Acuerdos de la Junta de Coordinación Política, por el que se modifica el artículo sexto de la convocatoria de la Cámara de Diputados sobre el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral para el periodo 2010-2019
De las Comisiones Unidas de Comunicaciones,
Texto actual en la convocatoria:
Sexto. Al término de las entrevistas y antes del 30 de octubre del presente año, la Comisión de Gobernación aprobará un dictamen que integre la lista de candidatos que hayan cumplido con la experiencia y formación electoral, así como el perfil académico, y lo remitirá a través de su Presidente, a la Junta de Coordinación Política.
Texto propuesto:
Sexto. Al término de las entrevistas y antes del 30 de octubre del presente año, la Comisión de Gobernación aprobará un dictamen que integre la lista de candidatos y candidatas que hayan reunido las mejores cualidades en términos de experiencia y formación electoral, así como el perfil académico, y lo remitirá a través de su presidente, a la Junta de Coordinación Política.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2010.
Diputada Josefina Vázquez Mota (rúbrica p.a.)
Presidenta y Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Revolucionario Institucional
Diputado Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido de la Revolución Democrática
Diputado Juan José Guerra Abud (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Verde Ecologista de México
Diputado Pedro Vázquez González (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido del Trabajo
Diputado Reyes Tamez Guerra (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario de
Nueva Alianza
Diputado Pedro Jiménez León (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
De la honorable Cámara de Diputados para Participar en el proceso de selección de candidatos a ocupar el cargo de consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral para el periodo 2010-2019
La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 41, fracción V, párrafos segundo, tercero y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 110 y 112 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 20 numeral 2, inciso i), 34 numeral 1, inciso h), y 34 Bis, todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Convoca
A los ciudadanos que reúnan los requisitos constitucionales, legales y que establece esta convocatoria, a participar en el proceso de selección de candidatos a ocupar los cargos de Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral del 31 de octubre de 2010 al 30 de octubre de 2019, bajo el siguiente:
Procedimiento
Primero. Los aspirantes a candidatos deberán cumplir y acreditar debidamente los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos y no adquirir ninguna otra nacionalidad durante el periodo de su encargo, en caso de ser designado consejero electoral;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía vigente;
c) Tener más de treinta años de edad al día de la designación;
d) Poseer al día de la designación título profesional de nivel licenciatura con antigüedad mínima de cinco años.
e) Contar con los conocimientos y experiencia en materia electoral que les permitan el desempeño de sus funciones;
f) Gozar de buena reputación y no haber sido encontrado responsable por sentencia irrevocable de delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial;
g) Haber residido en el país durante los últimos dos años, salvo el caso de ausencia en servicio de la república por un tiempo menor de seis meses;
h) No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
i) No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación;
j) No ser secretario de Estado, ni procurador general de la República o del Distrito Federal, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal; jefe del Gobierno del Distrito Federal, ni gobernador o secretario de Gobierno, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento; y,
k) No ser ni haber sido miembro del servicio profesional electoral durante el último proceso electoral federal ordinario.
Segundo. Los grupos de ciudadanos, asociaciones e instituciones académicas, organizaciones ciudadanas o los propios aspirantes a candidatos, en su caso, dentro del plazo comprendido entre el 4 al 8 de octubre del año dos mil diez, con horario de las 10:00 a las 15:00 horas y de las 16:30 a las 19:00 horas, deberán acudir personalmente a entregar en las instalaciones de la Comisión de Gobernación, situadas en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, ubicada en avenida Congreso de la Unión número 66, edificio D, tercer piso, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México, Distrito Federal, previa cita a los teléfonos 01800-122-6270; 5774-9023; o al conmutador 5036-0000, extensiones de la 57128 a la 57131, la siguiente documentación:
1. Currículum vitae con fotografía reciente, firmado por el candidato (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
2. Copias certificadas del acta de nacimiento y de la credencial para votar con fotografía.
3. Carta en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
4. Carta de aceptación de las bases y procedimientos de la presente convocatoria firmada por el candidato (conforme al formato publicado en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx).
5. Ensayo en un máximo de diez cuartillas en letra arial 12, márgenes de 2.5 centímetros y a 1.5 líneas, sobre el tema: los avances en la implementación de la reforma constitucional en materia electoral y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales del 2007-2008; sus resultados y reformas pendientes en materia electoral. Dicho ensayo deberá entregarse en versión electrónica e impresa en dos tantos.
6. En caso de que la propuesta sea sustentada por un grupo de ciudadanos, deberá acompañarse, además, una carta en la que hagan constar su propuesta y la copia de la credencial de elector de los firmantes.
7. Si la propuesta es sustentada por una organización de ciudadanos, deberá acompañarse con una copia certificada del acta constitutiva correspondiente, así como una carta del representante legal en la que se haga constar la decisión de la organización de postular al aspirante.
8. Cuando la propuesta sea sustentada por una asociación o institución académica, deberá acompañarse de una carta suscrita por el presidente o director de la misma.
Tercero. Dentro del plazo comprendido entre el 4 y 10 de octubre del año en curso, la Comisión de Gobernación integrará los expedientes y revisará la documentación de los aspirantes a candidatos a fin de verificar que reúnen los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Para tales efectos podrá allegarse de los elementos que estime pertinentes.
Cuarto. A más tardar el 11 de octubre de 2010, la Comisión de Gobernación elaborará la lista de candidatos a consejeros electorales que cumplan con los requisitos señalados en la presente convocatoria, misma que será remitida a la Junta de Coordinación Política y publicada en la Gaceta Parlamentaria y en el portal de Internet de la Cámara de Diputados www.diputados.gob.mx. el12 de octubre de 2010.
En dicha lista se indicará la fecha y la hora en que deberán acudir los candidatos para el desahogo de las entrevistas. Las citas se asignarán en estricto orden alfabético. Tal publicación surtirá efectos de notificación para los aspirantes.
Cualquier persona, física o moral, podrá presentar opiniones ante Comisión de Gobernación. Las objeciones deberán manifestarse por escrito, fundarse y motivarse, aportando los elementos de prueba que correspondan. Al escrito de referencia se acompañará copia de la credencial para votar del ciudadano que la suscribe y/o una copia certificada del acta constitutiva correspondiente, deberá entregarse en las instalaciones de la Comisión de Gobernación, en la dirección descrita en el procedimiento segundo, a más tardar el día 15 de octubre a las 19 horas.
Quinto. Las entrevistas tendrán una duración máxima de 40 minutos y se desarrollarán de acuerdo al siguiente procedimiento:
I. Se realizarán entre el 17 y el 23 de octubre del año en curso. La Comisión de Gobernación se declarará en sesión permanente a efecto de entrevistar a cada uno de los candidatos quienes contarán con 5 minutos para exponer los puntos centrales de su ensayo y no podrán ser interrumpidos durante ésta. Cada grupo parlamentario presente, en orden ascendente, podrá formular una pregunta hasta por un minuto.
II. Las preguntas sólo podrán versar sobre aspectos técnicos o jurídicos propios de la materia electoral y tendrán como propósito comprobar que los candidatos poseen el perfil adecuado, así como los conocimientos y experiencia que les permitan el desempeño eficaz y calificado de sus funciones.
III. Cada candidato contará hasta con tres minutos para responder las preguntas que se formulen.
IV. Las entrevistas se realizarán en sesiones públicas y serán transmitidas por el Canal del Congreso.
V. Antes del 11 de octubre, los grupos parlamentarios podrán acreditar por conducto de su coordinador, una relación de diputados federales que no formen parte de la Comisión de Gobernación, para participar con el carácter de sustitutos en la etapa de entrevistas.
El número de diputados federales sustitutos acreditados no podrá exceder el número de legisladores que le corresponde a cada grupo parlamentario en la proporción de la integración de la Comisión de Gobernación. Durante el desarrollo de las entrevistas, sólo podrá participar el número de legisladores que corresponda a dicha integración.
Los grupos parlamentarios sin representación en la Comisión de Gobernación podrán acreditar hasta un legislador para formular preguntas durante las entrevistas.
VI. Los candidatos deberán acudir en el día y hora señalados en la lista que se publique para tal efecto, sin que esta cita pueda reprogramarse, salvo por ausencia en caso fortuito o de fuerza mayor, a juicio de la propia Comisión de Gobernación.
VII. No podrán llevarse a cabo entrevistas o reuniones con aspirantes o candidatos fuera del procedimiento de esta convocatoria.
Sexto. Al término de las entrevistas y antes del 30 de octubre del presente año, la Comisión de Gobernación aprobará un dictamen que integre la lista de candidatos y candidatas que hayan reunido las mejores cualidades en términos de experiencia y formación electoral, así como el perfil académico, y lo remitirá, a través de su presidente, a la Junta de Coordinación Política.
Séptimo. Los Grupos Parlamentarios, a través de la Junta de Coordinación Política, determinarán por el más amplio consenso posible y atendiendo las consideraciones y recomendaciones que establezca el dictamen de la Comisión de Gobernación, la propuesta de los nombres de los tres candidatos a Consejeros Electorales del Instituto Federal Electoral, para el periodo del 31 de octubre de 2010 al 30 de octubre de 2019.
Octavo. En la sesión de la honorable Cámara de Diputados se dará a conocer al pleno las propuestas a que se refiere el procedimiento séptimo y se procederá a su discusión y votación.
Serán designados consejeros electorales del Instituto Federal Electoral los candidatos que resulten electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.
Noveno. Los consejeros electorales durarán en su encargo hasta el 30 de octubre de 2019 y no podrán ser reelectos.
Décimo. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Junta de Coordinación Política.
Undécimo. La presente convocatoria entrará en vigor el día de su aprobación por la honorable Cámara de Diputados.
Duodécimo. Se instruye a la Secretaría General, al área de comunicación social y al Canal del Congreso a dar la más amplia difusión a la presente convocatoria.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días de septiembre de dos mil diez.
Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín
Presidente de la Cámara de Diputados
(En votación económica, se acepta la modificación. Septiembre 30 de 2010.)
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