27 may 2015

La PGR no tuvo titular de derechos humanos durante un año

Dictamene de la Primera Comisión, de la Comisión Permanente el que contiene punto de acuerdo:
Por el que se desecha la proposición que exhortaba a nombrar al titular de la Subprocuraduría de los Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.
(En sentido negativo).
Fue presentada por los SenadoresDiva Hadamira Gastélum Bajo y Arturo Zamora Jiménez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 13 de mayo de 2015.
I. ANTECEDENTES
En sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión celebrada el 13 de mayo del 2015, los Senadores Diva Hadamira Gastélum Bajo y Arturo Zamora Jiménez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional,presentaron la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones nombre a la brevedad al titular de la Subprocuraduría de los Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.

En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dispuso que dicha proposición fuera turnada a la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia para su estudio y dictamen correspondiente y lo turnó mediante el oficio CP2R3A.-155, de fecha 13 de mayo de 2015.
II. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN
 Los legisladores proponentes del punto de acuerdo que se dictamina, establece expresamente en sus consideraciones:
 Que el pasado 3 de marzo de 2015 en el Senado de la República, se ratificó el nombramientode la nueva Procuradora Generalde la República y en sus primeras labores de trabajo, tomaron protesta de ley tres Subprocuradores, el Oficial Mayor y el visitador general de la dependencia federal y se ratificó en su cargo al Director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) y a la encargada de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.
 Sobre la titularidad de esta última Subprocuraduría es de vital importancia su nombramiento, pues se requiere a una persona que se conduzca como titular de la misma para dar certidumbre a sus actos y decisiones, en virtud de que desempeña funciones cruciales para el Estado.Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
 La ausencia de titularidad en la Subprocuraduría de Derechos Humanos Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad no puede ser inadvertida por esta Soberanía Nacional, sobre todo cuando esta situación prevalece desde el pasado 28 de mayo del 2014 después de la renuncia de Ricardo García Cervantes.
 Además de la disposición expresa en la que se establece que la titular de la Procuraduría General de la República debe hacer propuesta correspondiente, es importante precisar que conforme a lo establecido en el artículo 14, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, establece que las Subprocuradurías serán las encargadas de fortalecer los mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, atendiendo a las normas aplicables y políticas institucionales, conforme a los lineamientos que emita el Procurador.
 En este sentido, resulta crucial que la Procuraduría General de la República se desempeñe con sus estructuras completas, en busca de dar los mejores resultados a la ciudadanía y de cumplir con lo establecido en su propia Ley Orgánica y las atribuciones que tiene como abogado de la Nación.
 Por lo anterior se propuso el siguiente resolutivo:
ÚNICO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones nombre a la brevedad al titular de la Subprocuraduría de los Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.
III. CONSIDERACIONES
 Esta Comisión dictaminadora coincide con los promoventes ya que resulta crucial que la Procuraduría General de la República se desempeñe con sus estructuras completas, en busca de dar los mejores resultados a la ciudadanía y de cumplir con lo establecido en su propia Ley Orgánica y las atribuciones que tiene como abogado de la Nación.
 Es importante precisar que conforme a lo establecido en el artículo 14, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, establece que las Subprocuradurías serán las encargadas de fortalecer los mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, atendiendo a las normas aplicables y políticas institucionales, conforme a los lineamientos que emita el Procurador.
 Esta Primera Comisión,considera que ya fue atendido el objeto del punto de acuerdo materia de este dictamen, ya que el día 19 de mayo del presente, la Procuradora General de la República,Mtra. Arely Gómez González, designó a Eber Omar Betanzos Torres como nuevo titular de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad (SDDHPDSC), en sustitución de Eliana García Laguna.
La Procuraduría General de la República (PGR) informó que Eber Omar Betanzos Torres se desempeñaba como titular de la Unidad de Ética y Derechos Humanos en la Procuración de Justicia.
Por las consideraciones que anteceden y el fundamento legal al que se acude para sustentarlas, los legisladores integrantes de la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia,  de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, someten a esa H. Asamblea  el siguiente:
IV. RESOLUTIVO
PRIMERO.-Se desecha la proposición con punto de acuerdo que exhortaba a la Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones, nombrara a la brevedad al titular de la Subprocuraduría de los Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, toda vez que ha quedado sin materia.
SEGUNDO.-Archívese el presente asunto como definitivamente atendido.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente a los veintiséis días del mes de mayo de 2015.

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