1 mar 2012

Fortalecer la infraestructura en seguridad y justicia

Acuerda Gobierno Federal medidas para la implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Penal y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario en Entidades Federativas
El Secretario de Gobernación, Alejandro Poiré, afirmó que para el Gobierno Federal es prioritario el esfuerzo para apoyar a las entidades federativas durante el periodo de transición para la implementación de la Reforma en materia de Justicia Penal, misma que incluye la adecuación física de juzgados y tribunales, así como los requerimientos para fortalecer el sistema penitenciario estatal y otros requerimientos de infraestructura en seguridad.
Durante su intervención en la XXXII Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el Secretario de Gobernación, dijo que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de este año, se estableció un fondo de apoyo para infraestructura y seguridad cuyas reglas de operación permiten apoyar las inversiones de infraestructura de seguridad pública en los estados.
“Este fondo se encuentra ya constituido y en operación y podría ofrecer a la entidades federativas recursos hasta por 12 mil millones de pesos, específicamente para la infraestructura penitenciaria y del Sistema de Justicia Penal, lo que permitiría a las entidades pagar solamente los intereses del financiamiento obtenido”, señaló.
El encargado de la política interior, aseguró que con esos objetivos y reconociendo el reto que se presenta para la implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Penal y el fortalecimiento para el Sistema Penitenciario, el Presidente de la República, en uso de sus facultades y de manera complementaria al fondo, decidió instruir, mediante Acuerdo Presidencial, las siguientes medidas:
Primero, asesorar a las entidades federativas por medio de la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad Pública, quienes apoyarán la realización de estudios y proyectos, así como la asistencia técnica para el desarrollo de la estructura de seguridad pública y de justicia.
Segundo, fondear estudios y proyectos; a través del Fondo Nacional de Infraestructura (FONADIN), se destinarán a las entidades federativas hasta 400 millones de pesos para cubrir el pago de estudios y proyectos en materia de infraestructura, en seguridad pública y justicia.
Tercero, el FONADIN apoyará a las entidades federativas cubriendo el pago de intereses correspondientes al año de 2012 derivados del financiamiento obtenidos a través del Fondo de Apoyo para Infraestructura y Seguridad-
Cuarto, las Secretarías de Gobernación; de Seguridad Pública y de Hacienda y Crédito Público, así como Banobras evaluarán de manera trimestral las acciones que se realicen y en su caso implementarán medidas adicionales para alcanzar los objetivos.
La publicación en el DOF:
DOF: 1 de marzo de 2012

ACUERDO por el que se instruyen medidas para fortalecer la infraestructura de seguridad pública y justicia en las entidades federativas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 27, 30 Bis y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO
Que una de las prioridades de la presente administración es generar acciones de gobierno para transformar y reforzar los sistemas de seguridad pública y de justicia penal, con el objeto de lograr que el Estado Mexicano garantice la protección de sus habitantes y de sus bienes, construyendo nuevas instituciones que estén a la altura de lo que la sociedad demanda y consolidando el Estado de Derecho en nuestro país;
Que la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008 estableció el nuevo Sistema de Justicia Penal y reformó diversas disposiciones en materia de seguridad pública, a fin de incluir la participación conjunta de los tres órdenes de gobierno, los cuales deben realizar acciones dirigidas a la transformación de los sistemas de seguridad y de justicia penal en el país, de acuerdo a sus competencias y facultades;
Que el orden constitucional establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, por lo que la transformación de las instituciones es una tarea que requiere de la colaboración de los tres órdenes de gobierno y de la sociedad en su conjunto;
Que el 13 de octubre de 2008 se publicó el Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, como una instancia de coordinación, la cual tiene por objeto establecer la política y la coordinación nacionales necesarias para implementar, en los tres órdenes de gobierno, el Sistema de Justicia Penal en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Que conforme al citado Decreto, el Consejo de Coordinación está integrado, entre otros, por el Poder Ejecutivo Federal a través de la participación del Secretario de Gobernación, quien preside el Consejo, el Secretario de Seguridad Pública y el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal;
Que el 5 de agosto de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo al que concurren los tres Poderes de la Unión para dar cumplimiento al mandato constitucional para instalar la instancia de coordinación prevista en el artículo Noveno Transitorio del decreto de reforma constitucional, publicado el 18 de junio de 2008", mediante el cual se incorporaron dichos Poderes al Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, y se reconoce la imperiosa necesidad de que las reformas constitucionales aprobadas al sistema de justicia penal y de seguridad pública tengan efecto y cuenten con el respaldo institucional que corresponda a una adecuada política de Estado, y
Que para cumplir con los mandamientos constitucionales y políticas de la presente administración en el marco de la seguridad pública e impartición de justicia es necesario facilitar a las entidades federativas el acceso a recursos financieros para que fortalezcan su infraestructura en dichas materias, a fin de garantizar la protección de sus habitantes así como el ejercicio de sus derechos, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYEN MEDIDAS PARA FORTALECER LA INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
ARTÍCULO PRIMERO.- Se instruye a la Secretaría de Seguridad Pública lo siguiente:
I. Asesorar y brindar todas las facilidades a las entidades federativas, en términos de las disposiciones aplicables, en la realización de estudios y proyectos de infraestructura de seguridad pública y justicia, así como proporcionar asistencia técnica a su alcance para el desarrollo de infraestructura en materia de seguridad pública, y
II. Participar en el Fondo Nacional de Infraestructura, en los términos de las disposiciones que lo rigen, para que las entidades federativas desarrollen infraestructura en materia de seguridad pública, mediante la puesta a disposición del modelo de infraestructura penitenciaria federal, incluyendo los estudios y proyectos que lo conforman, para favorecer la realización de estudios en dicha materia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría de Gobernación, a través de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, lo siguiente:
I. Asesorar y brindar todas las facilidades a las entidades federativas, en términos de las disposiciones aplicables, para la realización de estudios y proyectos de infraestructura de seguridad pública y justicia, así como proporcionar asistencia técnica a su alcance para el desarrollo de infraestructura en materia de justicia penal, para implementar la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, y
II. Participar en el Fondo Nacional de Infraestructura, en los términos de las disposiciones que lo rigen, para que las entidades federativas desarrollen infraestructura en materia de justicia.
ARTÍCULO TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público lo siguiente:
I. Realizar los actos necesarios para que, en los términos de las disposiciones aplicables, se otorgue financiamiento a las entidades federativas que así lo requieran, bajo condiciones preferenciales y de forma expedita, para infraestructura en materia de seguridad pública y justicia a través del Fondo de apoyo para Infraestructura y Seguridad previsto en el transitorio Vigésimo Sexto del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, y
II. Dar asesoría a las entidades federativas para implementar esquemas, entre otros, de asociación público privada para la construcción y operación de infraestructura de seguridad pública y justicia.
ARTÍCULO CUARTO.- Se instruye al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, lo siguiente:
I. Apoyar a las entidades federativas que reciban financiamiento en términos del artículo anterior exclusivamente para infraestructura de seguridad pública y de justicia, en el pago de los intereses correspondientes al presente ejercicio fiscal, hasta por el monto de los recursos que, en su caso, sean aportados por las secretarías de Seguridad Pública y de Gobernación, a través del Fondo Nacional de Infraestructura, y
II. Apoyar a las entidades federativas a través del Fondo Nacional de Infraestructura, hasta por un monto de 400 millones de pesos, para que se realicen los estudios y proyectos en materia de infraestructura en seguridad pública y justicia que se requieran.
ARTÍCULO QUINTO.- Se instruye a las secretarías de Gobernación, de Seguridad Pública y de Hacienda y Crédito Público, así como al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a coordinarse para evaluar de manera trimestral las acciones que se hayan realizado al amparo de este Acuerdo durante el periodo correspondiente y, en su caso, implementar las medidas adicionales que fortalezcan aquéllas previstas en este Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 29 de febrero de 2012.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Alejandro Alfonso Poiré Romero.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.

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