29 mar 2022

El #INE dicta medidas cautelares contra la cuatroté

El INE dicta medidas cautelares a 13 titulares de gobiernos locales por difundir propaganda gubernamental durante la Revocación de Mandato

Comunicado Número: 148

29 de marzo de 2022

  • INE ordena a 10 Gobernadores, 2 Gobernadoras y a la Jefa de Gobierno de la CDMX que retiren mensajes de Twitter porque, de forma preliminar, exaltan logros, obras y acciones de gobierno que contravienen el marco constitucional en veda electoral
  • INE emite medida cautelar contra un spot de Morena en Tamaulipas con posible contenido calumnioso
INE ordena a titulares de Ejecutivos Locales retirar propaganda gubernamental publicada en sus redes sociales

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la medida cautelar solicitada por el partido Movimiento Ciudadano (MC) en contra de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México y de titulares de poderes ejecutivos de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, por diversas publicaciones en sus cuentas de Twitter alusivas a propaganda gubernamental y promoción personalizada durante el proceso de Revocación de Mandato, periodo prohibido para hacerlo.

Se consideró procedente conceder las medidas solicitadas por 48 publicaciones en esta red social, de las cuales 10 son de la Jefa de Gobierno de la CDMX, 3 de Baja California, 2 de Baja California Sur, 7 de Chiapas, 1 Guerrero, 1 Morelos, 1 Nayarit,  11 de San Luis Potosí, 4 Sinaloa, 4 de Sonora, 1 de Tabasco, 2 de Veracruz y 1 de Zacatecas, ya que de su análisis se desprende que realzan y exaltan logros y acciones de gobierno, que no están permitidos dentro de las excepciones que establecen el marco normativo y constitucional.

De forma preliminar, se determinó que no se está en presencia de un acto meramente informativo, espontáneo o que encuadre dentro de las excepciones constitucionales para la difusión de propaganda gubernamental, dado que se trata de la difusión expresa de logros y acciones del gobierno a su cargo, razón por la cual se ordenó a las siguientes personas, que de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de 3 horas eliminen las publicaciones denunciadas e informen del cumpimiento de la medida cautelar dentro de las 6 horas siguientes a que ello ocurra. Los titulares de ejecutivos locales objeto de la medida cautelar son:

De igual forma, la Comisión de Quejas y Denuncias consideró emitir un pronunciamiento a las personas referidas, así como a los gobernadores de los estados de Campeche, Colima, Michoacán, Nayarit, Puebla y Tlaxcala, para que en todo tiempo ajusten sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, recalcándoles, por una parte, la prohibición de utilizar o aprovechar los canales o vías oficiales de comunicación para difundir propaganda gubernamental y, por otra parte, la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir en la opinión ciudadana.

Respecto a la denuncia de uso de recursos públicos, se negaron las medidas cautelares en virtud de que ese tema será motivo de análisis cuando la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelva el fondo del asunto.

Procedente queja del PAN y del gobernador de Tamaulipas en contra de Morena

La Comisión declaró la procedencia respecto de la solicitud de medida cautelar promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) y el gobernador de Tamaulipas en contra del partido Morena por la difusión del promocional denominado C.TAMAULIPAS2, pautado para televisión.

Se estimó que, bajo la apariencia del buen derecho, se está ante una posible calumnia al imputar al gobernador en una de las leyendas del promocional, por lo que se trata de la comisión de un delito que no ha sido sancionado por el Poder Judicial.

A su vez, la Comisión negó medidas cautelares por el contenido del promocional C.TAMAULIPAS3 por considerar que su contenido aborda críticas respecto al desempeño del gobernador de Tamaulipas a partir de hechos y cuestiones que forman parte del debate público.

Válido promocional del PAN sobre promocional de energías limpias

Finalmente, la Comisión determinó improcedente la medida cautelar solicitada por Morena en contra del promocional pautado por el PAN denominado LAS ENERGÍAS SUCIAS DE MORENA V1, para radio y televisión, así como en sus redes sociales Twitter y Facebook, por considerar un uso indebido de la pauta y que su contenido constituye la imputación de hechos y delitos falsos.

Del análisis preliminar, se estimó que el contenido del material denunciado no es otra cosa que una opinión crítica que, en apariencia del buen derecho, constituye una opinión crítica a un tema de interés general.

Los proyectos fueron aprobados por la Consejera Claudia Zavala y el Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.



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