24 abr 2009

Cambios a la Ley Extinción de Dominio

La Cámara de Diputados aprobó con 299 votos a favor, nueve en contra y ocho abstenciones el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Extinción de Dominio y reforma y adiciona la Ley de Amparo, a fin de permitir al Estado el aseguramiento de bienes, producto de actividades ilícitas.
El documento se devolvió al senado para los efectos del apartado E, del artículo 72 constitucional.
¿Qué dice este texto?
ARTICULO 72.
E.- SI UN PROYECTO DE LEY O DECRETO FUESE DESECHADO EN PARTE, O MODIFICADO, O ADICIONADO POR LA CAMARA REVISORA, LA NUEVA DISCUSION DE LA CAMARA DE SU ORIGEN VERSARA UNICAMENTE SOBRE LO DESECHADO O SOBRE LAS REFORMAS O ADICIONES, SIN PODER ALTERARSE EN MANERA ALGUNA LOS ARTICULOS APROBADOS. SI LAS ADICIONES O REFORMAS HECHAS POR LA CAMARA REVISORA FUESEN APROBADAS POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE LOS VOTOS PRESENTES EN LA CAMARA DE SU ORIGEN, SE PASARA TODO EL PROYECTO AL EJECUTIVO, PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCION A. (Empero) SI LAS ADICIONES O REFORMAS HECHAS POR LA CAMARA REVISORA FUEREN REPROBADAS POR LA MAYORIA DE VOTOS EN LA CAMARA DE SU ORIGEN, VOLVERAN A AQUELLA PARA QUE TOME EN CONSIDERACION LAS RAZONES DE ESTA, Y SI POR MAYORIA ABSOLUTA DE VOTOS PRESENTES SE DESECHAREN EN ESTA SEGUNDA REVISION DICHAS ADICIONES O REFORMAS, EL PROYECTO, EN LO QUE HAYA SIDO APROBADO POR AMBAS CAMARAS, SE PASARA AL EJECUTIVO PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCION A. SI LA CAMARA REVISORA INSISTIERE, POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE VOTOS PRESENTES, EN DICHAS ADICIONES O REFORMAS, TODO EL PROYECTO NO VOLVERA A PRESENTARSE SINO HASTA EL SIGUIENTE PERIODO DE SESIONES, A NO SER QUE AMBAS CAMARAS ACUERDEN, POR LA MAYORIA ABSOLUTA DE SUS MIEMBROS PRESENTES, QUE SE EXPIDA LA LEY O DECRETO SOLO CON LOS ARTICULOS APROBADOS, Y QUE SE RESERVEN LOS ADICIONADOS O REFORMADOS PARA SU EXAMEN Y VOTACION EN LAS SESIONES SIGUIENTES."
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¿Cuales son los cambios que hicieorn los diputados?
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Debate en el pleno.
El Presidente diputado César Duarte Jáquez: La Comisión de Justicia entregó a esta Presidencia dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 constitucional, y se reforma y adiciona la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En virtud de que se está distribuyendo entre las y los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.
Fue aprobado en una misma sesión en primera y seguda lectura y fue sometido a discusión y votación de inmediato.
César Camacho Quiroz (PRI) hablo a nombre de la Comisión dicatminadora.
Compañeras y compañeros diputados, parece estar de más hacer explicaciones o traer a esta tribuna diagnósticos sobre el estado en el que se encuentra el problema de la seguridad y la justicia en este país. No tengo duda de que, no obstante los embates de la crisis económica, el asunto número uno de la agenda ciudadana es justamente arreglar el problema de la inseguridad y darle eficacia al aparato público para devolver la tranquilidad arrebatada por el crimen.
Esta situación ha traído como consecuencia una terrible impunidad que ha puesto no sólo en entredicho la viabilidad de las instituciones, sino ha rasgado el tejido social.
Vivimos una disfunción social y una especie de violencia fratricida en donde la gente, en pocas palabras lo ha fraseado como: ¡No podemos más! Y si se ha sofisticado la expresión criminal, lo menos que podemos hacer quienes formamos parte de las instituciones o del poder público, es también poner al día e incluso con una visión de futuro actualizar y anticiparnos, para que el derecho creador de instituciones sea eficaz, para que no sólo esté vigente, sino que sea derecho positivo, derecho que se cumple.
Por eso, esta legislatura, así como nuestra colegisladora, los gobiernos de los estados y las legislaturas locales tendrán profunda satisfacción, con el paso del tiempo, por haber aprobado la reforma de justicia penal hace prácticamente un año; una reforma heterodoxa, una reforma que rompe esquemas tradicionales, una reforma atrevida, expresión de la creatividad jurídica; una reforma que acredita la ductilidad del derecho, que hace que no hagamos culto de las instituciones jurídicas, sino que las modifiquemos cuantas veces sea necesario, para que el derecho siga siendo útil.
En esa reforma, una de las instituciones pilares es justamente la extinción de dominio; una figura a la que no está acostumbrado nuestro sistema jurídico, que constituye una mezcla de preceptos de carácter civil y de carácter penal, que rompe esquemas tradicionales y que muchos abogados formados a la vieja usanza parece no convencerlos.
Por eso suscitó polémica, por eso suscitó preocupación ciudadana, y no es para menos, porque uno de los primeros planteamientos contenidos en la iniciativa del Ejecutivo federal, y que quizás constituye el botón de muestra o la expresión emblemática de una manera de ver las cosas, consistía en que cuando había una suerte de presunción sostenida por el Ministerio Público respecto del origen ilícito de los bienes, o cuando alguna autoridad de la procuraduría suponía que alguna persona o los bienes de esa persona estaban relacionados con el crimen organizado, o bien con el narcotráfico, la trata de personas, el secuestro, la carga de la prueba recaía en el particular, ubicándolo en una posición de desvalimiento.
Por eso es tan importante acreditar lo que hicieron nuestras compañeras y nuestros compañeros senadores de todas las fracciones políticas: construir un dictamen a partir de la presunción de inocencia valga la expresión, a favor de los particulares, y hacer que cuando hubiera una imputación respecto de la ilicitud en el origen de recursos o de que los bienes de una persona estaban vinculados con el ejercicio de la actividad criminal, la carga de la prueba debía correr a cargo del Ministerio Público.
Por eso, con enorme beneplácito hemos generado, en el Senado y aquí, dictámenes producto de las minutas provenientes del Senado, que demuestran, primero, conocimiento del tema, pericia jurídica, pero algo tan importante o más que esto: voluntad para los acuerdos y deseo de que las cosas ocurran para bien de los mexicanos.
Hay dos propósitos fundamentales imbíbitos en la ley, incluidos en la ley, que parecen contradictorios y no lo son: el Estado mexicano busca eficacia, es decir, combatir al crimen organizado y pegarle en el corazón que son los recursos económicos en numerario o convertidos en bienes materiales. Pero frente a la eficacia, los mexicanos queremos garantía y respeto por los derechos de las personas. Es decir, evitar el atropello. Es un falso dilema ?como algunos creen? que, o hay eficacia vulnerando derechos; o, si somos muy garantistas, podríamos correr el riesgo de la ineficacia.
Habemos y ésta es la inmensa mayoría de los dictaminadores de la Comisión de Justicia quienes pensamos que no sólo son compatibles, sino mutuamente complementarios; que queremos darle al Estado mexicano un instrumento moderno, creativo e insisto, eficaz, pero que nunca vulnere los derechos de las personas.
Por eso es que en esta comisión, con un trabajo enorme de las diputadas y los diputados de todas las fracciones, se hizo una cuidadosa concordancia con el texto constitucional, para evitar que se salgan por esos resquicios que suele haber en las leyes, los abogados que están buscando justamente esas salidas y que, so pretexto de la vulneración de derechos, acaban consiguiendo la protección de la justicia para quienes no lo merecen.
Concordancia constitucional, jueces especializados para que no haya duda de de qué estamos hablando; y de que lo obtenido por bienes extintos se destine a la reparación del daño a las víctimas.
Lo que sigue muy concretamente entraña la participación de los tres Poderes. Del nuestro, que espero con la expedición de la ley, hayamos puesto a la disposición del Ejecutivo y del Judicial este instrumento multicitado.
Del Poder Ejecutivo, que trabaja con las policías y el Ministerio Público, una eficaz, cuidadosa e inteligente actuación.
Y finalmente del Poder Judicial, la última palabra por cuanto a la ley se refiere y el fincamiento de responsabilidades en el orden civil y penal.
Y algo más. Esta es una facultad compartida con los estados de la república y vale la pena reconocer que hasta ahora la única entidad que ha legislado echando mano de la facultad constitucional, es el Distrito Federal. Este es un espacio para la creatividad y el cumplimiento de responsabilidades de los estados. Hagamos votos porque lo hagan, pero por lo pronto hagamos lo que nos toca.
Termino. La recuperación de la confianza en tema tan delicado como la injusticia y la inseguridad no se da con expresiones discursivas; se da con resultados y éstos, por supuesto, les urgen a todos. Gracias por su atención.
Alfredo Ríos Camarena (PRI): Con su venia, señor presidente. Estamos en esta asamblea cumpliendo con la función constitucional de Cámara revisora. Estamos revisando y haciéndole observaciones a una minuta del Senado de la República en un tema profundamente sensible para la sociedad de nuestro tiempo.
Nadie puede ni debe pensar que ningún partido político de los aquí representados, es aliado del crimen organizado o del narcotráfico. Hoy está demostrando, la unidad de los diputados aquí reunidos, que estamos aprobando un paquete de reformas que tienen que ver con la seguridad y con la justicia.
Este dictamen, que hoy presentamos a consideración de la asamblea, es quizá el más complicado. Complicado porque está creando una nueva forma de derecho. No se trata del derecho penal, pero tampoco se trata del derecho civil. En derecho comparado, ya se han dado estos casos y aun en nuestro país se dio en la Asamblea Legislativa.
El propósito de las modificaciones que hemos planteado en la Comisión de Justicia y que ha apoyado mi bancada, la del PRI, consiste en darle eficacia y enriquecer el dictamen del Senado de la República.
Si nosotros hubiéramos dejado la minuta como estaba, hubiéramos tenido dos problemas: Uno de carácter competencial y jurisdiccional, y otro de carácter constitucional.
En la parte tercera del artículo 8o., que se refiere, entre otros, a los bienes que pueden ser afectados por esta Ley de Extinción de Dominio, no había una congruencia y una correlación exacta con el texto constitucional del artículo 22, del que esta ley es reglamentaria.
Es decir, podíamos haber dejado rendijas abiertas para que la delincuencia se amparara, y tal vez en lugar de lograr el propósito que quiere el Senado de la República y queremos nosotros, hubiéramos dejado rendijas abiertas para que el juicio de amparo de aquéllos que tienen dinero para pagar a los mejores abogados, seguramente pudiera haber derrotado los preceptos de esta ley. Por eso la adecuamos al texto constitucional. Además, tampoco dejaba establecido el tipo de jurisdicción.
La minuta del Senado decía que la autoridad judicial será el juez, pero sin decir cuál; entonces nos quedábamos en una situación muy nebulosa. Le daba facultades al Consejo de la Judicatura para que creara tribunales especializados. No los tiene el Consejo de la Judicatura.
El Consejo de la Judicatura federal puede determinar el número y repartimiento de los juzgados federales, pero no puede fijar competencias y jurisdicción. Por eso fue necesario establecer, con toda precisión, que deberían establecerse juzgados especializados, pero como no existen, planteamos la posibilidad y, así, está el dictamen, de un transitorio.
Un transitorio que otorga temporalmente la competencia y la jurisdicción a los juzgados federales civiles. En tanto, damos un plazo de un año a la Corte o al Consejo de la Judicatura para que establezca los tribunales especializados. Si no hubiéramos hecho esta reforma hubieran quedado huecos muy serios, muy graves.
Pero hoy, repito, estamos demostrando quienes aquí estamos, que sí apoyamos al Ejecutivo federal en su lucha contra el hampa organizada; pero, le requerimos, le exigimos también que, una vez entregadas las herramientas jurídicas, salga adelante en bien de la nación.
Basta ya de la calumnia y la ofensa de algunos pseudolíderes que pretenden utilizar estas reformas con sentido electorero. Aquí hay unidad de los diputados; hay conceptos jurídicos serios y hay un proyecto que vamos a aprobar. Es cuanto, muchas gracias.
Andrés Lozano Lozano, del PRD: Con su venia diputado, presidente. Sin duda, y coincidiendo con mis compañeros que me antecedieron en esta tribuna, el día de hoy este dictamen representa uno de los temas que más se ha venido señalando respecto de una medida efectiva en contra de la delincuencia organizada.
Habría que señalar aquí en esta tribuna que fue precisamente el Grupo Parlamentario del PRD el que presentó, a través del de la voz, la primera iniciativa que pretendía reformar la Constitución, así como la creación de una Ley Federal de Extinción de Dominio. Esto hace más de dos años.
Posteriormente se presentó una segunda iniciativa en este mismo sentido, y es que cómo no hacerlo cuando lo que está en el fondo es precisamente esa pretensión de que el Estado tenga plena posibilidad de apoderarse de los bienes que son producto del crimen organizado.
Si algo ha quedado evidenciado en países como Colombia, que han dado una lucha en contra del crimen organizado, es precisamente el que se tengan medidas como ésta que permitan apoderarse de los bienes producto del mismo.
Por eso esta iniciativa no es menor. Por supuesto que en algunas de sus partes es discutible cuáles son sus alcances, y por supuesto seguirá siendo discutible y perfectible hasta dónde podríamos haber llegado con una medida de esta naturaleza.
Hubiésemos querido el consenso para que pudiera ser una herramienta más contundente del Estado; sin embargo el día de hoy se estará dando un gran paso, de aprobarse en los términos en los que ha quedado aquí señalada.
Hay que acordarnos también que fue precisamente en el Distrito Federal en donde también por primera vez se empezó a hablar de este tema; que fue también en el Distrito Federal donde se llevaron a cabo acciones contundentes en lugares como en Tepito o en Iztapalapa, con el famoso predio de la Ford que se dedicaban a la venta de autopartes robadas, en los que se empezó a poner el tema en la ciudad.
Por eso debemos hoy de congratularnos de que por primera vez tengamos en nuestro país, acorde con la disposición constitucional, la posibilidad de aprobar una Ley Federal de Extinción de Dominio, y que sin duda esto será en bien del país, en bien de generar mejores condiciones, pero sobre todo, una mejor seguridad para todos los que vivimos en este México. Muchas gracias, diputado presidente.
El Presidente diputado César Duarte Jáquez
: Muchas gracias, señor diputado Andrés Lozano. Se concede, por último, el uso de la palabra a la diputada Liliana Carbajal Méndez, del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.
La diputada Liliana Carbajal Méndez (PAN): Esta ley de importancia fundamental para los mexicanos, o diría yo, para los buenos mexicanos, para nuestro querido país y que fue una iniciativa que el Ejecutivo federal presentó desde septiembre de 2008, en el que varias ocasiones nos exhortó como legisladores a dar ya un debido cumplimiento a la aprobación de su iniciativa, reviste una importancia fundamental, que sin duda será una herramienta útil para que el Estado debilite las estructuras criminales en la parte que más les duele: los recursos económicos.
Derivado de la reforma constitucional en materia de justicia penal, se introdujo en el artículo 22 una figura jurídica llamada "extinción de dominio", consistente en que el Estado adjudique los bienes que sean instrumento, objeto o producto de delitos de delincuencia organizada, narcotráfico, secuestro, robo de vehículos y trata de personas.
Este procedimiento autónomo de naturaleza penal, cuya decisión estará a cargo de un juez para su procedencia y del cual no dependerá una sentencia condenatoria. Esta acción se ejerce independiente del proceso penal que se siga y cuya determinación debe tomarla otro juez distinto al juicio.
En éste otro rubro, en el que sí se garantiza a toda aquella persona que se considere afectada, podrá interponer los recursos respectivos para demostrar la procedencia ilícita de los bienes y su actuación de buena fe, así como que estaba impedida para conocer la utilización ilícita de sus bienes.
Con estos instrumentos será viable reprimir la práctica común a la que acuden los miembros del crimen organizado para encubrir la procedencia o el origen ilícito de sus recursos. Esto es, la conocida figura de los prestanombres o testaferros.
Como cámara revisora, creo que se hizo un excelente trabajo y aquí también, como diputada de Acción Nacional, he de reconocer este trabajo en equipo que se hizo por parte de los miembros de la Comisión de Justicia, por parte del PRD, del Partido Revolucionario Institucional, de Convergencia y, por supuesto, de mis compañeros de Acción Nacional, en el que con un compromiso auténtico que hemos asumido desde que tomamos protesta del cargo, en el que a través de instrumentos legales demos mejores condiciones de vida a nuestro país.
Como cámara revisora, y con este compromiso, hubo algunas modificaciones fundamentales para darles mejores fundamentos jurídicos y más viabilidad a esta nueva ley.
He de mencionar o citar tres modificaciones, como la del artículo 2o., en el que se incorpora la definición del cuerpo del delito para complementar la reforma al artículo 50 y sustituir el concepto de elementos del tipo, por elementos del cuerpo del delito y se armoniza el concepto en otras disposiciones.
También, cito, el artículo 8o., fracción III, donde se modificó para así generar una congruencia con la Constitución, respecto de hacer posible la acción sobre aquellos bienes, instrumentos del delito por un tercero, cuando el dueño de dichos bienes hubiese tenido conocimiento pleno de ellos y no exigir un estándar de coparticipación como lo proponía la minuta.
En la fracción I, aquellos que estén siendo utilizados para la comisión de delitos por un tercero, si su dueño tuvo conocimiento de ello y no notificó a la autoridad o tampoco hizo algo para impedirlo.
Creo, y coincido con la posición de nuestros compañeros, en el que el tema de la seguridad pública y en sí los temas que generen mejores condiciones de vida para los mexicanos, para las mexicanas, no debe tener tintes partidistas.
Creo que los colores con los que debemos actuar y las convicciones con las que debemos de regir nuestro trabajo es por el compromiso de generar una mejor situación, y más en este tema tan sensible de seguridad pública, una mejor situación para los mexicanos para todas esas futuras generaciones que ya están detrás de nosotros y que realmente creo que en acciones como ésta se concreta ese compromiso que asumimos para así dejar un mejor país.
Que nuestro paso por esta Cámara trascienda y que no solamente se quede en vanas promesas y en vanas expectativas.
Creo que no debe haber colores ni partidos para generar mejores condiciones de vida para nuestro país. Muchísimas gracias.
El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, diputada Liliana Carbajal Méndez. Diputado Del Río Virgen. Sonido a la curul.
El diputado José Manuel del Río Virgen (desde la curul): El Grupo Parlamentario de Convergencia, señor presidente, ha estado votando favorablemente todas las iniciativas que compañeros de esta LX Legislatura han presentado sobre seguridad.
También ha apoyado las diferentes iniciativas que vienen del Ejecutivo, pero, particularmente, la Ley de Extinción de Dominio es una ley en la que Convergencia tiene la seguridad que va a ayudar a resolver un problema de fondo.
Ahora tendrán que ser el Ejecutivo, el Banco de México y el sistema bancario mexicano los que hagan la parte que hace mucha falta, la parte de saber quiénes están metidos en el lavado de dinero, y los grandes depósitos que están ahí en el sistema bancario.
Por lo pronto, el Ejecutivo federal ha recibido el apoyo de Convergencia, y de todos los partidos, para que esta Ley de Extinción de Dominio se ponga bajo la tutela y garantía del Poder Judicial federal, con jueces especializados. Gracias, presidente.
El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Gracias, diputado. Consulte la Secretaría a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general.
La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación), gracias; las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Suficientemente discutido. Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular, especificando la ley de que se trate. No habiendo quien haya solicitado ninguna reserva, se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por cinco minutos.
La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, en un solo acto.
La Secretaria diputada Rosa Elia Romero Guzmán: Señor presidente, se emitieron 299 votos a favor, 9 en contra y 8 abstenciones.
El Presidente diputado César Duarte Jáquez: Aprobado en lo general y en lo particular por 299 votos.
Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Extinción de Dominio, reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se reforma y adiciona la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se devuelve al Senado para los efectos del apartado E, del artículo 72 constitucional.

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