28 nov 2025

Cosa Juzgada: El choque entre la certeza del Estado y la excepción de la Corte

Cosa Juzgada: El choque entre la certeza del Estado y la excepción de la Corte

El debate sobre la inmutabilidad de las sentencias ha abierto una grieta profunda entre los poderes de la Unión. Lo que para el Poder Judicial es una herramienta para corregir fraudes, para el Ejecutivo y el Legislativo es una amenaza a la estabilidad del país.

La postura de Palacio: "Lo juzgado, juzgado está"

Para la Presidenta Sheinbaum, la discusión no admite matices cuando se trata de la seguridad jurídica y la estabilidad económica. Ante la pregunta expresa de Karina Aguilar de "24 Horas", si romper el principio de cosa juzgada pondría en riesgo las inversiones, su respuesta fue tajante:

"Yo no estoy de acuerdo con eso, lo digo abiertamente... A lo que ya fue juzgado, ya fue juzgado".

Sheinbaum no solo defiende la definitividad, sino que traza una línea roja sobre las facultades de los ministros. Aunque reconoce su autonomía, les recuerda que su función es resolver amparos, no crear leyes: "Ellos no legislan, esto es muy importante, la Corte no legisla... no pueden definir una nueva acción por encima de una ley". Su mensaje es claro: reabrir el pasado no es justicia, es incertidumbre.

El Legislativo cierra filas: "No se puede aplicar la nulidad"

Respaldando esta visión, Ricardo Monreal, desde el Congreso, eleva la advertencia a un nivel constitucional. Para el líder de Morena, permitir que la Corte revise sus propias sentencias firmes es un ataque directo a los artículos 14 y 17 de la Carta Magna.

"Creo seriamente que la Corte no puede reabrir asuntos que ya están resueltos. Creo que afecta al principio de definitividad, al principio de ‘cosa juzgada’, certidumbre y certeza jurídica".

Monreal advierte que la "nulidad de juicio concluido no puede aplicarse" porque generaría zozobra: "los particulares volverían a litigar decisiones que ya habían adquirido cosa juzgada". Además, reitera que "el único órgano que puede legislar es el Congreso de la Unión", acusando implícitamente a la Corte de querer invadir competencias que no le corresponden.

La defensa de la Corte: La excepción ante el fraude

Sin embargo, la Suprema Corte  responde con un comunicado que este debate no se trata de capricho, sino de justicia sustantiva. En su comunicado, aclaran que mantienen un "respeto absoluto al principio de cosa juzgada", pero introducen un matiz crucial que sus críticos omiten: el fraude.

La Corte argumenta que la "acción de nulidad de juicio concluido" es una figura ya existente en el sistema normativo (incluido el Código de Procedimientos Civiles de la CDMX) y que "no atenta contra la cosa juzgada". Su objetivo es proteger a víctimas de "pruebas falsas, mecanismos ilegales, actos jurídicos simulados o colusión".

El ejemplo que ponen sobre la mesa es demoledor: una madre buscando justicia ante deudores que "simularon actos jurídicos para aparentar insolvencia".

Conclusión

Estamos ante dos visiones de Estado. Sheinbaum y Monreal priorizan el orden y la certeza, temiendo que abrir la puerta de la nulidad se convierta en una herramienta política o de inestabilidad económica. La Corte, por su parte, sostiene que la certeza jurídica no puede servir de refugio para actos "fraudulentos" o "simulados".

El dilema es: ¿Preferimos un sistema donde una sentencia injusta sea intocable en nombre de la estabilidad, o uno donde se pueda corregir el fraude a riesgo de sacrificar la certeza definitiva?

O Uds ¿que opinan?

##

Comunicado de la SCJN (No. 271/2025), 27 de noviembre..

La  Corte emitió un comunicado donde reitera su Respeto Absoluto al Principio de Cosa Juzgada, el cual es esencial para la seguridad jurídica y garantiza que las sentencias firmes sean definitivas e inmutables.

La SCJN aclara que la figura conocida como "acción de nulidad de juicio concluido" no atenta contra el principio de cosa juzgada, sino que es un mecanismo previsto en el sistema normativo mexicano e interamericano.

Y dice que busca proteger los derechos de las personas que han sido afectadas por una sentencia derivada de pruebas falsas, mecanismos ilegales, actos jurídicos simulados, o colusión/maniobras fraudulentas de las partes litigantes.

Precisa la Corte que esta figura ya está prevista en el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México y otras legislaciones procesales.

La Corte menciona que recientemente analizó un caso (Amparo Directo en Revisión 6585/2023) donde una mujer solicitó la nulidad de un juicio mercantil concluido. El argumento fue que algunos demandados simularon actos jurídicos para aparentar insolvencia y evitar el cumplimiento de obligaciones alimentarias con sus hijos.

La Corte estudiará si en este caso particular es procedente la nulidad de juicio concluido en materia mercantil.

En resumen: La SCJN afirma que la cosa juzgada es intocable, pero subraya que la nulidad de juicio concluido es una excepción legal diseñada para corregir fraudes procesales sin invalidar el principio de definitividad.


#

Mañanera.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO: Yo no estoy de acuerdo con eso, lo digo abiertamente, no estoy de acuerdo con eso. A lo que ya fue juzgado, ya fue juzgado.

Entonces, hay muchos temas que tiene pendiente la Corte. Obviamente ellos son autónomos y tienen… Ellos pueden decidir con autonomía, nosotros no estamos interviniendo en las decisiones de la Corte.

Ya que lo preguntas, aprovecho para dar mi opinión: Yo creo que lo que ya fue juzgado fue juzgado, y que le entren a un montón de temas que están pendientes en la Corte.

Y agregó ante  otra pregunta...´Ellos no legislan, esto es muy importante, la Corte no legisla.

¿Qué resuelve la Corte? Asuntos constitucionales o amparos que han llegado hasta la Corte.

Entonces, la Corte lo que dice es: “Procede o no procede un amparo”, “procede o no procede una sentencia”.

Si deciden que “no procede”, entonces queda firme lo que dictaminó el Colegiado, el Tribunal específico que haya declarado en torno a un juicio.

Pero ellos no legislan, ellos no pueden legislar.

Fue justamente uno de los grandes temas de debate con la Corte anterior, que ellos usaron la Corte para legislar.

Entonces, la Corte no legisla. Obviamente, hay sentencias que generan jurisprudencia, así lo dice la Constitución; pero ellos no pueden definir una nueva acción por encima de una ley, sino sencillamente los problemas constitucionales.

No hay comentarios.:

Venezuela pasa de "problema" a "riesgo geopolítico"

Venezuela pasa de "problema" a "riesgo geopolítico" El Español, Lunes, 15/Dic/2025 La nueva Estrategia de Seguridad Naci...