26 may 2011

Aprueban nuevo Código Procesal en Nuevo León.

Aprueban nuevo Código Procesal  en Nuevo León.
El Pleno de la LXXII Legislatura del Congreso del Estado e Nuevo León, aprobó por unanimidad el Nuevo Código Procesal Penal en una sesión que se extendió por casi 8 horas tras la lectura de todo el dictamen que abarca 488 artículos y 7 transitorios, el dictamen fue avalado con 34 votos a favor.
El nuevo Código Procesal Penal tiene por objeto el esclarecimiento de hechos, garantizar justicia, así como proteger al inocente, procurando que el culpable no quede impune y que los daños causados sean reparados.
Señala el dictamen aprobado que “el Proyecto del Nuevo Código se ha inspirado, en primer orden en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y específicamente en la reforma de junio de 2008, en la que se dio nuevo contenido a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123; en la Constitución Política del Estado de Nuevo León con sus recientes reformas publicadas en el Periódico Oficial de fecha 31 de Marzo del presente año; en los tratados internacionales suscritos por nuestro país y aprobados por el Senado de la República, entre los que se destacan la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. También señalan que ha sido fuente principal del proyecto del Nuevo Código Procesal Penal, la legislación procesal vigente en Nuevo León, en la que se propusieron por primera vez en México los iniciales trazos del Sistema Acusatorio Oral.”
El nuevo código consta de 488 artículos y 7 transitorios, y en él se establece un ordenamiento de carácter procedimental, que contempla nuevos procedimientos, figuras procesales, etapas, mecanismos y disposiciones.
También, se implementan distintas formas de medidas preventivas, utilizando como último recurso la prisión preventiva.
En síntesis,  con esta nueva figura legislación:
          Se crea la figura del Juez de preparación, ahora denominado Juez de Control y la del Juez de Juicio Oral.
          Se introduce un sistema de audiencias, que se encuentra acompañado de modernos avances tecnológicos.
          Se excluye de valor probatorio en la sentencia, a los elementos recabados en la investigación.
          Se abandona el sistema de prueba tasada, optándose por el de la libre valoración o sana crítica.
          Se introduce el concepto de la prueba anticipada y su regulación.
          Prevé los acuerdos reparatorios.
          Contempla la suspensión de preparación de la acción penal.
          Establece la suspensión del proceso a prueba del procesado, el procedimiento abreviado, y, 
          Da entrada a la mediación y conciliación penal, como métodos alternos para la solución de conflictos.

En la implementación del nuevo sistema se optó por el esquema de gradualidad determinada por el tipo de delito con ampliación progresiva mediante la reforma legislativa correspondiente y atendiendo a las experiencias que se van obteniendo en la práctica.
Este proceso empezará el primero de enero de 2012 con los delitos de menor impacto e irá creciendo cada año el número de delitos que se van a procesar de acuerdo al nuevo sistema, para concluir el primero de enero del 2015 con la incorporación plena de todos los delitos considerados en el Código Penal del Estado.
Dice el artículo primero transitorio:
El presente Decreto se publicará en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor de manera gradual y sucesiva, considerando como factor el tipo de delito, en los términos que en seguida se precisan:
A partir del 1º de enero de 2012 para el procesamiento de los delitos tipificados en los siguientes artículos del Código Penal para el Estado de Nuevo León (…)
A partir del 1º de enero de 2013 se adicionarán para su procesamiento los delitos tipificados en los siguientes artículos del Código Penal para el Estado de Nuevo León (…)
A partir del 1º de enero de 2014 se adicionarán para su procesamiento los delitos tipificados en los siguientes artículos del Código Penal para el Estado de Nuevo León (…)
A partir del 1º de enero de 2015 se adicionarán para su procesamiento los delitos tipificados en los siguientes artículos del Código Penal para el Estado de Nuevo León (…)
A partir de 1º de enero de 2016, se aplicará a todos los delitos tipificados en el Código Penal para el Estado de Nuevo León y a otros delitos especiales previstos en los diversos ordenamientos legales.
Para aquéllos delitos que de acuerdo con las reglas anteriores aún no les fuera aplicable el Código establecido en el presente Decreto, se seguirá aplicando el Código de Procedimientos Penales del Estado de Nuevo León publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 28 de marzo de 1990 y sus reformas.
El Gobernador del Estado, durante el mes de septiembre de cada año a partir del 2012 y hasta el 2015, evaluará los avances en la implementación del sistema de justicia penal establecido en este código…”
 Según el diputado César Garza actualmente hay 6 Códigos Procesales Penales en la República que se ajustan al nuevo sistema de justicia penal, el nuestro es considerado como un código de sexta generación, cubre todas las garantías que le corresponden al procesado en el nuevo sistema de justicia.
El pasado 18 de mayo Yucatán aprobó un nuevo Código Procesal Penal.

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