La Constitución Apostólica Episcopalis communio del papa Francisco
La Santa Sede hizo pública este martes 18 de septiembre la constitución apostólica “Episcopalis communio” del Papa Francisco, sobre la función y estructura del Sínodo de los Obispos.
El documento pontificio está conformado por dos secciones: una doctrinal, compuesta de 10 párrafos, y otra disciplinar, que contiene 27 artículos.
http://press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2018/09/18/0653/01389.html
En dicha constitución apostólica, Francisco asegura que “la comunión episcopal (Episcopalis communio), con Pedro y bajo Pedro, se manifiesta en modo peculiar en el Sínodo de los Obispos, que, instituido por Pablo VI el 15 de septiembre de 1965, constituye uno de los legados más preciosos del Concilio Vaticano II”.
Destaca también que “las Asambleas del Sínodo han demostrado ser un instrumento válido de conocimiento mutuo entre los obispos, oración común, confrontación leal, profundización de la doctrina cristiana, reforma de las estructuras eclesiásticas, promoción de la actividad pastoral en todo el mundo”.
“De esta manera, estas Asambleas no solo se han configurado como un lugar privilegiado para la interpretación y recepción del rico magisterio conciliar, sino que también han ofrecido un considerable impulso al posterior magisterio papal”.
El primer artículo de la Constitución Apostólica determina que “el Sínodo de los Obispos está directamente bajo el Romano Pontífice, que es su presidente”.
El documento del Papa Francisco será aplicado en la próxima Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos que se realizará en Roma del 3 al 28 de octubre de 2018, con el tema “Juventud, Fe y Discernimiento Vocacional”.
Baldisseri explicó que esta Constitución lleva la fecha del 15 de septiembre, lo que no representa una elección casual, si se piensa que ese mismo día, del año 1965, el Papa Pablo VI – de quien recordó que será canonizado el próximo 14 de octubre, en pleno contexto de la Asamblea sinodal – instituía, precisamente, el Sínodo de los Obispos.
La Santa Sede hizo pública este martes 18 de septiembre la constitución apostólica “Episcopalis communio” del Papa Francisco, sobre la función y estructura del Sínodo de los Obispos.
El documento pontificio está conformado por dos secciones: una doctrinal, compuesta de 10 párrafos, y otra disciplinar, que contiene 27 artículos.
http://press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2018/09/18/0653/01389.html
En dicha constitución apostólica, Francisco asegura que “la comunión episcopal (Episcopalis communio), con Pedro y bajo Pedro, se manifiesta en modo peculiar en el Sínodo de los Obispos, que, instituido por Pablo VI el 15 de septiembre de 1965, constituye uno de los legados más preciosos del Concilio Vaticano II”.
Destaca también que “las Asambleas del Sínodo han demostrado ser un instrumento válido de conocimiento mutuo entre los obispos, oración común, confrontación leal, profundización de la doctrina cristiana, reforma de las estructuras eclesiásticas, promoción de la actividad pastoral en todo el mundo”.
“De esta manera, estas Asambleas no solo se han configurado como un lugar privilegiado para la interpretación y recepción del rico magisterio conciliar, sino que también han ofrecido un considerable impulso al posterior magisterio papal”.
El primer artículo de la Constitución Apostólica determina que “el Sínodo de los Obispos está directamente bajo el Romano Pontífice, que es su presidente”.
El documento del Papa Francisco será aplicado en la próxima Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos que se realizará en Roma del 3 al 28 de octubre de 2018, con el tema “Juventud, Fe y Discernimiento Vocacional”.
La mañana de este martes tuvo lugar la conferencia de prensa de la la Constitución apostólica ..
Han intervenido: el cardenal Lorenzo Baldisseri, Secretario General del Sínodo de los Obispos, Mons. Fabio Fabene, Subsecretario del Sínodo de los Obispos, y el Prof. Darío Vitali, consultor de la Secretaría General del Sínodo de los Obispos y profesor de Teología dogmática en la Pontificia Universidad Gregoriana.Baldisseri explicó que esta Constitución lleva la fecha del 15 de septiembre, lo que no representa una elección casual, si se piensa que ese mismo día, del año 1965, el Papa Pablo VI – de quien recordó que será canonizado el próximo 14 de octubre, en pleno contexto de la Asamblea sinodal – instituía, precisamente, el Sínodo de los Obispos.
Sí, porque en aquella circunstancia, tras haber afirmado que “en una Iglesia sinodal, el Sínodo de los Obispos es sólo la manifestación más evidente de un dinamismo de comunión que inspira todas las decisiones eclesiales”, el Papa precisaba que el Sínodo, “representando al episcopado católico, se convierte en una expresión de la colegialidad episcopal dentro de una Iglesia que es totalmente sinodal.
De manera que – como afirmó el Secretario General del Sínodo de los Obispos – en cierto sentido aquel discurso anticipaba ya en forma sintética los principales contenidos de esta nueva Constitución Apostólica. Y añadió que el nuevo dinamismo que el Papa Francisco ha impreso a la “máquina” sinodal había comportado, ya en aquella ocasión, una amplia renovación de los procedimientos, que esperaba ser acogida establemente en la normativa del Sínodo.
Además, ofreció sintéticamente algunos detalles sobre la nueva Constitución Apostólica Episcopalis communio, un texto que se articula en dos grandes secciones: una doctrinal, compuesta por diez parágrafos, y una disciplinaria, compuesta por veintisiete artículos. Y dio cuatro claves de lectura principales.
La Iglesia sinodal en estado permanente de misión
La primera es la referencia al Concilio Vaticano II, de donde nace el Sínodo de los Obispos. La segunda la ofrece la referencia al tema de la renovación de la Iglesia, puesto que el Papa no mira sólo al pasado, es decir al último Concilio, sino también al presente, a la hora actual de la Iglesia, que – tal como se lee en la Exhortación Apostólica Evangelii gaudium – va entrando en una nueva etapa evangelizadora, a la que se le pide con fuerza que se constituya en todas las regiones de la tierra en uno “estado permanente de misión”.
Refundación del organismo sinodal
La tercera clave de lectura podría considerarse decisiva, puesto que se trata del factor de mayor novedad de esta Constitución, que configura por ciertos aspectos una verdadera “refundación” del organismo sinodal, es decir el de la integración estable del Sínodo dentro del marco de una Iglesia constitutivamente sinodal, tal como fue propuesto en el mencionado discurso con motivo del cincuentenario del Sínodo.
Mientras la cuarta clave de lectura se encuentra en el último parágrafo de la parte doctrinal porque en cierto sentido es la que se configura como la más rica de futuro. Se trata de la dimensión ecuménica, tal como el mismo Santo Padre lo había expresado ya al manifestar su convicción de que en una Iglesia sinodal, también el ejercicio de la primacía de Pedro podrá recibir mayor luz.
El Papa no está solo
Sí, porque el Papa no está solo, por encima de la Iglesia; sino dentro de ella como bautizado entre los bautizados y dentro del Colegio Episcopal como Obispo entre los Obispos, llamado al mismo tiempo – como Sucesor del Apóstol Pedro – a guiar la Iglesia de Roma que preside en el amor a todas las Iglesias.
“El Santo Padre exhorta a la Iglesia a leer los signos de los tiempos”, subrayó por su parte el Subsecretario del Sínodo de los Obispos en su intervención, aclarando que esta vía no es una novedad, sino el camino que siempre ha recorrido la Iglesia, tal como lo demuestra la experiencia del Concilio Ecuménico Vaticano II.
Francisco, primer Papa de formación conciliar
En tanto, Fabio Fabene también observó que es verdad que la expectativa mediática por el Sínodo sobre la familia fue muy fuerte con respecto a la registrada hasta ahora por el Sínodo sobre los jóvenes que comenzará en octubre, tanto por los temas candentes que se trataron en aquella oportunidad, como porque nos encontrábamos al inicio del pontificado de Francisco, primer Papa de formación conciliar. Pero aseguró que el interés por este Sínodo inminente es amplio, tanto en las familias como en el ámbito de las comunidades parroquiales.
El carácter sinodal como modo de ser Iglesia
Y el Prof. Dario Vitali, Consultor de la Secretaría General del Sínodo de los Obispos aludió a la novedad más sustancial de este documento, que se encuentra en el último y primer sujeto eclesial, el sucesor de Pedro, que permite encaminar y llevar a la práctica el proceso sinodal. Y esto por la capacidad de embocar esta vía y permanecer fieles al carácter sinodal, no sólo como práctica eclesial, sino como modo de ser Iglesia....
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