La Secretaría de Gobernación respondió con un comunicado al Punto de Acuerdo de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que demandó la renuncia a Guillermo Valdés Castellanos como director general del Centro de Investigación y Seguridad Nacional.
México, D.F., a 09 de julio de 2008
México, D.F., a 09 de julio de 2008
Boletín No.169-09/07/2008
En referencia al punto de acuerdo aprobado el día de hoy por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, mediante el cual se solicita la renuncia del Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), la Secretaría de Gobernación, manifiesta lo siguiente:
1. La Ley de Seguridad Nacional en su artículo 3º establece que por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano que conlleven, entre otras, al mantenimiento del orden constitucional, el fortalecimiento de las instituciones de gobierno y a la preservación de la democracia.
2. Entre las facultades del CISEN establecidas en el artículo 19 de la citada ley, está la de preparar estudios de carácter político, económico y social que se relacionen con sus atribuciones. Asimismo, la ley otorga al CISEN la facultad de hacer uso de cualquier método de recolección de información, siempre que no se afecten los derechos fundamentales de los ciudadanos.
3. En agosto de 2007 el CISEN, dentro del marco legal aplicable, firmó el contrato de servicios CISEN UO/024/07, con la empresa Consultores en Diseño de Estrategias Político - Legislativas S.C. El objeto del contrato fue permitir a funcionarios de la institución el acceso a un sistema automatizado de análisis y procesamiento de información legislativa.
4. El contrato de referencia fue adjudicado de forma directa con fundamento en los artículos 25, 26 fracción III, 40 y 41 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Cabe destacar, que al momento de su contratación la empresa referida estaba legalmente constituida mediante escritura pública No. 34156, otorgada ante el Notario No. 18 del Distrito Federal.
5. Toda la información contenida en dicho sistema de información, provenía de fuentes públicas y se refería exclusivamente a actividades legislativas, tales como: iniciativas legales presentadas, trabajo en comisiones y pronunciamientos públicos de los legisladores, entre otras.
6. Durante la presente administración, el CISEN ha tenido una política de transparencia y de rendición de cuentas sin precedentes en la historia de los servicios de inteligencia civil del país. Desde diciembre de 2006 se han desclasificado 1132 documentos y se mantiene una política de colaboración permanente con el IFAI. Asimismo, el año pasado, la Auditoría Superior de la Federación practicó al CISEN una auditoría de desempeño de la que se derivaron resultados muy favorables, verificables públicamente en el portal de Internet del citado órgano fiscalizador.
7. Desde el inicio de su gestión, el Director General del CISEN ha mantenido una relación respetuosa, permanente y de plena colaboración con la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, órgano legislativo que tiene a su cargo el control y evaluación de las políticas y acciones en la materia.
Por todo lo anterior, la Secretaría de Gobernación confirma lo siguiente:
a. La actuación del CISEN se ha mantenido siempre dentro de la legalidad y la celebración del contrato referido se encuentra dentro del ejercicio de sus atribuciones.
b. El CISEN está plenamente facultado para realizar estudios sobre el Poder Legislativo y recurrir para ello a fuentes externas de información.
c. El CISEN no espía a los legisladores y mantiene absoluto respeto por los integrantes del Congreso de la Unión.
La Secretaría de Gobernación reitera su pleno respeto al principio constitucional de división de poderes y, por lo mismo, manifiesta que el nombramiento y la remoción del titular del CISEN es facultad exclusiva del Poder Ejecutivo Federal. Asimismo, esta dependencia ratifica su plena disposición al diálogo por los cauces institucionales, bajo los principios republicanos que deben regir la vida política de la Nación.
-Dirección General de Comunicación Social- SEGOB
En referencia al punto de acuerdo aprobado el día de hoy por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, mediante el cual se solicita la renuncia del Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), la Secretaría de Gobernación, manifiesta lo siguiente:
1. La Ley de Seguridad Nacional en su artículo 3º establece que por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano que conlleven, entre otras, al mantenimiento del orden constitucional, el fortalecimiento de las instituciones de gobierno y a la preservación de la democracia.
2. Entre las facultades del CISEN establecidas en el artículo 19 de la citada ley, está la de preparar estudios de carácter político, económico y social que se relacionen con sus atribuciones. Asimismo, la ley otorga al CISEN la facultad de hacer uso de cualquier método de recolección de información, siempre que no se afecten los derechos fundamentales de los ciudadanos.
3. En agosto de 2007 el CISEN, dentro del marco legal aplicable, firmó el contrato de servicios CISEN UO/024/07, con la empresa Consultores en Diseño de Estrategias Político - Legislativas S.C. El objeto del contrato fue permitir a funcionarios de la institución el acceso a un sistema automatizado de análisis y procesamiento de información legislativa.
4. El contrato de referencia fue adjudicado de forma directa con fundamento en los artículos 25, 26 fracción III, 40 y 41 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Cabe destacar, que al momento de su contratación la empresa referida estaba legalmente constituida mediante escritura pública No. 34156, otorgada ante el Notario No. 18 del Distrito Federal.
5. Toda la información contenida en dicho sistema de información, provenía de fuentes públicas y se refería exclusivamente a actividades legislativas, tales como: iniciativas legales presentadas, trabajo en comisiones y pronunciamientos públicos de los legisladores, entre otras.
6. Durante la presente administración, el CISEN ha tenido una política de transparencia y de rendición de cuentas sin precedentes en la historia de los servicios de inteligencia civil del país. Desde diciembre de 2006 se han desclasificado 1132 documentos y se mantiene una política de colaboración permanente con el IFAI. Asimismo, el año pasado, la Auditoría Superior de la Federación practicó al CISEN una auditoría de desempeño de la que se derivaron resultados muy favorables, verificables públicamente en el portal de Internet del citado órgano fiscalizador.
7. Desde el inicio de su gestión, el Director General del CISEN ha mantenido una relación respetuosa, permanente y de plena colaboración con la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, órgano legislativo que tiene a su cargo el control y evaluación de las políticas y acciones en la materia.
Por todo lo anterior, la Secretaría de Gobernación confirma lo siguiente:
a. La actuación del CISEN se ha mantenido siempre dentro de la legalidad y la celebración del contrato referido se encuentra dentro del ejercicio de sus atribuciones.
b. El CISEN está plenamente facultado para realizar estudios sobre el Poder Legislativo y recurrir para ello a fuentes externas de información.
c. El CISEN no espía a los legisladores y mantiene absoluto respeto por los integrantes del Congreso de la Unión.
La Secretaría de Gobernación reitera su pleno respeto al principio constitucional de división de poderes y, por lo mismo, manifiesta que el nombramiento y la remoción del titular del CISEN es facultad exclusiva del Poder Ejecutivo Federal. Asimismo, esta dependencia ratifica su plena disposición al diálogo por los cauces institucionales, bajo los principios republicanos que deben regir la vida política de la Nación.
-Dirección General de Comunicación Social- SEGOB
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