28 feb 2015

Hacía la creación de la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas en el Estado de Sinaloa

El viernes 13 de febrero de 2015 el gobierno de Sinaloa publicó en el Periódico Oficial (PO) la convocatoria, para integrar la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas en el Estado de Sinaloa
El 30 de julio de 2014, se publicó en el PO la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado, considerada por la Comisión Ejecutiva de Atención a Victimas como una legislación bien integrada. 
Tiene aproximadamente un 97% de armonización, de acuerdo a la Ley Modelo que la hace de las mejores del país, hasta el momento.
El plazo que tenía Sinaloa para armonizar su legislación local con la Ley General de Atención a Víctimas, y con ello crear los mecanismos de atención, como una comisión especializada, un registro de víctimas en el que se guarde la memoria de las personas afectadas por delitos y un fondo que les restituya, era al igual que todas las entidades federativas era el 4 de mayo de 2014.
De acuerdo con la La Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado, en agosto de 2014 debió haberse expedido un reglamento para la legislación -asunto pendiente- además de iniciar el proceso de convocatoria y elección de los comisionados que atenderán a las víctimas, y en septiembre de ese año, crear de manera formal el organismo  estatal.
Pero ahí van
El proceso de inscripción de los aspirantes al cargo es de 15 días hábiles, es decir, desde el 16 de febrero hasta el 6 marzo, teniendo que presentarse en la Secretaría General de Gobierno, de lunes a viernes: de 10 a 14 horas.
¿Qué dice la Convocatoria?
Esta fechada el viernes 13 de febrero de 2015:
LICENCIADO MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 65, fracción XXIV, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; con fundamento en los artículos 117 y 118, ambos de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, y, 
CONSIDERANDO
Que en términos de lo establecido en la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas, se integra por tres comisionados.
Que el Poder Ejecutivo Estatal, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, previa convocatoria pública dirigida a universidades e instituciones públicas de formación superior, colegios y asociaciones de profesionistas, y, organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas que representen a colectivos de víctimas, enviará al Congreso del Estado de Sinaloa, tres propuestas por cada comisionado a elegir a efecto de conformar las tres ternas para ser comisionado por un periodo de cinco años.
Que de conformidad con el artículo 118, párrafo segundo, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, en la elección de los comisionados, deberá garantizarse el respeto a los principios que dan marco a dicha ley, especialmente los de enfoque transversal de género y diferencial.
Por lo antes expuesto y fundado, tengo a bien emitir la siguiente:
CONVOCATORIA
1.- A las universidades e instituciones públicas de nivel superior a proponer personas especialistas en derecho, psicología, derechos humanos, sociología o especialidades equivalentes con experiencia en materia de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, para integrar la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas; en términos del párrafo tercero del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
2.- A los colegios y asociaciones de profesionistas, y a organizaciones no gubernamentales, debidamente constituidas conforme a la legislación mexicana, registradas ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con actividad acreditada en atención a víctimas de al menos cinco años, a proponer personas para integrar la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas; en términos del párrafo tercero del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
Los aspirantes propuestos en términos de la presente convocatoria, deberán sujetarse a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- Las personas aspirantes deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 118, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
SEGUNDA.- Para acreditar los requisitos señalados en la base PRIMERA, la propuesta deberá ser acompañada, al menos, con la siguiente documentación por duplicado, relativa a la persona aspirante:
I. Original o copia certificada del acta de nacimiento;
II. Copia de la credencial de elector, o cualquier otra identificación oficial;
III. Carta con firma autógrafa de la persona aspirante donde manifieste bajo protesta de decir verdad, el no haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público;
IV.Información curricular actualizada de la persona aspirante, en la que deberá indicarse por lo menos:
a) Nombre completo;
b) Fecha de nacimiento;
c) Domicilio particular y/o de oficina;
d) Teléfonos de domicilio y/o de oficina; 
e) Estudios realizados; y,
f) Empleos o actividades desempeñadas;
V. Copia del título y cédula profesional; o en su caso, documentación que avale su desempeño en actividades relacionadas con la materia de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa;
VI. En el caso de aspirantes propuestos por organizaciones no gubernamentales, documentación que acredite la actividad de dicha organización, en materia de atención a víctimas por un periodo de al menos cinco años y su registro ante la Secretaría de Relaciones Exteriores;
VII. La carta de propuesta emitida por universidades e instituciones públicas de nivel superior, colegios y asociaciones de profesionistas, y organizaciones -no gubernamentales, en la que expresen las razones y méritos por las cuales debería designarse a la persona propuesta, y que cuenta con la aceptación expresa de la misma; y,
VIII. Carta con firma autógrafa del la persona aspirante, en la que manifieste bajo protesta de decir verdad no haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos a la publicación de la presente convocatoria.
TERCERA.- La recepción de las propuestas se hará en las oficinas de la Secretaría General de Gobierno, ubicada en el palacio de Gobierno del Estado, tercer piso, calle Insurgentes S/N, colonia Centro Sinaloa, C.P. 80129, Culiacán, Sinaloa, de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes.
Las propuestas acompañadas de la documentación deberán ser presentadas en forma personal y directa, tomándose como fecha de ingreso la que señale el sello de recepción de la Secretaría General de Gobierno.
El plazo para la recepción de las propuestas será dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
CUARTA.- La evaluación de las propuestas será efectuada, garantizando que en la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas estén representados colectivos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención a las mismas, en términos del párrafo tercero del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
QUINTA.- Las propuestas de ternas serán enviadas al Congreso del Estado de Sinaloa de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, para continuar con el proceso de elección de los comisionados.
TRANSITORIO
Artículo Único.- Publíquese la presente convocatoria, en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
Es dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en Rosales, Sinaloa, a los 9 días del mes de febrero, de 2015
Atentamente
"Sinaloa es tarea de todos".
El Gobernador Constitucional del Estado
Lic. Mario López Valdez (firmado), 

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