24 mar 2015

Hacía la creación de una Comisión Estatal de Atención Intregral de Victimas en Sinaloa


El gobierno del Estado de Sinaloa amplió el plazo para recibir nuevas propuestas de personas especialistas en la materia de derechos humanos, y que estén  interesadas en formar parte de las tres ternas que se deberán de conformar – y sean enviadas al Congreso local- y de ahí nombrar a quienes serán las, o los comisionados que integraran la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas por un periodo de 5 años.
El día 13 de febrero de 2015 se publicó en el Periódico Oficial del Estado, la primera Convocatoria, misma que fue atendida por diversas asociaciones civiles, sin embargo, no se reunió el mínimo necesario de aspirantes a conformar las ternas que posteriormente serán remitidas al Congreso del Estado; extraoficialmente se sabe que sólo se inscribieron ocho personas,
La ampliación de la convocatoria se publicó en el periódico Oficial el miércoles 18 de marzo de 2015, el plazo se amplía hasta 15 días hábiles, es decir, hasta el 10 de abril.
http://laipsinaloa.gob.mx/po_files/2015/marzo/POE-18-03-2015-033.pdf


Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa",  del miércoles 18 de Marzo de 2015

PODER EJECUTIVO ESTATAL
LICENCIADO MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 65, fracción XXIV, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; con fundamento en los artículos 117 y 118, ambos de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, y,
CONSIDERANDO
Que en términos de lo establecido en la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas, se integra por tres comisionados.
Que el Poder Ejecutivo Estatal de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, previa convocatoria pública dirigida a universidades e instituciones públicas de formación superior, colegios y asociaciones de profesionistas, y, organizaciones no  gubernamentales legalmente constituidas que representen a colectivos de víctimas, enviará al Congreso del Estado de Sinaloa, tres propuestas por cada comisionado a elegir a efecto de conformar las tres ternas para ser comisionado por un periodo de cinco años.
Que de conformidad con el artículo 118, párrafo segundo, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, en la elección de los comisionados, deberá garantizarse el respeto a los principios que dan marco a dicha ley, especialmente los de enfoque transversal de género y diferencial.
Que el día 13 de febrero de 2015 se publicó en el Periódico Oficial del Estado, la correspondiente Convocatoria, misma que fue atendida por diversas asociaciones civiles, sin embargo, no se reunió el mínimo necesario de aspirantes a conformar las ternas que posteriormente serán remitidas al Congreso del Estado.
Por lo antes expuesto y fundado, tengo a bien emitir la siguiente:
AMPLIACIÓN DE CONVOCATORIA
1.- A las universidades e instituciones públicas de nivel superior a proponer personas especialistas en derecho, psicología, derechos humanos, sociología o especialidades equivalentes con experiencia en materia de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, para integrar la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas; en términos del párrafo tercero del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
2.- A los colegios y asociaciones de profesionistas, y a organizaciones no gubernamentales, debidamente constituidas conforme a la legislación mexicana, registradas ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con actividad acreditada en atención a víctimas de al menos cinco años, a proponer personas para integrar la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas; en términos del párrafo tercero del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
Los aspirantes propuestos en términos de la presente convocatoria, deberán sujetarse a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- Las personas aspirantes deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 118, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
SEGUNDA.- Para acreditar los requisitos señalados en la base PRIMERA, la propuesta deberá ser acompañada, al menos, con la siguiente documentación por duplicado, relativa a la persona aspirante
I. Original o copia certificada del acta de nacimiento;
II. Copia de la credencial de elector, o cualquier otra identificación oficial;
III. Carta con firma autógrafa de la persona aspirante donde manifieste bajo protesta de decir verdad, el no haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público;
IV. Información curricular actualizada de la persona aspirante, en la que deberá indicarse por lo menos:
a) Nombre completo;
b) Fecha de nacimiento;
c) Domicilio particular y/o de oficina;
d) Teléfonos de domicilio y/o de oficina;
e) Estudios realizados; y,
f) Empleos o actividades desempeñadas;
V. Copia del título y cédula profesional; o en su caso, documentación que avale su desempeño en actividades relacionadas con la materia de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa;
VI. En el caso de aspirantes propuestos por organizaciones no gubernamentales, documentación que acredite la actividad de dicha organización, en materia de atención a víctimas por un periodo de al menos cinco años y su registro ante la Secretaría de Relaciones Exteriores;
VII. La carta de propuesta emitida por universidades e instituciones públicas de nivel superior, colegios y asociaciones de profesionistas, y organizaciones no gubernamentales, en la que expresen las razones y méritos por las cuales debería designarse a la persona propuesta, y que cuenta con la aceptación expresa de la misma; y,
VIII. Carta con firma autógrafa de la persona aspirante, en la que manifieste bajo protesta de decir verdad no haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos a la publicación de la presente convocatoria.
TERCERA.- La recepción de las propuestas se hará en las oficinas de la Secretaria General de Gobierno, ubicada en el palacio de Gobierno del Estado, tercer piso, calle Insurgentes S/N, colonia Centro Sinaloa, C.P. 80129, Culiacán, Sinaloa, de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes.
Las propuestas acompañadas de la documentación deberán ser presentadas en forma personal y directa, tomándose como fecha de ingreso la que señale el sello de recepción de la Secretaría General de Gobierno.
El plazo para la recepción de las propuestas será dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
CUARTA.- La evaluación de las propuestas será efectuada, garantizando que en la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas estén representados colectivos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención a las mismas, en términos del párrafo tercero del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa.
QUINTA.- Las propuestas de ternas serán enviadas al Congreso del Estado de Sinaloa de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 117, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa, para continuar con el proceso de elección de los comisionados.
TRANSITORIO
Artículo Único.- Publíquese la presente convocatoria, en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
Es dado en la residencia del Poder Ejecutivo  del Estado en la Ciudad de Culiacán de Rosales, Sinaloa, a los 9 días del mes de marzo  de 2015
ATENTAMENTE
EL GOBERNADOR DEL ESTADO
Lic. Mario López Valdez

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