Comisiones legislativas del Senado de la República aprobaron este martes 24 de abril convertir el narcomenudeo en un delito del fuero común y permitir el consumo individual de algunas drogas.
Las comisiones de Justicia, de Salud y de Estudios Legislativos, Primera, que presiden los senadores Alejandro González Alcocer, PAN, Ernesto Saro Boardman, PAN y Fernando Castro Trenti, PRI, respectivamente, aprobaron el dictamen que será presentado al pleno este jueves 26 para su lectura discusión y aprobación, en su caso; después pasará directamente al Ejecutivo federal para que de ser avalada sea promulgada en el Diario Oficial de la Federación.
Las reformas en materia de narcomenudeo fueron vetadas por el ex presidente Fox el año pasado, porque consideró que se abría la puerta a la legalización del consumo de drogas; se incluyeron las observaciones del Ejecutivo federal y añaden otros puntos, como la forma en que los farmacodependientes deberán acceder a los programas de rehabilitación.
En el dictamen se establece que las autoridades de seguridad pública, procuración e impartición de justicia de las entidades federativas conocerán y resolverán de los delitos de narcomenudeo cuando se trate de opio, heroína, cannabis, cocaína, LSD, MDA, metanfetamina y flunitrazepam, “siempre y cuando la cantidad de que se trate sea inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto de las previstas en la misma ley”.
Lo permitido de acuerdo al dictamen:
Un consumidor por única vez se salvará de ir a la cárcel cuando la policía lo encuentre en posesión de un máximo de: dos gramos de opio; Heroína, 50 miligramos; Cannabis, dos gramos; Cocaína, 500 miligramos; Lisergida (LSD) 0.015; MDA, metilenodioxianfetamina 200 miligramos; MDMA metilendioxin Dimetilfeniletilamina 200 miligramos; Metanfetamina 200 miligramos.; Flunitrazepam 1 miligramo.
Las reformas en materia de narcomenudeo fueron vetadas por el ex presidente Fox el año pasado, porque consideró que se abría la puerta a la legalización del consumo de drogas; se incluyeron las observaciones del Ejecutivo federal y añaden otros puntos, como la forma en que los farmacodependientes deberán acceder a los programas de rehabilitación.
En el dictamen se establece que las autoridades de seguridad pública, procuración e impartición de justicia de las entidades federativas conocerán y resolverán de los delitos de narcomenudeo cuando se trate de opio, heroína, cannabis, cocaína, LSD, MDA, metanfetamina y flunitrazepam, “siempre y cuando la cantidad de que se trate sea inferior a la que resulte de multiplicar por mil el monto de las previstas en la misma ley”.
Lo permitido de acuerdo al dictamen:
Un consumidor por única vez se salvará de ir a la cárcel cuando la policía lo encuentre en posesión de un máximo de: dos gramos de opio; Heroína, 50 miligramos; Cannabis, dos gramos; Cocaína, 500 miligramos; Lisergida (LSD) 0.015; MDA, metilenodioxianfetamina 200 miligramos; MDMA metilendioxin Dimetilfeniletilamina 200 miligramos; Metanfetamina 200 miligramos.; Flunitrazepam 1 miligramo.
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