Dos modelos de justicia confrontadosJorge Carrasco Araizaga
Revista Proceso # 1792, 6 de marzo de 2011
La orden de suspender la exhibición del documental Presunto culpable no es un acto de censura... al menos así lo dicen el Poder Judicial y los abogados de Víctor Daniel Reyes Bravo, quien asegura que a raíz de la proyección de la película (en la que aparece como testigo) ha sido agredido e incluso amenazado de muerte. Pero lo que aparentemente está en el fondo del problema es la lucha entre quienes se oponen y quienes defienden la instauración de los juicios orales en México.
La orden judicial para cancelar provisionalmente la exhibición del documental Presunto culpable dejó a los jueces como “censores” en un linchamiento mediático en el que está de fondo el experimento de la reforma penal para la instauración de los juicios orales en México.
Propiciada desde Estados Unidos y financiada en parte con recursos de la Iniciativa Mérida, la puesta en marcha de la reforma aprobada en 2008 tuvo un fuerte impulso con la exhibición de la película que ahora forma parte de un litigio en el que el Poder Judicial está sometido a fuerte presión social.
Desde su estreno, el 18 de febrero –con 130 copias en seis ciudades y con una taquilla que llega a los 22 millones de pesos–, el documental había tenido amplia difusión y reconocimiento nacional e internacional por exponer la actuación de jueces, policías y agentes del Ministerio Público en el actual sistema de justicia en México.
Los productores y promotores de la película, sin embargo, nunca consideraron que al exhibir “la fabricación de culpables” pondrían en riesgo la vida de uno de sus protagonistas, el testigo Víctor Daniel Reyes Bravo, quien ahora está amenazado de muerte por bandas de narcomenudistas de Iztapalapa, en el oriente de la ciudad de México.
Al menos ése es uno de los argumentos de la defensa de Reyes Bravo al solicitar un amparo contra la exhibición del documental y del que se hizo eco la titular del juzgado Decimosegundo en Materia Administrativa en el Distrito Federal, Blanca Lobo Domínguez, quien el martes 1 ordenó que se suspendiera temporalmente la proyección en tanto se desarrolla el litigio que implica la confrontación de derechos: los de la libertad de expresión y de recibir información con los de la intimidad y la vida privada.
Pero el amparo también fue promovido ante las amenazas de muerte que según el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) recibió el testigo.
En su primera resolución, la juez federal optó por la suspensión provisional ante uno de los argumentos de la defensa: que desde el inicio de la exhibición Reyes Bravo “ha sido sometido a un proceso de desprestigio en su persona al grado de haber sido objeto de vejaciones, humillaciones, burlas y amenazas por parte de personas que no conoce y que lo ofenden incluso en la vía pública”.
Reyes Bravo fue el testigo de cargo contra José Antonio Zúñiga, joven vendedor ambulante de Iztapalapa que había sido condenado sin pruebas por la justicia del DF a 20 años por un asesinato ocurrido en diciembre de 2005. Estuvo encarcelado más de dos años hasta que con el apoyo de dos abogados del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) logró la reposición del procedimiento y, con ello, su liberación.
La víctima mortal, Juan Carlos Reyes Pacheco, era primo del testigo, quien en el primer informe policial aparece como integrante de una banda a la que también pertenecía su familiar. En el reporte, referido en entrevista por el abogado de Zúñiga, Rafael Heredia, dice que la muerte estuvo relacionada con un ajuste de cuentas por la falta de pago en la venta de mariguana en la zona.
El testigo quedó en manos de los agentes de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y declaró contra el presunto culpable. En la reposición del procedimiento, presionado por la defensa de Zúñiga y ante la debilidad de su acusación, Reyes Bravo tuvo que retractarse y ahora, en medio de la amplia difusión de Presunto culpable y ante las alegadas amenazas, busca el amparo de la justicia federal, con lo que colocó al Poder Judicial de frente a los activos y poderosos promotores de los juicios orales.
La presión
El movimiento judicial del testigo llegó en momentos en que la película tenía una gran aceptación. Más de medio millón de personas la vieron en menos de dos semanas, casi una quinta parte de ellas a partir del anuncio de la suspensión provisional de su exhibición.
La solicitud de amparo contra la autorización de la exhibición no estaba en el escenario de los productores del documental –los abogados del CIDE Roberto Hernández Cisneros y Layda Negrete Sansores, y el cineasta australiano Geoffrey Smith– ni entre sus promotores, pero se empezó a gestionar desde el 20 de febrero pasado, dos días después de su estreno en la cartelera comercial, según consta en el acuerdo emitido el martes 1 por la juez Lobo.
Desde esa fecha comenzaron las acciones de los abogados del testigo, Mario Ignacio Mata Martínez, Eduardo Arturo Hernández Hernández, Juan Carlos Ballina y Julio Colín Mendoza.
Hernández Hernández destaca por ser el coordinador general de la agrupación política nacional (APN) Asociación Profesional Interdisciplinaria de México (APIMAC), registrada en el IFE y que en su momento se involucró en la defensa de Andrés Manuel López Obrador contra su desafuero, y en la de Juanito, quien entonces le disputaba a Clara Brugada la delegación Iztapalapa.
En entrevista, Hernández Hernández asegura que su participación en la defensa de Reyes Bravo no tiene motivación política, sino que sólo se sumó a la defensa que encabeza Mata Martínez, “no para censurar la película, sino para preservar el derecho a la imagen de la familia de la víctima y del solicitante del amparo”.
El abogado asegura que la familia “no quiere que se siga recordando el deceso de su hijo, por lo que busca que se deje de exhibir ese material”. Además “está firmemente convencida de que la persona que liberaron (José Antonio Zúñiga) fue quien privó de la vida a su hijo, no obstante que el testigo haya dicho que no reconocía la participación del inculpado”.
Según el litigante, Víctor Daniel dice que se sintió presionado en las audiencias por las cámaras que lo filmaban. Las audiencias, que tienen carácter público, se filmaron con la autorización del entonces presidente del TSJDF, José Guadalupe Carrera, lo que fue ratificado por el actual presidente, Édgar Elías Azar, asegura el defensor de Zúñiga, Rafael Heredia. Precisa que las autoridades del Reclusorio Oriente, donde estaba preso el acusado, también dieron permiso para que se grabaran las audiencias en el juzgado.
El primer intento por detener la proyección de la película lo hicieron los padres del asesinado, pero el 21 de febrero el juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa negó ordenar la suspensión temporal.
La titular de ese juzgado, Mónica Alejandra Soto Bueno argumentó que la autorización de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación para la proyección de la película y el permiso del TSJDF para la exhibición del expediente en la misma, ya eran “actos consumados”, por lo que de haber otorgado la suspensión le habría dado efectos restitutorios al quejoso, decisión que equivaldría a resolver el fondo del juicio de amparo.
Sin embargo, el martes 1 admitió a trámite el amparo, con el número 147/2011, puesto que los familiares dicen que la imagen de su hijo está siendo explotada comercialmente sin su consentimiento.
Además, el 28 de febrero los abogados presentaron una solicitud de amparo pero sólo a nombre de Víctor Daniel Reyes Bravo y esta vez sólo contra la autorización de RTC. En su demanda, el testigo alegó que nunca dio su consentimiento para ser filmado, mucho menos para aparecer en una película.
Aseguró que “nunca autorizó a los creadores de la cinta a que su imagen fuera exhibida públicamente” por lo que se violó su derecho a la intimidad y a la vida privada, por lo que reclama violación de los artículos 14 y16 de la Constitución.
De acuerdo con una nota informativa dada a conocer por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para explicar la suspensión ordenada por la juez Lobo y negar que la película haya sido censurada, el testigo del asesinato ha sido sometido a humillaciones, burlas y hasta amenazas. En este caso, hay en el fondo una “eventual colisión de derechos”.
Según el CJF –el organismo encargado de la vigilancia y administración de los juzgados y tribunales federales– “por una parte se tiene que ponderar el derecho del quejoso a la intimidad y a la vida privada; y por otra se tiene que considerar el punto de vista de los creadores y productores de la película, así como de todos aquellos interesados en verla y recibir la información que de la misma se deriva”.
Mantener la exhibición de la película “podría significar la perpetuación del daño causado a los derechos del quejoso”, explicó el CJF. Sin embargo, a pesar de que la suspensión fue acordada por la juez el martes pasado, no había sido ejecutada hasta la noche del viernes 4.
La Secretaría de Gobernación no sólo se dio por notificada oficialmente desde la tarde del jueves 3, sino que ese mismo día rindió un informe provisional ordenado por la juez. No obstante, públicamente aseguró que antes de cumplir con la orden judicial de suspender temporalmente la película buscaría que la juez explicara “el alcance” de su resolución.
Además, el mismo viernes, Blanca Lobo notificó de su medida a los terceros perjudicados: Roberto Hernández y Layda Negrete, el CIDE y las cadenas de cine Cinépolis y Cinemark, según consta en la página de internet del CJF. En respuesta, Negrete, el CIDE y Cinépolis impugnaron la suspensión provisional, con lo cual, a partir del próximo lunes 7 un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa tiene 48 horas para pronunciarse sobre la resolución de la juez Lobo Domínguez.
La titular del juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa había programado para el viernes 11 resolver en definitiva sobre la suspensión, aunque tres días antes, el martes 8, el juzgado Décimo llevará a cabo una audiencia incidental en relación con la solicitud de amparo solicitada por los familiares del fallecido.
Tanto la Secretaría de Gobernación como los terceros perjudicados han adelantado que en caso de confirmarse la orden de suspensión de la película, la recurrirán judicialmente. Pero aun cuando se decida mantener en cartelera el documental, el juicio del amparo seguirá, adelanta Hernández Hernández.
Conflicto de derechos
Las presiones están sobre el Poder Judicial, que ha insistido en que “la película no ha sido censurada” sino que busca “proteger los derechos fundamentales del quejoso” en lo que se decide si debe prevalecer el derecho de quien solicita el amparo o de los productores de la película y que con ella promueven socialmente la implantación de los juicios orales.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación José Ramón Cossío Díaz advierte que lo ocurrido con la exhibición de Presunto culpable pone en evidencia las fallas y retrasos en la instauración de los juicios orales, aprobados como parte de la reforma penal de junio de 2008 con el impulso del presidente Felipe Calderón y la aprobación del Congreso.
Se ha construido la expectativa de que el funcionamiento de estos juicios es un problema principalmente de los jueces, pero se olvida que la acusación descansará en lo que los policías y peritos sostengan en las audiencias y hasta ahora no se está avanzando en eso, dijo el viernes 4 al participar en el simposio La oralidad en el proceso penal como derecho humano, en el Tecnológico de Monterrey, campus Santa Fe.
Como el principio fundamental de este tipo de juicios es el de la presunción de inocencia, es muy previsible que se empiece a absolver a un número creciente de personas, no por culpa de los jueces sino porque no se están transformando las policías, los servicios periciales ni los ministerios públicos, advirtió.
“No van a poder resistir la verdad construida frente a las impugnaciones que hagan los abogados defensores… lo que podría derivar en una importantísima impunidad en los siguientes años” y ello será “no por los juicios orales o el juicio de amparo, sino por la forma en que los juicios orales y los jueces de amparo tienen que hacerse cargo de todas las garantías que, en un momento dado, tienen los acusados”, dijo el ministro.
Los juicios orales deberán estar vigentes en todo el país en 2016 pero la reforma estableció que en un periodo máximo de tres años, plazo que se cumple el 18 de junio de 2011, deberán estar funcionando los jueces competentes en lo que se definió como el régimen de modificación y duración de penas.
Pero a unos meses de esa fecha “no hay iniciativas, no hay leyes, no hay presupuestos y evidentemente no hay jueces de ejecución”, dice Cossío. “A partir del 19 de junio, cuando una autoridad administrativa de la Secretaría de Gobernación o de la Secretaría de Gobierno del estado que sea determine los beneficios de un sujeto, vamos a decirle en un juicio de amparo que es una autoridad competente”, señaló.
Ante el nulo avance después de tres años de la reforma penal, asegura: “Cuando entren en vigor los juicios orales, vamos a estar (aún) en un momento de violencia importante. Si no tenemos las formas de sostener (las) acusaciones (ni) los jueces entrenados, lo que yo sí puedo predecir es un grado increíblemente alto de impunidad.
“Lo que puedo predecir también es una crítica ferocísima a los juicios orales… porque no todo es el procesado o el acusado, sino también la víctima, (que) se va a sentir ofendida y lastimada porque no está obteniendo una reparación.”
Los juicios orales fueron impulsados desde 2004 por la Agencia de Ayuda Internacional de Estados Unidos (USAID, por sus siglas en inglés) a través de dos empresas consultoras: Management Systems International (MSI) y Management Sciences for Development (MSD). Esas empresas se apoyaron principalmente en organismos empresariales y en el CIDE para promover los juicios orales (Proceso 1663).
En su sitio en internet, MSD reporta en su sección de proyectos terminados que entre septiembre de 2007 y marzo de 2010, a través de su programa Cumplimiento de la Ley en México, promovió el sistema de los juicios orales a través de asistencia técnica y entrenamiento a todos los niveles en el país.
Agrega que “con fondos adicionales de la Iniciativa Mérida el proyecto también apoyó la modernización de los sistemas de justicia estatal y federal y el fortalecimiento de las instituciones de justicia”.
A su vez MSI reporta que, en julio de 2009 –cuando la reforma penal ya había sido aprobada–, “la USAID comenzó a establecer el sistema para las reformas legales (en México) bajo la Iniciativa Mérida, del Departamento de Estado, con el MSI como socio en esa implementación”.
El objetivo, dice, es cambiar el “ineficiente sistema de justicia mexicano, plagado de corrupción, transgresiones a los derechos humanos, impunidad y falta de transparencia”. Para ello, indica, trabajó “a nivel de los gobiernos de los estados y del gobierno federal para adecuar las reformas del Código Penal del país con la reforma constitucional”.
Añade que “expertos legales (de esa organización) trabajaron con académicos becados y funcionarios del gobierno mexicano para diseñar un nuevo Código de Procedimientos Penales. (Incluso) en 2010, 600 personas asistieron a un foro para discutir el código, incluido el presidente mexicano”.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
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