13 nov 2006

La SSP y la CNDH


Guerra de comunicados:
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) aseguró en un comunicado que la administración del presidente Fox ''no está dispuesta'' a investigar los hechos y a sancionar a los responsables de los delitos que se suscitaron durante el operativo policiaco en los municipios de San Salvador Atenco y Texcoco, pues el titular de Seguridad Pública federal (SSP), Eduardo Medina Mora, rechazó la recomendación (38/2006) que ese órgano le hizo..."

La CNDH señaló que cuenta con evidencias para asegurar que los elementos de la Policía Federal Preventiva (PFP) y de la Agencia de Seguridad Estatal (ASE) incurrieron en diversas violaciones a derechos humanos, como ''tortura'' y ''violación a la libertad sexual''..."
La semana pasada Medina-Mora envió un documento de alrededor de 60 cuartillas, al ombudsman José Luis Soberanes, en el que argumenta que los elementos policiacos no incurrieron en uso excesivo de la fuerza ni en tortura, y que la PFP ''reaccionó en legítima defensa para repeler agresiones infligidas por manifestantes en contra de bienes de terceros ajenos al conflicto, bienes de la nación, seguridad de personas privadas de su libertad, de población en general y de la seguridad de los elementos de la propia corporación''.
Al respecto, la CNDH respondió el sábado 12, a través del siguiente comunicado:

México, DF., a 12 de noviembre de 2006
El secretario de Seguridad Pública, Eduardo Medina Mora, persiste en su negativa a aceptar las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En esta ocasión, el titular de la SSP federal rechazó la Recomendación 38/2006, originada por los hechos de violencia ocurridos los días 3 y 4 del pasado mes de mayo en los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México. En su discurso de toma de posesión, el Presidente Vicente Fox afirmó: “México no será ya más una referencia de descrédito en materia de derechos humanos, vamos a protegerlos como nunca, a respetarlos como nunca y a considerar una cultura que repudie cualquier violación y sancione a los culpables.” Qué lejos estamos de aquella meta. A casi seis años de dicho compromiso, la administración Fox está marcada categóricamente ante la opinión pública por las palabras “Texcoco” y “Atenco”.
Al contravenir el trabajo de esta Comisión Nacional, el secretario Medina Mora refuerza la falacia de que la protección a los derechos humanos limita la efectividad de los aparatos de seguridad pública. Ello genera suspicacias y resistencia entre los servidores públicos, mismas que obstaculizarán la labor de los encargados de hacer cumplir la ley el próximo sexenio.

Así, cuando la autoridad federal manifiesta que no está dispuesta a investigar los hechos ni a sancionar a los presuntos responsables, los probables delitos y responsabilidades administrativas en que incurrieron elementos de la Policía Federal Preventiva (PFP) quedarán, una vez más, en la impunidad. La actitud del secretario Medina Mora es inaceptable en una sociedad democrática que reclama justicia y transparencia. Negarse a investigar la labor de los subordinados es incurrir en una forma de encubrimiento. En este contexto, opacidad es sinónimo de impunidad.

La negativa del titular de la SSP es discordante con las valoraciones de la Procuraduría General de la República. Hace unos días —ante los integrantes del Comité contra la Tortura de la ONU, en Ginebra, Suiza— la fiscal especial de la PGR para la Violencia contra la Mujer, Alicia Pérez Duarte, reconoció que hubo tortura en el operativo de Atenco y Texcoco que dio pie a la recomendación de la CNDH. Pérez Duarte declaró que como resultado de una investigación sobre presunto abuso sexual a 26 detenidas en dicho operativo: “nos dimos cuenta de que no sólo eran delitos de carácter sexual, sino que se convirtió en tortura”.

La actitud del secretario Medina Mora contrasta con la de las autoridades del gobierno del Estado de México y del Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Gobernación, quienes han comunicado a la CNDH la aceptación en su totalidad de dicha Recomendación, por lo que esta Comisión Nacional dará seguimiento y verificará el puntual cumplimiento que de los puntos recomendatorios.
La CNDH determinó en su Recomendación que las autoridades federales y locales involucradas vulneraron derechos inherentes a la dignidad de las personas, relativos a la vida, la integridad física, la legalidad y la seguridad jurídica. Durante los operativos, elementos de la PFP, de la Agencia de Seguridad Estatal y policías municipales de Texcoco incurrieron en detenciones arbitrarias, retenciones ilegales, torturas, violación a la libertad sexual (abuso sexual y violación), allanamientos de morada, robos, incomunicaciones, tratos crueles, inhumanos y/o degradantes, violación a los derechos de los menores, así como en una irregular integración de las averiguaciones previas correspondientes.
Contrario a lo que manifiesta el secretario de Seguridad Pública, Eduardo Medina Mora en su negativa de aceptación, la CNDH evidenció mediante la documentación correspondiente que durante sus indagatorias realizó diversas solicitudes de información que fueron atendidas por la SSP Federal de forma dilatada, parcial, contradictoria e, inclusive, rechazándolas con el argumento de que los datos requeridos era reservados o confidenciales, circunstancia que no constituye eximente alguna para tal efecto. Esta irregularidad ha entorpecido el conocimiento de la verdad histórica y jurídica de los hechos, generado incertidumbre y soslayado la debida aplicación de la ley en perjuicio de las personas agraviadas.
Esta Comisión Nacional cuenta con evidencias suficientes para acreditar las flagrantes violaciones a derechos humanos cometidas por elementos de la PFP. Entre éstas se cuenta con resultados de certificaciones médicas practicadas los días 4 y 5 de mayo de 2006, el oficio RGN/XX/1805/2006 del 11 del mismo mes y año, suscrito por el Jefe de la XX Región Texcoco de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito del gobierno del Estado de México, que contiene a detalle las acciones de las corporaciones policiales involucradas y del cual destaca la participación de la PFP en allanamientos de morada, así como diversas videograbaciones sobre los hechos, tanto de medios de comunicación como de organismos independientes.

A través de dichas videograbaciones, millones de mexicanos fueran testigos de cómo algunos elementos de la PFP golpearon a personas indefensas y ya sometidas. La secretaría de Seguridad Pública Federal no considera que la brutalidad policíaca mostrada por las evidencias merezca ya no una condena, sino siquiera una investigación.
Este Organismo nacional acreditó que durante los operativos en Texcoco y San Salvador Atenco los elementos de las corporaciones policíacas incurrieron en un uso excesivo de la fuerza, generando en los detenidos lesiones que fueron certificadas por peritos médicos. Al respecto, y de manera contraria a la verdad, el titular de la SSP argumenta que la PFP reaccionó en legítima defensa para repeler las agresiones infligidas por manifestantes en contra de bienes de terceros ajenos al conflicto, bienes de la nación, seguridad de personas privadas de su libertad, de la población en general y de la seguridad de los elementos de la propia corporación.
La CNDH quiere subrayar su repudio a la violencia venga de donde venga. En Texcoco y San Salvador Atenco tanto algunos de los manifestantes como algunos de los policías incurrieron en excesos inaceptables. Si bien es cierto que nuestra ley únicamente permite a esta Comisión Nacional investigar los abusos de los servidores públicos, serán otras autoridades quienes determinen las responsabilidades de los particulares.
CNDH, ORGANISMO PUBLICO AUTÓNOMO
Respuesta de la SSP mediante el boletín 476.

BOLETÍN DE PRENSA 476/06

México DF., a 13 de Noviembre de 2006
La Secretaría de Seguridad Pública (SPP) ha aceptado la mayor parte de las recomendaciones que le ha emitido la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), y subraya su pleno respeto a dicho órgano constitucional autónomo.
En los casos de las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos que se relacionan con los hechos ocurridos el 20 de abril en Lázaro Cárdenas, Michoacán, y el 3 y 4 de mayo en Texcoco y San Salvador Atenco, estado de México, respectivamente, la Secretaría de Seguridad Pública decidió no aceptar las recomendaciones emitidas por la CNDH, en razón de que las mismas están sustentadas en hechos falsos e imputaciones de conductas respecto de las cuales la Secretaría de Seguridad Pública y la Policía Federal Preventiva son ajenas.

Cabe señalar que la rigurosa valoración que se realizó de los hechos referidos, no coincide con los criterios expresados por la CNDH en sus recomendaciones.
Las imputaciones recibidas son genéricas, sin precisar personas o condiciones de tiempo, modo y lugar en que se sustentan sus afirmaciones.
En estos casos, la valoración que se hace de los hechos confunde y mezcla elementos subjetivos y fácticos, mismos que luego son presentados como hechos concretos que, empero, son conclusiones erróneas de lo sucedido.
Como se hizo saber puntualmente a la propia Comisión, la Secretaría de Seguridad Pública y la Policía Federal Preventiva, con base en su normatividad y procedimientos internos, realizan la investigación de las conductas de sus miembros respecto a los operativos señalados, y en su caso se aplicarán las sanciones correspondientes. Por tanto no se encubre conducta delictiva alguna.
La Comisión, durante sus investigaciones, en ningún momento notificó a la Secretaría sobre las supuestas omisiones y obstaculizaciones por parte de servidores públicos de la dependencia y de la Policía Federal Preventiva respecto a la cooperación y entrega de información, no obstante que así lo establecen los artículos 71 y 72 de la Ley de la CNDH. Cabe señalar que todos los requerimientos fueron atendidos puntualmente.
La Secretaría de Seguridad Pública, como lo ha reiterado en múltiples ocasiones, considera que el respeto a los Derechos Humanos es para la policía tanto una condición de eficacia operacional, como una exigencia ética – técnica – jurídica indeclinable.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos es una institución fundamental para la República, por lo que se considera indispensable preservar en ella el rigor en la recopilación de la información y la valoración de la misma y de los hechos, a fin de apegarse puntualmente a la verdad histórica y jurídica que lleve a preservar la imparcialidad de sus determinaciones.
Todo ello, con el objeto de mantener la autoridad moral indispensable para que ese organismo autónomo cumpla cabalmente con la importantísima función que la Constitución le ha conferido.

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