28 jun 2011

Informe del Relator Especial de ONU

Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión sobre su misión a México
Distr. general
19 de mayo de 2011
Original: español
El Relator Especial visitó México por invitación del Gobierno en misión oficial
conjunta con la Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Sra. Catalina Botero, del 9 al 24 de agosto de 2010.
Se trata de la primera visita conjunta en misión oficial realizada por los dos Relatores.
El Relator Especial reconoce la apertura del Estado mexicano al haberles invitado a visitar el país y destaca su cooperación antes, durante y con posterioridad a la visita. La visita incluyó, además del Distrito Federal, los Estados de Chihuahua, Guerrero, Sinaloa y Estado de México.
El Relator Especial sostuvo reuniones con autoridades gubernamentales, legislativas y judiciales tanto a nivel federal como estatal, así como con organizaciones de la sociedad civil, de periodistas y con otros actores relevantes.
El informe analiza el marco jurídico y el contexto histórico y político de la libertad de opinión y expresión y del acceso a la información en México. Relata la actual situación de violencia e impunidad, ejemplificada por el hecho que muy pocos de los 66 casos de asesinato de periodistas ocurridos entre el año 2000 y diciembre de 2010 hayan sido esclarecidos.
La ausencia de investigaciones concluidas en la gran mayoría de los casos impide determinar con exactitud las causas y los responsables de estos crímenes. Solamente entre el año 2000 y diciembre de 2010, 12 periodistas fueron desaparecidos. El informe hace referencia también a atentados recientes contra los medios de comunicación. En algunas zonas, los periodistas se encuentran sujetos a intimidación y autocensura. El informe señala que la libertad de expresión en México enfrenta graves obstáculos. Las cifras mencionadas han convertido a México en el país más peligroso para ejercer el
periodismo en las Américas.
En respuesta a esta grave situación, el informe hace referencia a la necesidad de crer un mecanismo nacional de protección para periodistas. Sostiene que el nuevo mecanismo de protección debe ser implementado a través de un comité oficial e interinstitucional de alto nivel; liderado por una autoridad federal; con capacidad de coordinación entre las diversas autoridades y órdenes de gobierno; dotado con recursos propios y suficientes; y con la participación de periodistas y organizaciones de la sociedad civil en su diseño, funcionamiento y evaluación. El Relator Especial recomienda fortalecer a la Fiscalía Especial para la Atención a Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión de la Procuraduría General de la República y a las procuradurías locales.
El informe refiere que existe en México una alta concentración en la propiedad y el control de los medios de comunicación a los que se les ha asignado frecuencias radioléctricas.
No existen procedimientos claros, precisos y equitativos para otorgar frecuencias de operación a las radios comunitarias.
El Relator Especial recomienda adoptar un marco normativo que brinde certeza jurídica, promueva la desconcentración de la radio y la televisión y contribuya a generar un espacio mediático plural y accesible a todos los sectores de la población.
El Relator Especial expresa su preocupación por el cierre de algunas radios comunitarias derivado de un marco regulatorio que no corresponde con los
estándares internacionales.
El informe refiere que el gasto público en publicidad oficial es alto y tiende a
incrementarse. Existen casos en que la publicidad oficial ha sido utilizada como mecanismo para presionar y premiar, castigar y privilegiar a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas. Deberían establecerse criterios objetivos, claros, transparentes y no discriminatorios en la asignación de publicidad oficial para todos los niveles y órdenes de gobierno.
El informe se detiene en el análisis del derecho penal y la libertad de expresión y las acciones civiles relacionadas con su ejercicio. El Estado Federal despenalizó los delitos de calumnia, difamación e injurias en 2007 y 18 entidades federativas han despenalizado estas conductas.
Sin embargo, la Ley sobre Delitos de Imprenta de 1917, que prevé penas privativas de la libertad, sigue vigente. La Procuraduría General de la República ha iniciado procesos penales contra periodistas que trabajan en radios comunitarias que no contaban con los permisos correspondientes.
El Relator Especial considera que los periodistas interesados en asuntos públicos, particularmente aquellos que investigan casos de corrupción o actuaciones indebidas, no deben ser sujetos de acoso judicial u otro tipo de
hostigamiento como represalia por su trabajo. Deben establecerse estándares diferenciados para evaluar la responsabilidad civil ulterior e incluyendo el estándar de la real malicia, así como la estricta proporcionalidad y razonabilidad de las sanciones uleriores
El informe en español:



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