3 feb 2012

Acuerdo del CJF, que reglamenta..


Este viernes 3 de febrero de 2012 se publica en el DOF el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo. Desde el pasado 8 de junio de 2011 el Pleno del CJF aprobó la modificación de la estructura orgánica y de la adscripción de diversas áreas administrativas del propio Consejo, y ”A fin de atender con mayor eficacia y eficiencia las necesidades operativas del Consejo, resulta necesario adecuar el marco jurídico que hasta hoy ha regulado su estructura orgánica, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por lo que se abroga el Acuerdo General que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado el 3 de octubre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación, para actualizar su contenido…
Entre otros se menciona la creación de la Unidad de Implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, que dirige el magistrado don Oscar Vázquez Marín, la cual es "el área administrativa dependiente de la Presidencia del Consejo, encargada del estudio, análisis y propuesta del diseño, planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones necesarias para la implementación de las Reformas Penal, de Juicio de Amparo y Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación; así como de la coordinación de los diversos órganos auxiliares y áreas administrativas del propio Consejo involucradas en estos procesos de cambio; la relación interinstitucional con las instancias de coordinación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo Federal, y con las entidades federativas y el Distrito Federal."
CONSIDERANDO
PRIMERO.- La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 100, primer párrafo constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO.- Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO.- La experiencia adquirida en el desempeño de las actividades de las diversas áreas del Consejo de la Judicatura Federal, permite adoptar medidas tendentes a optimizar y fortalecer su desempeño;
QUINTO.- El fortalecimiento conlleva necesariamente la adecuación de la estructura orgánica con una visión integradora y sistémica;
SEXTO.- El 8 de junio de 2011 el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la modificación de la estructura orgánica y de la adscripción de diversas áreas administrativas del propio Consejo; y
SEPTIMO.- A fin de atender con mayor eficacia y eficiencia las necesidades operativas del Consejo, resulta necesario adecuar el marco jurídico que hasta hoy ha regulado su estructura orgánica, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por lo que se abroga el Acuerdo General que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado el 3 de octubre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación, para actualizar su contenido.
Por lo antes expuesto, y con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales antes mencionadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente

ACUERDO…
TRANSITORIOS
ARTICULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente.
Respecto del artículo 39, fracción II, durante el período del Presidente actual el Pleno determinará lo que corresponda, tomando en consideración los trabajos de planeación existentes en el Consejo.
ARTICULO SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006, así como los acuerdos generales que lo reforman o adicionan; y, se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
ARTICULO TERCERO.- Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta y en el portal de Internet del Consejo.
ARTICULO CUARTO.- El personal de la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales, y de las Direcciones Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales; de Inmuebles y Mantenimiento; de Estadística y Planeación Judicial; de Programación y Presupuesto, así como de la Coordinación de Administración Regional; que a la entrada en vigor del presente Acuerdo desempeñan funciones relacionadas con las atribuciones que dicho instrumento jurídico confiere a las Direcciones Generales de Tecnologías de la Información y de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional se integrarán con su plaza a dichas Direcciones Generales, según corresponda, conservando sus derechos laborales.
Asimismo, los recursos materiales y financieros relacionados con el desempeño de las atribuciones a que se refiere el párrafo anterior, con que cuenten la referida Secretaria Ejecutiva y las mencionadas Direcciones Generales se transferirán a la Dirección General de Tecnologías de la Información y a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, según corresponda.
Lo previsto en este artículo se deberá llevar a cabo dentro de los treinta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo, mediante la suscripción de las actas de entrega recepción respectivas y demás instrumentos necesarios.
La Dirección General de Tecnologías de la Información y la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional deberán informar al Pleno sobre el cumplimiento de lo previsto en este artículo.
ARTICULO QUINTO.- Las Secretarías Ejecutivas de Administración; de Finanzas; y de Obra Pública, Recursos Materiales y Servicios Generales, deberán instruir las acciones a que haya lugar para el debido cumplimiento de lo previsto en el artículo anterior y realizar los trámites administrativos correspondientes, a efecto de dar cumplimiento al presente Acuerdo.
ARTICULO SEXTO.- Los asuntos que se encuentren en trámite en las Direcciones Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales; de Administración Regional; de Inmuebles y Mantenimiento; de Estadística y Planeación Judicial; de Programación y Presupuesto a la entrada en vigor del presente Acuerdo, de los cuales conozcan en ejercicio de las atribuciones que se transfieren a la Dirección General de Tecnologías de la Información o a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, serán atendidos por las nuevas unidades administrativas, salvo en aquellos casos en que pueda causarse alguna afectación al funcionamiento del Poder Judicial de la Federación, supuesto en el cual las unidades administrativas que estén conociendo del asunto lo atenderán hasta su conclusión, previo dictamen respecto de la posible afectación, de la Dirección General de Tecnologías de la Información o de la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, según corresponda.
ARTICULO SEPTIMO.- Los asuntos en trámite que se encuentren en las Direcciones Generales de Administración Regional y de Informática a la entrada en vigor del presente Acuerdo, serán atendidos por la Coordinación de Administración Regional y por la Dirección General de Tecnologías de la Información, respectivamente. Lo mismo sucederá respecto de los asuntos que se encuentren en trámite en la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial que no se transfieren a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional, los cuales serán atendidos por la Dirección General de Estadística Judicial.
ARTICULO OCTAVO.- La Contraloría del Poder Judicial de la Federación, intervendrá dentro de su ámbito de competencia en el cumplimiento del presente Acuerdo.
ARTICULO NOVENO.- Las referencias que se hagan a la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales; a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales; a la Dirección General de Administración Regional; a la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial y la Dirección General de Programación y Presupuesto en otras disposiciones jurídicas que deriven del ejercicio de las atribuciones que se transfieren a la Dirección General de Tecnologías de la Información y a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional se entenderán referidas a las mismas.
ARTICULO DECIMO.- Las referencias que se hagan en otras disposiciones a la Dirección General de Informática se entenderán hechas a la Dirección General de Tecnologías de la Información, según sea el caso.
Lo mismo sucederá respecto de referencias a la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial, que no se relacionan con las atribuciones que se transfieren a la Dirección General de Innovación, Planeación y Desarrollo Institucional o a la Dirección General de Tecnologías de la Información, caso en el cual las referencias se entenderán hechas a la Dirección General de Estadística Judicial.
Las referencias que se hagan a la Dirección General de Administración Regional que no correspondan a otra unidad administrativa, de conformidad con el régimen transitorio antes expuesto, se entenderán hechas a la Coordinación de Administración Regional.
La publicación completa:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5232567&fecha=03/02/2012

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