8 mar 2012

Amparo que protege a mujer para que goce de una vida libre de violencia


Comunicado del CJF, México, D.F., 6 de marzo de 2012
DGCS/NI: 12/2012
NOTA INFORMATIVA (Caso: Amparo que protege a mujer para que goce de una vida libre de violencia)
La jueza Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región con sede en el D.F., Paula María García Villegas, informa sobre un juicio de amparo indirecto que resolvió con perspectiva de género.
Antecedentes del caso:
1. En el caso en cuestión, la tercera perjudicada solicitó la disolución del vínculo matrimonial, pidiendo entre otras cosas, la salida de su ex pareja del domicilio conyugal, en virtud de que había ejercido violencia física en su contra.
2. El señor, al contestar la demanda instaurada en su contra, acreditó que también la tercera perjudicada había ejercido violencia física en su contra.

EZPL pide inmunidad ante juez norteamericano

El caso Zedillo /Jorge G. Castañeda
Publicado en Reforma, 8 de marzo de 2012
Ernesto Zedillo pidió al juez federal de Distrito de Connecticut que apresure su decisión de otorgarle la inmunidad diplomática para la demanda civil presentada por familiares de víctimas de Acteal. Como recordarán, en 2011 Zedillo fue demandado por los familiares, por la vía civil, por 50 mill. de USD, ante un tribunal federal de Estados Unidos, invocando dos leyes: la Alien Tort Statute de 1789, y la Torture Victims Protection Act de 1991. El 6 de enero Zedillo solicitó inmunidad diplomática al juez, invocando el Foreign Sovereign Immunities Act, una ley de 1976 que se ha usado en otras ocasiones para este propósito.

La resolución del Ministro Zaldívar en el caso Cassez /Fred Alvarez

La resolución del Ministro Zaldívar en el caso Cassez /Fred Alvarez
¡La Sra. Florence Marie Louise Cassez Crepin debe quedar en inmediata y absoluta libertad! Y no es por que sea o no culpable de los delitos que se le imputan. ¡No, lo que pasa es que no hubo debido proceso! Eso es lo que establece el proyecto de dictamen elaborado por el ministro de la Suprema Corte y Justicia de la Nación (SCJN) Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
El documento NO establece la inocencia de la acusada (es evidente que tiene culpa está acreditada la responsabilidad penal) y sólo se limita a señalar que debido a la violación del debido proceso en su contra y al montaje televisivo que montó la Agencia Federal de Investigación .
Y las pruebas en contra de la acusada “carecen de fiabilidad”, ya que los testimonios de las víctimas y las declaraciones de los policías “son producto de una deformación de la realidad provocada por los policías.
Al resolver el amparo directo presentado por Cassez en contra de la sentencia de 60 años por secuestro dictada en el año 2006, Don Arturo Zaldívar sostiene que en el expediente de ese asunto quedó acreditado que los agentes de la policía en lugar de presentarla al ministerio público la llevaron al rancho Las Chinitas a fin de que participara en un montaje televisivo preparado por las autoridades que la detuvieron, con lo que violaron su derecho fundamental a ser puesta a disposición inmediata ante el Ministerio Público.

El Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea

El Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
Nominado en noviembre de 2009 por el Presidente Felipe Calderón Hinojosa en una terna compuesta por Jorge Adame Goddard y Eduardo Ferrer MacGregor.
Sustituyó al Ministro Genaro Góngora Pimentel.
Fue electo por 90 legisladores, contra 9 de Gerardo Ferrer MacGregor y uno de Jorge Adame Goddard; se registraron dos votos en blanco y un voto nulo.
Tomó posesión del cargo el 1 de diciembre de 2009.
Perfil.

Las Iglesias: a veinte años de las reformas Constitucionales


Acto de conmemoración del vigésimo aniversario de la reforma constitucional en materia religiosa 1992-2012. México, D.F., 07/03/2012
Soy ya siete mil 688 Asociaciones Religiosas.
Dijo el Secretario Alejandro Poiré:
“El día de hoy estamos celebrando 20 años de la Reforma Constitucional en Materia Religiosa concretada en 1992. Ya se ha dicho aquí que esta Reforma se dio en momento histórico para México, en ese entonces nuestro país emprendía una nueva etapa institucional que tardó en madurar, pero que estaba orientada, ciertamente, hacia la construcción de un Estado que avanzaba de manera cierta para garantizar los derechos y las libertades de todos sus habitantes.
En efecto, en ese entonces la Reforma de los Artículos 3°, 5°, 24, 27 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, merece ser recordada como el momento en que la sociedad mexicana aprobó una asignatura largamente postergada, y se dio un espacio de reconciliación.
Una vez que entró en vigor esta Reforma Constitucional y su Ley Reglamentaria, se formalizó la relación entre el Estado Mexicano y las iglesias presentes en nuestro territorio…

La diplomacia vuela bajo/Enrique Krauze

La diplomacia vuela bajo/Enrique Krauze  REFORMA, 4 octubre 2026; Ante el pleno de la ONU, el presidente de los Estados Unidos lanzó a Méxic...