Faltan a SCJN datos en debate de fuero
La SCJN revisará 2 conflictos competenciales y 28 amparos promovidos por militares, a fin de fijar jurisprudencia
Nota de Victor Fuentes.
Reforma (on line)' (6 agosto 2012).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició su esperado debate sobre los límites del fuero militar, pero la falta de información sobre los antecedentes del primer caso a discusión impidió avances sustanciales en la sesión de hoy.
El Pleno arrancó el análisis de un conflicto competencial para determinar quién debe juzgar al Coronel José Guadalupe Arias Agredano, acusado de encubrir el homicidio del joven Jehtro Ramsés Sánchez en Cuernavaca, en mayo de 2011.
Tanto un juez militar como un juez federal se declararon incompetentes para llevar este proceso, por lo que ni siquiera ha iniciado el juicio contra Arias, preso desde noviembre de 2011.
La Ministra Olga Sánchez Cordero presentó hoy un proyecto de sentencia que señala que ninguno de los jueces mencionados es competente, sino que el expediente debe pasar a un juez local en materia penal de Morelos, ya que el día de los hechos el Coronel Arias estaba franco y no desempeñaba funciones propias del servicio militar.
Para la Ministra, ni siquiera sería necesario aplicar los criterios aprobados por la Corte en julio de 2011 en el caso Rosendo Radilla, sobre límites del fuero de guerra en delitos contra civiles, ya que Arias no calificaba como soldado cuando presuntamente ordenó a subordinados ocultar el cadáver de Sánchez, fallecido a causa de torturas.
Pero luego de una hora de discusiones preliminares, el ministro Jorge Pardo sacó a colación un expediente paralelo no considerado en el proyecto, que obligó a la Corte a interrumpir el debate por falta de información para continuarlo mañana.
Pardo detalló que Arias promovió un amparo contra el auto de formal prisión que el Juez Quinto Militar de la Primera Región le dictó el 18 de noviembre de 2011.
El 30 de abril de 2012, relató el ministro, la juez 12 de Amparo Penal dictó sentencia en la que ordenó al juez castrense anular el auto de prisión, dictar uno nuevo en el que solo debía clasificar el delito de acuerdo al Código Penal Federal, no al Código Militar, y declinar competencia en favor de un juez federal.
Varios Ministros reaccionaron señalando que no tenían datos sobre este amparo, y que tampoco sabían si la sentencia de la juez ya estaba firme o había sido impugnada, por lo que se acordó investigar estos puntos.
La investigación no tendrá que ir muy lejos. El Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del Consejo de la Judicatura indica que el propio Arias interpuso recurso de revisión contra la sentencia, mismo que fue turnado al Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal.
Más aún, el tribunal colegiado informó a la Suprema Corte que tenía este caso en sus manos, y el 14 de junio notificó un acuerdo que dice: "se declara la suspensión del procedimiento en el presente asunto, hasta en tanto la superioridad determine lo conducente".
El tribunal colegiado, por tanto, parece estar a la expectativa de que la propia Corte le informe si atraerá esta revisión, como hizo en meses recientes con cerca de 30 expedientes parecidos que precisamente ahora están a discusión.
La Corte revisará dos conflictos competenciales y 28 amparos promovidos por militares, con la idea de fijar jurisprudencia obligatoria que aclare que los tribunales castrenses no deben juzgar a soldados acusados de delitos contra civiles.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
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