25 ene 2015

Expediente Tlatlaya Encubrimiento militar& reportaje

Expediente Tlatlaya Encubrimiento militar/Gloria Leticia Díaz
Proceso No. 1995, 24 de enero de 2015
El martes 13, el ómbudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, declaró que en Tlatlaya hubo violaciones graves a los derechos humanos y abrió al público el voluminoso expediente de la PGR en el que se menciona a los generales Alejandro Saavedra Hernández y José Luis Sánchez León, así como al coronel Raúl Isidro Castro Aparicio, a quienes no se les señala en la Recomendación 51/2014 emitida por la CNDH en octubre pasado. Al principio, la Sedena manifestó su disposición a colaborar con la investigación, pero tras la decisión de González Pérez y conocerse el papel que jugaron esos militares, la dependencia optó por callar.
 Las inconsistencias sobre la masacre del 30 de junio de 2014 en Tlatlaya abundan en las miles de páginas de la investigación realizada por personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al expediente de la Procuraduría General de la República (PGR).
 En el voluminoso documento abundan declaraciones contradictorias de las tropas de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) implicadas en la ejecución extrajudicial de 22 civiles en ese municipio mexiquense, así como protección a altos mandos castrenses y la falta de transparencia sobre la participación de integrantes de la Secretaría de la Marina (Semar) en los hechos.
 Todo ese material se condensó en 139 puntos de la Recomendación 51/2014, emitida por el entonces ómbudsman nacional Raúl Plascencia Villanueva el 21 de octubre pasado dirigida a la Sedena, la PGR y al gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila Villegas.
 Sin embargo, Luis Raúl González Pérez, quien sustituyó semanas después a Plascencia Villanueva en la CNDH, consideró que en Tlatlaya hubo “violaciones graves” a los derechos humanos.
Esa decisión del nuevo ómbudsman nacional tomada el martes 13 permitió a Proceso revisar una versión pública del expediente abierto de oficio el 11 de julio de 2014, 11 días después de que la Sedena y el gobernador Ávila Villegas celebraron que integrantes del Ejército abatieron a 22 civiles en un “enfrentamiento” en el que un soldado resultó herido.


La recomendación de Plascencia Villanueva –quien al principio respaldó la versión oficial de la Sedena– admitió que hubo entre 12 y 15 ejecuciones, mientras que la PGR mencionó sólo ocho, de acuerdo a la consignación del caso realizada en octubre.

Los efectivos militares que participaron en el ataque, con excepción del herido, quien fue exculpado, son: Fernando Quintero Millán, Roberto Acevedo López y Leobardo Hernández Leónides, a quienes se les acusa de homicidio calificado y alteración de la escena del crimen en una bodega del poblado de San Pedro Limón, municipio de Tlatlaya.

Asimismo, al oficial al mando Ezequiel Rodríguez Martínez se le acusa de encubrimiento, mientras que a Alán Fuentes Guadarrama, Julio César Guerrero Cruz y Samuel Torres López se les imputa ejercicio indebido del servicio público. Todos están recluidos en el Campo Militar Número Uno, donde se les juzga también por delitos contra la disciplina militar.

Sin mácula judicial están los generales de brigada Alejandro Saavedra Hernández y José Luis Sánchez León, comandante y excomandante de la 35 y la 22 zona militar, respectivamente, así como el coronel Raúl Isidro Castro Aparicio, del 102 Batallón, al que pertenecían los soldados procesados.

Ello a pesar de que en sus declaraciones la PGR y en documentos de la Sedena enviados a la CNDH los acusados admitieron la presencia de los altos mandos y mencionaron que personal de la Sedena y de los batallones 41 y 34, de Chilpancingo y Ciudad Altamirano, los acompañaron en esa ocasión.

Las inconsistencias

Al revisar la versión pública del expediente del caso Tlatlaya, la primera inconsistencia que salta es la hora en que ocurrieron los hechos. Mientras las tres mujeres sobrevivientes y vecinos de la bodega donde estaban las víctimas aseguran que la balacera se desató entre las tres y las cuatro de la madrugada del 30 de junio de 2014 y luego se escucharon detonaciones aisladas hasta que amaneció.

Por su parte, los ocho soldados implicados declararon ante el Ministerio Público federal que el ataque se inició a las cinco y, según ellos, duró entre ocho y 10 minutos, lapso en el que presuntamente fueron abatidos los 22 civiles y uno de sus compañeros resultó herido. También comentaron que en la bodega se encontraban tres mujeres, quienes presuntamente habían sido secuestradas por los agresores.

En lo que no coinciden, según la versión consultada por el personal de la CNDH, es en los detalles, como el momento en que iniciaron los disparos; si eso sucedió antes o después de que un sargento les gritó a los presuntos agresores: “Ejército mexicano, ríndanse”; si los soldados dispararon porque vieron a “una persona que corrió al fondo de la bodega” o porque otro más gritó: “¡Cúbranse! ¡Gente armada!” o a alguien le pareció “sospechoso” que hubiera tres camionetas estacionadas en una bodega en obra negra.

De acuerdo con las citas tomadas por los investigadores de la CNDH del expediente abierto por la PGR, dos soldados aseguran haber escuchado que los presuntos atacantes pedían refuerzos a través de radios de onda corta; otro aseguró que, ante el ofrecimiento de “perdónales la vida”, los presuntos sicarios respondieron: “¿No que muy machitos?; ¡Vengan por nosotros!”.

Una inconsistencia más se refiere a la forma en que los militares vieron los cuerpos de los caídos. Dos de ellos mencionan que utilizaron una lámpara para revisar el interior de la bodega; así, expusieron, fueron descubriendo los cadáveres y a las tres mujeres sobrevivientes; otro sostiene que al ingresar a la bodega advirtió en medio de la oscuridad “por los pies”, siete cuerpos tirados a pocos metros de la entrada.

Cuatro más dijeron que los refuerzos tardaron entre 20 y 40 minutos en llegar; eran de los batallones de Infantería 35, 41 y 34. Tiempo después arribaron los generales Saavedra Hernández y Sánchez León, y el coronel Castro Aparicio.

En su primera declaración ministerial, el teniente responsable del operativo expuso que al término de la balacera ordenó al sargento acordonar el área “para preservar el lugar de los hechos; ya nadie entró”; además, pidió “una ambulancia para evacuar al (soldado) lesionado”, así como apoyo de personal militar.

Describió también que primero llegó personal del 41 Batallón de Infantería –“que se encuentra de puesto avanzado en el municipio de Arcelia, Guerrero”–, después el coronel Castro Aparicio y más tarde el general Sánchez León, comandante de la 22 Zona, pero no menciona al general Saavedra Hernández.

El teniente describe que Castro Aparicio recibió a Sánchez León, “a quien se le mostraron los impactos que recibió el vehículo en el que viajábamos, el cual ya no arrancó”.

En otra declaración ministerial, ya como indiciado, él mismo omite la presencia de sus jefes y sostiene que “entre tres y cinco minutos” después del intercambio de balazos, envió al sargento a explorar la bodega, quien le informó que había 22 cadáveres y “tres mujeres escondidas”.

El teniente concluyó con una aseveración autoexculpatoria: “Quiero hacer mención que en ningún momento ni yo ni mi personal movimos los cuerpos y, una vez que el sargento y yo hicimos el reconocimiento y corroboramos la cantidad de personas fallecidas, le ordené al sargento que acordonara el área y que dejaran la cosas tal y como habían quedado. Sin embargo, las tres personas del sexo femenino se quedaron en el cuarto, ubicado del lado derecho de la bodega, debidamente custodiadas”.

Sin embargo, aceptó que a las 6:30 horas llegaron entre 15 y 20 elementos en tres camionetas procedentes del puesto de mando de Arcelia; al frente de ellos iba un capitán, quien trasladó al soldado herido al hospital de San Pedro Limón.

La propia Sedena confirmó la presencia de altos mandos militares en Tlatlaya, en el documento TH-III-11127 del 17 de octubre, en el cual señala: “a las 13:00 horas aproximadamente arribó el general de brigada DEM (José Luis Sánchez León), entonces comandante de la 22 zona militar, y a las 13:45 aproximadamente, el general de brigada (Alejandro Saavedra Hernández), comandante de la 35 zona militar, con el fin de supervisar las actividades del personal en su jurisdicción y que su actuación fuera en estricto apego a derecho”.

El documento agrega que Saavedra Hernández notificó que a las 5:45 horas un capitán del 41 Batallón de Infantería, del que la versión pública de la CNDH omite el nombre, recibió una llamada de otro capitán destacado en Arcelia, notificándole la situación de Tlatlaya, por lo que el primero se dirigió “al lugar de los hechos con un oficial y 23 elementos de tropa y vehícu­los oficiales, arribando a las 0:30 horas aproximadamente, donde el personal a su mando únicamente proporcionó seguridad periférica” para apoyar al personal del 102 Batallón de Infantería.

Más dudas

En su Recomendación 51/2014, la CNDH retoma los documentos en que la Sedena confirma la presencia de piquetes de militares en la zona de conflicto antes de que las autoridades ministeriales del Estado de México llegaran, entre las 12:30 y 13:00 horas del 30 de junio, lo cual juzga relevante, “si se considera que las víctimas V24 y V25 refirieron que cuando ingresaron los militares a su auxilio, aún había personas vivas al interior de la bodega”.

Aunque no logra concretar el señalamiento, la CNDH resalta que con esos datos “se puede inferir que pudo haber más elementos militares en el lugar, además de los ocho que integran la base de operaciones de San Antonio del Rosario, mientras se privaba de su vida” a los presuntos sicarios.

En los documentos de la PGR abiertos por la CNDH se advierte la falta de colabo­ración de las autoridades judiciales militares, de acuerdo con una ampliación de declaración DH-III-11380, fechada el 9 de octubre.

En ese documento se le informa al organismo público de la negativa del juez sexto militar a revisar el proceso abierto en el fuero militar por desobediencia e infracción de deberes castrenses correspondientes a cada militar, de acuerdo con su comisión o empleo.

Según la respuesta de la Dirección General de Derechos Humanos de la Sedena, los representantes de los procesados se opusieron a la revisión del expediente “considerando que los delitos por los que se les instruye a proceso a sus patrocinados son de índole estrictamente militar, sin existir víctimas civiles”.

Un cabo que quedó suelto en la investigación y que lo reconoce la misma CNDH en su recomendación se refiere a la participación que tuvo personal de la Marina adscrito al municipio de Luvianos.

En su primera declaración ante la CNDH, la mamá de la adolescente aseguró que el tiroteo empezó entre las tres y cuatro de la madrugada; incluso pudo advertir que su hija estaba viva porque le tomó el pulso; y una vez que los supuestos maleantes se rindieron, los soldados “empezaron a matar uno por uno dentro de la bodega”. Todo eso sucedió “antes de la llegada de los marinos y más militares”.

La mujer aseguró que un marino la interrogó y “ordenó que mataran a los dos jóvenes que los hoy fallecidos habían amarrado de las manos e indicado que dijeran que eran secuestrados”. Eso sucedió a las siete de la mañana, “ya que (el marino), al interrogarlos, no les creyó que eran secuestrados, por lo que los militares, después de dialogar entre ellos, los mataron a disparos”.

Esta parte de la declaración de la mujer no se incluye en la recomendación 51/2014, pese a que en la respuesta que dio la Semar a la CNDH sobre su actuación en los hechos, hay por lo menos la coincidencia en la hora en la que los marinos llegaron a Tlatlaya.

De acuerdo con la información trasladada por la Semar a la CNDH el 3 de octubre, el grupo desplegado en Luvianos estaba compuesto de 21 efectivos, entre ellos el comandante –un capitán de fragata con especialidad de paracaidista, Diplomado de Estado Mayor–, cuyo nombre fue ocultado en la versión pública facilitada por el organismo.

El capitán de fragata informó al cuartel general del alto mando de la Séptima Brigada de Infantería de la Semar, Batallón de Fusileros Paracaidistas que a las 5:15 recibió una llamada anónima en la que se informaba que en Tlatlaya “se escuchaban detonaciones de armas de fuego y que se decía era entre personal de la Sedena con integrantes de la delincuencia organizada”.

Y añadió que cinco minutos después se comunicó con el comandante del 102 Batallón para confirmar el dato y ofrecer apoyo, llegando a un retén militar próximo al lugar de los hechos a las 7:30 con dos oficiales y 18 de “clases y marinería”.

El oficial naval llegó a la bodega sólo con seis elementos. En el sitio se encontraba el coronel Castro Aparicio, del 102 Batallón, por lo que se presentó ante él.

El comandante del grupo de marinos asegura que en la bodega estaban tres pick ups con las puertas abiertas, así como “cuerpos en el piso, sin poder precisar su número y si éstos se encontraban con vida; además de ropa dispersa, algunas armas y basura”.

Menciona que una de las tres mujeres le habló de que en las poblaciones de San Pedro Limón y Tlacouspa, municipio de Tlatlaya, “había entre 10 y 12 personas más que también estaban secuestradas, incluyendo niños y adultos”, por lo que decidió verificar esta información.

El coronel Castro Aparicio incluso le proporcionó un vehículo y personal militar, misión en la que la denunciante “nos acompañó, procediendo a salir aproximadamente como a las 8:30 horas”.

De acuerdo con el testimonio entregado por la Semar a la CNDH, a las 10:50 el oficial regresó a la bodega sin lograr su objetivo, y dejó a la mujer. Antes puso a su disposición a su personal médico para que la atendiera.

El recorrido para rescatar presuntas víctimas de secuestro descrito por el capitán de fragata no se aprecia en los testimoniales de militares ni de las sobrevivientes incluidas en la versión pública.

En un documento para dar respuesta a los señalamientos de la madre de la adolescente abatida, el jefe de la Unidad Jurídica de la Semar, Alejandro Miguel Vázquez Hernández, envió a la CNDH el oficio 18246/DH/14 en el que repite la versión del capitán de fragata.

Y para deslindarlo de cualquier señalamiento por violaciones a derechos humanos, explica que su función como comandante de la Base de Operaciones Luvianos “fue precisamente la de erradicar los secuestros y la extorsión, los principales delitos que se presentan en el área sur del Estado de México y su colindancia con los estados de Guerrero y Michoacán”.

También asegura que el capitán “contribuyó al rescate de 36 personas secuestradas y localizadas en el estado de Guerrero en el mes de mayo, todo esto derivado de la atención a denuncias de la población”.

Pese a las dudas sobre el papel que jugó el capitán de fragata, la CNDH asienta en su recomendación: “Debe decirse que, respecto a la autoridad naval, si bien varios elementos de la Secretaría (de Marina) destacamentados en Luvianos, Estado de México, acudieron al lugar de las evidencias recabadas por este organismo nacional, no es posible señalar la responsabilidad por los hechos violatorios a derechos humanos… máxime que esta secretaría informó que al llegar al lugar tuvo noticia que habían fallecido varias personas durante el enfrentamiento y había tres presuntamente secuestradas (V23, V24 y V25), lo cual permite presumir que para su hora de arribo, las 22 personas ya habían perdido la vida.

“Aunado a ello, las víctimas refieren coincidentemente que fueron elementos del Ejército quienes privaron de la vida a las personas al interior de la bodega. Sin embargo, la aparición del personal militar también debe ser motivo de investigación.”

Después de denunciar al oficial de la Marina, la sobreviviente solicitó medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por sentirse amenazada. La comisión se las otorgó el 10 de octubre de 2014.

Los silencios de la Sedena

El 6 de noviembre, 16 días después de que el ómbudsman Plascencia Villanueva le envió la recomendación 51/2014, la Sedena emitió un boletín de siete párrafos en el que manifestó su disposición a colaborar con las investigaciones.

En uno de ellos –el segundo– expuso: “Aun cuando esta dependencia del Ejecutivo federal no comparte algunos señalamientos contenidos en dicha recomendación, ha tomado la determinación de aceptarla por el interés de coadyuvar a esclarecer los hechos, y en el caso de que algún militar haya incurrido en conductas contrarias a la ley, a las virtudes militares y a nuestra vocación de servicio, sea sancionado conforme a derecho. Al mismo tiempo se velará para que todo militar que por el ejercicio de sus funciones enfrente una investigación penal, tenga un trato digno y un juicio justo, agotando todas las instancias, respetando en todo momento sus garantías constitucionales”.

Sin, embargo, cuando González Pérez, quien sustituyó a Plascencia Villanueva, dijo que en Tlatlaya se cometieron “violaciones graves” a derechos humanos y abrió al público la investigación realizada por personal de la comisión al expediente de la PGR en los que se exhiben las imprecisiones y encubrimiento a varios generales, la Sedena guardó silencio.
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IFAI: Que Sedena informe sobre civiles retenidos/GLORIA LETICIA DÍAZ
Invocando el “interés público” y el “derecho a la verdad”, el pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para dar a conocer “la cantidad de personas retenidas temporalmente en instalaciones militares”.
Dicha resolución (la 4164/14), elaborada por la comisionada Areli Cano, apuntala aquella emitida por su colega Joel Salas luego de que el Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) impugnara la respuesta de que no había información sobre hombres y mujeres retenidos en instalaciones castrenses tras ser “detenidos en flagrancia por elementos de la Sedena, por haberlo solicitado una autoridad ministerial civil durante la fase de averiguación previa, aduciendo alguna cuestión de seguridad, o por cualquier otra razón, de 2006 a la fecha” (Proceso 1994).
 Notificado el 19 de enero a los abogados del Centro Prodh, el documento retoma gran parte de los argumentos del resolutivo 4169 elaborado por el comisionado Salas, quien avala los aportes de los solicitantes –recomendación sobre la Guerra Sucia y documentos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación– y agrega otros más de la misma CNDH y de la Sedena, que dan sustento a la petición de información presentada el 28 de julio de 2014.
 La ponencia de la comisionada Cano, aprobada por unanimidad en el IFAI el pasado 11 de diciembre, aporta al debate consideraciones de Amnistía Internacional incluidas en el documento Nuevos informes­ de violaciones a derechos humanos a manos del Ejército, publicado en 2009 y en el cual se incluye la detención arbitraria en la lista de abusos cometidos por miembros de las fuerzas armadas.
 Para apuntalar el resolutivo del instituto, Cano incluye párrafos del Informe sobre los derechos Humanos en México, correspondiente a 2012, que el gobierno de Estados Unidos elaboró y publicó en la página de su embajada en México.
 De este documento, la comisionada del IFAI destaca que en aquel año la CNDH recibió “45 denuncias de ejecuciones extrajudiciales o arbitrarias” atribuidas a “las fuerzas de seguridad, actuando dentro y fuera de sus funciones”, además de mil 503 denuncias contra personal castrense.
 Entre los casos emblemáticos del informe del gobierno estadunidense retomados por Cano destaca el de Jethro Ramsses Sánchez Santana, ingeniero en sistemas de 27 años que fue entregado por policías federales a personal de la XXIV Zona Militar de Cuernavaca, Morelos, en mayo de 2011.
 Jethro fue llevado a las instalaciones militares, donde según el informe fue torturado y ejecutado. Los soldados lo inhumaron clandestinamente en Puebla.
Ante casos como ese, el resolutivo del IFAI considera que “es de interés público el que se dé a conocer la información relacionada con las retenciones en instalaciones militares de civiles, pues no sólo afectan a las víctimas, sino a la sociedad en general”.
Apoyándose en la Ley General de Víctimas, el documento del IFAI puntualiza que “víctimas y la sociedad en general tienen el derecho de conocer los hechos constitutivos del delito de las violaciones a derechos humanos de que fueron objeto, la identidad de los responsables, las circunstancias que hayan propiciado su comisión, así como tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad”.
Igualmente, recurre a consideraciones de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que van en el mismo sentido, para concluir:
“Lo anterior es de gran trascendencia para el caso concreto (…) el permitir el acceso a la información que conste el número de personas que han sido retenidas en instalaciones militares del sujeto obligado, ya que no sólo afectan a las víctimas y ofendidos en forma directa por los ilícitos cometidos, sino que ofenden a toda la sociedad, y a la comunidad internacional, precisamente por su gravedad y por las repercusiones que implican.”
El pleno del IFAI encomendó a la Sedena hacer una búsqueda exhaustiva en el Estado Mayor de la Defensa Nacional, la Dirección General de Derechos Humanos y en los batallones y zonas militares consideradas en ese resolutivo, sobre “la cantidad de personas retenidas temporalmente en instalaciones militares (…) desglosada por hombres y mujeres”, bajo los criterios que definieron los solicitantes de información, y que la haga pública en su sitio en internet.

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