Dictamene de la Primera Comisión, de la Comisión Permanente el que contiene punto de acuerdo:
Por
el que se desecha la proposición que exhortaba a nombrar al titular de la
Subprocuraduría de los Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la
Comunidad.
(En sentido negativo).
Fue presentada por los SenadoresDiva
Hadamira Gastélum Bajo y Arturo Zamora Jiménez, integrantes del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 13 de mayo de 2015.
I.
ANTECEDENTES
En
sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión celebrada el 13 de
mayo del 2015, los Senadores Diva Hadamira Gastélum Bajo y Arturo Zamora
Jiménez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional,presentaron la proposición con punto de acuerdo por el que se
exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República, para que en
el ámbito de sus atribuciones nombre a la brevedad al titular de la
Subprocuraduría de los Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la
Comunidad.
En
la misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dispuso que dicha
proposición fuera turnada a la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales
y Justicia para su estudio y dictamen correspondiente y lo turnó mediante el
oficio CP2R3A.-155, de fecha 13 de mayo de 2015.
II.
CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN
Los
legisladores proponentes del punto de acuerdo que se dictamina, establece expresamente
en sus consideraciones:
Que
el pasado 3 de marzo de 2015 en el Senado de la República, se ratificó el
nombramientode la nueva Procuradora Generalde la República y en sus primeras
labores de trabajo, tomaron protesta de ley tres Subprocuradores, el Oficial
Mayor y el visitador general de la dependencia federal y se ratificó en su
cargo al Director de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) y a la
encargada de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y
Servicios a la Comunidad.
Sobre
la titularidad de esta última Subprocuraduría es de vital importancia su
nombramiento, pues se requiere a una persona que se conduzca como titular de la
misma para dar certidumbre a sus actos y decisiones, en virtud de que desempeña
funciones cruciales para el Estado.Todas las autoridades, en el ámbito de sus
competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar
los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
La
ausencia de titularidad en la Subprocuraduría de Derechos Humanos Prevención
del Delito y Servicios a la Comunidad no puede ser inadvertida por esta
Soberanía Nacional, sobre todo cuando esta situación prevalece desde el pasado
28 de mayo del 2014 después de la renuncia de Ricardo García Cervantes.
Además
de la disposición expresa en la que se establece que la titular de la
Procuraduría General de la República debe hacer propuesta correspondiente, es
importante precisar que conforme a lo establecido en el artículo 14, del
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República,
establece que las Subprocuradurías serán las encargadas de fortalecer los
mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, de las
entidades federativas y municipales, atendiendo a las normas aplicables y
políticas institucionales, conforme a los lineamientos que emita el Procurador.
En
este sentido, resulta crucial que la Procuraduría General de la República se
desempeñe con sus estructuras completas, en busca de dar los mejores resultados
a la ciudadanía y de cumplir con lo establecido en su propia Ley Orgánica y las
atribuciones que tiene como abogado de la Nación.
Por
lo anterior se propuso el siguiente resolutivo:
ÚNICO.-
La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la
Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones
nombre a la brevedad al titular de la Subprocuraduría de los Derechos Humanos,
Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad.
III.
CONSIDERACIONES
Esta
Comisión dictaminadora coincide con los promoventes ya que resulta crucial que
la Procuraduría General de la República se desempeñe con sus estructuras
completas, en busca de dar los mejores resultados a la ciudadanía y de cumplir
con lo establecido en su propia Ley Orgánica y las atribuciones que tiene como
abogado de la Nación.
Es
importante precisar que conforme a lo establecido en el artículo 14, del
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República,
establece que las Subprocuradurías serán las encargadas de fortalecer los
mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, de las
entidades federativas y municipales, atendiendo a las normas aplicables y políticas
institucionales, conforme a los lineamientos que emita el Procurador.
Esta
Primera Comisión,considera que ya fue atendido el objeto del punto de acuerdo
materia de este dictamen, ya que el día 19 de mayo del presente, la Procuradora
General de la República,Mtra. Arely Gómez González, designó a Eber Omar
Betanzos Torres como nuevo titular de la Subprocuraduría de Derechos Humanos,
Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad (SDDHPDSC), en sustitución de
Eliana García Laguna.
La
Procuraduría General de la República (PGR) informó que Eber Omar Betanzos
Torres se desempeñaba como titular de la Unidad de Ética y Derechos Humanos en
la Procuración de Justicia.
Por
las consideraciones que anteceden y el fundamento legal al que se acude para
sustentarlas, los legisladores integrantes de la Primera Comisión de
Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de la Comisión Permanente del Congreso de la
Unión, someten a esa H. Asamblea el
siguiente:
IV.
RESOLUTIVO
PRIMERO.-Se
desecha la proposición con punto de acuerdo que exhortaba a la Procuraduría
General de la República, para que en el ámbito de sus atribuciones, nombrara a
la brevedad al titular de la Subprocuraduría de los Derechos Humanos,
Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, toda vez que ha quedado sin
materia.
SEGUNDO.-Archívese
el presente asunto como definitivamente atendido.
Dado
en el salón de sesiones de la Comisión Permanente a los veintiséis días del mes
de mayo de 2015.
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