11 abr 2023

La Guardia Nacional debe ser civil: ministro Alcantara


Este martes 11 de abril, el Ministro Juan Luis Alcántara Carrancá hizo público su proyecto de sentencia mediante el cual resuelve la acción de inconstitucionalidad 137/2022 presentada por legisladores de la oposición contra el traslado de la GN al Ejército; plantea invalidar artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal por ser contrarias a la Constitución..
"Resulta inconstitucional el traslado administrativo, presupuestario, orgánico, funcional y de mando que el Decreto impugnado, a través de los artículos analizados en este apartado, realiza., comenta..
La Constitución es clara.
En su resolución, dejó en claro que “la actuación militar en tareas de seguridad pública debe ser estrictamente excepcional” y que “ninguna autoridad militar puede inmiscuirse en labores de seguridad pública que la Constitución Federal consagra, en exclusiva, a autoridades civiles”.
Punto..
“Sólo ante una habilitación constitucional o bien, derivada de la activación del procedimiento de restricción o suspensión de los derechos y las garantías previsto en el artículo 29 constitucional -lease estado de excepción-, la Fuerza Armada permanente puede colaborar en labores de seguridad pública..
El proyecto será sometido a discusión de los ministros la próxima semana. 
Y, pPor tratarse de una acción de inconstitucionalidad se necesitan ocho votos para declarar inconstitucional la transferencia de la GN a la Sedena...
Hay presiones desde Palacio...
Alcantara y Carrancá fue propuesto por el presidente López Obrador pero pero desde el 20 de diciembre de 2018 -día que asumió el cargo-, actúa de acuerdo a su conciencia; es evidente que no es ningún súbdito de nadie solo obedece a la ley.....
Veremos como votarán los demás ministros
#..
Un ministro de la Suprema Corte propone anular la transferencia de la Guardia Nacional al Ejército
Nota de Zedryk Raziel
El País, México - 11 ABR 2023 - 15:47 CST;
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Juan Luis González Alcántara ha propuesto declarar inconstitucional la reforma del Congreso que transfirió al Ejército el control de la Guardia Nacional. Este cuerpo de seguridad fue creado en marzo de 2019 como una institución de carácter civil —semejante a una policía federal—, pero una reforma legislativa impulsada por el Ejecutivo lo convirtió tres años después en un apéndice castrense de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena). El ministro González Alcántara señala en un proyecto de sentencia que dicha reforma viola la Carta Magna, que prohíbe expresamente la participación del Ejército Mexicano en labores de seguridad pública en tiempos de paz.
El documento, que aún debe ser votado por el pleno de la Suprema Corte, supone un golpe a una de las reformas prioritarias del Gobierno de Andrés Manuel López Obrador. El presidente mexicano ha insistido en que la Guardia Nacional requería de la coordinación y la disciplina que solo están presentes en las Fuerzas Armadas, a las que su Administración ha conferido cada vez mayores facultades en los asuntos públicos. El golpe también alcanza al Secretario de la Defensa, Luis Cresencio Sandoval, que desde el inicio del sexenio obradorista buscaba que la GN se convirtiera en una tercera fuerza armada bajo su mando, a la par del Ejército y la Fuerza Aérea, cuyos elementos estuvieran protegidos por el fuero castrense.
“De la jurisprudencia interamericana, de los precedentes más recientes de este Tribunal Pleno y del texto constitucional se extrae que la Fuerza Armada permanente sólo puede realizar tareas de seguridad pública en contextos de estricta excepcionalidad. Su participación debe estar regida por la absoluta necesidad y, por lo tanto, no puede ser permanente”, cita el proyecto de acción de inconstitucionalidad 137/2022. “Para tal fin, la rendición de cuentas y la revisión periódica juegan un papel fundamental: su actuación debe ser en todo momento fiscalizada. Además, la Fuerza Armada solamente puede actuar de manera subordinada y complementaria a las instituciones de seguridad pública y a sus titulares. Finalmente, para que estas salvaguardas sean efectivas, la actuación militar debe estar regulada”, señala el texto del ministro.
El recurso ante el Supremo fue promovido por senadores de oposición que argumentaron que la reforma oficialista viola, entre otros, el artículo 21 de la Constitución, que define a la Guardia Nacional como un cuerpo civil bajo el mando —civil también— de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). Así quedó establecido en marzo de 2019, cuando el Congreso aprobó, con amplio consenso de todos los partidos, la creación de la GN para reemplazar a la Policía Federal, una institución que para López Obrador era ineficiente y corrupta. En ese entonces, los partidos acordaron que la Guardia Nacional, siempre bajo el mando de la SSPC, estaría conformada por agentes civiles y, transitoriamente, por elementos del Ejército y la Marina, mismos que luego volverían a sus puestos originales en las Fuerzas Armadas. También se estableció que, de manera temporal, el Ejército ayudaría a la GN a sus labores de seguridad pública, y se fijó un periodo de cinco años para que los soldados volvieran a sus cuarteles, un reclamo de organizaciones civiles y familiares de víctimas de la guerra contra el narco.
Si bien el espíritu castrense siempre anidó en el corazón de la Guardia Nacional, en septiembre de 2022 la aplanadora oficialista en el Congreso aprobó una reforma a varias leyes secundarias con la que dio la vuelta a la Constitución y consumó la conversión del cuerpo policiaco en un apéndice militar. La reforma estableció que la GN seguiría estando adscrita a la Secretaría de Seguridad, pero que la Defensa se haría cargo de su “control operativo y administrativo”. Para la oposición en el Congreso y colectivos ciudadanos, la modificación legal significó la militarización de la seguridad pública, pues se permitió a los elementos castrenses hacer las tareas de los policías en las calles, a contrapelo de lo que señala la Carta Magna: que la seguridad pública debe estar a cargo de autoridades civiles y que la participación de las Fuerzas Armadas en esa materia debe ser excepcional y regulada, no permanente.
El proyecto del ministro González Alcántara afirma que la Constitución “establece la regla general según la cual ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Por lo tanto, por regla general, ninguna autoridad militar puede participar en tareas de seguridad pública en tiempos de paz”. El ministro agrega: “Esta es la interpretación que permite afirmar que la actuación militar en labores de seguridad pública y para contener la violencia interna responde a criterios de estricta excepcionalidad. Es, además, la única interpretación compatible con lo dispuesto en el artículo 21 que establece que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil”.
El ministro Alcántara Carrancá fue propuesto como miembro de la Corte por el presidente López Obrador, pero en los asuntos que interesan al Gobierno no ha votado necesariamente de manera favorable, como en este caso de la Guardia Nacional. Si el máximo tribunal avala el proyecto, no solo la corporación volverá a estar bajo el mando de la SSPC, sino que sus elementos —aunque provengan de las Fuerzas Armadas— estarán sujetos a la justicia civil, no ya militar, en caso de que cometan delitos en el cumplimiento de sus obligaciones. Es posible que el pleno del Supremo vote el proyecto de sentencia la semana próxima.
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