7 oct 2009

Falla la SCJN en caso Sahagún Wornat

Falla Corte contra Sahagún y Wornat
La Suprema Corte de Justicia rechazó que la revista Proceso incurriera en daño moral contra Marta Sahagún, pues ella es un personaje público
Nota de Víctor Fuentes
Reforma on line, 7 octubre 2009.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó hoy amparos promovidos por Marta Sahagún y la escritora argentina Olga Wornat, con lo que puso punto final a una disputa de más de cuatro años en los tribunales.Por unanimidad, la Primera Sala negó un amparo con el que la esposa del ex Presidente Vicente Fox buscó que se condenara a la revista Proceso por daño moral derivado de la publicación, en febrero de 2005, de un artículo con detalles íntimos del divorcio de su primer esposo, Manuel Bribiesca."La quejosa es un personaje público que, si bien en el momento que se realizó la publicación que se impugna no ocupaba un cargo público o de elección popular, lo cierto es que por su situación personal e incluso sus actividades políticas, contaba con una proyección nacional e internacional de tal magnitud que conlleva a un mayor interés o escrutinio público en sus acciones o conductas", indicó la Corte.
Agregó que existía un interés legítimo de la sociedad de recibir "cierta información" sobre Sahagún, a quien, por tanto, Proceso no causó daño moral. Pero la Sala además desechó, por tres votos contra dos, el amparo de Wornat contra la condena a pagar 500 mil pesos a Sahagún, ya que los ministros estimaron que la demanda de la escritora había caducado.Con esta decisión de la Corte, quedó firme la sentencia dictada en enero de 2007 por la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF), que absolvió a Proceso, y si bien confirmó la condena contra Wornat, redujo el monto de indemnización que debe pagar a 500 mil pesos, en lugar de un millón 958 mil.
El amparo de Sahagún fue negado sin debate, pero hubo una larga discusión por el de Wornat, quien seguramente hubiera sido absuelta de no ser por el problema técnico de la caducidad.Y es que entre el 15 de marzo de 2007, cuando el amparo llegó a un tribunal colegiado de circuito, y el 25 de febrero de 2008, los abogados de Wornat no hicieron una sola promoción ante dicho tribunal para impulsar el procedimiento.La ley marca que los litigios civiles caducan si pasan más de 300 días sin promociones de las partes, pues se presume su desinterés. En este caso pasaron 348 días, pero la Corte de todos modos atrajo el amparo el 3 de junio de 2009, cuando ya tenía más de un año vencido.
Los ministros José Ramón Cossío y Olga Sánchez Cordero afirmaron que en este caso no operaba la caducidad, entre otras razones, porque la propia Corte consideró que el asunto era de interés excepcional y por eso lo atrajo. "La caducidad es una institución poco simpática", dijo el ministro Sergio Valls, "pero da seguridad jurídica". Christian Zínser, abogado de Wornat, lamentó el criterio de la mayoría y consideró que la caducidad no debe operar en un amparo directo, cuando ya no existe ninguna prueba o actuación que desahogar por las partes.El litigante recordó que el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil tuvo el expediente durante dos años y nunca dictó sentencia.Además del pago, Wornat tendrá que publicar un extracto de la sentencia del TSJDF en el diario El Sol de México.<
Manuel Bribiesca Sahagún, hijo de Marta, también demandó a Wornat a raíz de sus afirmaciones en el libro "Crónicas Malditas". La escritora también fue condenada a pagar indemnización por daño moral por ese caso, pero a la editorial Random House-Mondadori sólo se le ordenó modificar un capítulo del libro, pues los tribunales consideraron que los editores no pueden aplicar censura previa. Hora de publicación: 15:49 hrs.

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