ACUERDO
por el que se reforma el Acuerdo A/068/12, por el que se crea la Unidad para la
Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la Procuraduría General
de la República, reformado mediante los diversos A/182/14 y A/032/15.
Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Procuraduría General de la República.
ACUERDO
A/ 037 /15 ACUERDO
POR EL QUE SE REFORMA EL ACUERDO A/068/12, POR EL QUE SE CREA LA UNIDAD PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO EN LA PROCURADURÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA, REFORMADO MEDIANTE LOS DIVERSOS A/182/14 Y A/032/15.
ARELY
GÓMEZ GONZÁLEZ, Procuradora General de la República, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 9, 10, 15 y 16 de la Ley Orgánica de
la Procuraduría General de la República; y 1, 3, 5, 7, 10 y 11 de su
Reglamento, y
CONSIDERANDO
Que
el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en su meta nacional
"México en Paz", objetivo 1.4. "Garantizar un Sistema de
Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente", estrategia
1.4.1. "Abatir la impunidad", como una línea de acción, el diseñar y
ejecutar las adecuaciones normativas y orgánicas en el área de competencia de
la Procuraduría General de la República, para investigar y perseguir el delito
con mayor eficacia;
Que
el Programa Nacional de Procuración de Justicia 2013-2018, en su objetivo 2.
"Asegurar la implementación en tiempo y forma del Sistema de Justicia
Penal Acusatorio", estrategia 2.2 "Preparar y ejecutar el plan de
transición", prevé como una de las líneas de acción diseñar e implementar
mecanismos de seguimiento y gestión del cambio;
Que
la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la
Procuraduría General de la República, creada mediante el Acuerdo A/068/12
publicado el 17 de abril de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, ha
fungido como el eje coordinador para el desarrollo de los trabajos de la
implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en la Procuraduría
General de la República;
Que
mediante el Acuerdo A/182/14 por el que se reforman diversas disposiciones del
Acuerdo A/068/12, se dotó a la Unidad para la Implementación del Sistema
Procesal Penal Acusatorio en la Procuraduría General de la República de
facultades de supervisión y vigilancia del seguimiento posterior a la fase de
implementación de dicho Sistema;
Que
mediante el Acuerdo A/032/15 por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones al Acuerdo A/068/12, por el que se crea la Unidad para la
Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la Procuraduría General
de la República, reformado mediante el diverso A/182/14, se adscribió dicha
Unidad a la Oficina de la Procuradora General de la República;
Que
el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en
su artículo 3, segundo párrafo, refiere que cada unidad administrativa
especializada creada mediante Acuerdo de la Procuradora General de la República
contará con un área que se encargará de atender sus requerimientos de
operación, lo cual incluye la gestión de recursos financieros, materiales y
humanos, y
Que
en virtud de que la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal
Acusatorio en la Procuraduría General de la República, se encuentra en una
etapa decisiva para la implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio que
incide en las actividades de la Institución, se requiere que pueda ejercer de
forma inmediata los recursos que se le asignen, por lo que he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.
Se reforma el artículo Quinto del Acuerdo A/068/12, por el que se crea la
Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la
Procuraduría General de la República, reformado mediante los diversos A/182/14
y A/032/15, para quedar como sigue:
"QUINTO.
Para el cumplimiento de las facultades encomendadas al Titular de la Unidad
para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la Procuraduría
General de la República, contará con los recursos humanos, materiales y
financieros que permitan la normatividad aplicable y la disponibilidad
presupuestal, en términos del párrafo segundo del artículo 3 del Reglamento de
la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República."
SEGUNDO.
Se reforma el artículo Segundo transitorio del Acuerdo A/032/15 por el que se
reforman y
adicionan
diversas disposiciones al Acuerdo A/068/12, por el que se crea la Unidad para
la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la Procuraduría
General de la República, reformado mediante el diverso A/182/14, para quedar
como sigue:
"SEGUNDO.-
Se instruye a la Oficialía Mayor y a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos
Internacionales formalizar la entrega de los recursos humanos, materiales y
financieros correspondientes a la Unidad para la Implementación del Sistema
Procesal Penal Acusatorio en la Procuraduría General de la República."
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.-
Se abrogan todas las disposiciones normativas que se opongan a lo previsto en
el presente Acuerdo.
México,
Distrito Federal, a 28 de mayo de 2015.- La Procuradora General de la
República, Arely Gómez González.- Rúbrica.
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