Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) revocarron la resolución del INE que había autorizado a Marcelo Ebrard la candidatura suplente a una diputación federal por el
partido Movimiento Ciudadano (MC).
Este
viernes la Sala Superior del TEPJF aprobó el proyecto SUP-RAP-195/2015,
presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos López, en el sentido de que
es ilegal el acuerdo 162/2015 del INE a través del cual aprobó el registro de
Ebrard Casaubón para diputado federal por la cuarta circunscripción
plurinominal.
Ebrard habría presentado un alegato para puntualizar que en la sentencia del Tribunal
jamás se especificó que no pudiera ser candidato suplente.
Con
ello, Penagos López dio la razón al PRD, Partido Verde y Encuentro Social que
impugnaron la decisión del INE de registrar a Marcelo Ebrard como candidato
suplente.
El
magistrado Manuel González Oropeza indicó que los registros de Ebrard
conculcaron la Constitución y la ley.
“Infringió
la prohibición legal y jurisprudencial sobre las condiciones que tiene un
ciudadano para registrarse, por ello, por tratarse de normas de orden público,
no pueden sancionarse, no pueden convalidarse y mucho menos pueden, de ninguna
manera, encubrirse”.
La
magistrada María del Carmen Alanís indicó que el INE no acató la sentencia del Tribunal que determinó que Ebrard no podía ser
inscrito de nueva cuenta como diputado, ni en el PRD ni en Movimiento
Ciudadano.
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