16 dic 2012

Zedillo: de la inmunidad a la impunidad/J. Jesús Esquivel

Zedillo: de la inmunidad a la impunidad/J. Jesús Esquivel
Revista Proceso # 1885, 16 de diciembre de 2012
JusticiaLa matanza de Acteal, ocurrida hace 15 años, sigue siendo una herida abierta. Los familiares de los 45 tzot­ziles asesinados no han dejado de buscar justicia. Y esa justicia –concuerdan defensores de los derechos humanos– debe alcanzar a Ernesto Zedillo. Pero el gobierno calderonista trató de salvarlo ahora que el exmandatario priista goza de su estatus de académico en una prestigiada universidad de Estados Unidos y, con trampas, le pidió a Washington que lo protegiera con un manto de inmunidad… o de impunidad.
WASHINGTON.- El equipo de abogados que representa en Estados Unidos a los familiares de las víctimas de la matanza de Acteal exigió a la Corte Federal de Connecticut desechar la recomendación de inmunidad para Ernesto Zedillo, pues asegura que el gobierno de Barack Obama fue engañado para proponer esa excepción judicial al expresidente mexicano.
“Toda la evidencia indica que el Departamento de Estado fue grotescamente engañado en la petición de inmunidad y que carece de la información para sustentar su propuesta”, sostienen los abogados defensores en un documento presentado el viernes 7 ante la Corte Federal de Connecticut.
“A la luz de esta nueva evidencia (…) los demandantes solicitan a esta Corte: Mantener los procedimientos de la demanda civil (contra Zedillo) hasta que se conozca el decreto final de la solicitud de amparo en las cortes mexicanas; solicitar al Departamento de Estado que revise su sugerencia de inmunidad con base en la determinación que tome la corte mexicana; y declarar en este momento que Zedillo no es inmune a esta demanda porque (…) la inmunidad le es negada según la Constitución de México”, destaca el documento de 10 páginas.
El texto –firmado por los abogados Matthew D. Gordon, Roger S. Kobert y Marc C. Pugliese– acusa al todavía embajador de México en Estados Unidos, Arturo Sarukhán; al exsubsecretario de Relaciones Exteriores Julián Ventura y en general a la cancillería de la administración calderonista de haber engañado al gobierno estadunidense respecto a la supuesta protección que otorga la Constitución de México a los expresidentes del país.
“Zedillo fracasa en su intento de cambiar estas simples verdades: Que la Constitución mexicana de 1917 niega la inmunidad para cualquier presidente, incluido Zedillo, una vez que concluya su mandato; que una Corte Federal en México ha suspendido la tramposa petición de inmunidad para Zedillo hecha por el embajador mexicano (Sarukhán); y que nuestras cortes federales nunca adoptan automáticamente lo que argumenta el Departamento de Estado”, dice el documento entregado por los abogados estadunidenses y del que Proceso tiene copia.
El equipo legal también entregó copia de la demanda de amparo (contra el pedido de inmunidad) que se presentó el 22 de octubre de 2012 ante el Juzgado Decimosexto en Materia Administrativa en el Distrito Federal.
Las trampas de Sarukhán
Al cumplirse este 22 de diciembre 15 años de la matanza de 45 tzotziles en la población de Acteal, municipio de Chenalhó, Chiapas, los abogados de los familiares de las víctimas indican que el gobierno de Obama, de forma irresponsable y con sustento en los dichos de Sarukhán, Ventura y del gobierno de Calderón, el pasado 7 de septiembre recomendó a la Corte Federal de Connecticut otorgar inmunidad a Zedillo y desechar la demanda de la que es sujeto.
Numerosas investigaciones independientes, tesis académicas e incluso informes de organismos de derechos humanos han concluido unánimemente que la matanza de Acteal fue un crimen de Estado.
Gordon, Kobert y Pugliese le aclaran a la corte en Connecticut que en la “nota diplomática 07654” que Sarukhán envió al Departamento de Estado, el 4 de noviembre de 2011, el diplomático ocultó a Washington las limitaciones constitucionales mexicanas sobre la inmunidad de los expresidentes.
La mentira de Sarukhán al gobierno de Estados Unidos, según la demanda de amparo, fue deliberada para “hacer valer ante instancias internacionales la inmunidad diplomática” que Calderón pretendió garantizar para Zedillo.
Los tres abogados le explican a la Corte que Zedillo ha guardado silencio ante la demanda de amparo que las víctimas de Acteal presentaron en México para solicitar la nulidad de la inmunidad diplomática.
“Con su silencio Zedillo concede que la Constitución mexicana claramente rechaza su inmunidad”, puntualizan los abogados.
Respecto a la recomendación que hizo el Departamento de Estado para otorgarle inmunidad a Zedillo y con ello anular la demanda civil –por violación a los derechos humanos– que en su contra presentaron las víctimas de Acteal en Connecticut, el documento destaca que este privilegio diplomático antes de ser emitido debe ser analizado minuciosamente para tener la garantía de que se sustenta en los decretos constitucionales del país extranjero al que pertenece el potencial beneficiado.
Los abogados le hacen notar a la Corte que la Constitución mexicana en sus artícu­los 108 y 111 establece que el presidente de la República goza de inmunidad durante su mandato, excepto en caso de que traicione “a la patria” o cometa crímenes graves.
Esta determinación constitucional se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Respaldados en el contenido del artículo 111, Gordon, Kobert y Pugliese insisten ante la Corte que “la Constitución mexicana guarda un perfecto silencio sobre el derecho de inmunidad para un presidente al concluir su mandato bajo la interpretación jurídica expressio unius est exclusio alterius (expresar una cosa implica excluir las otras)”.
La defensa de las víctimas de Acteal sostiene, que por “respeto a la soberanía” mexicana, el Departamento de Estado debería acatar las recomendaciones que en el pasado se han hecho ante las cortes federales de Estados Unidos para el caso de emisión de inmunidad diplomática a extranjeros.­
Como compromiso de los acuerdos internacionales –insisten los abogados–, el Departamento de Estado debe cumplir con la doctrina diplomática de respeto mutuo y cortesía para con los decretos constitucionales de naciones soberanas a los que no debería contradecir, porque esto podría ser interpretado como una intromisión.
Por encima de los argumentos internacionales y diplomáticos que se han presentado ante la Corte de Connecticut, los tres abogados reconocen una prerrogativa de Obama:
“Generalmente las cortes federales se muestran reacias a intervenir en asuntos de política exterior que le competen a la autoridad del Poder Ejecutivo. Pero aun cuando el contexto es menos obligatorio, como en este caso cuando se ha perpetrado un fraude –por parte de Sarukhán– al Departamento de Estado y a esta Corte,­ nuestras cortes pueden considerar secretos de Estado e incluso reexaminar juicios hechos sobre el contexto de asuntos extranjeros.”
Ahondando en el caso del juicio de amparo en México, el documento le hace notar a la Corte de Connec­ticut que Zedillo en su defensa argumenta que cuando hizo la sugerencia de favorecerlo, el Departamento de Estado “tenía en la mano” la información de la inconstitucionalidad del pedido de inmunidad hecho por Sarukhán. “El Departamento de Estado no rechaza, ni siquiera menciona haber considerado esta información, por lo cual no tiene fundamento la especulación contraria que hace Zedillo”, asienta la defensa.
De lo que sostiene el expresidente mexicano acusado en la demanda civil en Connecticut, los tres abogados añaden que Zedillo también ignora una distinción importante y crucial entre lo que significa “presidente y expresidente”.
Por ello le recuerdan a la Corte que el sistema judicial de Estados Unidos, aun cuando en el pasado haya otorgado inmunidad diplomática a extranjeros, esto ya no se aplica para el caso de ciudadanos que han dejado de ser jefes de Estado o de gobierno.
“Es más”, acotan en el documento los abogados, “Zedillo no ha podido citar un solo caso que involucre un fraude perpetrado sobre el Departamento de Estado y, consecuentemente a una Corte Federal de Distrito por medio de violaciones a la constitución de una nación soberana”.
Por otro lado, el argumento legal contra Zedillo le recuerda a la Corte de Connecticut que en el sistema judicial de Estados Unidos se ha reconocido que la posición de un Estado extranjero sobre el tema de la inmunidad para con uno de sus ciudadanos es incluso superior a la opinión del Departamento de Estado.
“Como mínimo esta Corte debería seguir actuando con prudencia… En caso de que el sistema judicial mexicano afirmara la negativa de inmunidad en la demanda de amparo, esta Corte podría referir este asunto nuevamente al Departamento de Estado para cualquier reconsideración sobre su actual sugerencia o decidir sua sponte si la inmunidad se rechaza en concordancia con la decisión judicial mexicana”, concluye el documento de la defensa.

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