27 jun 2012

Justicia civil Vs militar/Ibarrola

Columna Cadena de Mando/ Juan Ibarrola C.
CIVIL VS. MILITAR
¡Me refiero a la justicia por supuesto!
Un efecto de la presencia del ejército en tareas de combate al narcotráfico y a la delincuencia organizada, hace que el tema de la impartición de justicia se convierta, por un lado, en la piedra dentro del zapato para la Institución armada y por el otro, en la que grupos perfectamente identificados lanzan para justificar su razón de ser. ¡Abusados!
Cuando un soldado desobedece una orden legalmente dada por un superior en actos del servicio, está cometiendo un delito militar. El soldado entonces tiene tres instancias para su juicio y resolución definitiva: el Juzgado Militar, el Supremo Tribunal Militar y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Sí, la SCJN resuelve cuando se han agotado las primeras dos instancias (Juzgado y Supremo Tribunal Militar) y es derecho del soldado refugiarse ahí para que conozcan y evalúen su caso, aun y cuando se trate de delitos militares.
Pero qué pasa si el soldado comete un delito federal o bien del fuero común.
Entonces tiene que atenerse a lo que dicten las leyes civiles, sin que el “fuero militar” –término mal empleado- lo proteja. Para muestra, ni el General retirado Angeles Dauahare se salvó de que la justicia lo requiriera por presuntos delitos de delincuencia organizada. Este es un buen ejemplo, ya que la SEDENA, no ha iniciado averiguación previa alguna en contra de los Generales Angeles, Dawe y Escorcia, ni del Teniente Coronel Silvio Hernández; y también la Secretaría de la Defensa asegura que el status militar (en activo y/o retirados) que los mencionados tienen, seguirá así, hasta que la autoridad civil determine su inocencia o culpabilidad en los hechos que se les imputan.
Lo importante aquí no son los nombres de las personas, ya que ante los juzgados civiles, el ombre es lo que menos vale.
Derechos Humanos.
Lo importante es que se trata de una Institución, a la cual, hasta las ONG´S no pueden acusar directamente, ya que para estas organizaciones es muy difícil poder asegurar quien comete los delitos en contra de los derechos humanos.
La mayoría de los líderes de estas ONG´S, son extranjeros, ya que es una práctica estratégica no otorgar posiciones de privilegio a mexicanos en estas organizaciones. ¡Abusados!
Estos extranjeros no saben distinguir entre policía municipal, estatal, o Fuerzas Armadas. Hay grandes diferencias y distancias entre unas y otras.
Neutralizar la jurisdicción militar, aparte de ser un grave error, podría tener consecuencias negativas para la sociedad.
En primer lugar porque dejaría a los ciudadanos a merced de la delincuencia. ¡Abusados! pondría a los “malandros” –jurídicamente- al mismo nivel de las Fuerzas Armadas, es decir, en la justicia civil sabemos que, quien tiene más dinero, saldrá mejor librado; quien tiene oportunidad de fabricar culpables, ganará un caso. El resultado sería desastroso a nivel social.
De ser así, qué soldado en sus cabales quisiera seguir persiguiendo delincuentes, cuando de entrada, esa no es su razón de ser como servidor de la patria. Pocos conocen que, son los Municipios o bien los Estados quienes les piden intervenir, es decir, el Ejército no entra en las ciudades o pueblos por su libre albedrío, al contrario, en muchas ocasiones la pregunta es ¿tanto estudiar, para acabar de policía?
La consecuencia negativa más grave, es que ante esta presión de externos, los soldados comiencen a dejar pasar cargamentos de droga en los puestos de control; o es que prefieran no detener vehículos sospechosos por la incertidumbre de terminar en la cárcel por delitos en contra de los derechos humanos. O bien que se deje de apoyar a la población en casos de desastre, ya que también se corre el riesgo de cometer delitos del orden “civil”.
En segundo lugar, porque la razón para intentar neutralizar la jurisdicción militar, –que no “fuero”- se debe a un hecho que sucedió hace casi 40 años, ¡abusados!
Sí, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, amplió el alcance de los tribunales civiles para juzgar a los soldados que cometan violaciones a los derechos humanos, basado en la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en el Estado de Guerrero.
La autoridad civil resuelve en contra de la autoridad militar por un hecho que pertenece a otro México. Hoy quien hace desapariciones “forzadas” es la delincuencia organizada, solo que ahora les llaman “levantones”. Hoy quienes violan los derechos humanos, son los delincuentes y los policías a sueldo de las organizaciones criminales. ¡Abusados!
Es un hecho que algunos elementos castrenses han cometido delitos y los están pagando, o bien deben perseguirse para que respondan a las autoridades, tanto civiles, como militares. Pero de ahí, a elevar al soldado al nivel del delincuente, solo repercute en debilitar al Instituto armado.
Todo lo anterior no significa que se permita el abuso, para conseguir la paz. Significa que el debilitamiento de las Fuerzas Armadas solo logrará que la situación nacional en materia de seguridad pública, se ponga peor.
A mediados del siglo pasado, el Teniente Coronel francés, Jean Pouget, escribió:  "Nosotros, los combatientes, no tenemos los medios para saber si la causa es justa o no... servimos a nuestro país y la Patria siempre es buena..."
Y finaliza diciendo: "la victoria no le pertenece al soldado, tampoco la derrota. Ambas son el resultado de la política de la nación"
¡Abusados!
E-mail: jibarrolals@hotmail.com

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