27 sept 2021

Devuelve Corte poder a presidente del IFT

 Devuelve Corte poder a presidente del IFT

Nota de Víctor Fuentes

Reforma, Cd. de México (27 septiembre 2021).- La Suprema Corte de Justicia reinstauró hoy las facultades del presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para nombrar a los altos funcionarios de ese órgano autónomo, que le fueron retiradas en 2020 por el resto de los comisionados.

Por ocho votos contra tres, el Pleno de la Corte invalidó la reforma del 2 de octubre de 2020 al Estatuto Orgánico del IFT, por la cual el Pleno del órgano se autoconcedió la facultad de "designar a los titulares de unidad, coordinadores generales y directores generales del Instituto, así como resolver sobre su remoción", sin necesidad de una propuesta previa del comisionado presidente.

Con esta medida, los únicos nombramientos en los que se mantuvo la propuesta del presidente fueron los de titular de la Autoridad Investigadora y Secretario Técnico del Pleno, porque así lo ordena expresamente la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

El afectado por la reforma que invalidó hoy la Corte fue Adolfo Cuevas, comisionado presidente Interino del IFT desde febrero de 2020.

La reforma al Estatuto fue resultado de una disputa interna a principios de 2020, cuando la mayoría de comisionados exigió aclarar la supuesta participación de subordinados de Cuevas en la elaboración de una iniciativa de Morena en el Senado para desaparecer órganos autónomos, incluido el IFT, que fue rápidamente retirada.

A partir de entonces, los comisionados reformaron su Estatuto en dos ocasiones, para quitarle a Cuevas atribuciones para nombrar funcionarios, con el argumento central de que es un presidente interino, es decir, no fue designado por el Senado como presidente, sino que quedó encargado del puesto cuando expiró el nombramiento de Gabriel Contreras.

La mayoría en la Corte consideró hoy que eliminar por completo la atribución del presidente afecta la correcta operación del IFT y es contrario al artículo 17, fracción 4, de la LFTR.

"Esta fracción deja claro que no hay nombramientos que el Pleno pueda hacer, si no es a propuesta del Presidente", dijo el Ministro Javier Láynez.

"(La reforma al Estatuto) elimina la sana colaboración que debe existir al interior del órgano y el sistema interno de pesos y contrapesos con el que se realizaban esos nombramientos", agregó Jorge Pardo. "Eso afecta la profesionalización e imparcialidad de los funcionarios", agregó.

La minoría de ministros, en contraste, consideró que es la LFTR la que le da al Pleno amplias facultades para modificar, en el Estatuto, los nombramientos que puede hacer directamente, con o sin propuesta del presidente.

Una vez que la Corte notifique su sentencia, volverá a estar vigente el Estatuto en su versión previa a las reformas de 2020, aunque a Cuevas ya solo le quedan unos meses en el IFT, pues su periodo termina en febrero de 2020.

¿Mario Fromow Rangel, Arturo Robles, Ramiro Camacho, Javier Juárez y Sóstenes Díaz fueron los comisionados que reformaron el Estatuto, pero Fromow ya salió también del IFT, que desde marzo pasado opera con cinco de los siete integrantes que ordena la Constitución. Hora de publicación: 13:51 hrs.


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