1 ago 2017

Núremberg II/José Domínguez Ortega


 Núremberg II/José Domínguez Ortega es abogado y fue asesor de la Misión Parlamentaria de Venezuela a la promulgación de la Constitución Española.

El Español, Martes, 01/Ago/2017


Nicolás Maduro ante un mural de Hugo Chávez (EFE)
El 20 de noviembre de 1945 se instaló el Tribunal Militar Internacional en base a lo establecido en el Acuerdo de Londres del 8 de agosto de 1945. Lo conformaron jueces de los países aliados (EE.UU., Inglaterra, Francia y la Unión Soviética) para juzgar delitos contra la humanidad, exterminio, deportaciones y crímenes de guerra cometidos desde 1935 hasta el fin de la Segunda Guerra Mundial por los nazis.
El Tribunal celebró 216 sesiones. Las sentencias resultantes fueron: tres absueltos; cuatro condenados de diez a veinte años; tres a cadena perpetua; doce condenas a muerte; diez ahorcados y un condenado in absentia. También hubo uno que se suicidió. En todos los casos se probó violencia sistemática, brutalidad y terrorismo. Después del juicio principal se celebraron doce juicios más contra médicos y jueces por la denominada “Ley 10” en los que hubo 185 acusados en toda Alemania, de los cuales 135 fueron absueltos.

En aquellos días surgieron juristas críticos que negaron la validez de los juicios basándose en el principio de nullum crimen, nulla poena sine lege ("No hay pena sin ley"), y en el caso de los militares se alegó pero no se admitió el argumento de haber actuado en cumplimiento de órdenes superiores. Ese excesivo positivismo no fue tomado en cuenta pues se consideró que debe distinguirse entre lo legal y lo legítimo, pues no todo lo que es legal es legítimo cuando se atenta contra el derecho natural. En el caso de los militares, asimismo, se estimó que nadie está obligado a obedecer órdenes injustas y antinaturales.
Todas estas cuestiones serían tomadas en cuenta al aprobarse el Estatuto de Roma y el establecimiento de la Corte Penal Internacional en 1998, que han sido ratificados por 134 países de la comunidad internacional y que perfeccionan el derecho internacional humanitario. Previamente, en la Convención de Ginebra se habían aprobado los convenios relativos a militares heridos, enfermos y prisioneros civiles, así como las modificaciones complementarias sobre víctimas de los conflictos y la no intervención.
Es momento de recordar que en 1820 el General Murillo y Simón Bolívar firmaron el Tratado de Amnistía y Regularización de la Guerra entre la Gran Colombia (Colombia y Venezuela) y la Corona de España en la ciudad de Santa Ana, Venezuela.
Tras Núremberg quedó claro que:
1) Todo acto que constituya un crimen será castigado por las leyes internacionales, aunque no lo sea en la legislación nacional.
2) Actuar en cumpllimiento de órdenes superiores no es circunstancia eximente en ningún caso.
Basta lo hasta aquí expuesto para recordar a los chavistas civiles y militares que han desconocido todos estos principios, tratados y convenciones, desde el presidente de la República al simple soldado o policía. Y por supuesto, cabe recordar a los civiles que conforman los llamados “colectivos”, armados por la dictadura de Chávez y Maduro, que su Núremberg se acerca inexorablemente.
El grupo de familiares de las víctimas ha presentado las denuncias correspondientes por los crímenes contra la humanidad. Estos se vienen cometiendo desde febrero del 2014 contra civiles de toda edad y condición e incluyen torturas, actos inhumanos y persecución, como crímenes de lesa humanidad.
Para el 25 de julio del año en curso, los siguientes datos muestran la permanente y sistemática violación de los derechos humanos de la dictadura venezolana, cuya actuación está basada en su Pacta sunt violanda.
Estos son los hechos constatados: detenidos por manifestar: 358; por uso de las redes sociales: 4; por rebelión militar: 33; detenidos del 1 de abril al 15 de julio: 4.072; y presos políticos: 431. Esta cifras dan exacta idea del descomunal atentado contra los derechos humanos de la dictadura venezolana, Núremberg II. Es y será, como dice el prefacio, “justo, equitativo y saludable” juzgar y condenar, estricto jure, a todos los responsables y sus cómplices.
Desde el año 2011 los responsables han sido debidamente acusados en todas las instancias de los derechos humanitarios. Vale la pena recordar ahora lo que en el Tratado de Santa Ana se estableció sobre la actuación en la guerra “como lo hacen los pueblos civilizados”. Se dice textualmente: “Los habitantes de los pueblos que se ocuparan por las armas, serán latamente respetados y gozarán de una total y absoluta libertad y seguridad sean cuales fueren o hayan sido sus principios, destinos, servicios y conducta con respecto a las parte beligerantes”.
Para concluir, quisiera mostrar un par de citas citas de Bolívar:
1. “Huid del país donde uno sólo ejerce todos los poderes: es un país de esclavos”.
2. “Todos los pueblos del mundo que han luchado por la libertad han exterminado a sus tiranos”.
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