24 nov 2015

Los 20 minutos del Dr. Javier Laynez Potisek. ¿Amarrado, ya?

Eso si hay un intenso cabildeo para que Laynes sea Ministro…¿Por qué?
También en  2011 intentó sin éxito ser Magistrado de  la Corte Penal Internacional (CPI), pero no pasó los filtros de destacados penalistas; ese no ha sido sido su unico tropiezo, aunque ha sido una persona con mucha suerte.
También fracasó en su intentó de ser Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en 2006.. Ahí no hubo mayor problema. Pero en lo de la CPI si.

El 26 de octubre de 2011 el panel especial para la elección de magistrados de la CPI concluyó que, de los 19 candidatos propuestos por igual número de países, cuatro eran “no calificados”, entre ellos Laynes..
¿Quiénes fueros esos especialistas que lo descalificaron?
Cinco juristas de prestigio internacional: Richard Goldstone, exfiscal del Tribunal Penal Internacional para la exYugoslavia; los exjueces de ese mismo tribunal Patricia Wald y O-Gon Kwon; Hans Corell, exjefe del Consejo Jurídico de la ONU y Cecilia Medina Quiroga, expresidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Tras mes y medio de analizar los expedientes de los candidatos, el panel determinó que Hamouda, Serghides, Urbina Ortega y Laynez Potisek no eran aptos para participar en la elección.
Las razones del rechazo emitido el 26 de octubre de 2011 fue simple..“Este candidato (Laynes) es no calificado porque no tiene la experiencia necesaria, ya sea como juez, fiscal, abogado u otra función similar”.
¡Un duro golpe del que ya no quiere acordarse!
Por cierto, ha sido más d euno los intentos de meterlo en la SCJN, a lo mejor esta vez lo será.., a lo mejor, los senadores se han equivocado muchas veces…
¿Casos?
¡El de Sepulveda Amor!
 Regresando a Laynes, Lástima su discurso de hoy fue ligth.., pudo haber sido contundente!
Necesita fuerza para convencer no a los senadores sino a la sociedad.
Vamos a ver que ocurrirá en su comparecencia ante la Comisión de Justicia. Sé que hay un gran cabildeo para que ocuope el lugar de don Juan Silva Meza.
Le daré seguimiento..
Senado de la República, a 24 de noviembre de 2015.
El Presidente Senador Roberto Gil Zuarth:   Y ruego se invite a pasar ante este pleno al señor Javier Laynez Potisek, quien es integrante de la terna para cubrir la vacante que dejará el Ministro Juan Silva Meza.
Sea usted bienvenido ciudadano  Javier Laynez Potisek.
Acude usted ante este Pleno en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 96 de la Constitución y el punto resolutivo cuarto del acuerdo parlamentario que regula el procedimiento para la elección de ministros de la Corte. En dicho acuerdo se prevé que dispone usted de hasta 20 minutos para presentar su candidatura.
Proceda por favor, doctor Laynez.
El C. Javier Laynez Potisek: Señor Presidente.
Señoras Senadoras, señores Senadores.
En esta breve presentación me gustaría en primer lugar dar a conocer cuál fue el camino que me llevó a ser abogado y servidor público.
Acto seguido, quisiera compartir con ustedes cuáles son los factores que en mi opinión a partir de la reforma constitucional de 1994-95 han convertido a la Suprema  Corte de Justicia en uno de los pilares del Estado mexicano.
Concluiré con algunas reflexiones sobre la idoneidad de la candidatura.
Originalmente yo quería ser diplomático de carrera, representar a México en el extranjero.  Sin embargo, a finales de los setenta, la oferta educativa en Torreón era limitada, mi familia no pudo asumir el costo que implicaba estudiar y vivir en la Ciudad de México.
Es así que en Monterrey inicié mis estudios de Derecho gracias a una beca que me otorgó la Universidad Regiomontana, mientras trabajaba de medio tiempo en la biblioteca.
Durante la carrera, el Derecho Constitucional y el Derecho Administrativo captaron de inmediato mi interés.  Estoy seguro que en ese momento lo que más me atrajo fue el impacto que produce la acción gubernamental en cualquiera de sus funciones, ejecutiva, legislativa o judicial.
El acto administrativo, el acto de gobierno, la expedición, la reforma de una ley, las resoluciones judiciales, todas estas manifestaciones del Estado modifican la expectativa de miles de ciudadanos y transforman profundamente afirmativa o negativamente comunidades enteras e incluso a la totalidad del país.
Mi primer trabajo de investigación, es decir, mi tesis profesional de licenciatura llevó como título “La Reforma Administrativa en México y sus Etapas de Implementación”.
En  1983 ingresé por concurso en el nivel más bajo de la jerarquía, a la Procuraduría Fiscal de la Federación, paradójicamente, muchos años después llegaría a ser titular de la misma. Así, inicié mi carrera que ahora suma más de 25 años al servicio del Estado.
Dos años después, también mediante concurso, obtuve una beca del gobierno francés y cursé mí doctorado en Derecho Público en la Universidad de París, con la tesis denominada “El Nuevo Rol del Estado Mexicano Frente al Sector Público Productivo”.   Mi vocación por lo público maduró y se enriqueció.
Al regresar a México enfrenté una nueva encrucijada, servir al país desde una de las instituciones académicas públicas más prestigiadas, el Colegio de México, quien me hizo una oferta para integrarme a su claustro de investigadores de tiempo completo, o bien volver al servicio público en activo.  Circunstancias afortunadas me permitieron compaginar ambas actividades. 
Reingresé como funcionario a la entonces Secretaría de Programación y Presupuesto, pero pude mantener ininterrumpidamente desde entonces, mis actividades de enseñanza a nivel de licenciatura y maestría en instituciones públicas, como el Colmex y el CIDE.
En el servicio público he tenido el privilegio de participar activamente en las más importantes reformas constitucionales y legales que han modificado el derecho mexicano, como la propia reforma al Poder Judicial, la reforma en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas, el Código Civil en Materia de Violencia Intrafamiliar, la primera Ley de Transparencia, la adopción del Sistema Penal Acusatorio, la primera Ley de Telecomunicaciones, hasta la Iniciativa Constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción.
A lo largo de este tiempo también adquirí una vasta experiencia en el litigio constitucional.
Hoy quiero referirme, en específico, a la reforma al Poder Judicial, en la que participé, junto con otros distinguidos juristas, desde su concepción hasta la redacción de las iniciativas de reforma constitucional, Ley Orgánica del artículo 105 y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La creación del Tribunal Constitucional marcó un hito en la historia del país y transformó profundamente el ejercicio del poder y la relación de éste con los ciudadanos.
Esta reforma es, sin duda, uno de los cimientos de construcción del Estado Democrático de Derecho que con tanto esfuerzo estamos consolidando.
Ciertamente la reforma se ubicó en un contexto de una sociedad mexicana mucho más alerta e informada, una sociedad que demandaba un cambio en el ejercicio del poder y dispuesta a defender y hacer efectivos sus derechos.
Por ello tuvo 2 ejes fundamentales: por un lado, el equilibrio de poderes, mientras que la regularidad electoral implicaría, de manera casi inmediata, el surgimiento de un Poder Legislativo fuerte, el Poder Judicial, y señaladamente la Suprema Corte requerían de una amplia reforma, desde la parte orgánica, hasta la consolidación del tribunal constitucional. Sólo así asumiría su rol como un auténtico poder del Estado que hiciera contrapeso al Ejecutivo y al Legislativo, y permitiera ordenar el proceso federalista, que por aquellos años cobraba vigor.
Por otro, se buscó garantizar la supremacía de la Constitución en un país donde el único medio efectivo, pero limitado de control constitucional, había sido el juicio de amparo, a ello obedeció la introducción de la acción de inconstitucionalidad y la ampliación de los supuestos y regulación de la controversia constitucional.
Por estas razones la selección de los ministros ha sido, desde entonces, una de las decisiones políticas de mayor trascendencia. Implica la acción razonada de 2 poderes constituidos que deben garantizar la integración del único poder del Estado que no está sujeto al control democrático directo, pero que al mismo tiempo, el ser guardián último de los valores democráticos y republicanos que consagra la Constitución.
La renovación de 2 ministros que hoy nos convoca concluye una larga etapa de reforma institucional iniciada hace 20 años, frente a ella se abren los nuevos retos que plantean las reformas constitucionales acumuladas a lo largo de los últimos años, en los cuales la Suprema Corte tendrá un papel particularmente relevante. Veamos por qué.
Primero.- Porque la acción de inconstitucionalidad dejó de ser exclusivamente un mecanismo de control de la ley por parte de la minoría parlamentaria contra la decisión de la mayoría.
Hoy también tienen legitimación activa los partidos políticos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como el Ejecutivo Federal y la tendrá el Fiscal General.
Segundo.- Porque en las controversias constitucionales se han agregado, además de los Poderes Federal, Estatales y Municipales, a todas las autonomías constitucionales creadas recientemente: Ifetel, Cofece, INAI, entre otros.
Tercero, y quizás el más importante.- Porque las reformas de derechos humanos y de amparo, de 2011, modificaron el paradigma de la actuación y control de los órganos del Estado mexicano.
El reposicionamiento del ciudadano, individual o colectivamente, ha obedecido a un proceso político que decidió la apertura del orden jurídico nacional y su interrelación, hoy irreversible con el derecho internacional.
El Constituyente Permanente fue sumando gradualmente a nuestro país en una agenda progresista de corte internacional.
La Constitución y la interpretación de nuestro máximo Tribunal ha sentado las bases para la construcción de una nueva institucionalidad, no sólo superaron nomenclaturas arraigadas y redefinieron el concepto de jerarquía de la norma, sino que también perfeccionaron los mecanismos para hacer efectivos el ejercicio de los derechos humanos.
El interés legítimo que amplíe el acceso a colectivos sociales que anteriormente impulsaban sus agendas por vías distintas a las jurisdiccionales.
El control de convencionalidad y el principio pro homine.
La posibilidad de declaratoria de inconstitucionalidad con efectos generales y el control difuso que permiten, en el primer caso, la expulsión, y, en el segundo, dejar de aplicar una norma aprobada por la mayoría del órgano de representación democrática.
Si el papel de nuestro máximo Tribunal se pensó originalmente para atender las cuestiones de gobernabilidad inmediatas, ejercicio ordenado del poder, fortalecimiento del municipio, justicia pronta y expedita, debido proceso, hoy en día lo colocan como el garante directo, o a través de su jurisprudencia y criterios interpretativos, de la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, pero de todos los derechos humanos, ya no sólo de los derechos civiles y los políticos, sino los derechos económicos, sociales, culturales y de medio ambiente.
Estos últimos, por cierto, además con una connotación jurídica concreta en que dejamos aquella añeja concepción de considerarlos como simples anhelos o expectativas.
Adicionalmente los medios de control constitucional habrán de llevar a la Suprema Corte a revisar la regularidad constitucional de políticas públicas que son pilares para el desarrollo y crecimiento del país, tales como: telecomunicaciones, competencia económica y salud pública.
Todo lo anterior, como dije, forma parte de una nueva etapa para la Suprema Corte y pone de relieve el perfil de los ministros, pero también abre el debate entre creatividad judicial, por un lado, y la deferencia o auto restricción del máximo Tribunal, por el otro.
Este debate debe abordarse sin temores, pero también sin injustificados encasillamientos.
Estoy convencido del poder de adaptabilidad del derecho a la cambiante realidad social, esto es fundamental e inevitable cuando se interpreta un texto como la Constitución, primero, por ser esta la norma general por antonomasia, es decir, no puede ser exhaustiva, y, segundo, por el complejo sistema que para su modificación previó el Constituyente de 1917.
Así, el intérprete constitucional debe ser receptivo a las nuevas propuestas de interpretación y de alguna manera aprender a desaprender lo que por años asimilamos, aplicamos, y, en mi caso, enseñamos.
La justicia constitucional no tiene como objetivo el crear consensos o mayorías, sino proteger derechos, así sea para una sola persona o una minoría, pero también hay que reconocer que este nuevo paradigma constitucional conlleva a aspectos políticos, económicos, sociales e incluso financieros que trascienden el ámbito estrictamente jurídico.
Por ello, no es superfluo recordar que el respeto irrestricto a los derechos humanos y la convivencia armónica de la sociedad es responsabilidad de todos los poderes del Estado.
El Tribunal, como órgano límite, Suprema Corte, tiene una responsabilidad mayor, ciertamente, pues le corresponde asegurar el máximo ejercicio de las libertades y los derechos en cumplimiento estricto al mandato del artículo primero.
Pero el juez constitucional debe buscar producir cambio con estabilidad, mantener la coherencia del sistema jurídico, tomar en cuenta las limitaciones institucionales y proteger la democracia, reconociendo el poder de la mayoría al mismo tiempo que reconoce los límites de ese poder determinado por la supremacía de los principios y de los derechos humanos.
Señoras Senadoras, señores Senadores.
Soy un mexicano afortunado de colaborar en la transformación constitucional reciente del país, que ha sido partícipe activo en la trinchera de la acción gubernamental y que he tenido una enriquecedora experiencia en el litigio constitucional, que ha complementado el estudio y la actualización del conocimiento del derecho con una labor académica ininterrumpida como profesor universitario.
Les pido ahora me permitan aprovechar el uso de esta alta tribuna para puntualizar un aspecto que para mí es fundamental.
Podría existir la percepción de que el paso de tantos años al servicio de uno de los poderes del Estado inhabilita o descalifica per se para ocupar un alto cargo en la judicatura.
Esta percepción está basada en la premisa de que el ingreso al servicio del Estado significa la pérdida automática de autonomía e independencia, comprometiendo, cuando no vendiendo la libertad de pensamiento, las convicciones y valores al servicio de un grupo o causa política.
Esta premisa es falsa, y respetuosamente quien no lo entiende, no entiende que México sí ha cambiado.
El buen abogado al servicio del Estado usa el derecho como herramienta para encauzar o reencauzar los actos estatales con la obligación de que la acción de gobierno circule estrictamente por la vía de la legalidad.
Yo no hice ni me toca hacer las  leyes, a mí me ha tocado interpretarlas y aplicarlas.
Por eso pido,  muy respetuosamente al Senado de la República, y por su conducto, a quienes están allá afuera, que al ser evaluado, además de considerar los conocimientos, la experiencia, la visión de Estado, se verifique la conformidad de mi conducta con el estricto código que rige el ejercicio de la  abogacía.
Pido se analice si cada uno de mis actos en el servicio público se ajustó o no a la ley; si en alguno de mis actos como funcionario público cometí alguna injusticia en contra del propio servicio o de un particular; si tergiversé la interpretación jurídica para favorecer a un grupo determinado público o privado, en lugar de centrarnos si laboré bajo tal o cual presidente o bajo tal o cual secretario.
Yo estoy seguro que en las comparecencias y los trabajos en las comisiones nos permitirán profundizar en estos aspectos.
La función jurisdiccional también es una función ejecutiva que consiste en la interpretación y aplicación de la norma en caso concreto.
En mi caso, como magistrado del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, además de confirmar mi convicción y compromiso con el servicio público en una nueva dimensión, he juzgado con plena imparcialidad, he dispensado un trato equitativo a las partes, y he aprendido de las virtudes de la colegiación, aportando y escuchando a mis pares, respetando posiciones contrarias a las mías a fin de construir decisiones congruentes, justas y con apego estricto a la ley.
Finalmente, ratifico frente a todas y todos ustedes mi firme compromiso de continuar comportándome con responsabilidad, con trasparencia y con integridad profesional y moral dentro y fuera de la función pública.
Les agradezco mucho.
(Aplausos)
El Presidente Senador Roberto Gil Zuarth: Muchas gracias señor Laynez Potisek.
Ruego a asistencia parlamentaria acompañe al doctor Laynez al recinto contiguo.
(Se cumple)

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