27 sept 2011

Compra masiva” de Proceso no es delito; SEGOB

Compra masiva” de Proceso no es delito; su responsabilidad presentar la denuncia, alega Segob
MÉXICO, D.F. (apro).- Aunque condenó los hechos, para el gobierno de Felipe Calderón la compra masiva de ejemplares de la revista Proceso (ediciones 1819 y 1821) no constituye un delito y si el semanario así lo considera, “está en su responsabilidad presentar la denuncia correspondiente” para que el Ministerio Público determine lo conducente, aseguró el subsecretario de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación (Segob), Héctor Villarreal Ordoñez.
La adquisición masiva de ejemplares de la revista en Veracruz, Guanajuato, Puebla, Durango y Nuevo León, provocó la reprobación del representante de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH), Javier Hernández Valencia, y de la organización internacional Artículo 19, debido a la “clara intención” de la estrategia para impedir la libre circulación de Proceso, y en franca violación al derecho de la sociedad a estar informada.
A la condena de los hechos se sumó el subsecretario Villarreal Ordoñez, quien en entrevista telefónica señaló:

“Evidentemente y contundentemente la postura del gobierno es de un rechazo absoluto, categórica, de cualquier tipo de práctica, sea de quien sea, orientada a impedir o a irrumpir, o a obstaculizar la libre circulación de una publicación en este país.”
Según el funcionario de la Segob, el gobierno calderonista “ha sido respetuoso y promotor” de que toda publicación debe circular con absoluta libertad, por lo que insistió en rechazar que “se pudiera estar instrumentando algún tipo de acción, de cualquier índole”, para impedir que la revista llegue a los lectores.
En la conversación telefónica, Villarreal puntualizó que en la revista Proceso está la responsabilidad de aportar las pruebas para que el Ministerio Público determine si lo que ocurrió este fin de semana en Veracruz es o no un delito que perseguir dentro de la normatividad vigente, e insistió en reprobar los hechos.
–¿Esta reprobación va acompañada de algún tipo de investigación?Explicó que en el derecho positivo vigente no está tipificado como delito “la compra de revistas como tal”, de manera masiva, como ocurrió el fin de semana en Veracruz, y hace 15 días en los estados de Guanajuato, Puebla y Durango, Nuevo León.
“Entendemos que las condiciones que estuvieran motivando acciones de cualquier índole para impedir la libre circulación, en este caso de Proceso, o de cualquier otra publicación, por supuesto que el Ministerio Público federal estaría en la absoluta prestancia y disposición para recibir la denuncia correspondiente, sobre todo si la revista considera o presume que pudiese haber algún acto ilícito detrás de está acción”, agregó.
–Artículo 19 y el representante de la Oficina de la Alto Comisionado de la ONU consideran que se violó el derecho a la información ¿no cabría actuar de oficio? –se le preguntó.
–En el derecho mexicano las autoridades mexicanas están facultadas para lo que están, en condiciones que tienen expresamente facultados por nuestras normas (…) Quizá tenemos una legislación insuficiente pero nosotros tenemos que conducirnos con apego estricto a las normas y al derecho vigente.
Sin embargo, reiteró el “rechazo categórico y reprobación total” a cualquier acción que intente restringir la libre circulación de la revista Proceso.
–Pero los afectados somos la sociedad en su conjunto, que no accedimos a la información de la revista…
–En ese sentido quien está haciendo la denuncia o cuenta con elementos de que aquí pudo haberse realizado una acción premeditada para evitar la debida circulación de la revista, es quien está en condiciones de presentar una denuncia.
–La sociedad es la afectada y ustedes como representantes de la sociedad ¿no tendrían que intervenir? –insistió la reportera
–El que tiene elementos en este caso para sostener o para presumir que existe un acto indebido de alguien, sea quien sea, para impedir la libre circulación, en este caso, es la revista, por supuesto, y tratándose, si así fuera el caso, de algo que afecta a la sociedad, de inmediato tendría el Ministerio Público que iniciar la averiguación previa correspondiente.
–¿Ustedes no consideran que hay un derecho que se está violando que es el de la libre información?
–En este caso estaría considerando que, si no conozco el proceso de distribución de la revista, no dispongo de los elementos que ustedes han señalado para afirmar que alguien está impidiendo la libre circulación de la revista.
“Comprar revistas no es un delito en nuestro derecho vigente, ustedes tienen elementos en los términos del conocimiento que tienen de la distribución de la revista para presumir o suponer que alguien está violentando su debida circulación, entonces están ustedes en condición de aportar esos elementos que ustedes tienen al Ministerio Público para que pueda iniciar, en su caso, la averiguación correspondiente.
–Se le deja a la víctima el deber de documentar.
–Nuevamente nos atenemos al derecho vigente y nos tenemos que conducir en términos de las normas jurídicas que están vigentes.
–La reprobación del hecho es algo que esperaría de las organizaciones no gubernamentales pero no de una autoridad.
–En este caso, lo que procede es eso: acudir a las instancias legales en términos, insisto, del derecho vigente.
–Al gobierno federal sólo le queda reprobar los hechos entonces.
–No conozco los términos de la distribución de la revista, los elementos de los que ustedes desprenden la probable comisión de un delito para que los puedan aportar y, en su caso, se puedan investigar, podamos confirmar y, como resultado de una averiguación, validar que exista algún delito. Como le digo, en sí la compra de revistas, como tal, no es en sí un delito; pero si esto lleva una intención y si hay un ilícito detrás de ello, eso lo tendrá que resolver la autoridad facultada por la ley que es el Ministerio Público.

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