14 abr 2015

El hijo de don Juan Silva Meza, en los medios

Este martes 14 de abril, un juez federal -el hijo de don Juan Silva Meza- concedió a la periodista Carmen Aristegui una suspensión provisional para el efecto de forzar una conciliación con la empresa Grupo MVS, que preside Joaquín Vargas.
Fernando Silva García, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, advirtió a la empresa que si no llega a un acuerdo con Aristegui antes de la audiencia incidental del juicio el 27 de abril, resolverá en esa fecha si procede ordenar que se reanude la transmisión del noticiero de la conductora.
La suspensión, dictada en el amparo 672/2015 promovido por Aristegui, ordena que se dejen de aplicar de inmediato respecto de ésta los lineamientos que MVS impuso recientemente a sus conductores, puesto que: "se advierte preliminarmente que se pone en riesgo lo estipulado en el contrato y además sus efectos pueden generar un efecto inhibidor en la libertad de expresión".
Ordena juez a MVS negociar con Aristegui
El pasado 15 de marzo, la empresa MVS Radio anunció la terminación de su relación laboral con Carmen Aristegui, conductora de su noticiero matutino.

Nota de Víctor Fuentes
Reforma, Cd. de México (14 abril 2015).- Un juez federal concedió a la periodista Carmen Aristegui una suspensión provisional para el efecto de forzar una conciliación con la empresa Grupo MVS.
Fernando Silva García, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, advirtió a MVS que si no llega a un acuerdo con Aristegui antes de la audiencia incidental del juicio el 27 de abril, resolverá en esa fecha si procede ordenar que se reanude la transmisión del noticiero de la conductora.
La suspensión, dictada en el amparo 672/2015 promovido por la propia Aristegui, ordena que se dejen de aplicar de inmediato respecto de ésta los lineamientos que MVS impuso recientemente a sus conductores, puesto que: "se advierte preliminarmente que se pone en riesgo lo estipulado en el contrato y además sus efectos pueden generar un efecto inhibidor en la libertad de expresión".
Silva agregó que los lineamientos impugnados por Aristegui modifican unilateralmente las condiciones del contrato y el acuerdo firmado por las partes y no son producto de una acción consensuada por éstas.
La conciliación debe realizarse de conformidad con el Acuerdo General de Política Editorial y Reglas de Conducta Ética entre Noticias MVS Radio y Carmen Aristegui Flores, y lo señalado por el Ombudsman de MVS Radio en su posicionamiento público.
Para decidir sobre la reanudación eventual del programa de Aristegui, el juez "valorará la colaboración de las partes en conflicto" y las pruebas adicionales que le hagan llegar en estos días.
Por tratarse de un amparo, MVS no puede desacatar la suspensión, y si lo hace corre el riesgo de que sus directivos sean acusados por el juez ante la Procuraduría General de la República por el delito de abuso de autoridad.
La sola admisión del amparo a trámite es inédita, pues el juez está determinando que MVS puede ser considerada como equivalente a una autoridad, por el hecho de ser concesionaria de un servicio público, y que sus actos pueden ser revisados en un juicio de este tipo para determinar si violan derechos humanos.
Silva García es hijo de Juan Silva Meza, Ministro y ex Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
MVS puede impugnar tanto la admisión del amparo como el otorgamiento de la suspensión, y en el caso de ésta última, la queja respectiva tendrá que ser resuelta por un tribunal colegiado en 48 horas.
El caso coloca al Poder Judicial Federal en una situación peculiar, pues en paralelo, el juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia Civil admitió la semana pasada una demanda mercantil con la que MVS busca se declare la terminación de su contrato con Aristegui.
El juicio mercantil implica una contienda entre partes iguales, que participaron en una transacción comercial.
Pero al mismo tiempo, ahora se desahoga un amparo en el que MVS es vista como una autoridad, sujeta a toda clase de candados y sanciones durante el trámite del juicio.
Cabe mencionar que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión contempla desde 2014 el derecho de las audiencias a "recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la nación".
Hora de publicación: 15:01 hrs.
Leer más: http://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=513999&v=3#ixzz3XKV2Qr9A


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