1 may 2013

Las reformas al 73 Constitucional en comisiones


La Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la minuta que reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir una legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas, que regirá en la República, en el orden federal y en el fuero común.
En  el documento turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales se faculta al Congreso a expedir una legislación que establezca los delitos y las faltas contra la Federación y las penas y sanciones que por ellos deban imponerse.

En los artículos transitorios se precisa que la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que expida el Congreso de la Unión conforme al presente Decreto, entrará en vigor en toda la República a más tardar el 18 de junio de 2016.
 Además, la legislación vigente en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas expedida por el Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal continuará en vigor hasta que inicie la vigencia de la legislación que respecto de cada una de dichas materias expida el Congreso de la Unión.
 Se resalta que los procedimientos penales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la legislación procedimental penal, serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes al momento de iniciarse dichos procedimientos.

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