26 abr 2015

La “restitución” que acabó en secuestro internacional. El caso de Alondra Luna

Revista Proceso No. 2008, a 25 de abril de 2015...
La “restitución” que acabó en secuestro internacional/VERÓNICA ESPINOSA
Una serie de desatinos jurídicos implicó a funcionarios de varias instancias del Estado mexicano en una brutal injusticia contra Alondra Luna, una adolescente guanajuatense, y su familia. Ella fue secuestrada de su escuela por agentes de la PGR adscritos a la Interpol y llevada a Michoacán, donde una juez ordenó entregarla a una mujer en Estados Unidos que la reclamaba como su hija. Pero fue un error… o algo peor.
GUANAJUATO, GTO.- El ridículo.
Una vez más, sin el mínimo sentido común y violando derechos humanos, el gobierno mexicano dejó en total indefensión a connacionales frente a las autoridades de Estados Unidos.
Con la entrega dispuesta por una juez civil de Michoacán de la menor Alondra Luna Núñez –residente en la ciudad de Guanajuato– a una mujer radicada en Houston que la reclamó como su hija, el gobierno federal incurrió en graves faltas en el procedimiento de restitución internacional de un menor y violó convenciones internacionales, así como protocolos judiciales y policiacos en perjuicio de la adolescente de 14 años y su familia.

La Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) considera paradigmático el caso, no por la eficiente actuación de las autoridades mexicanas, sino “por las graves violaciones a los derechos humanos de la niña y su familia” cometidas supuestamente para “cumplir la ley”, y en los hechos para acatar instrucciones de Estados Unidos.

La coalición de organizaciones civiles, que desarrolla programas para niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, dará seguimiento al caso a fin de que se convierta en precedente para modificar la actuación indebida de las instancias implicadas y que se sancione a los funcionarios participantes.

“La actuación de las autoridades ha generado incertidumbre jurídica al violentar las garantías judiciales de ser escuchado, actuar con imparcialidad y tener un juicio justo”, expresó la Redim en un comunicado, después que se dio a conocer que Alondra sería repatriada, pues un examen de ADN determinó que no es la hija que Dorotea García Macedo reclama desde 2007.
 El ridículo cubrió a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Interpol, la Procuraduría General de la República (PGR), así como el Poder Judicial y el DIF de Michoacán, eslabones de la cadena de errores que comenzó cuando Dorotea García localizó a Alondra Luna Núñez por Facebook. La ciudadana la creyó su hija desaparecida, acudió a una Corte estadunidense y le pidió que requiriera su restitución al gobierno mexicano, que en unas cuantas semanas “resolvió” el caso a entera satisfacción.
 Particularmente desastroso fue el ­desempeño de la juez civil Cinthia Mercado García, quien rechazó la documentación oficial presentada por Gustavo Luna y Susana Núñez para acreditar que son los padres de la menor.
 Después, Mercado García celebró una audiencia que acumuló anomalías, como la falta de un psicólogo para asistir a Alondra en la primera parte de la misma e ignoró la petición que en dos ocasiones le hizo el procurador de la defensa del menor de Michoacán, Roberto Vega Camarillo, de allegarse de más elementos para determinar si procedía o no la restitución.
 Las dos Alondras
 La hija desaparecida de Dorotea García, Alondra Díaz García, fue vista por última vez en Houston, Texas, el 1 de junio de 2007. Fue secuestrada por su padre, Reynaldo Díaz Barragán.
 García obtuvo la custodia después de divorciarse de Díaz en 2005, aunque a él se le otorgó el derecho de visitar a la niña.
 García tenía una orden de protección en contra de su exmarido. El 1 de junio de 2007, éste insistió en que llevara a la niña a una sucursal de McDonalds cercana a su casa para verla. Acordaron que la devolvería a su madre el 3 de junio, pero no lo hizo y no se ha vuelto a saber nada de ellos.
 El 2 de julio siguiente fue emitida una orden de arresto contra Díaz por la violación de la orden de custodia infantil. Ante la Corte estadunidense, García describió a su exesposo como controlador y abusivo; dijo temer por la vida de su hija y manifestó su sospecha de que el hombre pudo llevarla a California o a México.
 Como el caso se tipificó como secuestro familiar en Estados Unidos, las autoridades judiciales emitieron un reporte para la búsqueda de la menor. En su ficha, Alondra Díaz aparece con el rostro sonriente, cabello al hombro y peinada con colitas. Sobre ella se informa: “Nacida el 9 de julio del 2002; 4 años; 17 kilos de peso; cabello castaño, ojos marrones. Tiene una cicatriz entre las cejas”.
 La última vez que su madre la vio, la niña vestía pantalón de mezclilla y camisa a rayas anaranjadas y amarillas. De acuerdo con el expediente 678/2014, la señora García creía que si Díaz y su hija estuvieran en México, vivirían en Los Reyes, Michoacán, aunque no hay datos que permitan localizarlos.
 Casi ocho años después, García localizó a Alondra Luna por Facebook. El padre de la adolescente de 14 años, Gustavo Luna, conoció a Reynaldo Díaz porque es hermano de una de sus cuñadas.
 La señora García creyó identificar la cicatriz de su hija en la joven de 14 años, y acudió a la Corte, la cual solicitó a la autoridad estadunidense que hiciera la petición formal de restitución ante el consulado mexicano.
 También apoyó la petición con la ficha de búsqueda de Alondra Díaz García y la orden en contra de Reynaldo Díaz, así como el testimonio de la señora García sobre el contacto establecido con Alondra Luna Núñez y su presunción de que se trataba de su hija, así como un retrato progresivo elaborado por el FBI con base en el crecimiento aproximado de la niña, que resulta en una imagen muy parecida a la adolescente que vive en Guanajuato.
 Con estos elementos, las autoridades mexicanas admitieron el procedimiento de restitución. Por los datos iniciales proporcionados por la madre de la desaparecida, el caso pasa a manos de la juez civil de Los Reyes, Cinthia Elodia Mercado.
 Desde esa ciudad michoacana, la juzgadora es informada de que la menor en realidad radica en Guanajuato. Y en vez de emitir un exhorto a las autoridades guanajuatenses, como establecen los convenios de colaboración, gira una orden para que agentes federales adscritos a la Interpol ingresen a esa entidad y “aseguren” a la menor para que le sea presentada.
 Los agentes localizan a la menor en la escuela y muestran la orden de la juez a la directora, quien avisa a Gustavo Luna, el padre. Éste alcanza a llegar cuando la adolescente está por ser trasladada. Pretende impedirlo e insiste en su parentesco con la joven. Los policías optan por llevárselo también a Michoacán.
 Oídos sordos
 El lunes 20 la PGR emitió un comunicado:
 “En cumplimiento al mandamiento girado por el Juzgado de Primera Instancia en Materia Civil, con sede en Los Reyes, Michoacán, el pasado 16 de abril elementos de la Agencia de Investigación Criminal, adscritos a Interpol México, en coordinación con la Dirección de Derecho de Familia de la Secretaría de Relaciones Exteriores, localizaron y recuperaron a la menor Alondra ‘N’ ‘N’.
 “La menor de edad, que había sido sustraída ilegalmente de su familia, era reclamada por uno de sus progenitores que reside en los Estados Unidos, por lo cual con el apoyo de la Dirección de Derecho de Familia de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se procedió conforme al Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
 “Cabe destacar, que en todo momento los elementos de la Agencia de Investigación Criminal, actuaron apegados a derecho, salvaguardando la integridad física, psicológica y emocional de la menor, en cumplimiento del mandato judicial”. Por cierto, este comunicado ya no aparece en la página de la PGR.
 Sin embargo, en los dos videos que ­circularon profusamente en las redes sociales y se convirtieron en denuncia pública, se aprecia cómo la menor fue sacada a rastras y visiblemente alterada de la telesecundaria Sor Juana Inés de la Cruz, donde estudia. Después los agentes la sacaron del estado y, al día siguiente, tras la audiencia de restitución en el Juzgado Civil michoacano, la obligaron a subir a una camioneta para viajar a Houston, Texas.
 La PGR no informó en su boletín que Alondra ni siquiera fue presentada de inmediato a la juez civil el jueves 16, sino que se le trasladó a Morelia, donde fue entregada en un albergue del DIF. El viernes 17 fue llevada a Los Reyes y, por fin, presentada ante la juez.
 En la audiencia de ese día, de las 12 del día a las seis de la tarde, la juez Mercado García incurrió en más anomalías.
 Según los datos obtenidos por Proceso sobre lo ocurrido en el Juzgado, Alondra fue presentada con el procurador de la Defensa del Menor y la Familia del DIF michoacano, Roberto Vega Camarillo.
 Gustavo Luna también compareció, aun cuando ni siquiera tenía personalidad acreditada para esta audiencia, puesto que no fue notificado o emplazado para ello.
 Aunque no se presentó Reynaldo Díaz, el expediente consigna que en ese momento estuvo presente su hermana, quien aseguró a la juez que la familia ignora dónde se encuentra y que no lo han visto en años.
 También asistieron un representante de la delegación de la SRE en el estado y un agente del Ministerio Público, que poco habló.
 Susana Núñez, madre de la adolescente, viajó ese día desde Guanajuato para llegar a la audiencia. De inmediato entregó a la juez el acta de nacimiento de Alondra Luna Núñez, la cual asienta que la dio a luz en León, Guanajuato, el 10 de agosto de 2000.
 También llevó su cartilla de vacunación, fotografías donde aparece la pareja en la Oficialía del Registro Civil con Alondra en brazos y otras de la niña en su bautizo, en festivales escolares y con familiares, entre otros documentos.
 Un psicólogo se incorporó a media audiencia para asistir a Alondra.
 En determinando momento, la juez Mercado solicitó a los presentes abandonar la sala para entrevistarse a solas con Alondra, a quien trató de convencer de que Dorotea García era su mamá y debía estar con ella. Lo repitió varias veces, pero la menor lo negó y rechazó irse con García. Sostuvo ante la juez que desde que ella tiene memoria está con Gustavo y Susana, que no le interesaba ver a Dorotea García.
 En el registro, el psicólogo que asiste a Alondra refiere a la juez que ella se encuentra alterada y que pasa de un estado de ansiedad a uno de coraje. Aun así, Mercado prosigue con la audiencia.
 De acuerdo a lo previsto en el Código familiar de Michoacán, el procurador de la Defensa del Menor, Roberto Vega Camarillo, estuvo con Alondra en calidad de tutor en esa audiencia. El funcionario le solicitó a la juez que, ante las circunstancias y los documentos presentados por Susana Núñez, se allegue de más elementos antes de resolver si procede la restitución internacional.
 Aunque en efecto el procedimiento prevé la apertura de un periodo probatorio de tres días después de esta audiencia, y ocho días más para dictar su resolución, Mercado denegó la petición de Vega Camarillo las dos veces que se la planteó.
 Tras un receso, Mercado elabora su resolución en menos de una hora. Concluye que como “no tiene elementos suficientes para probar que Alondra está integrada a esta familia, por el interés superior de la menor” debe entregarla a Dorotea García.
 Daños jurídicos
 Los abogados penalistas guanajuatenses Héctor Ponce Ramírez y Mauricio Alejandro Murillo de la Rosa, consultados por Proceso, destacaron las graves violaciones en que incurrieron las autoridades mexicanas desde que el proceso recayó y fue asumido por la juez en Michoacán.
 “Lo primero que debió hacer la juez en cuanto fue enterada de que la menor radicaba aquí, es declinar su competencia y enviar el asunto a un Juzgado Civil en Guanajuato”, explica Ponce Ramírez, quien tiene una experiencia de más de 20 años y cuya tesis profesional trató sobre tráfico de menores.
 Murillo de la Rosa, exdirector del Instituto Estatal de Ciencias Penales de Guanajuato, coincide con Ponce Ramírez en que la autoridad consular adscrita a la SRE no vigiló que el proceso se efectuara conforme a la Convención sobre la Sustracción Internacional de Menores, signada por el Estado mexicano.
 Además, ambos indican que con la actuación de la juez civil michoacana prácticamente se violó la soberanía de otro estado, puesto que la orden de presentación debió ser en realidad un exhorto a las autoridades de Guanajuato para verificar la petición y acompañarlos a cumplir la diligencia.
 La Interpol y la PGR efectuaron un aseguramiento de la menor totalmente violatorio de sus derechos humanos, sin las medidas de contención psicológica y sin darle la información correcta de lo que estaba sucediendo. Con ello la revictimizaron, además de que privaron de su libertad al padre de Alondra al llevarlo ante la juez de Los Reyes, explican.
 Y si bien la prueba genética no es obligatoria en el proceso de restitución internacional de un menor, y más bien se prevé en conflictos por la paternidad, sostuvieron que la juez Mercado actuó erróneamente en todo lo demás.
 “El artículo 13 de la Convención sobre los Aspectos de la Sustracción Internacional de Menores señala que quien se oponga a la restitución de un menor tiene la obligación de demostrar las causas para su oposición. En este caso, dadas todas las circunstancias y sobre todo la total negativa de la menor a reconocer a Dorotea como su madre y a irse con ella, la juez debió abrir el periodo de pruebas y tampoco accedió, sospechosamente”, dice Ponce Ramírez.
 Para ellos no hay duda: si Dorotea García no hubiera accedido a la aplicación de la prueba de ADN la adolescente se habría quedado en Estados Unidos, adonde ingresó “legalmente” con la visa y el acta de nacimiento de aquella niña, Alondra Díaz García, a la que su madre dejó de ver cuando tenía cuatro años.

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