motion Picture Association of America. O sea un hombre muy poderoso.
El caso terminó en la Corte pero algo bueno nos habrá de traer. Hay una propuesta de Ley que podría presentarse los próximos días en el Senado de la Republica, le están impulsando las “otras Victimas” y las organizaciones Alto al Secuestro y México SOS.
De eso hablaremos después, con todo respeto.
Termino con un fragmento del poeta brítánico
“La Ley, dice el juez con su mirada de menosprecio,
hablando con claridad y suma dureza,
la Ley es como ya os dije,
la Ley es como, supongo, sabéis es
la Ley, pero dejadme que os lo explique otra vez,
la Ley es La Ley.
Sin embargo, los eruditos cumplidores de la ley escriben:
la Ley no acierta ni se equivoca…”: Auden.
@fredalvarez
Recomiendo:
¿A debate público el caso Martín del Campo?
El padre Alejandro Solalinde aboga por Alfonso Martín del Campo
El caso de Alfonso Martín del Campo Dodd en la etapa final
¿Y dónde estaba el defensor de oficio de Martín del Campo?
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